Posibilidades de cooperación con Hong Kong y Macao (2007-2013)

La Comisión evalúa las relaciones entre la Unión Europea (UE) y las dos regiones administrativas especiales (RAE) de China, a saber, Hong Kong y Macao, con el fin de mejorar y profundizar en su cooperación. Esta cooperación, prevista en siete ámbitos clave, permite reforzar las relaciones de la UE y de China.

ACTO

Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo de 25 de octubre de 2006: "La Unión Europea, Hong Kong y Macao: posibilidades de cooperación para el período 2007-2013" [COM(2006) 648 final - No publicado en el Diario Oficial].

RESUMEN

Las relaciones de cooperación de la Unión Europea (UE) y de las Regiones Administrativas Especiales (RAE) de Hong Kong y de Macao se basan principalmente en acciones en los ámbitos económicos, comerciales y financieros.

Desde la retrocesión de Hong Kong y Macao a China, las dos RAE se rigen por el principio "un país, dos sistemas". De hecho, sus Gobiernos poseen gran autonomía en materia de comercio, fiscalidad, finanzas y reglamentación, así como un sistema propio de justicia y de economía de mercado. Asimismo, son miembros de organizaciones internacionales como la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la Organización Mundial de Aduanas (OMA).

Reforzar la cooperación

La región de Hong Kong es un centro de operaciones del transporte marítimo y aéreo en Asia. Es un socio comercial principal de la UE; miles de empresas y de ciudadanos europeos se encuentran allí establecidos. La presencia diplomática europea se encuentra en la región representada mediante una oficina permanente y una cámara de comercio europea, complementando las misiones diplomáticas y comerciales de los Estados miembros.

Las relaciones de cooperación entre la UE y Hong Kong se basan en una serie de acuerdos en materia de:

Sin embargo, la cooperación aún debe avanzar en los ámbitos de las normas de competencia y de los derechos de propiedad intelectual.

La UE es el tercer socio comercial de Macao. Los estrechos vínculos que mantiene con la cultura portuguesa también contribuyen a la solidez de las relaciones de cooperación.

Los socios celebraron un acuerdo comercial de cooperación en 1992 que sirvió de marco a la financiación de proyectos en distintos ámbitos (formación, turismo, estudios europeos, servicios, justicia, etc.), así como un acuerdo de readmisión de personas en 2002.

Nuevos ámbitos de cooperación

Los socios identifican una serie de prioridades que pretenden ampliar su cooperación. La UE debe realizar esfuerzos para asociarse más con las acciones de cooperación trilateral dirigidas por Hong Kong, Macao y la China continental.

En el ámbito del comercio y las aduanas, es preciso:

Asimismo, los socios acuerdan dar un nuevo impulso a su cooperación financiera mediante el desarrollo del diálogo y la aplicación de la convergencia de la reglamentación (fondos de inversión, derecho de sociedades, etc.). Además, la cooperación debe contribuir a cumplir con los principios de buena gobernanza fiscal con el fin de favorecer el entorno de las empresas, el crecimiento y el empleo.

La cooperación aún debe avanzar en materia de inmigración y de intercambios universitarios.

En materia de transportes, la seguridad y la normativa marítimas deben ser objeto de una cooperación reforzada. Asimismo, los socios comparten intereses comunes en materia de seguridad jurídica de las compañías aéreas y de la aviación civil.

Es preciso llevar a cabo acciones para mejorar la protección de la salud, la seguridad alimentaria y los productos así como favorecer la aplicación de los sistemas de alerta rápida en alimentos y el cumplimiento de las normas de seguridad de la UE.

Es necesario realizar esfuerzos a favor de la protección del medio ambiente, sobre todo para luchar contra la contaminación del aire, del agua y la reducción de las emisiones industriales.

ACTOS CONEXOS

Informe conjunto al Consejo y al Parlamento Europeo: Informe anual Hong Kong 2010 [COM(2011) 204 Final – no publicado en el Diario Oficial].

Informe conjunto al Consejo y al Parlamento Europeo: Informe anual Macao 2010 [COM(2011) 205 Final – no publicado en el Diario Oficial].

See also

Última modificación: 18.10.2011