Estrategia en el ámbito del cambio climático hasta 2020 y después

Tras haber evaluado los costes y beneficios vinculados a la lucha contra el cambio climático, la Comisión recomienda una serie de medidas destinadas a limitar el calentamiento mundial a 2 ºC. Algunas de estas medidas se aplican a la Unión Europea (por ejemplo, el objetivo obligatorio de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero, la aprobación de medidas energéticas, etc.) y otras tienen un alcance internacional (en particular, la negociación de un acuerdo internacional).

ACTO

Comunicación de la Comisión, de 10 de enero de 2007, «Limitar el calentamiento mundial a 2 ºC - Medidas necesarias hasta 2020 y después» [COM (2007) 2 final - no publicada en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

Hechos científicos irrefutables demuestran la necesidad de intervenir urgentemente para luchar contra el cambio climático: las últimas investigaciones han confirmado la realidad del cambio climático y hay indicios de que esta evolución se acelera. Algunos análisis de impacto han comenzado a calcular de manera precisa lo que costará la inacción o la mera continuación de las políticas actuales.

En 2005, la Comisión puso las bases de la estrategia de la Unión Europea (UE) de lucha contra el cambio climático. En la presente Comunicación propone acciones más concretas para limitar los efectos del cambio climático y reducir la posibilidad de graves perturbaciones irreversibles a nivel planetario. Estas medidas, a corto y medio plazo, afectarán tanto a los países desarrollados (la UE y los otros países industrializados) como a los países en vías de desarrollo.

La UE y los Estados miembros han confirmado el objetivo de la UE de limitar la elevación media de la temperatura a 2° C a escala mundial respecto del nivel preindustrial, límite máximo más allá del cual las repercusiones del cambio climático aumentan de forma drástica. Las investigaciones ponen de manifiesto que la estabilización de la concentración de gases de efecto invernadero a 450 ppmv (parte por millones de volumen - de equivalente CO2) ofrecería una posibilidad entre dos de alcanzar el objetivo de 2° C (frente a una entre seis en caso de que la concentración alcanzase 550 ppmv, y una entre dieciséis en caso de una concentración de 650 ppmv).

Costes y beneficios de las decisiones políticas futuras

Las investigaciones efectuadas recientemente, en particular, el estudio PESETA -estudio en curso bajo los auspicios del Centro Común de Investigación- o el informe Stern, indican unos costes de gran magnitud desde el punto de vista económico y social en caso de insuficiente acción para luchar contra el cambio climático. El informe Stern estima este coste entre el 5 y 20 % del PIB mundial.

El aumento de la mortalidad y la morbilidad (enfermedades) vinculadas a las variaciones de temperatura, los daños causados por las crecidas más frecuentes y la subida del nivel del mar, la expansión de la desertización en los países del sur y la disminución de reservas de agua dulce demuestran la variedad de consecuencias nefastas vinculadas al cambio climático que afectan a las poblaciones, los ecosistemas y los recursos, así como a las infraestructuras y la calidad de vida. El estudio PESETA se refiere, en particular, al impacto sobre la agricultura, la salud humana, el turismo, las cuencas hidrográficas y las costas en Europa.

Según el análisis de impacto efectuado por la Comisión, las inversiones necesarias para mantener la concentración de gases de efecto invernadero en 450 ppmv supondrían alrededor del 0,5 % del PIB mundial en el período 2013-2030. El crecimiento del PIB mundial sólo se reduciría en un 0,19 % anual hasta 2030, lo que no representa sino un pequeño porcentaje del índice de su crecimiento anual, previsto en un 2,8 %. Por otra parte, la Comisión destaca que se sobreestima el coste global requerido, ya que no se tienen en cuenta las repercusiones positivas vinculadas a la lucha contra el cambio climático.

Una acción conveniente en el ámbito del cambio climático sería, efectivamente, fuente de considerables beneficios, incluso en términos de daños evitados. Así, una reducción en la utilización de fuentes de energía fósiles (en particular, petróleo y gas) permitirá disminuir los costes vinculados a la importación de estos recursos y reforzará significativamente la seguridad del abastecimiento energético. Del mismo modo, la reducción de las emisiones de CO2 contribuirá a mejorar la calidad del aire, generando, así, grandes ganancias en el ámbito de la salud. Además, la mayoría de los estudios ponen de manifiesto que la política de lucha contra el cambio climático tendrá repercusiones positivas sobre el empleo, por ejemplo en el ámbito de las energías renovables o la tecnología punta.

Las repercusiones positivas vinculadas a la lucha contra el cambio climático no se limitarán únicamente a las fronteras europeas. Deben, en efecto, esperarse beneficios similares en otros países, especialmente en lo que se refiere a la seguridad del abastecimiento energético y a la calidad del aire, si adoptan medidas similares a las adoptadas en Europa.

Medidas en la UE

La UE ha demostrado ya, por su acción interna, que es posible reducir las emisiones de gases de efecto invernadero sin comprometer el crecimiento económico. La Comisión destaca que aún son posibles importantes reducciones de las emisiones y recuerda el compromiso de la UE de proseguir con las medidas adoptadas, profundizarlas y adoptar otras nuevas.

La Comisión propone que la UE adopte objetivos de reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero. Pide que la UE se fije por objetivo, en el marco de las negociaciones internacionales, reducir las emisiones de gases de efecto invernadero de los países desarrollados en un 30 % (respecto de su nivel de 1990) de aquí a 2020. Hasta la celebración de un acuerdo internacional, y sin perjuicio de la posición que tome en las negociaciones internacionales, la UE debería, desde este momento, asumir el compromiso firme e independiente de reducir sus emisiones internas en, al menos, un 20 % de aquí a 2020. En el Consejo Europeo de marzo de 2007, los Estados miembros se comprometieron también firmemente a actuar en favor de estos objetivos.

Conforme al análisis estratégico de la política energética de la UE (véase «Actos conexos»), la Comisión recomienda las siguientes medidas energéticas:

La Comisión considera que es necesario proceder al refuerzo del régimen comunitario de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero (RCCDE) mediante, entre otras, las siguientes medidas:

Con el fin de reducir las emisiones del sector de los transportes, la Comisión pide al Consejo y al Parlamento adoptar, cuando proceda, sus propuestas relativas a la inclusión de los transportes aéreos en el RCCDE y a la modulación de los impuestos de los vehículos de turismo en función de sus emisiones de CO2. También se prevé la reducción de las emisiones de CO2 generadas por los vehículos, en particular para alcanzar el objetivo de 120 gramos de CO2 por kilómetro (g CO2/km). Por otro lado, la Comisión destaca la necesidad de reforzar la acción entre los consumidores y reducir las emisiones producidas por el transporte de mercancías por carretera y el transporte marítimo, así como por los biocarburantes.

Además, la Comisión se inclina por una reducción de las emisiones de CO2 en otros sectores, por ejemplo, gracias a la mejora de la eficiencia energética de los edificios comerciales y residenciales. Recomienda también una reducción de otros gases, en particular gracias a la aplicación y al aumento de medidas en el ámbito agrícola y forestal; a la fijación de límites para las emisiones de metano por parte de las industrias y de los motores de gas o la inclusión de estas fuentes de emisión en el RCCDE; a medidas más estrictas para el caso de los gases de efecto invernadero fluorados; y a acciones emprendidas en relación con los óxidos nitrosos generados por la combustión y por las grandes instalaciones.

Es también importante movilizar rápidamente los recursos financieros destinados a la investigación sobre el medio ambiente, la energía y los transportes en virtud del Séptimo Programa Marco comunitario y aumentar el presupuesto asignado a la investigación después de 2013, con el fin de promover el desarrollo de las tecnologías limpias y de los conocimientos en el ámbito del cambio climático. Los Planes de acción sobre la tecnología energética y tecnología ambiental habrán de aplicarse en su totalidad.

Deberán aplicarse igualmente las orientaciones estratégicas en materia de cohesión que contribuyan al desarrollo de sistemas de transporte y energía sostenibles y promuevan las técnicas respetuosas del medio ambiente.

Acción internacional

La batalla contra el cambio climático sólo puede ganarse a través de una acción a nivel mundial. Las negociaciones internacionales deben superar la fase de la retórica y llegar a compromisos concretos.

La Comisión considera así que los países desarrollados deben comprometerse a reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero en un 30 %, respecto de los niveles de 1990, de aquí a 2020, en el marco de un régimen internacional posterior a 2012. Los países desarrollados disponen también de la capacidad tecnológica y financiera necesaria para reducir sus emisiones. Por consiguiente, los países desarrollados deberían asumir la mayor parte del esfuerzo requerido durante la próxima década. Los regímenes de comercio de derechos de emisión constituirán instrumentos esenciales para permitir a los países desarrollados alcanzar sus objetivos de manera rentable.

El crecimiento de la economía y de las emisiones en los países en desarrollo hace, por tanto, indispensable que éstos comiencen a limitar el aumento de sus emisiones tan pronto como sea posible y reduzcan sus emisiones en términos absolutos a partir de 2020: de aquí a 2020, estos países serán responsables de más de la mitad de las emisiones de gases de efecto invernadero.

Muchos países en desarrollo están haciendo ya grandes esfuerzos para reducir el aumento de las emisiones de gases de efecto invernadero, a través de políticas que abordan cuestiones económicas, de seguridad o de medio ambiente local. Además, tienen a su disposición muchas soluciones que presentan beneficios superiores a los costes, como pueden ser la mejora de la eficiencia energética, la promoción de las energías renovables, la aplicación de políticas de calidad del aire y la recuperación del metano procedente, por ejemplo, de los vertederos.

Los elementos siguientes deberían ayudar a reforzar la acción de estos países:

Por último, el acuerdo internacional que debe negociarse debería tener en cuenta elementos como el refuerzo de la cooperación en materia de investigación y desarrollo tecnológico, el cese de la deforestación y la rehabilitación de las zonas forestales, y la adaptación a los impactos inevitables del cambio climático, así como la conclusión de un acuerdo internacional sobre las normas de eficiencia energética.

Contexto

Esta Comunicación es continuación de la Comunicación de 2005, que pone las bases de una futura estrategia de lucha contra el cambio climático (véase la rúbrica de «Actos conexos»). Las medidas propuestas en esta estrategia están estrechamente ligadas al «paquete de energía» publicado por la Comisión en enero de 2007, que define una nueva política energética europea y en el cual se fijan algunos objetivos cuantitativos.

Según las investigaciones científicas, las concentraciones actuales de CO2 y metano en la atmósfera son las más elevadas desde hace 650 000 años, lo que tiene como consecuencia una aceleración considerable del fenómeno del efecto invernadero. Para estabilizar el calentamiento del planeta a 2 °C por término medio, será necesario que, de aquí a 2050, las emisiones mundiales disminuyan en un 50 % respecto de 1990, lo que supone reducciones en los países desarrollados del orden del 60 al 80 % hasta 2050 y una implicación progresiva importante por parte de los países en desarrollo.

ACTOS CONEXOS

Comunicación de la Comisión de 9 de marzo de 2010 denominada «La política climática internacional posterior a Copenhague: una intervención inmediata para reactivar la lucha global contra el cambio climático» [COM(2010) 86 final – no publicada en el Diario Oficial].

Comunicación de la Comisión, de 10 de enero de 2007, «Una política energética para Europa» [COM (2007) 1 final - no publicada en el Diario Oficial]. Esta Comunicación es el pilar sobre el que se basa el paquete de medidas presentadas por la Comisión en enero de 2007 («paquete de energía»). Después de haber examinado los retos que se plantean en materia energética en Europa, en particular el cambio climático y la seguridad de abastecimiento de la UE, la Comisión enumera una serie de acciones vinculadas, entre otras cosas, al mercado interior de la energía, la seguridad del abastecimiento, la eficiencia energética, las fuentes de energía renovables, las tecnologías energéticas o incluso la política energética internacional.

Última modificación: 31.08.2011