Transporte intermodal: programa MARCO POLO

El transporte de mercancías por carretera depende totalmente de los combustibles fósiles, que generan cuantiosas emisiones de CO2. Esta situación exige un mayor recurso a la intermodalidad a fin de contribuir a un mayor aprovechamiento de la infraestructura y los servicios existentes mediante la integración en la cadena logística de los transportes marítimo de corta distancia, por ferrocarril y por vías navegables interiores. En este contexto, el programa Marco Polo (2003-2006) pretende transferir el tráfico de mercancías de la carretera a los modos más respetuosos con el medio ambiente.

ACTO

Reglamento (CE) n° 1382/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de julio de 2003, relativo a la concesión de ayuda financiera comunitaria para mejorar el impacto medioambiental del sistema de transporte de mercancías (programa Marco Polo).

SÍNTESIS

Contexto

1. Desde 1975, la política de transporte combinado (transporte en el que la parte principal del trayecto se efectúa por ferrocarril, vía navegable o vía marítima) ha fomentado la transferencia del transporte de mercancías por carretera al transporte por ferrocarril, a las vías navegables interiores y, más recientemente, al transporte marítimo de corta distancia.

2. El Libro Blanco sobre la política de transportes señala que, de no adoptarse medidas firmes, el transporte de mercancías por carretera crecerá un 50% en la Unión Europea de aquí a 2010. Se prevé que el tráfico transfronterizo se duplique para 2020.

3. El antiguo programa PACT (1997-2001) tenía como objetivo aumentar el uso del transporte combinado a través del apoyo a iniciativas innovadoras de mercado (medidas piloto) en el sector de los servicios de transporte combinado. Por su parte, Marco Polo es algo más que una mera prolongación del programa PACT, cuya finalidad es luchar contra la saturación en el sector del transporte de mercancías por carretera.

4. No obstante, existen numerosos obstáculos comerciales y operativos en todas las alternativas a la carretera que deben ser superados para que estos mercados de transporte de mercancías sean operativos. Además, los Estados miembros no pueden por sí solos aportar una solución óptima a los problemas derivados del constante crecimiento del transporte internacional de mercancías por carretera.

El programa MARCO POLO

5. El marco financiero previsto para la ejecución del programa Marco Polo durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2003 y el 31 de diciembre de 2006 asciende a 75 millones de euros.

6. El programa Marco Polo (EN) pretende reducir la congestión de las infraestructuras viarias y mejorar el impacto medioambiental de todo el sistema de transporte mediante el traslado de una parte de las operaciones de transporte de mercancías de la carretera al transporte marítimo de corta distancia, al ferrocarril y a las vías navegables interiores.

7. Al igual que el programa PACT, Marco Polo pretende apoyar las acciones comerciales en el mercado de los servicios de transporte de mercancías y financiar actividades en las que participen los países candidatos a la adhesión a la UE.

8. A diferencia del programa PACT, Marco Polo establece objetivos de transferencia modal cuantificados y de fácil comprobación. Más concretamente, se pretende mantener en 2010 la cuota de tráfico que los distintos modos de transporte tenían en 1998.

9. El programa se centrará en la promoción de servicios comerciales en el mercado del transporte de mercancías. En cambio, no abarcará la investigación y el desarrollo, ni las medidas en materia de infraestructuras.

10. El objetivo final es contribuir a la transferencia del transporte internacional de mercancías por carretera, cifrado en 12 000 millones de toneladas-kilómetros anuales, al ferrocarril, al transporte marítimo de corta distancia y a las vías navegables interiores.

11. El programa Marco Polo contribuye a la financiación de tres tipos de proyectos:

12. El programa Marco Polo se aplica a acciones que abarcan el territorio de al menos dos Estados miembros o el territorio de al menos un Estado miembro y el de un tercer país cercano.

Referencias

Acto

Entrada en vigor

Transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Reglamento (CE) n° 1382/2003[adopción: COD/2004/0157]

3.8.2003

-

DO L 196 de 2.8.2003

ACTOS CONEXOS

Directiva 92/106/CEE del Consejo, de 7 de diciembre de 1992, relativa al establecimiento de normas comunes para determinados transportes combinados de mercancías entre Estados miembros [Diario Oficial L 368 de 17.12.1992].

Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones, de 29 de mayo de 1997, « Intermodalidad y transporte intermodal de mercancías en la Unión Europea - Enfoque sistémico del transporte de mercancías - Estrategias y acciones destinadas a fomentar su eficacia, servicios y desarrollo sostenible» [COM (1997) 243 final - no publicada en el Diario Oficial].

Propuesta modificada de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a las unidades de carga intermodales [COM (2004) 361 final - no publicada en el Diario Oficial].

Propuesta de reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el segundo programa «Marco Polo» para la concesión de ayuda financiera comunitaria a fin de mejorar el comportamiento ambiental del sistema de transporte de mercancías («Marco Polo II») [COM (2004) 478 final - no publicado en el Diario Oficial].

La propuesta de programa Marco Polo renovado no modifica en esencia las características y procedimientos del programa. No obstante, se conservan los tres tipos de acción ya existentes (acciones de transferencia entre modos de transporte, de efecto catalizador y de aprendizaje en común) con unas condiciones de financiación y unos requisitos básicamente iguales. Se añaden, sin embargo, dos novedades:

Última modificación: 23.01.2007