OMC: acuerdo sobre los aspectos relativos a los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio

 

SÍNTESIS DE LOS DOCUMENTOS:

Decisión 94/800/CE del Consejo sobre la conclusión en nombre de la UE de los acuerdos resultantes de las negociaciones multilaterales de la Ronda Uruguay (1986-1994)

Negociaciones Comerciales Multilaterales de la Ronda Uruguay (1986-1994) - Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial del Comercio: más específicamente el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DECISIÓN Y DE ESTE ACUERDO?

PUNTOS CLAVE

Estos principios básicos son los del tratamiento nacional y el de nación más favorecida. Esto significa que los miembros de la OMC deben tratar a los ciudadanos de los otros miembros de una forma no menos favorable que a sus propios ciudadanos. Además, cualquier ventaja dada a los ciudadanos de otro miembro debe darse, de forma inmediata e incondicional, a los ciudadanos de todos los demás países, aunque este tratamiento sea más favorable que el que concede a sus propios ciudadanos.

NORMAS GENERALES

Normas relativas a la existencia, el alcance y el ejercicio de los derechos de propiedad intelectual

APLICACIÓN DEL ACUERDO

Medidas de salvaguardia de los derechos de propiedad intelectual

Período de transición

Por lo que se refiere a la aplicación del Acuerdo, los países desarrollados disponían de un período de transición de un año para ajustar su legislación y sus prácticas a las disposiciones del mismo. Este período fue de cinco años para los países en vías de desarrollo y para los países que estaban cambiando de una economía planificada a una economía de mercado, y de once años para los países menos avanzados.

Marco institucional

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁN EN VIGOR LA DECISIÓN Y EL ACUERDO?

ANTECEDENTES

Para más información, véase: La UE y la OMC (Comisión Europea).

DOCUMENTOS PRINCIPALES

Decisión 94/800/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 1994, relativa a la celebración en nombre de la Comunidad Europea, por lo que respecta a los temas de su competencia, de los acuerdos resultantes de las negociaciones multilaterales de la Ronda Uruguay (1986-1994) (DO L 336 de 23.12.1994, pp. 1-2)

Negociaciones multilaterales de la Ronda Uruguay (1986- 1994) - Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial del Comercio (OMC)

última actualización 18.04.2017