Sanidad: programa de acción para la aceleración de la lucha contra el VIH/SIDA, la malaria y la tuberculosis (2001-2006)

La Unión Europea elabora un programa de acción para acelerar la lucha contra las tres principales enfermedades transmisibles en los países en desarrollo: el VIH/SIDA, la malaria y la tuberculosis. El programa se articula en torno a tres objetivos principales: incrementar la eficacia de las iniciativas existentes, hacer más asequibles los medicamentes esenciales e intensificar las actividades de investigación y desarrollo de bienes públicos universales para luchar contra dichas enfermedades.

ACTO

Comunicación de la Comisión, de 21 de febrero de 2001, al Consejo y al Parlamento Europeo. Programa de acción: aceleración de la lucha contra el VIH/SIDA, la malaria y la tuberculosis en el contexto de la reducción de la pobreza [COM (2001) 96 final - no publicado en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

El presente programa de acción establece el marco político presentado en la Comunicación de la Comisión de septiembre de 2000, también relativa a la lucha contra las principales enfermedades transmisibles. Su objetivo es intensificar la lucha contra las tres principales enfermedades transmisibles (el VIH/SIDA, la malaria y la tuberculosis), que cada año provocan la muerte de cinco millones de personas, sobre todo en los países en desarrollo, y que constituyen un obstáculo grave para el desarrollo. De conformidad con la política presentada en la Comunicación precedente, el programa de acción se articula en torno a los mismos objetivos principales: mejorar la eficacia de las iniciativas existentes, hacer más asequibles los medicamentos esenciales e intensificar las actividades de investigación y desarrollo de bienes públicos universales para luchar contra estas enfermedades.

MAXIMIZAR LA INCIDENCIA DE LAS INICIATIVAS EXISTENTES

Maximizar la incidencia de las intervenciones en materia de sanidad, SIDA y población (SSP) centradas en la lucha contra las principales enfermedades transmisibles y la reducción de la pobreza

A juicio de la Comisión, en el presupuesto total de la cooperación al desarrollo para el período 2000-2006 se debe dar prioridad a las medidas relativas a la sanidad, el SIDA y la población. Por lo que respecta a la asistencia financiera, se impone una reforma de la gestión de las ayudas que permita un desembolso más rápido de los fondos. Conviene examinar la posibilidad de reasignar los recursos no utilizados en el marco de los programas nacionales y de emplear los fondos de los países de África, el Caribe y el Pacífico (ACP) y otros fondos regionales.

Se subraya de nuevo la importancia de una estrecha cooperación con otras organizaciones internacionales. La Comisión tiene previsto celebrar acuerdos con numerosas organizaciones, como la Organización Mundial de la Salud (OMS) y con algunos Estados miembros, para el suministro de la asistencia técnica y normativa necesaria para llevar a cabo los ejercicios nacionales de programación y determinación.

Potenciar las políticas y capacidades en materia de fármacos

A tal fin se impulsará tanto la cooperación nacional y regional como el desarrollo de las capacidades y se otorgará asistencia financiera. Los esfuerzos se centrarán en los aspectos prácticos, como la gestión presupuestaria, las adquisiciones de productos farmacéuticos, etc. La Comisión apoyará, en particular, el desarrollo de las capacidades en materia de control de calidad, sobre todo por lo que respecta a la producción local y a la utilización de medicamentos genéricos.

La Comisión aspira a agilizar el registro y la autorización de la comercialización de los medicamentos esenciales en los países en desarrollo a partir de los sistemas aplicados en los países desarrollados, en particular mediante los programas existentes dedicados a los medicamentos esenciales.

Además, aspira a fomentar el incremento de la cooperación entre la industria farmacéutica de los países desarrollados y la de los países en vías de desarrollo, animando a los fabricantes de productos genéricos y los laboratorios de investigación a celebrar acuerdos de licencias y a participar en empresas de riesgo compartido con socios de los países en desarrollo. Es esencial que estas actividades vayan acompañadas de la protección adecuada, en particular por lo que respecta a los derechos de propiedad intelectual.

Hacer más asequibles los medicamentos esenciales

Precios diferenciados. El elevado precio de los medicamentos esenciales constituye un obstáculo enorme a los avances en este ámbito para los países en desarrollo. Si se desea que la lucha contra las tres principales enfermedades transmisibles tenga éxito es esencial establecer un sistema internacional de precios diferenciados que permita suministrar estos medicamentos a un precio menor a los países en desarrollo más pobres. Debería establecerse un sistema de este tipo en consulta con todas las partes interesadas a nivel internacional: los Gobiernos, el sector privado (en particular la industria farmacéutica) y las ONG. Tal sistema debería ir acompañado, asimismo, de garantías eficaces que impidieran el desvío de estos medicamentos hacia países distintos de los países en desarrollo más pobres (por ejemplo, medidas técnicas como el etiquetado y las denominaciones comerciales diferentes).

Derechos de aduana e impuestos. El precio de estos medicamentos puede aumentar a causa de otros factores: los derechos de aduana, los impuestos sobre las importaciones, las tasas de distribución y de registro locales, etc. La incidencia de estos elementos es objeto de estudio, pero quizás convendría instar a los países importadores (sobre todo a los países en desarrollo) a reducirlos o eliminarlos.

Legislación sobre la propiedad intelectual. Existe un fuerte vínculo entre la propiedad intelectual y la salud pública, ya que los medicamentos están protegidos por patentes y su producción sin autorización está prohibida. La Comisión propone ayudar a los países en desarrollo miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC) a aplicar el Acuerdo sobre los aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio (ADPIC), lo que debería facilitar la venta de los medicamentos esenciales protegiendo al mismo tiempo a los fabricantes. Conviene señalar que este Acuerdo prevé cierto margen de maniobra; en determinadas circunstancias -en particular en situaciones de emergencia en el ámbito de la salud pública- se pueden conceder licencias obligatorias.

Investigación y desarrollo (I+D)

Potenciación e incremento del apoyo a la investigación y el desarrollo a nivel comunitario. En el marco de las herramientas de investigación de la Comisión, cada vez se otorga mayor prioridad a la lucha contra las enfermedades transmisibles en los países en desarrollo. La Comisión prevé destinar 130 millones de euros a la investigación sobre las tres principales enfermedades transmisibles con cargo al quinto Programa marco de investigación. Además, se prevé poner en marcha una nueva iniciativa de gran alcance destinada a apoyar y acelerar el perfeccionamiento clínico de nuevas intervenciones. La Comisión está elaborando una comunicación sobre una estrategia europea de investigación en materia de bienes públicos universales para combatir estas tres enfermedades.

El objetivo principal de la ayuda de la Comisión es prestar mayor apoyo a la investigación básica y estratégica, mejorar la coordinación a nivel europeo e internacional y crear una plataforma europea de ensayos clínicos.

Potenciación de las capacidades de los países en desarrollo. Los países en desarrollo participarán en todas las etapas del proceso de investigación. La Comunidad prevé garantizar resultados duraderos participando en la formación profesional y el perfeccionamiento de los conocimientos científicos y técnicos de los investigadores en los países en desarrollo. Existirá una estrecha cooperación con la Comunidad en relación con los estudios específicos.

Incentivos para el desarrollo de bienes públicos universales. Se trata, en particular, de medidas destinadas a fomentar la inversión privada en favor de las actividades de investigación y desarrollo y la definición de los aspectos reguladores para los nuevos productos. Por otra parte, la Comunidad seguirá impulsando la labor del equipo comunitario de investigación en pos de una vacuna contra el SIDA.

Participación en las asociaciones internacionales. En el marco de la estrecha cooperación a nivel internacional, conviene fomentar la reforma del entramado financiero internacional para propiciar una mayor disponibilidad y desarrollo de bienes públicos universales específicos. Además de reforzar las asociaciones existentes, en particular con los organismos de las Naciones Unidas y con la OMS, sería necesario estrechar la colaboración con los Estados Unidos y Japón.

INSTRUMENTOS

El instrumento escogido depende del nivel de intervención. Los instrumentos principales son los siguientes:

También estarán disponibles los fondos procedentes del sector privado y de otros socios.

La Comisión debe elaborar instrumentos financieros específicos eficaces para la inversión en las iniciativas internacionales. El sistema de financiación actual basado en líneas presupuestarias temáticas es poco eficaz.

Por otra parte, se recomienda vivamente el establecimiento de un marco institucional que facilite el diálogo político a este respecto.

CONTEXTO

El programa se inserta en el marco de la política global de desarrollo de la Comunidad, dando prioridad a la reducción de la pobreza y el apoyo a los ámbitos de la sanidad, el SIDA y la población (SSP). El programa debe respetar los principios fundamentales para la financiación de las medidas, que exigen, en particular, la adopción de un planteamiento adaptado específicamente al contexto y al entorno, y la participación de los distintos agentes del país correspondiente.

La interdependencia entre estos tres objetivos exige una acción coherente, colectiva y simultánea en todos los niveles. Los progresos realizados se controlarán a dos niveles: a nivel global con los socios internacionales y a nivel comunitario por lo que respecta a las intervenciones directas de la Comunidad Europea.

Última modificación: 31.05.2006