El marco financiero 2000-2006 (Agenda 2000)

La aprobación de nuevas disposiciones financieras que permitan a la Unión hacer frente al doble reto de la profundización de las políticas comunitarias y de la ampliación de la Unión, constituye un elemento clave de la Agenda 2000. En efecto, la Comisión puso en marcha el proyecto "Agenda 2000" principalmente como respuesta a la petición del Consejo Europeo de Madrid (1995) de que se lleve a cabo el análisis minucioso del sistema de financiación y se proponga el futuro marco financiero de la Unión teniendo en cuenta la ampliación.

En el paquete financiero que se adoptó finalmente en 1999 varias decisiones, incluso las más importantes que se refieren a las nuevas perspectivas financieras (2000 - 2006), forman parte integrante de un nuevo acuerdo interinstitucional sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario.

El control de la evolución del gasto comunitario mediante la aplicación de límites máximos de gasto, que cubren varios años y adoptaron conjuntamente la Comisión, el Parlamento Europeo y el Consejo, es una práctica establecida desde 1988 ("Paquete Delors I"). Al aproximarse la fecha de expiración de las perspectivas financieras (1993 - 1999), la aprobación de un nuevo marco financiero se convirtió en una de las cuestiones de urgencia de las negociaciones referentes a la Agenda 2000.

Según el enfoque establecido por los Acuerdos interinstitucionales sobre disciplina presupuestaria de 1988 y 1993, en el nuevo Acuerdo interinstitucional las tres instituciones se comprometieron a considerar como límites máximos de gastos vinculantes los objetivos presupuestarios de las perspectivas financieras para cada una de las grandes categorías de gastos.

Los gastos previstos por las perspectivas financieras no pueden obviamente exceder el importe de los recursos propios disponibles para el periodo de referencia. Durante las negociaciones para la adopción del nuevo marco financiero, las instituciones fueron plenamente conscientes de la necesidad de garantizar una gestión sana de la hacienda pública que permitiera, al mismo tiempo, la financiación de las necesidades esenciales. El límite máximo global de recursos propios se mantuvo así en el 1,27 % del producto nacional bruto (PNB) para la totalidad del período 2000 - 2006.

Las perspectivas financieras

Los gastos previstos en las perspectivas financieras se sitúan muy por debajo de este límite máximo global. El límite máximo total de los créditos de compromiso contará con 92,03 mil millones de euros en el año 2000 e irá disminuyendo hasta 90,66 mil millones de euros en el año 2006. Los importes correspondientes a créditos de pago ascenderán a 89,60 y 89,62 mil millones de euros, lo que representa un porcentaje decreciente del PNB (del 1,13 % al 0,97 %).

Este rigor presupuestario se reflejará en las distintas rúbricas de las perspectivas financieras, en las que la política agrícola común y las acciones estructurales seguirán representando la parte más importante del gasto.

Otras prioridades de la Unión que se plasmaron en la nueva programación financiera plurianual son la afirmación del papel de la Unión en el ámbito político internacional, la modernización de la Administración comunitaria y el desarrollo de determinadas políticas internas (redes transeuropeas, investigación e innovación, educación y formación, aplicación de tecnologías respetuosas del medio ambiente y pequeña y mediana empresa).

El esfuerzo de disciplina presupuestaria general y la progresión prevista del PNB permitirán cubrir los costes de la ampliación de la Unión dentro del límite máximo de recursos propios del 1,27 % del PNB de la Unión ampliada. A partir de la hipótesis de que las primeras adhesiones se situarán en la mitad del período cubierto por las perspectivas financieras, estos costes tomarán inicialmente la forma de una ayuda de preadhesión reforzada y progresivamente pasarán a cargo de los fondos reservados para las políticas comunitarias.

En un cuadro anejo al Acuerdo Interinstitucional, distinto del de perspectivas financieras, se da una indicación en cuanto a los gastos previstos a partir de 2002 en la hipótesis de una Unión de 21 miembros (EUR 21). En cada ampliación, está previsto adaptar las perspectivas financieras para tener en cuenta la incidencia presupuestaria de la adhesión de nuevos Estados.

Mejora del procedimiento presupuestario

Además de las perspectivas financieras, el nuevo Acuerdo interinstitucional sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario incluye disposiciones que permiten mejorar la colaboración entre las instituciones durante el procedimiento presupuestario anual.

Así pues, se amplió el procedimiento de concertación y se solucionaron algunos problemas que quedaron por resolver en el Acuerdo de 1993, en particular, las cuestiones relacionadas con la clasificación de los gastos y la necesidad de disponer de fundamento jurídico para las líneas presupuestarias. En el informe sobre la aplicación del Acuerdo interinstitucional de 1993 la Comisión ya había indicado su voluntad de solucionar estos problemas.

Por otra parte, en el nuevo Acuerdo interinstitucional se llevó a cabo la consolidación del conjunto de Acuerdos interinstitucionales y Declaraciones comunes que tratan de cuestiones presupuestarias, de acuerdo con las recomendaciones expresadas por la Comisión en su informe.

El sistema de recursos propios

El Acuerdo interinstitucional y las perspectivas financieras que en él se integran se refieren principalmente al aspecto "gastos" del presupuesto comunitario. El modo en que se financian dichos gastos se regula mediante "decisiones de recursos propios".

Desde la decisión de recursos propios de 1988, la Comunidad dispone de cuatro categorías de ingresos: derechos de aduana, cotizaciones de azúcar e isoglucosa y derechos agrícolas (recursos propios tradicionales), recurso IVA (impuesto sobre el valor añadido) y recurso PNB. En virtud de la decisión de recursos propios de 1994, se aumentó considerablemente la parte del recurso PNB en la financiación del presupuesto.

En un informe sobre el funcionamiento del sistema de recursos propios, la Comisión examinó el sistema de recursos propios en vigor, así como las posibilidades de mejorar su funcionamiento, incluida la creación de un nuevo recurso propio.

El Consejo Europeo de Berlín decidió introducir una serie de medidas destinadas, entre otras cosas, a mejorar los saldos presupuestarios de algunos Estados miembros. El tipo máximo reclamable del recurso IVA disminuirá progresivamente (del 1,0 % al 0,75 % en 2002 y el 0,50% en 2004) y el porcentaje retenido por los Estados miembros en la percepción de los recursos propios tradicionales (derechos de aduana, etc.) se llevará del 10% al 25% en 2001.

Por lo que se refiere al mecanismo de corrección en favor del Reino Unido, se acordó mantenerlo aunque con algunos ajustes menores. Por ejemplo, la clave de financiación se modificó mediante la disminución de la parte que deben pagar Alemania, los Países Bajos, Austria y Suecia a una cuarta parte de la habitual.

Se espera una nueva decisión de recursos propios en la que se integren estos cambios.

Se demora hasta una fase posterior la decisión sobre la oportunidad de reformar el sistema de recursos propios de manera más sustancial.

Fondo de garantía para las medidas exteriores

Además de estas decisiones básicas, el paquete financiero adoptado en el marco de la Agenda 2000 comprende también una medida más específica. Se trata del nuevo Reglamento sobre el Fondo de garantía relativo a las medidas exteriores.

El Fondo de garantía relativo a las medidas exteriores se creó en 1994 con el fin de proteger a la Comunidad de posibles colapsos presupuestarios en caso de no reembolso de los préstamos cubiertos por la garantía comunitaria en el marco de su política de empréstitos y préstamos en favor de terceros países. En 1998, con ocasión de la evaluación del funcionamiento del Fondo de garantía, resultó que la calidad de la cartera de préstamos garantizados y la buena salud financiera del Fondo permitían revisar a la baja sus parámetros.

Esto se ha llevado a cabo con el nuevo Reglamento de modificación de las modalidades del Fondo. En las nuevas perspectivas financieras se ha previsto una disminución correspondiente del importe concedido a la reserva de garantía y préstamos en el Presupuesto general.

El paquete financiero "Agenda 2000" así constituido debiera permitir que la Unión haga frente a los retos inmediatos más importantes - la reforma de sus políticas y la absorción de nuevos miembros - dentro de un marco financiero riguroso.

See also

Para más información sobre la Agenda 2000, consúltese el sitio de la Dirección General responsable del Presupuesto (DE) (EN) (FR).

Última modificación: 30.03.2005