Alimentos ultracongelados

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva 89/108/CEE sobre los alimentos ultracongelados destinados a la alimentación humana

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

Esta Directiva establece las normas relativas a la congelación, el envasado, el etiquetado y el control de los productos alimenticios ultracongelados.

PUNTOS CLAVE

Proceso de congelación rápida

Envasado de los productos

Controles oficiales

Los Estados miembros tienen la obligación de garantizar que los equipos utilizados en relación con los alimentos ultracongelados cumplen la directiva, así como de efectuar un control oficial por sondeo de las temperaturas de esos productos.

La Comisión determina las normas relativas a la toma de muestras y al control de las temperaturas en los medios de transporte, depósito y almacenamiento.

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?

La Directiva está en vigor desde el 10 de enero de 1989 y debía convertirse en ley en los países de la UE antes del 10 de julio de 1990 para el comercio de productos conformes con la presente Directiva. Los países de la UE tenían que prohibir el comercio de los productos que no fueran conformes con la presente Directiva antes del 10 de enero de 1991.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva 89/108/CEE del Consejo de 21 de diciembre de 1988 relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre los alimentos ultracongelados destinados a la alimentación humana (DO L 40, de 11.2.1989, pp. 34-37).

Las modificaciones sucesivas a la Directiva 89/108/CEE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento (CE) n.o 37/2005 de la Comisión, de 12 de enero de 2005, relativo al control de las temperaturas en los medios de transporte y los locales de depósito y almacenamiento de alimentos ultracongelados destinados al consumo humano (DO L 10, de 13.1.2005, pp. 18-19).

Véase la versión consolidada.

Directiva 92/2/CEE de la Comisión, de 13 de enero de 1992, por la que se establece el procedimiento de muestreo y el método comunitario de análisis para el control oficial de las temperaturas de los alimentos ultracongelados destinados al consumo humano (DO L 34, de 11.2.1992, pp. 30-33).

última actualización 28.08.2019