Origen geográfico de las bebidas espirituosas

Con el fin de proteger a los consumidores y desarrollar el sector de las bebidas espirituosas*, la Unión Europea (UE) ha creado un marco regulador que garantiza unas normas uniformes en toda la UE en materia de comercialización de bebidas espirituosas.

ACTO

Reglamento (CE) no 110/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de enero de 2008, relativo a la definición, designación, presentación, etiquetado y protección de la indicación geográfica de bebidas espirituosas y por el que se deroga el Reglamento (CEE) no 1576/89 del Consejo

SÍNTESIS

Con el fin de proteger a los consumidores y desarrollar el sector de las bebidas espirituosas*, la Unión Europea (UE) ha creado un marco regulador que garantiza unas normas uniformes en toda la UE en materia de comercialización de bebidas espirituosas.

¿QUÉ HACE ESTE REGLAMENTO?

El presente Reglamento establece las normas de definición, designación, presentación y etiquetado de bebidas espirituosas, así como la protección de sus indicaciones geográficas. Es aplicable a todas las bebidas espirituosas producidas en la UE o en países de fuera de la UE.

PUNTOS CLAVE

TÉRMINOS CLAVE

*Bebidas espirituosas: bebidas alcohólicas destinadas al consumo humano. Por definición, poseen cualidades organolépticas particulares y tienen un grado alcohólico mínimo del 15 %. Se producen mediante la destilación, maceración o adición de aromas, o bien por mezcla de una bebida espirituosa con otras bebidas, alcohol etílico de origen agrícola o algunos destilados.

REFERENCIAS

Acto

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial de la Unión Europea

Reglamento (CE) no 110/2008

20.2.2008

-

DO L 39 de 13.2.2008, pp. 16-54

Acto(s) modificativo(s)

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial de la Unión Europea

Reglamento (CE) no 1334/2008

20.1.2009

-

DO L 354 de 31.12.2008, pp. 34-50.

Las modificaciones y correcciones sucesivas del Reglamento (CE) no 110/2008 se han integrado en el texto de base. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

ACTOS CONEXOS

Reglamento (CE) no 936/2009 de la Comisión, de 7 de octubre de 2009, por el que se establecen disposiciones de aplicación de los acuerdos entre la Unión Europea y algunos terceros países acerca del reconocimiento mutuo de determinadas bebidas espirituosas (DO L 264 de 8.10.2009, pp.5-6)

última actualización 02.10.2015