Organización Mundial del Comercio

El propósito de esta Decisión es adoptar el quinto protocolo del GATS (Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios) relativo a los servicios financieros.

ACTO

Decisión 1999/61/CE del Consejo, de 14 de diciembre de 1998, relativa a la aprobación, en nombre de la Comunidad Europea, y en lo que respecta a asuntos de su competencia, de los resultados de las negociaciones de la Organización Mundial del Comercio sobre servicios financieros (pdf) [Diario Oficial L 20 de 27.1.1999].

SÍNTESIS

Cuando concluyeron las negociaciones de la Ronda Uruguay, en diciembre de 1993, resultó imposible incluir con carácter permanente el sector de los servicios financieros en la OMC. En consecuencia, los compromisos de la Ronda Uruguay en materia de servicios financieros entraron en vigor por un período limitado, que expiró el 30 de junio de 1995. Algunos miembros de la OMC (con excepción de Estados Unidos) celebraron posteriormente un acuerdo provisional a fin de mantener hasta diciembre de 1997 los compromisos contraídos.

El 12 de diciembre de 1997 el Comité sobre comercio de servicios financieros aprobó los resultados de las negociaciones sobre dichos servicios, a fin de incluirlos en el GATS de modo permanente y según el principio de nación más favorecida (NMF).

La decisión del Consejo contempla la adopción, en nombre de la Comunidad Europea, del quinto protocolo del GATS, que prevé la sustitución de las secciones relativas a los servicios financieros de las listas de compromisos específicos y las listas de exenciones por NMF de los miembros incluidos en las listas recogidas en el Anexo del protocolo.

Las listas de compromisos específicos (GATS/SC/31/Suppl.4) recogen las limitaciones por sectores (seguros, bancos u otros servicios bancarios) al acceso a los mercados para cada Estado miembro. Asimismo, las listas de exenciones por NMF (GATS/EL/31) contemplan, según los mismos criterios, las limitaciones en materia de tratamiento nacional.

También se incluye en anexo una lista de compromisos adicionales. Esta lista recoge disposiciones específicas de carácter vinculante para las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, en particular, en el sector de seguros.

Referencias

Acto

Entrada en vigor - Fecha de expiración

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Decisión 1999/61/CE

14.12.1998

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DO L 20 de 27.1.1999

Última modificación: 06.06.2007