Programa específico Ideas

El objetivo de este programa específico, que compete al Séptimo Programa Marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración (2007 a 2013) -el Séptimo Programa Marco- es efectuar una investigación exploratoria, a propuesta de los propios investigadores, que permita elevar el nivel de excelencia de la investigación en Europa. La creación del Consejo Europeo de Investigación (CEI), cuyo objetivo principal es implementar el programa Ideas, constituye un elemento central del programa en sí.

ACTO

Decisión 2006/972/CE del Consejo, de 19 de diciembre de 2006, relativa al programa específico Ideas por el que se ejecuta el séptimo programa marco de la Comunidad Europea de acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración (2007-2013) [Diario Oficial L 54 de 22.2.2007].

SÍNTESIS

El principal objetivo que persigue el programa específicoIdeas es elevar el nivel de la investigación europea en los campos que están conociendo un rápido desarrollo, y aumentar con ello la competitividad económica y el bienestar de Europa. Se trata de realizar una investigación exploratoria que, independientemente de los límites de cada disciplina y de las fronteras geográficas, permita avanzar decisivamente en los campos científico, tecnológico y universitario. El programa sigue un planteamiento basado en la iniciativa de los investigadores: dicho de otro modo, está concebido para apoyar la investigación en las fronteras del conocimiento sobre temas elegidos por los propios investigadores.

El programa se ejecutará con arreglo a los principios de excelencia científica, de autonomía, de transparencia y de responsabilidad, con ayuda de un Consejo Europeo de Investigación (CEI) que aporte soluciones concretas al déficit de excelencia que presenta actualmente Europa.

El presupuesto con el que se dota al programa asciende a 7 510 millones de euros, para el periodo 2007-2013.

Características y objetivos generales

El programa específico Ideas pretende conseguir varios objetivos para mejorar la competitividad de Europa y el bienestar de los europeos:

Se establecerán indicadores de rendimiento a tres niveles, con el fin de optimizar el seguimiento de la aplicación del programa:

El Séptimo Programa Marco (incluidos los programas específicos y todas las actividades de investigación que se deriven de él) se ejecutará respetando no sólo los principios éticos fundamentales, sino también lasexigencias sociales, jurídicas, socio-económicas, culturales y de igualdad de género.

Consejo Europeo de Investigación (CEI)

El principal objetivo del Consejo Europeo de Investigación (CEI), creado en virtud de la Decisión 2007/134/CE de la Comisión, es implementar el programa específico Ideas.

El CEI estará compuesto por un Consejo Científico independiente basado en una estructura de ejecución especializada.

Las tareasdel Consejo Científico serán las siguientes:

El Consejo Científico agrupará a representantes de la comunidad científica europea de máximo nivel. Estará compuesto por 22 investigadores, ingenieros y universitarios de renombre, designados por la Comisión. Su tarea es establecer la estrategia científica del CEI y, especialmente, elaborar con regularidad el programa anual de trabajo del programa específico Ideas.

La estructura de ejecución especializada (EEE del CEI) es una agencia ejecutiva de la Comisión encargada de la gestión administrativa del programa y de su ejecución. La agencia ejecutiva del CEI (AECEI), independiente desde julio de 2009, recibió la responsabilidad de implementar el programa específico Ideas y de proporcionar asistencia al Consejo Científico mediante un acto de delegación adoptado por la Comisión en 2008. Esta es la responsable de los procedimientos de evaluación, de examen inter pares y de selección de proyectos, para los que deberá seguir los principios que defina el Consejo Científico. Además, se hace cargo de la gestión financiera y científica de las subvenciones. Las funciones de la Comisión consistirán en:

Base fundamental del programa, el CEI representa el valor añadido que ofrecen las intervenciones comunitarias frente a los resultados que pueden obtenerse con actividades circunscritas al ámbito nacional. El CEI hará, en efecto, una aportación inestimable en este sentido, al:

Contexto

La UE viene aplicando desde 1984 una política de investigación y desarrollo tecnológico que se materializa a través de programas marco plurianuales. En este sentido, el Séptimo Programa Marco (2007-13) es un componente esencial de la estrategia de la UE para el crecimiento y el empleo de Europa. Este se centra en cuatro tipos de actividades: la cooperación transnacional en temas definidos a nivel de políticas (Cooperación), la investigación impulsada por los investigadores y basada en iniciativas de la comunidad investigadora (Ideas), el apoyo a la formación y el desarrollo de las carreras de los investigadores (Personas) y el apoyo a las capacidades de investigación (Capacidades). Contribuye al desarrollo del denominado triángulo del conocimiento -formado por las políticas de investigación, de educación y de innovación- para poner el conocimiento al servicio del dinamismo económico y de los avances sociales y medioambientales.

Debe ponerse de relieve que, en diciembre de 2013, el Parlamento Europeo y el Consejo adoptaron el Reglamento (UE) no1291/2013, por el que se establece Horizonte 2020, Programa Marco de Investigación e Innovación (2014-2020) y que, por lo tanto, sustituye el Séptimo Programa Marco.

REFERENCIAS

Acto

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Decision 2006/972/CE

1.1.2007 - 31.12.2013

-

DO L 54 de 22.2.2007

ACTOS CONEXOS

Decisión 2007/134/CE de la Comisión, de 2 de febrero de 2007, por la que se establece el Consejo Europeo de Investigación [Diario Oficial L 57/14 de 24.2.2007], modificada por la Decisión 2011/12/UE de 12 de enero de 2011 [Diario Oficial L 9/5 de 13.1.2011]

La presente Decisión de la Comisión crea el Consejo Científico del CEI y prevé la creación de una estructura específica de ejecución así como del puesto de Secretario General del CEI, cuya función será asistir al Consejo Científico garantizando una vinculación efectiva con la Comisión y la estructura específica de ejecución.

Decisión 2008/37/CE de la Comisión, de 14 de diciembre de 2007, por la que se crea la Agencia Ejecutiva del Consejo Europeo de Investigación para la gestión del programa específico comunitario Ideas en el campo de la investigación en las fronteras del conocimiento en aplicación del Reglamento (CE) no 58/2003 del Consejo [Diario Oficial L 9 de 12.1.2008].

Se continuan realizando mejoras para el establecimiento de la AECEI cuyas actividades comenzaron durante 2008.

Informe de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo para explicar las actividades del Consejo Europeo de Investigación y la realización de los objetivos establecidos en el programa específico Ideas en 2007 [ COM(2008) 473 final – no publicado en el Diario Oficial].

Informe de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre las actividades del Consejo Europeo de Investigación y la realización de los objetivos establecidos en el programa específico Ideas en 2012 [ COM(2013) 318 final - No publicado en el Diario Oficial].

Se llevó a cabo una evaluación de los principales resultados del CEI junto con una evaluación ex-ante del impacto de la Propuesta de la Comisión sobre Horizonte 2020, el nuevo Programa Marco de Investigación e Innovación. Entre los hallazgos del seguimiento continuo del programa, se incluyen los siguientes:

Última modificación: 07.04.2014