Futuro del sector textil y de la confección en la Unión Europea ampliada

En el marco de la aplicación sectorial de su política industrial, la Unión Europea se propone mejorar la competitividad y las condiciones de competencia del sector textil y de la confección. Al presentar un conjunto de medidas y de líneas de acción, la presente Comunicación define una estrategia destinada a apoyar la industria textil y de la confección ante los nuevos retos de un mercado ampliado y mundializado. La Comisión hace hincapié más concretamente en las implicaciones de los nuevos retos en materia de política comercial.

ACTO

Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, de 29 de octubre de 2003, «El futuro del sector textil y de la confección en la Unión Europea ampliada» [COM (2003) 649 final - no publicada en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

Con un volumen de negocios anual de 200 000 millones de euros y más de 177 000 empresas que emplean a más de 2 millones de personas, el sector textil y de la confección desempeña un papel importante en una serie de regiones de la Unión Europea (UE). El sector representa alrededor del 4 % del valor añadido total de la industria manufacturera a escala de la UE y alrededor del 7 % del total de empleo de la misma.

Al proponer un conjunto de medidas y líneas de acción, la Comunicación define una estrategia para apoyar el sector textil y de la confección ante la nueva situación y los nuevos retos de un mercado ampliado. El objetivo consiste en mejorar la competitividad y las condiciones de competencia del sector. Los retos que ha de afrontar el sector textil y de la confección están principalmente vinculados a la ampliación de la UE, los cambios en los intercambios internacionales, y la evolución de los factores de competitividad en función de los procesos permanentes de reestructuración y modernización del sector.

PRINCIPALES RETOS

Ampliación

Durante estos últimos años, las empresas del sector textil y de la confección de los Estados miembros de la UE antes de la ampliación del 1 de mayo de 2004 (UE-15) deslocalizaron sus instalaciones de producción hacia los países candidatos y otros terceros países, mediante la subcontratación. Para estas empresas, la ampliación refuerza las posibilidades de inversión.

Generalmente, el sector textil y de la confección desempeña un papel más importante en la economía de los países candidatos que en la de la UE-15. Para los países candidatos, la ampliación aumenta la presión para reestructurar y modernizar el sector, dado que sus mercados corren el riesgo de ser invadidos por productos competitivos a bajo precio procedentes de terceros países. Se asiste también a una deslocalización de la producción en serie hacia terceros países y se observan costes suplementarios para que los países candidatos se ajusten al acervo comunitario, en particular, en materia de protección del medio ambiente, salud y seguridad.

Aspectos vinculados a los intercambios

El 1 de enero de 2005 se suprimieron las restricciones cuantitativas a las importaciones, en el marco del Acuerdo sobre textiles y confección (ATC) de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Esto supondrá un aumento de la presión competitiva ejercida en la UE por los principales terceros países productores como China. El impacto de esta mayor presión será especialmente importante para las regiones europeas donde se concentra gran parte de la producción del sector textil y de la confección. También afectará a algunos de los países menos avanzados (PMA) y de los terceros países que se benefician de acuerdos preferenciales con la UE.

Seguirá habiendo diferencias entre los aranceles aduaneros en la UE (por término medio, un 9 %) y los aranceles en terceros países (donde pueden alcanzar más de un 30 %). Si esto no se corrige, el mercado europeo estará muy abierto y el sector europeo textil y de la confección no podrá extenderse a estos terceros países debido a los elevados obstáculos a la importación.

El Programa de Doha para el Desarrollo (PDD) de la OMC ofrece la posibilidad de fijar las modalidades de reducción y armonización de los aranceles para uniformizar las condiciones de acceso a los mercados. La solución en este marco debería ser compatible con el acceso preferencial de algunos países a la UE, como los países de África, Caribe y Pacífico (ACP) y euromediterráneos.

Aspectos vinculados a la competitividad

El sector textil y de la confección ha sufrido últimamente transformaciones vinculadas a la competitividad que abarcan esencialmente:

Muchas políticas tienen repercusiones en el entorno de las empresas del sector textil y de la confección, y por lo tanto, en su competitividad:

REFORZAR LA COMPETITIVIDAD SOSTENIBLE DEL SECTOR

Para reforzar la competitividad del sector textil y de la confección, la presente Comunicación propone que la UE y los Estados miembros garanticen una combinación de políticas coherente y la disponibilidad adecuada de instrumentos.

Política comercial

Con la supresión de los contingentes el 1 de enero de 2005, la presión competitiva sobre las empresas de la UE va a aumentar. Por ello es importante que puedan a su vez encontrar salidas en los mercados internacionales que todavía suelen estar protegidos por obstáculos comerciales. La Comunicación hace hincapié en la necesidad de crear condiciones de apertura de mercado idénticas para todos los productores del sector textil y de la confección.

La realización efectiva de la zona euromediterránea, zona de libre comercio, permitirá reunir el sector textil y de la confección de la UE y de los países mediterráneos (incluida Turquía y, a largo plazo, los Balcanes).

Los países en desarrollo, que afrontarán a partir de 2005 una mayor competencia, tampoco podrán beneficiarse de las reducciones arancelarias de una parte de sus exportaciones de prendas de vestir con destino a la UE, debido, en particular, a algunas normas de origen actuales. Para remediar esta situación al menos parcialmente, la Comunicación propone concentrar las preferencias comerciales en los países más pobres (concentración de las preferencias unilaterales) o mejorar la utilización de las preferencias (acumulación de origen). Las normas de origen deberían tener en cuenta las capacidades de estos países de producir prendas de vestir que puedan exportarse a la UE, sin perder las preferencias comerciales.

Para proteger los derechos de propiedad intelectual del sector textil (marcas, moda, diseño), deberá mejorarse su protección en los terceros países, de conformidad con el Acuerdo sobre los aspectos de los derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio (ADPIC) de la OMC.

La promoción del desarrollo sostenible en todas sus dimensiones (económica, social y medioambiental) ayudará por otra parte a garantizar una mayor competencia. La liberalización del comercio debe contribuir a este objetivo.

Política de investigación, desarrollo e innovación

El VI Programa Marco de Investigación y Desarrollo incluye las posibilidades de financiación para el sector textil y de la confección. También deberá preverse una mejor coordinación de las actividades de los Estados miembros y de la UE en los ámbitos de la innovación, la investigación, y la educación y la formación.

Política de educación y formación

Se necesitan nuevas competencias y nuevos programas de formación.

Política regional y de cohesión

En las regiones europeas que dependen del sector textil y de la confección deberán crearse programas de reconversión y redistribución. El objetivo 3 de los Fondos Estructurales y el Fondo Social Europeo ya tienen en cuenta la aprobación de medidas específicas a escala regional. También se contemplan estos aspectos en el marco de las nuevas perspectivas financieras 2007-2013.

Cooperación industrial

La Comisión examinará la viabilidad de la promoción de iniciativas de cooperación industrial entre las empresas de la UE y las de otros países con una importante producción de textiles y prendas de vestir.

Otras medidas - aspectos vinculados al consumo

Debe perseguirse en todas sus dimensiones (económica, social y medioambiental) el objetivo global de desarrollo sostenible. La promoción de este objetivo debe hacerse a través de instituciones internacionales especializadas. En el ámbito europeo, un medio concreto sería aplicar programas de etiquetado con el fin de informar mejor a los consumidores. A este respecto, se considerará la introducción de una etiqueta «Made in Europe» o de un sello de origen para los productos textiles y de la confección comercializados en la UE.

CONTEXTO

Esta Comunicación se inscribe en el marco de la Comunicación de la Comisión de diciembre de 2002 dedicada a la política industrial en una Europa ampliada. La Comisión efectúa en efecto una política industrial horizontal encaminada a mejorar las condiciones para todas las empresas. La presente Comunicación relativa al sector textil y de la confección constituye una de las aplicaciones sectoriales de esta política industrial horizontal.

En el marco de la presente Comunicación, la Comisión creó un grupo sectorial de alto nivel para el período 2004-2006, que tendrá por misión plasmar las propuestas en acciones concretas.

ACTOS CONEXOS

Comunicación de la Comisión, de 13 de octubre de 2004, «El sector textil y de la confección después de 2005 - Recomendaciones del Grupo de alto nivel sobre el sector textil y de la confección» [COM (2004) 668 final - no publicada en el Diario Oficial]

Última modificación: 24.10.2005