Normas de origen preferenciales paneuromediterráneas

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Decisión 2013/94/UE sobre la celebración del Convenio regional sobre normas de origen preferenciales paneuromediterráneas

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DECISIÓN?

PUNTOS CLAVE

En abril de 2011, se firmó, en nombre de la Unión Europea, un Convenio regional sobre el origen de las mercancías comercializadas en la zona paneuromediterránea. El Convenio reúne en un único instrumento jurídico todas las normas relacionadas con el origen de las mercancías comercializadas en el contexto de aproximadamente sesenta acuerdos bilaterales de libre comercio entre países de la zona paneuromediterránea, incluidos los países del Proceso de Estabilización y Asociación de la UE (PEA).

Partes contratantes

Además de la UE, las partes contratantes de este Convenio son:

Productos originarios

Para aplicar preferencias arancelarias, es necesario establecer el origen de las mercancías. Las mercancías se consideran productos originarios de la zona de acumulación paneuromediterránea si:

Zona de acumulación paneuromediterránea

El Convenio funciona teniendo en cuenta un sistema de acumulación por el que las partes contratantes pueden utilizar productos originarios de cada una de ellas como si se hubiesen producido internamente. Bajo el sistema de acumulación de origen paneuromediterráneo, se aplica un sistema de acumulación diagonal entre la UE y muchos de los países en cuestión.

Prueba de origen

Acuerdos de cooperación administrativa

Las autoridades aduaneras de las partes se coordinarán, por ejemplo, compartiendo los modelos de los sellos utilizados para expedir los certificados de circulación EUR.1 y EUR-MED, verificando las pruebas de origen, etc.

Gestión y aplicación

Un comité mixto formado por representantes de todas las partes contratantes garantiza la gestión y la aplicación del Convenio.

(1) Esta denominación se entiende sin perjuicio de las posturas sobre su estatuto y en consonancia con la Resolución 1244 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y con el Dictamen de la Corte Internacional de Justicia sobre la declaración de independencia de Kosovo.

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DECISIÓN?

Está en vigor desde el 26 de marzo de 2012.

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

TÉRMINOS CLAVE

Normas de origen: a efectos prácticos, la nacionalidad «económica» de las mercancías con las que se comercia, que debe determinarse para decidir cómo serán tratadas en lo que respecta a los derechos de aduana. El origen preferencial se confiere a las mercancías de países concretos que han cumplido determinados criterios como haber sido objeto de una elaboración o transformación mayor de la que se requiere para obtener el carácter de origen no preferencial.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Decisión 2013/94/UE del Consejo, de 26 de marzo de 2012, relativa a la celebración del Convenio regional sobre las normas de origen preferenciales paneuromediterráneas (DO L 54 de 26.2.2013, pp. 3-158).

DOCUMENTOS CONEXOS

Decisión 2013/93/UE del Consejo, de 14 de abril de 2011, relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, del Convenio regional sobre las normas de origen preferenciales paneuromediterráneas (DO L 54 de 26.2.2013, pp. 1-2).

última actualización 09.02.2018