Transporte y medio ambiente

La estrategia europea en materia de transporte y medio ambiente define los objetivos para integrar los requisitos ambientales en la política de transportes. Presenta directrices para una serie de medidas en los distintos ámbitos: transporte por carretera, aéreo, ferroviario, marítimo, etc.

ACTO

Informe del Consejo de 6 de octubre de 1999 al Consejo Europeo de Helsinki sobre la estrategia para integrar los aspectos medioambientales y el desarrollo sostenible en la política de transportes.

SÍNTESIS

Esta estrategia elaborada por el Consejo define los objetivos de la actuación de la Unión Europea (UE) y de los Estados miembros para limitar todo lo posible el impacto del transporte en el medio ambiente. Su objetivo es garantizar que se tengan plenamente en cuenta los temas ambientales al elaborar y aplicar la política de transportes en los sectores mencionados.

La estrategia subraya los resultados positivos de algunas medidas que ya se aplican a escala comunitaria, si bien insiste en la necesidad de seguir actuando en los ámbitos siguientes:

La estrategia invita a los Estados miembros a desarrollar esta acción a escala nacional y en los foros internacionales. Se invita a la Comisión a recopilar y difundir información (sobre todo indicadores) en estos ámbitos, a presentar propuestas sobre tarificación y normas de emisión y a proponer incentivos de diversa índole al sector de los transportes.

Antes y después de la elaboración de esta estrategia se han adoptado varias medidas en los distintos sectores: transporte por carretera, ferroviario, marítimo y aéreo.

Tarificación de las infraestructuras

Es posible cargar a los usuarios algunos costes ambientales derivados de su uso del transporte, especialmente si utilizan infraestructuras de transporte (principio de que «quien contamina, paga»). Dos directivas sectoriales permiten tener en cuenta los costes ambientales externos en la tarificación de las infraestructuras. Ahora bien, no existe ningún marco legislativo común para todos los modos de transporte que proponga una metodología y un calendario de introducción comunes para evitar falseamientos de la competencia.

En el transporte de mercancías, la Directiva 1999/62/CE establece un marco común para la tarificación por el uso de las infraestructuras viales (autopistas o carreteras de características equivalentes). La directiva no prevé que se sume a los costes de infraestructura la tarificación de los costes medioambientales. No obstante, prevé la posibilidad de modular los costes para tener en cuenta el nivel de contaminación de los camiones y la hora del día en que circulan. La propuesta de revisión de esa directiva se adoptará en breve y dará libertad a los Estados miembros para aplicar peajes y derechos de uso en todas las demás carreteras. Las modificaciones principales son las siguientes:

En el transporte ferroviario, la Directiva 2001/14/CE permite establecer una diferenciación entre los cánones, sobre una base de neutralidad de los ingresos, pero no obliga a una tarificación de los costes ambientales adicional a los costes de infraestructura, y no se imputan a los operadores ferroviarios. Pocos gestores de infraestructura practican esa diferenciación.

En el programa de trabajo de la Comisión para 2006 figuran propuestas sobre la tarificación de las infraestructuras portuarias y aeroportuarias, así como una Comunicación marco.

Transporte por carretera

La adopción, a partir de 1970, de varias directivas sobre las emisiones de los vehículos de motor, ya sean vehículos ligeros (automóviles, vehículos industriales ligeros) o pesados (camiones, autobuses), ha provocado una reducción progresiva de las emisiones de gases y de partículas, así como, en cierta medida, del ruido de esos vehículos. Las reducciones de las emisiones atmosféricas, fijadas por las normas «Euro» I a V, se refieren a cuatro contaminantes principales: monóxido de carbono (CO), óxidos de nitrógeno (NOx), partículas e hidrocarburos.

En lo que se refiere al CO2, el objetivo comunitario es alcanzar un nivel medio de emisión de los vehículos nuevos de 120 g CO2/km. El planteamiento europeo al respecto se basa en tres pilares:

Por otra parte, han mejorado de forma considerable las normas sobre calidad de los combustibles para el transporte, especialmente en lo que se refiere a su contenido de azufre. Además, la UE ha fijado un porcentaje indicativo de biocarburantes que han de sustituir, en cada Estado miembro, al diésel o a la gasolina que se utilizan para el transporte (2 % en 2005 y 5,75 % en 2010).

La Directiva 1999/30/CE establece valores límite para las concentraciones de NOx, SO2, partículas y plomo, y umbrales de alerta para las concentraciones de SO2 y NOx en el ambiente. Los Estados miembros deben garantizar que se ponga a disposición del público información actualizada sobre la concentración de esas sustancias. Los valores límite de NOx debían alcanzarse en 2001, las de SO2 y las PM10 en 2005 et las de NO2 y plomo deberán alcanzarse en 2010.

Transporte terrestre distinto del transporte por carretera

Las emisiones contaminantes del transporte ferroviario se rigen por la directiva sobre las unidades móviles no viales.

En el contexto de la Directiva 96/48/CE sobre la interoperabilidad del sistema ferroviario transeuropeo de alta velocidad, la especificación técnica de interoperabilidad (ETI) relativa al material rodante de alta velocidad establece límites para las emisiones sonoras. La Directiva 2001/16/CE, tras su modificación de 2004, aplica las mismas disposiciones al sistema ferroviario transeuropeo convencional.

Transporte marítimo y fluvial

La UE ha adoptado una estrategia para la reducción de las emisiones atmosféricas de los buques de navegación marítima. Asimismo, se ha dotado de un arsenal de medidas en materia de seguridad marítima para evitar nuevas catástrofes ecológicas como las del Erika o el Prestige. Esas medidas se refieren, en particular, a la prevención de la contaminación causada por los buques, a los mecanismos de cooperación en caso de contaminación marina y a la posibilidad de sanciones penales contra los responsables de contaminación marina.

Las emisiones contaminantes de los buques de navegación fluvial sobre las unidades móviles no viales.

Transporte aéreo

En una comunicación sobre transporte aéreo y medio ambiente, la Comisión definió los pilares de una estrategia que integre las preocupaciones ambientales en la política del transporte aéreo: mejorar las normas ambientales técnicas en materia de ruido y emisiones atmosféricas; reforzar los incentivos económicos; ayudar a los aeropuertos en sus esfuerzos ambientales; fomentar la investigación y desarrollo a largo plazo.

En lo que se refiere al ruido, la UE ha adoptado normas sobre la gestión del ruido en los aeropuertos comunitarios, que se basan esencialmente en las decisiones adoptadas en la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). Dichas normas se refieren, entre otras cosas, a la prohibición del acceso a los aeropuertos europeos para los aviones más ruidosos y a requisitos de construcción de las aeronaves.

En su comunicación sobre aviación y cambio climático, la Comisión analiza las opciones que permiten reducir el impacto del sector de la aviación en el cambio climático. Propone, en particular, además de mantener las posibilidades abiertas en materia de investigación, de gestión del tránsito aéreo y de imposición de la energía, integrar el sector del transporte aéreo en el sistema comunitario de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.

Transporte y ruido

En el contexto de la Directiva 2002/49/CE, los Estados miembros deben cartografiar los niveles de ruido ambiente en las grandes infraestructuras de transporte y en el transporte urbano de las grandes aglomeraciones. Asimismo, deben establecer planes de gestión del ruido ambiente para reducir las exposiciones perjudiciales para la salud y proteger las zonas tranquilas. La legislación comunitaria no define valores límite de ruido ambiente y deja a los Estados y a las autoridades competentes la elección de los modos de protección contra el ruido.

Contexto

El aumento del volumen de transporte y de su utilización constituyen una amenaza para el medio ambiente y la salud de los europeos. La Agencia Europea de Medio Ambiente mide, analiza y restituye periódicamente en el marco del TERM (Transport & Environment Reporting Mechanism) los impactos del transporte en el medio ambiente. La agencia subraya el riesgo de que la UE no cumpla los compromisos que contrajo en virtud del Protocolo de Kioto para la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero.

La estrategia temática sobre la contaminación atmosférica establece objetivos de reducción de determinados contaminantes y refuerza el marco legislativo de lucha contra la contaminación atmosférica en función de dos ejes principales: la mejora de la legislación comunitaria en materia de medio ambiente y la integración de las preocupaciones sobre la calidad del aire en las políticas conexas. Tal como prevé la estrategia, la Comisión ha propuesto una nueva norma «EuroV» para reducir las emisiones contaminantes de los vehículos de motor ligeros y, en particular, para reducir en un 80 % las emisiones de los vehículos de motor diésel. La estrategia contempla asimismo varias acciones destinadas a reducir las emisiones de SO2 y NOx procedentes de los buques (según las previsiones, podrían rebasar las emisiones de origen terrestre de aquí al año 2020).

La propuesta de directiva sobre la eficiencia en el uso final de la energía y los servicios energéticos subraya el papel importante que desempeñan los carburantes y el sector del transporte en materia de eficiencia energética y ahorro de energía. Prevé varias medidas al respecto.

La estrategia temática sobre el medio ambiente urbano subraya la necesidad de elaborar planes de desplazamientos urbanos sostenibles, tanto de personas como de mercancías, que integren los requisitos ambientales y se articulen con las políticas de gestión de la ocupación del suelo. Anuncia que la Comisión divulgará una guía práctica para las autoridades urbanas que les permita establecer estos planes y difundir las buenas prácticas.

La elaboración de esta estrategia fue solicitada por el Consejo Europeo de Viena (diciembre de 1998). En ese mismo Consejo Europeo y en el de Colonia (junio de 1999) se pidió la elaboración de otras estrategias en los distintos sectores de la actuación comunitaria. El Consejo Europeo de Cardiff (junio de 1998) sentó las bases de una acción coordinada a escala comunitaria en materia de integración de los requisitos medioambiental en las políticas de la Unión.

ACTOS CONEXOS

Decisión nº 1753/2000/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 22 de junio de 2000 por la que se establece un plan de seguimiento de la media de las emisiones específicas de CO2 de los turismos nuevos [Diario Oficial L 202 de 10.8.2000].

Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones de 31 de marzo de 1998 sobre transportes y CO2 - Elaboración de un planteamiento comunitario [COM (98) 204 - no publicada en el Diario Oficial].

See also

Para más información se remite a las páginas de Internet de las Direcciones Generales de Medio Ambiente (EN) y de Energía y Transportes (EN) de la Comisión Europea.

Última modificación: 06.12.2005