Modelo de la UE de permiso de residencia

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (CE) n.o 1030/2002 del Consejo: modelo uniforme de permiso de residencia para nacionales de terceros países

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

Define un modelo uniforme de permiso de residencia para nacionales de fuera de la Unión Europea (UE) que residan legalmente en la UE, así como la información que debe incluir.

PUNTOS CLAVE

El Reglamento (CE) no 380/2008 modifica el Reglamento (CE) no 1030/2002 en lo que atañe a la inclusión de identificadores biométricos* en el formato uniforme de los permisos de residencia.

Dado que el formato actual de los permisos de residencia se ha utilizado durante más de veinte años, se adoptó el Reglamento de modificación (UE) 2017/1954.

Propone un nuevo modelo uniforme para los permisos con nuevas características de seguridad para prevenir las falsificaciones. Las especificaciones sobre imágenes y textos que contiene el anexo del Reglamento de modificación (UE)2017/1954 sustituyen a las especificaciones indicadas en el anexo del Reglamento original de 2002. Se concede a los países miembros de la UE un período de transición de seis meses para que utilicen y agoten las reservas existentes de permisos de residencia.

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR ESTE REGLAMENTO?

El Reglamento (CE) n.o 1030/2002 está en vigor desde el 15 de junio de 2002.

El Reglamento de modificación (UE) 2017/1954 se aplicará a más tardar quince meses después de que la Comisión Europea adopte las nuevas especificaciones técnicas adicionales para los permisos de residencia.

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

TÉRMINOS CLAVE

Identificadores biométricos: el uso de una o más características físicas de un individuo (huellas dactilares, rasgos faciales, iris del ojo) almacenadas en un soporte (tarjeta inteligente, código de barras o simple documento) para poder comprobar que el portador de un documento es efectivamente el titular.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (CE) n.o 1030/2002 del Consejo, de 13 de junio de 2002, por el que se establece un modelo uniforme de permiso de residencia para nacionales de terceros países (DO L 157 de 15.6.2002, pp. 1-7).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (CE) n.o 1030/2002 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Decisión (UE) 2020/1730 de la Comisión, de 18 de noviembre de 2020, por la que se confirma la participación de Irlanda en el Reglamento (UE) 2017/1954 del Parlamento Europeo y del Consejo, de modificación del Reglamento (CE) n.o 1030/2002 del Consejo por el que se establece un modelo uniforme de permiso de residencia para nacionales de terceros países (DO L 387 de 19.11.2020, p. 22).

Reglamento (UE) n.o 2018/1806 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, por el que se establecen la lista de terceros países cuyos nacionales están sometidos a la obligación de visado para cruzar las fronteras exteriores y la lista de terceros países cuyos nacionales están exentos de esa obligación (DO L 303 de 28.11.2018, pp. 39-58).

Véase la versión consolidada.

última actualización 27.11.2020