Responsabilidad civil nacida de daños debidos a contaminación por hidrocarburos: Convenio «combustible de los buques»

 

SÍNTESIS DE LOS DOCUMENTOS:

Convenio internacional sobre responsabilidad civil nacida de daños debidos a contaminación por los hidrocarburos para combustible de los buques, 2001 (Convenio «combustible de los buques»)

Decisión 2002/762/CE por la que se autoriza a los Estados miembros a firmar y ratificar el Convenio internacional sobre responsabilidad civil nacida de daños debidos a contaminación por los hidrocarburos para combustible de los buques

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE CONVENIO Y DE ESTA DECISIÓN?

El Convenio «combustible de los buques» se adoptó bajo los auspicios de la Organización Marítima Internacional (OMI) con el fin de garantizar una indemnización adecuada, puntual y efectiva de las personas afectadas por daños debidos a vertidos de hidrocarburos transportados como combustible en los buques.

La Decisión autoriza a los países de la Unión Europea (UE) a firmar y ratificar el Convenio internacional sobre responsabilidad civil nacida de daños debidos a contaminación por los hidrocarburos para combustible de los buques de 2001 (Convenio «combustible de los buques») o a adherirse a dicho Convenio.

PUNTOS CLAVE

Compatibilidad con las normas de la UE

Ámbito de aplicación

El Convenio se aplica:

No se aplica a los buques de guerra, buques auxiliares de la armada u otros buques cuya propiedad corresponda a un país. Sin embargo, cualquier país que tenga la condición de parte del Convenio puede decidir aplicarlo a tales buques.

Responsabilidad del propietario del buque

El propietario del buque en el momento de producirse un suceso es responsable de los daños debidos a contaminación ocasionados por cualesquiera hidrocarburos para combustible. Sin embargo, queda exonerado de responsabilidad si puede demostrar que:

Seguro obligatorio o garantía financiera

Tribunales competentes, reconocimiento y ejecución de los fallos

Plazos de prescripción

FECHA DE ENTRADA EN VIGOR

El Convenio entró en vigor el 21 de noviembre de 2008. En 2015, todos los países de la UE habían ratificado el Convenio de conformidad con la Decisión 2002/762/CE y se habían adherido a él.

ANTECEDENTES

Para obtener más información, véanse:

DOCUMENTOS PRINCIPALES

Convenio internacional sobre responsabilidad civil nacida de daños debidos a contaminación por los hidrocarburos para combustible de los buques, 2001 (Convenio «combustible de los buques») (DO L 256 de 25.9.2002, pp. 9-16).

Decisión 2002/762/CE del Consejo, de 19 de septiembre de 2002, por la que se autoriza a los Estados miembros a firmar y ratificar, en interés de la Comunidad, el Convenio internacional sobre responsabilidad civil nacida de daños debidos a contaminación por los hidrocarburos para combustible de los buques, 2001 (Convenio «combustible de los buques»), o a adherirse a dicho Convenio (DO L 256 de 25.9.2002, pp. 7-8).

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento (UE) n.o 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (DO L 351 de 20.12.2012, pp. 1-32).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) n.o 2012/1215 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

última actualización 10.07.2020