Desvinculación de la ayuda a los países en vías de desarrollo

La Unión Europea propone un marco para la reflexión y una serie de recomendaciones concretas relativas a la desvinculación de la ayuda comunitaria y de la ayuda bilateral de los Estados miembros con objeto de reforzar su eficacia. La Comisión Europea preconiza la desvinculación plena de la ayuda alimentaria y de su concesión. Este conjunto de propuestas no se limita a respetar el espíritu de la recomendación del Comité de Ayuda al Desarrollo (CAD) de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), sino que va mucho más allá.

ACTO

Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo de 18 de noviembre de 2002: Desvincular la ayuda en aras de la eficacia [COM (2002) 639 final - no publicada en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

En la presente Comunicación, la Comisión propone, siempre que se cuente con el acuerdo del país beneficiario y que exista reciprocidad por parte de otros donantes, la total desvinculación de la ayuda comunitaria y de la ayuda bilateral en el seno de los Estados Miembros.

Se entiende por ayuda vinculada aquella cuya concesión se supedita a su utilización por parte del beneficiario para la adquisición de bienes y servicios a proveedores establecidos en el país donante. Por lo tanto, el hecho de desvincular la ayuda equivale a ampliar la concesión de los contratos en cuestión a proveedores no exclusivamente establecidos en el país donante.

RECOMENDACIONES DE LA COMISIÓN

Informaciones

La Comisión propone:

Revisión de los instrumentos financieros relativos al desarrollo

A fin de lograr una mayor desvinculación de la ayuda comunitaria, la Comisión propone, en relación con las políticas y procedimientos definidos a escala de la Comunidad y de los acuerdos de asociación, que se introduzcan cambios en el fundamento jurídico de toda una serie de instrumentos financieros relacionados con la ayuda comunitaria. Para lograr dicho objetivo, la Comisión se decanta por la revisión de cada uno de los instrumentos financieros relativos al desarrollo, en el marco de un enfoque gradual basado en la integración de conceptos comunes.

Desvinculación plena de la ayuda alimentaria

La Comisión recomienda que los donantes prosigan y amplíen los esfuerzos que realizan actualmente con vistas a la desvinculación de la ayuda en el marco del CAD de la OCDE a fin de lograr una desvinculación plena de la ayuda basada, en particular, en la plena reciprocidad entre donantes. La Comisión preconiza asimismo la total desvinculación de la ayuda alimentaria (esta última quedaba excluida del ámbito de aplicación de la recomendación del CAD) y de su concesión y propone introducir dichos elementos en las renegociaciones del Convenio sobre la ayuda alimentaria aprobado por los Estados miembros del Comité de ayuda alimentaria (Argentina, Australia, Canadá, la Comunidad Europea y sus Estados miembros, Japón, Noruega, Suiza y los Estados Unidos).

Cuestiones relativas a la desvinculación de la ayuda bilateral de los Estados miembros

La Comisión invita a todos los agentes de la Unión Europea a ajustarse a las normas del mercado interior y a las directivas sobre contratación pública. En efecto, el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, en la parte correspondiente a la circulación de mercancías y servicios, y las disposiciones sobre contratación pública de la Unión Europea prohíben cualquier criterio de discriminación que pueda favorecer a las empresas nacionales en detrimento de los agentes económicos establecidos en otros países de la Unión. La ayuda bilateral vinculada podría infringir la legislación comunitaria sobre competencia y las normas relativas con el mercado interior y conculcar el principio de no discriminación contemplado en el artículo 12 del Tratado CE.

Por lo que respecta a los contratos adjudicados por las autoridades del país beneficiario, cuando éstas no actúan ni en nombre ni por cuenta del poder adjudicador de un Estado miembro, la Comisión propone que los Estados miembros se comprometan a desvincular la ayuda y a introducir sistemáticamente en los contratos de concesión de la ayuda una cláusula contractual que obligue a las autoridades del país beneficiario en cuestión a aplicar procedimientos de adjudicación basados en los principios fundamentales de las directivas sobre contratación pública, como, por ejemplo, la igualdad de trato, la transparencia, el reconocimiento mutuo y la proporcionalidad.

MARCO GENERAL

Contexto histórico

Durante la reunión de alto nivel del CAD de la OCDE, la Comisión se comprometió a guiarse por el espíritu y perseguir los objetivos de la recomendación del CAD en materia de desvinculación de la ayuda (EN) (en dicha recomendación, la desvinculación queda circunscrita a los países menos adelantados, si bien se hace un llamamiento a los países miembros del CAD para que la apliquen lo más ampliamente posible). Por otro lado, las conclusiones del Consejo Europeo de Barcelona de marzo de 2002 confirmaron la determinación de la Unión Europea a acelerar el debate sobre la desvinculación de la ayuda.

Situación actual de la desvinculación de la ayuda comunitaria

La ayuda comunitaria está desvinculada en gran medida desde hace más de veinticinco años, superando incluso lo previsto en la recomendación del CAD. Las licitaciones están abiertas a los Estados miembros y al conjunto de los países de África, el Caribe y el Pacífico (países ACP), así como a todos los países mediterráneos socios, en el marco del programa MEDA, y a los países beneficiarios de América Latina y Asia (ALA). Además, la ayuda comunitaria se está orientando progresivamente hacia el apoyo a la balanza de pagos y al presupuesto, un ámbito que, por definición, está completamente desvinculado.

De conformidad con los compromisos suscritos por la Comisión, la revisión del Reglamento financiero comunitario ha permitido introducir los elementos necesarios para conseguir la desvinculación de la ayuda comunitaria. Los Reglamentos (CE) nº 2110/2005 (derogado por el reglamento n° 1905/2006) y y 2112/2005 (derogado por el reglamento n° 1085/2006), relativos al acceso a la ayuda exterior comunitaria tenían por objeto aplicar al conjunto de los instrumentos comunitarios de ayuda al desarrollo (temáticos o geográficos) el principio de desvinculación de la ayuda comunitaria con respecto a los países en desarrollo más pobres.

Ventajas de la desvinculación

La desvinculación de la ayuda es un aspecto importante del actual debate en relación con la coherencia y la eficacia de la ayuda y con la credibilidad de los donantes. El enfoque de la Comisión se basa en la idea de que la desvinculación constituye un medio para reforzar la transparencia y la responsabilidad en materia de gestión y concesión de ayudas.

Por otro lado, los partidarios de la desvinculación señalan que ésta aumentaría la eficacia de la ayuda. La desvinculación facilitaría, en principio, el recurso a la ayuda presupuestaria, al disociar en cada país donante la ayuda de los intereses comerciales, elementos éstos cuya vinculación constituye una de las principales causas de inercia. Asimismo, se admite generalmente que la plena desvinculación de la ayuda aumenta el valor de la ayuda pública al desarrollo, gracias a la entrega de suministros con mayor rendimiento coste-eficacia, e incrementa por lo tanto el total de los recursos financieros disponibles para acciones de desarrollo. Según las estimaciones, la vinculación de la ayuda incrementa entre un 15 % y un 30 % el coste de numerosos bienes y servicios.

Última modificación: 22.10.2007