Productos defectuosos: impacto y pistas para la reflexión sobre la responsabilidad (Libro Verde)

1) OBJETIVO

Buscar el sistema idóneo que permita indemnizar de la mejor manera a las víctimas de daños sufridos a causa de productos defectuosos y mejorar la calidad de los productos sin por ello frenar la capacidad innovadora de la industria.

2) ACTO

Libro Verde de la Comisión, de 28 de julio de 1999: La responsabilidad civil por productos defectuosos [COM(1999) 396 final - sin publicar en el Diario Oficial].

3) SÍNTESIS

La responsabilidad por productos defectuosos está regulada por la Directiva 85/374/CEE, modificada por la Directiva 1999/34/CE. El objetivo del Libro Verde es, por una parte, evaluar la aplicación de esta Directiva por la industria y los consumidores y, por otra, dar pistas de reflexión sobre una posible revisión.

Para facilitar la consulta relativa al impacto de la Directiva 85/374/CEE, la Comisión sugiere que se tengan en cuenta los elementos siguientes:

Aplicación de la Directiva 85/374/CEE

En una primera parte, el Libro Verde hace una evaluación del impacto de la Directiva 85/374/CEE de acuerdo con los objetivos que se había fijado, y pide a los agentes interesados que hagan una valoración de este impacto:

Pistas de reflexión

En una segunda parte, el Libro Verde propone pistas de reflexión sobre una posible revisión de la Directiva 85/374/CEE. En primer lugar, recuerda el principio de equilibrio sobre el cual se fundamenta la Directiva, esto es, un término medio entre los intereses de las víctimas, que desean la mayor protección al coste más bajo, y los productores, que abogan por límites y plazos de responsabilidad más cortos. La Comisión es favorable al mantenimiento de este equilibrio.

Sin perjuicio del principio según el cual la carga de la prueba corresponde a la víctima, el Libro Verde analiza las modalidades de aplicación de esta carga. En efecto, para obtener una compensación, la persona que ha sufrido un perjuicio debido a un producto defectuoso debe probar no sólo el defecto del producto sino también la relación causa efecto entre dicho defecto y el perjuicio sufrido. Ello puede resultar muy complejo y costoso. El Libro Verde ofrece varias formas de aliviar esta carga de la prueba:

La Directiva 85/374/CEE prevé que los productores puedan quedar exentos de responsabilidad cuando el estado de los conocimientos científicos y técnicos, en el momento de la comercialización del producto incriminado, no permitía detectar el defecto. Si bien varios Estados miembros ya han suprimido unilateralmente esta posibilidad de exención (la Directiva deja esta opción a los Estados miembros), el Libro Verde se pregunta qué consecuencias tendría una supresión general:

La Comisión se plantea a continuación si han de mantenerse los límites financieros establecidos por la Directiva, ya sea:

La Directiva 85/374/CEE fija en diez años el plazo de prescripción de la responsabilidad del productor. A pesar del previsible riesgo financiero que correrían las empresas y las compañías que las aseguran, este plazo podría ampliarse para cubrir las situaciones en las que los daños aparecen después de diez años.

Acerca del seguro de responsabilidad de los productores, el Libro Verde sugiere las alternativas siguientes:

Acerca de la transparencia, en particular, del contencioso sobre la responsabilidad del productor, el Libro Verde hace referencia a dos tipos de iniciativas aplicadas en los Estados Unidos:

Podrían estudiarse iniciativas del mismo tipo e incluirlas en el régimen comunitario de responsabilidad por productos defectuosos.

A continuación, el Libro Verde examina las condiciones en las que puede ponerse en causa la responsabilidad del proveedor. ¿Convendría aplicar el régimen de responsabilidad sin falta que establece la Directiva 85/374/CEE a todo profesional de la cadena de comercialización de un producto cuando su actividad haya afectado a las características de seguridad de un producto comercializado, por ejemplo, durante las actividades de reacondicionamiento, transporte o almacenamiento?

Se aborda también la definición del ámbito de aplicación de la Directiva. ¿Debe extenderse a los bienes inmuebles? Por otra parte, el régimen actual de responsabilidad cubre los daños causados por muerte y lesiones corporales, así como los daños a un bien de uso no profesional. ¿Deben manternerse fuera del ámbito de aplicación los daños morales y psicológicos, así como los daños causados a los bienes de uso profesional?

La última pista de reflexión que abre el Libro Verde hace referencia al acceso a la justicia de las víctimas de productos defectuosos. Se estudian más concretamente las acciones de cesación y las acciones conjuntas.

4) medidas de aplicación

5) trabajos posteriores

El segundo informe de la Comisión sobre la aplicación de la Directiva 85/374/CEE [COM (2000) 893 final] está basado fundamentalmente en los resultados de la consulta iniciada por el presente Libro Verde.

See also

Para más información, consúltese el sitio internet de la Dirección General de Empresa e Industria (DE) (EN) (FR) .

Última modificación: 23.05.2005