Mecanismo de información mutua para medidas nacionales de asilo e inmigración

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Decisión 2006/688/CE por la que se establece un mecanismo de información mutua sobre las medidas de los países de la Unión Europea (UE) en materia de asilo e inmigración

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DECISIÓN?

El objetivo de esta Decisión es mejorar el intercambio de información entre los países de la Unión Europea (UE) en lo que respecta a las medidas nacionales en materia de asilo e inmigración.

Establece un procedimiento de información oficial entre los países de la UE y la Comisión Europea, con el fin de favorecer la coordinación de las políticas en materia de asilo e inmigración entre los países de la UE.

PUNTOS CLAVE

Intercambio y transmisión de información

El mecanismo de información mutua (MIM) permite el intercambio de información entre la Comisión y los países de la UE en lo que respecta a las legislaciones nacionales sobre asilo e inmigración.

Los países de la UE están obligados a comunicar las medidas que pretenden adoptar o que hayan adoptado recientemente:

Esta información deberá transmitirse cuanto antes y, a más tardar, en el momento en que se haga pública.

Los países de la UE solamente deben notificar a la Comisión y a los demás países de la UE las medidas que puedan tener efectos significativos:

Desarrollo y gestión de la red

La Comisión es responsable del desarrollo y la gestión de la red. Para el establecimiento de esta última, la Comisión debía hacer uso de la plataforma técnica existente de la red telemática transeuropea para el intercambio de información entre las autoridades de los países de la UE (conocida como CIRCA). Esta red permite a la Comisión y los países de la UE solicitar a 1 o más países información adicional sobre las medidas comunicadas.

Toda medida nacional específica que se notifique por este canal podrá dar lugar a un intercambio de impresiones entre la Comisión y los expertos de los países de la UE.

Además de estos intercambios técnicos de impresiones, la Comisión debe redactar cada año un informe que resuma la información más relevante que hayan transmitido los países de la UE. Dicho informe se remite al Parlamento Europeo y al Consejo para que sirva como base para los debates ministeriales sobre las políticas nacionales en materia de asilo e inmigración.

Evaluación

En 2009, la Comisión publicó un informe de evaluación del funcionamiento del MIM. Entre abril de 2007 y el 30 de septiembre de 2009, solo 16 países de la UE habían transmitido información a través del MIM, y solo en relación con 45 medidas. No se hizo ninguna comunicación acerca de las resoluciones firmes de los más altos órganos jurisdiccionales.

El formato de las comunicaciones fue poco heterogéneo y no se utilizó siempre el formulario de comunicación anexo a la Decisión.

A veces, lo único que se proporcionaba era el título en inglés y el texto en la lengua original, lo que dificultaba la comprensión. También se observaron diferencias en el contenido de los formularios de comunicación presentados: algunos contenían información bastante completa mientras que otros se limitaban a ofrecer una descripción somera, sin indicar la naturaleza de la medida.

El informe concluyó que el MIM no había cumplido sus objetivos, puesto que la cantidad de información presentada era meramente simbólica. Sin embargo, dado que únicamente había estado operativo durante un breve período de tiempo, la Comisión consideró que proponer modificaciones de la Decisión sería todavía prematuro.

El mecanismo de información mutua sobre medidas nacionales en materia de asilo e inmigración no fue activado ni por la Comisión ni por los países de la UE, ni siquiera durante 2015 y 2016, los dos años en los que se registró una altísima afluencia de migrantes hacia Europa. Al parecer, los países de la UE (las Presidencias de la Unión Europea) prefirieron utilizar el mecanismo de información de la Unión Europea sobre crisis para intercambiar datos de flujos migratorios. Esta solicitud de información la fueron asumiendo gradualmente las agencias pertinentes de la Unión Europea, la Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO) y la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas (Frontex), que hoy en día proporcionan el mayor caudal de datos sobre migración necesario para los actuales flujos migratorios. Los boletines de noticias de la Red Europea de Migración, que se publican trimestralmente, aportan más información sobre avances importantes en los países de la UE dentro del ámbito de la migración.

No obstante, tampoco cabe descartar que el MIM pueda ser útil para futuros intercambios de información sobre migración entre países de la UE y la Comisión, por lo que su existencia sigue estando justificada.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DECISIÓN?

Está en vigor desde el 3 de noviembre de 2006.

ANTECEDENTES

Las medidas nacionales adoptadas en materia de inmigración y asilo pueden tener repercusiones en otros países de la UE. Esto es debido a:

Para obtener más información, véanse:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Decisión 2006/688/CE del Consejo, de 5 de octubre de 2006, relativa al establecimiento de un mecanismo de información mutua sobre las medidas de los Estados miembros en materia de asilo e inmigración (DO L 283 de 14.10.2006, pp. 40-43)

DOCUMENTO CONEXO

Informe de la Comisión con arreglo a los artículos 4 y 5 de la decisión del Consejo, de 5 de octubre de 2006, relativa al establecimiento de un mecanismo de información mutua sobre las medidas de los Estados miembros en materia de asilo e inmigración [COM(2009) 687 final, 17.12.2009]

última actualización 22.11.2018