Mejorar la adopción de decisiones en materia de gestión de la pesca

La presente Comunicación propone una serie de modificaciones importantes en lo que atañe a la preparación del Reglamento anual del Consejo relativo a las posibilidades de pesca, siendo el objetivo garantizar una amplia participación de los interesados en todas las etapas de la política, desde el diseño hasta la aplicación.

ACTO

Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo, de 24 de mayo de 2006, «Mejora del proceso de consulta sobre gestión de la pesca comunitaria» [COM (2006) 246 final - no publicada en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

La Comisión desea modificar el calendario previsto para la adopción de decisiones sobre las posibilidades de pesca. Se trata de organizar consultas con mayor antelación, con vistas a la adopción de decisiones más adecuadas.

El sistema de consulta y adopción de decisiones en materia de gestión de la pesca se elaboró al mismo tiempo que la política pesquera común, a principios de los años ochenta.

El Reglamento del Consejo relativo a los totales admisibles de capturas (TAC) y las cuotas de que disponen los Estados miembros se basa en una propuesta de Reglamento de la Comisión. Esta propuesta se ha presentado hasta ahora en una fecha muy tardía del año, para poder tener en cuenta los dictámenes científicos y técnicos más recientes a la hora de fijar las posibilidades de pesca. Este calendario deja, sin embargo, poco tiempo para la consulta de las partes interesadas.

Procedimiento actual

La adopción de decisiones en materia de gestión de la pesca se basa en un calendario que fija anualmente las posibilidades de pesca de los Estados miembros y de todas las partes interesadas. En el caso de la mayoría de las poblaciones demersales, este calendario se presenta del siguiente modo:

Sólo queda, en definitiva, muy poco tiempo para una concertación eficaz y constructiva con el sector de la pesca. A pesar de ello, cabe aún la posibilidad de mejorar la preparación de las decisiones en materia de gestión de la pesca y de ampliar las consultas.

Utilización óptima de las normas sobre capturas

La Comisión estima que la preparación de las decisiones en materia de gestión de la pesca podría mejorar mediante la aplicación de un método de gestión basado en «normas sobre capturas» que servirían para fijar las orientaciones aplicables a la elaboración de los TAC.

Dichas normas sobre capturas se refieren, por ejemplo, a:

Idealmente, esas normas sobre capturas se adoptarían como parte de los reglamentos del Consejo y se actualizarían con relativamente poca frecuencia. Serían aplicables a las principales pesquerías y las poblaciones de peces cubiertas por la política pesquera común. Gracias a este procedimiento se dispondría de más tiempo para consultar a las partes interesadas sobre los principios de gestión, al tiempo que el CIEM y el CCTEP proseguirían la evaluación científica de las cantidades concretas de peces disponibles.

En el caso de las poblaciones no cubiertas por un plan a largo plazo, la Comisión podría presentar ya en abril sus propósitos en materia de fijación de los TAC para el año siguiente. Esta declaración política basada en las tendencias dimanantes de los dictámenes científicos del año anterior incluiría:

Sobre la base de esta declaración política, la Comisión se concertaría con los Estados miembros y los Consejos consultivos regionales (CCR) durante el verano. Las partes interesadas participarían de forma estratégica en los debates sobre las actividades pesqueras antes de que el Consejo presentase en octubre sus observaciones sobre la estrategia propuesta por la Comisión.

Un nuevo calendario

Este nuevo procedimiento obliga a modificar el calendario relativo a la adopción de decisiones sobre las posibilidades de pesca.

La Comisión ya ha consultado al CIEM y al CCTEP sobre el calendario de presentación de dictámenes científicos y ha pedido que dichos dictámenes se transmitan en una fecha más temprana del año a partir de 2007. Aunque la presentación de los dictámenes científicos en una fecha anterior se traducirá en algunos casos por previsiones menos exactas, la Comisión considera que puede tratarse de una consecuencia aceptable.

Para modificar el calendario relativo a las decisiones, la Comisión propone un procedimiento en dos fases, teniendo en cuenta las poblaciones de peces sobre cuyas cantidades se dispone de dictámenes científicos en junio y las que dependen en gran medida del reclutamiento anual, es decir, la cantidad de juveniles que se integran en la población en cuestión, a los que se añaden especies vulnerables desde el punto de vista biológico, que presentan un interés comercial muy grande. El calendario propuesto es el que se indica a continuación:

Las normas comunitarias vigentes en la materia serán reexaminadas con motivo de la evaluación del plan de recuperación del bacalao. La Comisión considera pues conveniente esperar a 2007 antes de proponer un nuevo Reglamento sobre dichas normas.

Última modificación: 14.02.2008