La gestión de los derechos de autor y derechos afines en el mercado interior

La Comisión aborda las cuestiones relativas a la gestión individual y colectiva de los derechos de autor y derechos afines en el mercado interior. Desea establecer un marco legislativo común para la gestión colectiva de los derechos y, en particular, para el buen gobierno de las sociedades de gestión.

ACTO

Comunicación de la Comisión de 16 de abril de 2004 sobre la gestión de los derechos de autor y derechos afines en el mercado interior [COM(2004) 261 - No publicada en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

La comunicación aborda la gestión de los derechos de autor y derechos afines, es decir, el modo de administrarlos (concederlos, cederlos o remunerarlos). Concluye un proceso de consulta que se inició en 1995.

La Comisión examina si los actuales métodos de gestión, que dependen esencialmente del derecho nacional, perjudican el buen funcionamiento del mercado interior. La comercialización de los bienes y servicios basados en los derechos de autor o derechos afines se realiza cada vez más a nivel comunitario. El marco jurídico para la protección de tales derechos debe, por tanto, adaptarse.

La Comisión examina si conviene dejar en manos del mercado el desarrollo de la autorización comunitaria o si es preferible que el legislador comunitario intervenga. Presenta las diferentes opciones que pueden considerarse:

Otra cuestión central: la gestión de los derechos digitales. Los sistemas de gestión de los derechos digitales (sistemas DRM) permiten restringir la difusión de contenidos digitales mediante copia, garantizando y gestionando los derechos de autor. Para realizar el mercado interior en este ámbito, es necesario crear una infraestructura técnica global e interoperable basada en el consenso entre todas las partes interesadas, incluidos los consumidores.

Los derechos de autor y derechos afines pueden gestionarse de modo individual o colectivo. La Comisión examina estos dos modos de gestión.

Gestión individual de los derechos

La gestión individual de los derechos es la comercialización, con una licencia contractual que puede ser exclusiva o no, de los derechos entre titulares particulares y usuarios comerciales.

La Comisión ha constatado una convergencia suficiente de las normas de los diversos Estados en esta materia. Por tanto, no es necesario emprender inmediatamente una acción comunitaria.

Gestión colectiva de los derechos

La gestión colectiva de los derechos es un sistema mediante el cual una sociedad de gestión colectiva administra conjuntamente los derechos y supervisa, recauda y distribuye el pago de los derechos en nombre de varios titulares.

En este ámbito, la Comisión subraya la necesidad de un marco legislativo común basado en los principios de protección de los derechos de autor y las necesidades del mercado interior, que abordaría las cuestiones relativas a la creación y el estatuto de las sociedades de gestión colectiva. Dicha legislación favorecería la creación de licencias comunitarias par la explotación de los derechos y realizaría el mercado interior.

La Comisión ha iniciado una nueva consulta que ha desembocado en la adopción de una recomendación sobre la gestión colectiva transfronteriza de los derechos de autor y derechos afines en el ámbito de los servicios lícitos de música en línea. Tiene también la intención de proponer un instrumento legislativo sobre determinados aspectos de la gestión colectiva y el buen gobierno de las sociedades de gestión para aumentar la eficacia, la seguridad jurídica y la transparencia.

Última modificación: 04.01.2006