Intercambios intracomunitarios de animales reproductores de raza pura de las especies ovina y caprina

La Unión Europea (UE) armoniza las normas aplicables a los intercambios de ovinos y de caprinos de raza pura utilizados para la reproducción en su territorio.

ACTO

Directiva 89/361/CEE del Consejo, de 30 de mayo de 1989, sobre los animales reproductores de raza pura de las especies bovina y caprina [Véanse los acto(s) modificativo(s)].

SÍNTESIS

La presente Directiva fija normas comunes que regulan los intercambios de reproductores ovinos y caprinos de raza pura en el territorio europeo.

Ovinos y caprinos

La presente Directiva se aplica a:

Obligaciones de los Estados miembros

Los Estados miembros no podrán prohibir, restringir ni obstaculizar, por razones zootécnicas:

Los Estados miembros elaborarán y actualizarán la lista de organizaciones de ganaderos reconocidos que creen o lleven libros genealógicos antes de comunicarlo al resto de Estados miembros y al público.

Normas comunes a nivel europeo

La Comisión estará asistida por el Comité zootécnico permanente para determinar:

Certificado zootécnico

Durante su comercialización, los reproductores ovinos y caprinos de raza pura así como su esperma, sus óvulos y sus embriones, podrán ir acompañados de un certificado zootécnico si así lo exige el Estado miembro.

Importaciones de terceros países

Las normas aplicables a las importaciones de reproductores ovinos y caprinos de raza pura y de su esperma, óvulos y embriones, deben ser, como mínimo, equivalentes a las que regulan los intercambios entre los Estados miembros de la UE.

Términos clave del acto

Referencias

Acto

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Directiva 89/361/CEE

5.6.1989

1.1.1991

DO L 153, 6.6.1989

Acto(s) modificativo(s)

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Directiva 2008/73/CE

3.9.2008

1.1.2010

DO L 219, 14.8.2008

Las modificaciones y correcciones sucesivas de la Directiva 89/361/CEE se han integrado en el texto de base. La versión consolidada tiene un valor meramente documental.

ACTOS CONEXOS

Decisión 90/254/CEE de la Comisión, de 10 de mayo de 1990, por la que se establecen los criterios para la autorización de las asociaciones y organizaciones de ganaderos que lleven o creen libros genealógicos de reproductores ovinos y caprinos de raza pura [Diario Oficial L 145 de 8.6.1990].

Decisión 90/255/CEE de la Comisión, de 10 de mayo de 1990, por la que se determinan los criterios de inscripción de los reproductores ovinos y caprinos de raza pura en los libros genealógicos [Diario Oficial L 145 de 8.6.1990].

Decisión 90/256/CEE de la Comisión, de 10 de mayo de 1990, por la que se fijan los métodos de control de los rendimientos y de evaluación del valor genético de los reproductores ovinos y caprinos de raza pura [Diario Oficial L 145 de 8.6.1990].

Decisión 90/257/CEE de la Comisión, de 10 de mayo de 1990, por la que se establecen los criterios de admisión para la reproducción y utilización del esperma, óvulos y embriones de los reproductores ovinos y caprinos de raza pura [Diario Oficial L 145 de 8.6.1990].

Decisión 90/258/CEE de la Comisión, de 10 de mayo de 1990, por la que se establece el certificado zootécnico de reproductor ovino y caprino de raza pura y de su esperma, óvulos y embriones [Diario Oficial L 145 de 8.6.1990].

Última modificación: 23.06.2011