Armonización técnica mundial de vehículos

 

SÍNTESIS DE LOS DOCUMENTOS:

Decisión 97/836/CE: adhesión de la Comunidad Europea al Acuerdo de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas sobre la adopción de prescripciones técnicas uniformes aplicables a los vehículos de ruedas y los equipos y piezas que puedan montarse o utilizarse en éstos, y sobre las condiciones de reconocimiento recíproco de las homologaciones concedidas conforme a dichas prescripciones («Acuerdo revisado de 1958»)

Decisión 2000/125/CE: celebración del Acuerdo sobre el establecimiento de reglamentos técnicos mundiales aplicables a los vehículos de ruedas y a los equipos y piezas que puedan montarse o utilizarse en dichos vehículos («Acuerdo paralelo»)

Acuerdo sobre el establecimiento de reglamentos técnicos mundiales aplicables a los vehículos de ruedas y a los equipos y piezas que puedan montarse o utilizarse en dichos vehículos

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTAS DECISIONES?

PUNTOS CLAVE

La Decisión 97/836/CE:

El Acuerdo de 1958 de la CEPE/ONU:

El Acuerdo paralelo:

FECHA DE ENTRADA EN VIGOR

La UE se convirtió en parte contratante del Acuerdo de 1958 el 24 de marzo de 1998.

El Acuerdo paralelo de 1998 entró en vigor el 25 de agosto de 2000.

ANTECEDENTES

Ambos acuerdos contribuyen a la consecución de los objetivos de la política comercial común de la UE, al eliminar los obstáculos técnicos al comercio y fomentar el acceso a mercados exteriores a la UE.

Para obtener más información, véase:

TÉRMINOS CLAVE

Vehículo de ruedas: un vehículo que se mueve sobre ruedas y que suele contar con un habitáculo o contenedor para transportar personas o cosas.
Homologación de tipo: el proceso que las autoridades nacionales aplican para certificar que un modelo de vehículo cumple todos los requisitos de la UE sobre seguridad, medio ambiente y conformidad de la producción, antes de autorizar su introducción en el mercado de la UE.

DOCUMENTOS PRINCIPALES

Decisión 97/836/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 1997, relativa a la adhesión de la Comunidad Europea al Acuerdo de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas sobre la adopción de prescripciones técnicas uniformes aplicables a los vehículos de ruedas y los equipos y piezas que puedan montarse o utilizarse en éstos, y sobre las condiciones de reconocimiento recíproco de las homologaciones concedidas conforme a dichas prescripciones («Acuerdo revisado de 1958») (DO L 346 de 17.12.1997, pp. 78-94).

Las modificaciones sucesivas a la Decisión 97/836/CE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

Decisión 2000/125/CE del Consejo, de 31 de enero de 2000, relativa a la celebración del Acuerdo sobre el establecimiento de reglamentos técnicos mundiales aplicables a los vehículos de ruedas y a los equipos y piezas que puedan montarse o utilizarse en dichos vehículos («Acuerdo paralelo») (DO L 35 de 10.2.2000, pp. 12-13).

Véase la versión consolidada.

Acuerdo sobre el establecimiento de reglamentos técnicos mundiales aplicables a los vehículos de ruedas y a los equipos y piezas que puedan montarse o utilizarse en dichos vehículos – Composición y reglamento interno del Comité ejecutivo (DO L 35 de 10.2.2000, pp. 14-27).

última actualización 23.07.2019