Acompañar los cambios estructurales: una política industrial para la Europa ampliada

La industria se halla en el centro del esfuerzo de competitividad de la Unión Europea con vistas a alcanzar los objetivos de Lisboa. La Comunicación ofrece un análisis de la competitividad de la industria europea y del riesgo de desindustrialización en el nuevo contexto mundial. La Comisión intenta aplicar una política industrial adaptada a la exigencia de competitividad a fin de acompañar los cambios estructurales de la industria en una Europa del conocimiento.

ACTO

Comunicación de la Comisión, de 20 de abril de 2004, «Acompañar los cambios estructurales: una política industrial para la Europa ampliada» [COM (2004) 274 final - no publicada en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

La Comisión desea definir una política industrial para la Unión Europea (UE) que se adapte a los retos actuales, en particular a los efectos de la ampliación y de la competencia internacional. Esa política está destinada a fomentar la competitividad y una normativa más adaptada a fin de que la industria europea siga creando empleo, innovación y crecimiento.

Los Estados miembros y las instituciones europeas deben enmarcar los cambios estructurales de la industria europea en torno a los factores de producción de la Europa ampliada y de las capacidades de innovación de la Europa del conocimiento.

No a la desindustrialización, sí a los cambios estructurales necesarios

Aunque la Comisión no constata una desindustrialización generalizada en la Unión Europea, sí se observan cambios estructurales que modifican profundamente el paisaje industrial de Europa. Se trata de la redistribución del empleo y de los recursos desde sectores muy productivos o en los que existe una gran competencia hacia sectores que ofrecen ventajas comparativas. Los efectos de esos cambios estructurales son positivos para la Unión Europea en general, pero pueden ser dolorosos a escala local para algunos sectores o algunas regiones.

Sin embargo, es preciso respaldar esos movimientos de empleo y de recursos mediante esfuerzos de investigación y de innovación, con objeto de mantener las ventajas comparativas de la UE en sectores con gran valor añadido. Desde hace unos años, la presión de la competencia internacional se ha intensificado y afecta a más sectores industriales. Las deslocalizaciones hacia los países emergentes ya no afectan sólo a los sectores tradicionales con gran intensidad de mano de obra, sino que se extienden cada vez más a sectores de alta tecnología y de servicios. Europa sólo podrá aprovechar plenamente la mundialización industrial si hay una política industrial centrada en la competitividad.

Las oportunidades que ofrece la ampliación

La ampliación de 2004 ofrece a la industria europea oportunidades importantes, a condición de que no haya medidas de protección nacional que obstaculicen la reestructuración de los sectores en cuestión. En lo que respecta a la demanda, el mercado interior se ha ampliado a mercados nacionales de consumo en fuerte crecimiento. En lo que respecta a la oferta, las empresas pueden reorganizar su producción para sacar provecho de las ventajas competitivas de los nuevos Estados miembros.

Los nuevos Estados miembros tienen un papel importante en la transición hacia una economía del conocimiento. Su llegada puede estimular el rendimiento industrial de la UE y dinamizar el mercado interior frente a la competencia de terceros países. Las ventajas competitivas de los nuevos Estados miembros deberían permitir deslocalizaciones internas de empresas en la UE que, en caso contrario, habrían sido trasladadas a Asia. Los sectores más afectados por la llegada de nuevas empresas son los productos alimentarios y las bebidas, el equipamiento de transporte, los metales comunes y los productos metálicos.

Instrumentos para acompañar los cambios estructurales

En la línea de las prioridades indicadas en la Comunicación de 2002 sobre la política industrial en una Europa ampliada, la Comisión desea movilizar a los agentes públicos en torno a tres ámbitos de acción para acompañar los cambios de la industria europea.

El primer ámbito de acción es la reglamentación y el conjunto de leyes que regulan la actividad industrial dentro de la UE. El objetivo es adaptar mejor la legislación a las necesidades de las empresas, tanto a escala nacional como a escala europea. En particular, ha de hacerse hincapié en la competitividad y en el análisis de los efectos combinados que las distintas reglamentaciones tienen sobre cada sector de actividad.

El segundo objetivo es coordinar mejor la acción de la UE en distintos ámbitos relacionados con la industria, en particular la investigación, la competencia, el empleo y el desarrollo regional. La Comisión desea movilizar esas distintas políticas para mejorar el incremento de la productividad y para fomentar la utilización de los conocimientos. Más en general, la creación de sinergias entre los distintos ámbitos de acción de la UE puede estimular la competitividad de las empresas europeas.

El tercer ámbito de acción es la dimensión sectorial de la política industrial de la UE. La Comisión quiere incrementar la visibilidad de la acción industrial de la UE a través de los sectores clave, logrando que las partes interesadas se impliquen en ellos. De esa forma se podrá poner de relieve el valor añadido de la política industrial a escala europea.

Contexto

La Comunicación se enmarca en el debate sobre la contribución de la política industrial a la mejora de la competitividad de la industria iniciado por la Comunicación de la Comisión de 11 de diciembre de 2002. Debe ayudar a la industria europea a alcanzar el objetivo que la UE se fijó en 2000 en el Consejo Europeo de Lisboa.

ACTOS CONEXOS

Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, de 21 de noviembre de 2003, « Algunas cuestiones clave de la competitividad en Europa : hacia un enfoque integrado» [COM (2003) 704 final - no publicada en el Diario Oficial].

Comunicación de la Comisión, de 11 de diciembre de 2002, relativa a la política industrial en la Europa ampliada [COM (2002) 714 final - no publicada en el Diario Oficial].

Última modificación: 23.09.2005