Planteamiento de cuestiones prejudiciales: recomendaciones a los órganos jurisdiccionales nacionales

 

SÍNTESIS DE LOS DOCUMENTOS:

Recomendaciones a los órganos jurisdiccionales nacionales, relativas al planteamiento de cuestiones prejudiciales

Artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Artículo 19 del Tratado de la Unión Europea

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE LAS RECOMENDACIONES, DEL ARTÍCULO 267 DEL TRATADO DE FUNCIONAMIENTO DE LA UNIÓN EUROPEA Y DEL ARTÍCULO 19, APARTADO 3, DEL TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA?

Las recomendaciones de 2019:

PUNTOS CLAVE

Importancia del procedimiento prejudicial

Este procedimiento se considera útil cuando, ante un órgano jurisdiccional nacional, se plantee una cuestión de interpretación nueva y de interés general para la aplicación uniforme del Derecho de la UE, o cuando la jurisprudencia existente no parece dar la necesaria orientación para abordar una nueva situación jurídica.

Estructura de las recomendaciones

Se aplica un conjunto de recomendaciones a todas las peticiones de decisión prejudicial y otro conjunto específico se aplica a los procedimientos acelerados* o procedimientos prejudiciales de urgencia*.

¿Quién hace la solicitud de procedimiento prejudicial?

El órgano jurisdiccional nacional ante el que se presenta un litigio tiene la responsabilidad exclusiva de determinar tanto la necesidad de una solicitud de procedimiento prejudicial como la pertinencia de las preguntas que somete al TJUE.

Los órganos jurisdiccionales que presentan una consulta, deberían, entre otras cosas:

Objeto y alcance

Interacción entre la remisión prejudicial y el procedimiento nacional

Forma y contenido de la consulta

Protección de los datos de carácter personal y anonimización de la petición de decisión prejudicial

Transmisión al TJUE de la petición de decisión prejudicial

Costas y beneficio de asistencia jurídica gratuita

Función de la Secretaría del TJUE

Consultas aceleradas y urgentes

¿DESDE CUÁNDO ESTÁN VIGOR LAS RECOMENDACIONES?

Están en vigor desde el 8 de noviembre de 2019.

ANTECEDENTES

Para más información, véanse:

TÉRMINOS CLAVE

Decisión prejudicial. Procedimiento que se utiliza en los casos en que la interpretación o validez del Derecho de la UE está en cuestión, y:
Procedimiento acelerado. Un procedimiento en el que la naturaleza y las circunstancias excepcionales del asunto requieren una rápida actuación. Un procedimiento acelerado solo debe pedirse cuando circunstancias particulares creen una emergencia que justifique que el TJUE se pronuncie rápidamente sobre las cuestiones planteadas. Esto podría producirse, por ejemplo, si existe un peligro grave e inmediato para la salud pública o el medio ambiente, que una decisión rápida del TJUE podría ayudar a evitar, o, si circunstancias especiales requieren que se resuelvan incertidumbres relativas a cuestiones fundamentales del Derecho constitucional nacional y de la UE en muy poco tiempo.
Procedimiento prejudicial de urgencia. Un procedimiento que solo se aplica en asuntos relacionados con la libertad, la seguridad y la justicia. En concreto, limita el número de partes que pueden enviar observaciones escritas y permite, en casos de urgencia extrema, omitir la fase escrita del procedimiento ante el TJUE.

DOCUMENTOS PRINCIPALES

Recomendaciones a los órganos jurisdiccionales nacionales relativas al planteamiento de cuestiones prejudiciales (DO C 439 de 25.11.2016, pp. 1-8).

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea —Sexta Parte — Disposiciones institucionales y financieras —Título I — Disposiciones institucionales — Capítulo 1 — Instituciones — Sección quinta — El Tribunal de Justicia de la Unión Europea — Artículo 267 (antiguo artículo 234 TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, p. 164).

Versión consolidada del Tratado de la Unión Europea — Título III: Disposiciones sobre las instituciones — Artículo 19 (DO C 202 de 7.6.2016, p. 27).

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia (DO L 265 de 29.9.2012, pp. 1-42).

Modificación del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia (DO L 173 de 26.6.2013, p. 65).

última actualización 26.04.2022