Obligaciones de alimentos

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (CE) n.o 4/2009 relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

Establece normas para facilitar el pago de los créditos alimenticios en casos transfronterizos. Estos créditos se derivan de la obligación de ayudar a los miembros de su familia y pueden incluir, por ejemplo, una pensión alimenticia que se paga a un niño o la expareja tras un divorcio.

PUNTOS CLAVE

El Reglamento se aplica a las obligaciones de alimentos derivadas de las relaciones de:

Competencia

Reconocimiento y ejecución de resoluciones

Autoridades centrales

Disposiciones finales

El Reglamento sustituye las normas en materia de obligaciones de alimentos del Reglamento (CE) n.o 44/2001 relativo a la competencia judicial, reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil. También sustituye al Reglamento (CE) n.o 805/2004 por el que se establece un título ejecutivo europeo para créditos no impugnados, excepto para los títulos ejecutivos europeos relativos a obligaciones de alimentos emitidos por Estados miembros no vinculados por el Protocolo de La Haya de 2007 (véase la síntesis).

Legislación de modificación

El Reglamento (CE) n.o 4/2009 ha sido modificado cuatro veces:

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR ESTE REGLAMENTO?

El Reglamento está en vigor desde el 18 de junio de 2011. Se aplica a Dinamarca a pesar de la cláusula de exclusión voluntaria del espacio de libertad, seguridad y justicia de la UE.

Dinamarca confirmó su intención de aplicar el Reglamento, en la medida en que este modifique el Reglamento (CE) n.o 44/2001, mediante una declaración basada en un acuerdo paralelo celebrado con la Comunidad Europea.

En 2013, Dinamarca confirmó su intención de aplicar el acto de ejecución [Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1142/2011] por el que se establecen los anexos X a XI del Reglamento (CE) n.o 4/2009.

ANTECEDENTES

Para obtener más información, véanse:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (CE) n.o 4/2009 del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos (DO L 7 de 10.1.2009, pp. 1-79).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (CE) n.o 4/2009 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Reino de Dinamarca relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia civil y mercantil (DO L 195 de 18.7.2013, p. 1).

Decisión 2011/432/UE del Consejo, de 9 de junio de 2011, sobre la aprobación, en nombre de la Unión Europea, del Convenio de La Haya de 23 de noviembre de 2007 sobre cobro internacional de alimentos para los niños y otros miembros de la familia (DO L 192 de 22.7.2011, pp. 39-50).

Véase la versión consolidada.

Decisión 2011/220/UE del Consejo, de 31 de marzo de 2011, relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, del Convenio de La Haya de 23 de noviembre de 2007 sobre cobro internacional de alimentos para niños y otros miembros de la familia (DO L 93 de 7.4.2011, p. 9).

Decisión 2009/451/CE de la Comisión, de 8 de junio de 2009, relativa a la intención del Reino Unido de aceptar el Reglamento (CE) n.o 4/2009 del Consejo relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos (DO L 149 de 12.6.2009, p. 73).

Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Reino de Dinamarca relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (DO L 149 de 12.6.2009, p. 80).

Decisión 2006/325/CE del Consejo, de 27 de abril de 2006, relativa a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Reino de Dinamarca relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (DO L 120 de 5.5.2006, p. 22).

Véase la versión consolidada.

última actualización 22.09.2021