Protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva 2001/55/CE relativa a las normas para la concesión de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas y a medidas de fomento de un esfuerzo equitativo entre los Estados miembros de la Unión Europea

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

PUNTOS CLAVE

Aplicación de la protección temporal

Exclusiones de la protección temporal

Algunas personas pueden quedar excluidas de la protección temporal.

Entre ellas, se encuentran las personas:

Efectos de la protección temporal

Solicitudes de asilo

Fin de la protección temporal

Guerra de agresión de Rusia contra Ucrania

Apoyo administrativo

Las medidas previstas por la Directiva se benefician del Fondo de Asilo, Migración e Integración establecido en virtud del Reglamento (UE) n.o 516/2014. Si el número de personas desplazadas supera la capacidad de recepción indicada por los Estados miembros, el Consejo adoptará las medidas oportunas, recomendando especialmente una ayuda adicional para los Estados miembros afectados.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁN EN VIGOR ESTAS NORMAS?

La Directiva debía transponerse a la legislación nacional a más tardar el 31 de diciembre de 2002.

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

TÉRMINOS CLAVE

Delito contra la paz. En virtud del Derecho internacional, significa la planificación, la preparación, el inicio o la prosecución de una guerra de agresión o de una guerra que viola los tratados, acuerdos o garantías internacionales, o la participación en un plan común o la conspiración para la realización de alguna de dichas guerras.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva 2001/55/CE del Consejo, de 20 de julio de 2001, relativa a las normas mínimas para la concesión de protección temporal en caso de afluencia masiva de personas desplazadas y a medidas de fomento de un esfuerzo equitativo entre los Estados miembros para acoger a dichas personas y asumir las consecuencias de su acogida (DO L 212 de 7.8.2001, pp. 12-23).

DOCUMENTOS CONEXOS

Decisión de Ejecución (UE) 2022/382 del Consejo, de 4 de marzo de 2022, por la que se constata la existencia de una afluencia masiva de personas desplazadas procedentes de Ucrania en el sentido del artículo 5 de la Directiva 2001/55/CE y con el efecto de que se inicie la protección temporal (DO L 71 de 4.3.2022, pp. 1-6).

Directiva 2013/32/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre procedimientos comunes para la concesión o la retirada de la protección internacional (DO L 180 de 29.6.2013, pp. 60-95).

Directiva 2013/33/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, por la que se aprueban normas para la acogida de los solicitantes de protección internacional (DO L 180 de 29.6.2013, pp. 96-116).

Reglamento (UE) n.o 516/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, por el que se crea el Fondo de Asilo, Migración e Integración, por el que se modifica la Decisión 2008/381/CE del Consejo y por el que se derogan las Decisiones n.o 573/2007/CE y n.o 575/2007/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y la Decisión 2007/435/CE del Consejo (DO L 150 de 20.5.2014, pp. 168-194).

Las modificaciones sucesivas al Reglamento (UE) n.o 516/2014 se han incorporado al documento original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

última actualización 26.07.2022