Folleto que debe publicarse cuando se emiten valores

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva 2003/71/CE – folleto que debe publicarse en caso de venta pública o admisión a cotización de valores

SÍNTESIS

¿QUÉ HACE ESTA DIRECTIVA?

La presente Directiva tiene por objeto mejorar la calidad de la información que reciben los inversores de las empresas que quieren atraer inversores externos a fin de captar fondos en la Unión Europea (UE) para financiar su crecimiento.

Además, su objetivo es garantizar la aplicación de normas de divulgación adecuadas y equivalentes en todos los países de la UE en caso de que los valores se ofrezcan a todos los inversores europeos.

La Directiva establece normas sobre los folletos*, que son documentos que las empresas de la UE deben publicar cuando emiten valores para atraer inversiones. En virtud de estas normas, una vez que un folleto haya sido aprobado en un país de la UE, será válido en toda la UE (pasaporte único para los emisores).

ELEMENTOS CLAVE

Obligación de publicar un folleto

Los emisores están obligados a publicar un folleto sobre la oferta de valores, a menos que dicha oferta:

Información

El folleto debe contener un documento de síntesis, publicado en un formato estándar, que proporcione información importante sobre:

El emisor es civilmente responsable con respecto a la información que se incluye en el folleto. Esta información debe ser conforme a la realidad y no incurrir en ninguna omisión.

Aprobación y publicación

Una vez aprobado el folleto por la autoridad competente del país de la UE de origen, debe publicarse (por ejemplo, en un periódico nacional que tenga una amplia circulación o en el sitio web del emisor) y enviarse una copia a la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM).

Un folleto conserva su validez durante hasta doce meses después de su aprobación, siempre que sea actualizado y completado con los aspectos requeridos.

¿CUÁNDO ENTRA EN VIGOR LA DIRECTIVA?

La Directiva tenía que incorporarse a la legislación nacional el 1 de julio de 2005. La Directiva modificativa (2010/73/CE) es aplicable desde el 1 de julio de 2012.

En un Libro Verde sobre la unión de los mercados de capitales publicado en febrero de 2015, la Comisión anunció que va a reexaminar la Directiva sobre el folleto para que las empresas, y especialmente las pymes, puedan captar fondos y encontrar inversores extranjeros con mayor facilidad.

Para más información, visite el sitio de la Comisión Europea sobre la Directiva sobre el folleto.

TÉRMINO CLAVE

* Folleto: documento de divulgación que contiene información que permite que los inversores tomen decisiones de inversión con conocimiento de causa.

ACTO

Directiva 2003/71/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, sobre el folleto que debe publicarse en caso de oferta pública o admisión a cotización de valores y por la que se modifica la Directiva 2001/34/CE (DO L 345, 31.12.2003, pp. 64–89)

Las modificaciones sucesivas a la Directiva 2003/71/CE se han incorporado al texto básico. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

última actualización 13.12.2015