Delitos de genocidio, crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra: investigación y enjuiciamiento

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Decisión 2003/335/JAI: investigación y enjuiciamiento de delitos de genocidio, crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra

¿QUÉ HACE ESTA DECISIÓN?

Establece un marco para mejorar la cooperación entre los países de la Unión Europea (UE) en la investigación y el enjuiciamiento de autores presuntos o probados de genocidio*, crímenes contra la humanidad* y crímenes de guerra*.

PUNTOS CLAVE

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DECISIÓN?

Está en vigor desde el 14 de mayo de 2003.

ANTECEDENTES

Después del genocidio, los crímenes contra la humanidad y los crímenes de guerra que tuvieron lugar en Ruanda y la antigua Yugoslavia, los tribunales penales internacionales investigan, procesan y juzgan a los autores. No obstante, el buen fin de la investigación y el enjuiciamiento de esos crímenes requieren una estrecha cooperación internacional.

TÉRMINOS CLAVE

* Genocidio: los actos perpetrados con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso.

* Crímenes contra la humanidad: los actos cometidos como parte de un ataque generalizado y sistemático contra la población civil.

* Crímenes de guerra: los actos cometidos que violan las leyes de la guerra (por ejemplo, los Convenios de Ginebra). Algunos ejemplos son el maltrato de los prisioneros de guerra, la ejecución de rehenes o la destrucción deliberada de ciudades, pueblos o aldeas.

ACTO

Decisión 2003/335/JAI del Consejo, de 8 de mayo 2003, sobre investigación y enjuiciamiento de delitos de genocidio, crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra (DO L 118 de 14.5.2003, pp. 12-14)

última actualización 28.06.2016