Radiofrecuencias: Comité Europeo de Radiocomunicaciones

1) OBJETIVO

Afirmar el papel del Comité Europeo de Radiocomunicaciones (ERC) en la atribución de frecuencias necesarias para los nuevos servicios de radiocomunicaciones a escala europea.

2) MEDIDA COMUNITARIA

Resolución del Consejo, de 19 de noviembre de 1992, relativa a la aplicación en la Comunidad de las decisiones del Comité Europeo de Radiocomunicaciones.

3) CONTENIDO

La resolución está relacionada con la resolución del Consejo de 28 de junio de 1990 sobre el refuerzo de la cooperación europea en materia de radiofrecuencias, cuyo principal objetivo político era desarrollar la coordinación dentro de las estructuras creadas por la conferencia europea de administraciones de correos y telecomunicaciones (CEPT).

Entre estas estructuras, el Comité Europeo de Radiocomunicaciones (ERC), compuesto por representantes de los organismos nacionales de control de las radiocomunicaciones de todos los países miembros de la CEPT, adopta decisiones relativas a la armonización en el ámbito de las radiocomunicaciones. A tal fin, dicho Comité lleva a cabo una amplia consulta previa con los organismos de telecomunicaciones y otros proveedores de servicios, empresarios y usuarios, así como una estrecha cooperación con el Instituto Europeo de Normas de Telecomunicaciones (ETSI) y la Comisión. Esta última participa en los trabajos en calidad de consejera.

El ERC ha adoptado principalmente decisiones sobre la atribución de bandas de frecuencias para la introducción en Europa del sistema terrestre de telecomunicaciones en los aviones (TFTS) y de los sistemas telemáticos destinados a los transportes por carretera (RTT).

Por consiguiente, el Consejo ha decidido que los Estados miembros participen activamente en la preparación de las decisiones del ERC, teniendo en cuenta la legislación comunitaria, y se comprometan a aplicar las decisiones del ERC sobre los sistemas TFTS y RTT.

El Consejo invita a la Comisión a considerar los mecanismos de decisión del ERC el principal método de atribución de frecuencias a escala europea.

4) plazo para la aplicación de la normativa en los estados miembros

No se requiere.

5) fecha de entrada en vigor (si no coincide con la fecha anterior)

No se requiere

6) referencias

Diario Oficial C 318 de 04.12.1992

7) trabajos posteriores

Dado que el enfoque por el que había optado la Comunidad con respecto a las radiofrecuencias consistía en emprender iniciativas dentro del ERC, se han retirado las dos propuestas de directiva presentadas por la Comisión sobre la atribución de bandas de frecuencias para la introducción en Europa del sistema terrestre de telecomunicaciones en los aviones (TFTS) y los sistemas telemáticos destinados a los transportes por carretera (RTT), respectivamente.

Última modificación: 14.09.2005