Refuerzo de la cooperación práctica

En la presente Comunicación, la Comisión sugiere mejorar la cooperación práctica entre las autoridades nacionales competentes en materia de asilo. Esta cooperación, que forma parte de la instauración de la segunda fase del régimen de asilo europeo, permitirá a dichas autoridades familiarizarse con las prácticas de sus homólogos y establecer entre sí relaciones de trabajo más estrechas.

ACTO

Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre el refuerzo de la cooperación práctica, «Nuevas estructuras, nuevos planteamientos: mejora de la calidad del proceso de toma de decisiones en el sistema europeo común de asilo» [COM (2006) 67 final - no publicada en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

Según la Comisión, la cooperación práctica está destinada a permitir que los servicios de asilo de los Estados miembros se familiaricen con las prácticas de sus homólogos y establezcan relaciones de trabajo más estrechas. Ante todo, tiene por objeto mejorar la convergencia de las decisiones que dichos servicios adoptan en este ámbito.

La intervención de la Unión europea (UE) tiene por objetivo proporcionarles una «caja de herramientas común». Según la Comisión, al utilizar las mismas herramientas y al aplicar las mismas garantías, los Estados miembros tomarán confianza en sus regímenes respectivos y llegarán a prácticas más coherentes.

Esa confianza es necesaria para implantar el procedimiento único. En una Comunicación dedicada a este tema, la Comisión propone una serie de medidas que pueden favorecer la convergencia de las actuaciones nacionales, con el fin de procurar que todas las solicitudes de protección en la UE estén cubiertas por las mismas garantías procesales. Las actividades vinculadas al procedimiento único deberían tender a:

La Comisión se propone mejorar la recogida y el tratamiento de la información sobre los países de origen, dado que se trata de un componente esencial de las decisiones de los Estados miembros en materia de asilo. Esa información permite que las autoridades nacionales comprueben las declaraciones de los solicitantes en lo que se refiere a su necesidad de protección, y determinar si deben gozar de protección internacional.

Para mejorar la cooperación entre las autoridades nacionales en este ámbito, la Comisión propone:

Estas actividades permitirán a más largo plazo la posible creación de una base de datos europea de información sobre los países de origen.

Por otra parte, la Comisión tiene intención de proponer la creación de una red, gestionada por ella, de cooperación en materia de asilo. Esa red tendrá por objetivo:

Esa red servirá de base al intercambio de información, a la promoción de las mejores prácticas y al establecimiento de un registro de competencias.

El programa de La Haya indica que las estructuras relativas a la cooperación práctica deberían transformarse en una oficina de apoyo europea encargada de todas las formas de cooperación entre los Estados miembros vinculadas al sistema europeo común de asilo.

En esta fase, la Comisión considera que se puede pensar en encomendar a la oficina de apoyo europea la función de apoyo técnico para la gestión del «portal común» de información sobre los países de origen y de una base de datos europea de dicha información. La oficina podría también ofrecer formación sobre todos los aspectos vinculados a la aplicación del sistema europeo común de asilo. Por último, la oficina coordinaría las respuestas que deben darse en caso de presiones especiales.

A medida que se extienda la cooperación práctica, las exigencias de coordinación de las actividades de los servicios nacionales podrían superar la capacidad de la futura red de cooperación en materia de asilo. La Comisión considera que las actividades de cooperación alcanzarán pronto una masa crítica que exigirá una desconcentración más estructurada de las funciones técnicas. En cualquier caso, a principios de 2008 informará de los progresos realizados. Esta evaluación servirá de base a un estudio de viabilidad de la creación de una oficina de apoyo.

Además del mandato específico otorgado a la red de cooperación en materia de asilo, algunas de las actividades en esta área podrían ser realizadas por la Comisión, cuya actuación podría basarse en los consejos de grupos de expertos como la red Eurasil.

La Comisión constata también que un reducido número de Estados miembros pueden verse afectados por unas cargas desproporcionadas en materia de asilo. Ahora bien, la Directiva relativa a la protección temporal prevé la solidaridad entre los Estados miembros en caso de afluencia masiva de desplazados, pero no proporciona una respuesta adecuada a las presiones particulares que se ejercen sobre los servicios de asilo y la capacidad de recepción de los Estados miembros.

Para mejorar esta situación, la Comisión sugiere:

Entre las opciones a más largo plazo figuran la evaluación exhaustiva de las presiones particulares que se hayan producido con anterioridad y la creación de una red de responsables de información de los Estados miembros en terceros países seleccionados.

La Comisión propone también hacer hincapié en la formación del personal de los servicios de asilo. La adopción de principios clave para determinados actos administrativos como las conversaciones y la toma de decisiones permitiría disponer de una base sólida para elaborar un programa europeo, que contribuiría a su vez a aumentar la convergencia de las prácticas y de los métodos administrativos.

La primera ola de cooperación práctica animará a los Estados miembros a presentar proyectos en conexión con otros Estados miembros. La Comisión considera que conviene apoyar tales iniciativas, pero constata que las posibilidades financieras existentes, por medio del programa ARGO y de las actuaciones comunitarias del Fondo Europeo para los Refugiados (FER), no ofrecen la flexibilidad o los créditos suplementarios necesarios. Para suplir tales carencias, la Comisión propone pues presentar propuestas destinadas a modificar el FER y el programa ARGO, con el fin de velar por la aplicación de las prioridades de La Haya.

Contexto

La primera fase del sistema europeo común de asilo acabó con la aprobación, el 1 de diciembre de 2005, de la Directiva relativa a los procedimientos de asilo. El programa de La Haya fija en 2010 el plazo para la implantación de la segunda fase del régimen de asilo europeo que prevé la creación de un procedimiento común de asilo.

En ese programa, el Consejo Europeo abogaba por la creación de estructuras convenientes que asocien los servicios de asilo de los Estados miembros con el fin de favorecer la cooperación práctica. Esa cooperación constituye un enfoque común gracias a métodos administrativos coherentes y a la división de competencias, recursos y conocimientos. Según el programa de La Haya, esas estructuras deberían convertirse en una oficina de apoyo europea encargada de todas las formas de cooperación entre los Estados miembros vinculadas al sistema europeo común de asilo.

Última modificación: 28.07.2007