Bienestar de los animales: protección de los pollos destinados a la producción de carne

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva 2007/43/CE: disposiciones mínimas para la protección de los pollos destinados a la producción de carne

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

PUNTOS CLAVE

Ámbito de aplicación

Disposiciones que se aplican a todas las explotaciones

Densidad de población*

Formación

Inspecciones

Las autoridades nacionales deben realizar inspecciones periódicas de las explotaciones para garantizar el cumplimiento de la Directiva. Cada año, las autoridades nacionales deben presentar un informe a la Comisión Europea sobre las inspecciones realizadas acompañado de una lista de las medidas tomadas para resolver los principales problemas de bienestar que se hayan detectado.

Control y seguimiento en los mataderos

El control en los mataderos garantiza que se registre el número de pollos que llegaron muertos. Los signos de malas condiciones de bienestar pueden identificarse durante las inspecciones post mortem. Si se ponen de manifiesto tales signos, la explotación y las autoridades competentes deben adoptar las medidas oportunas.

Informes

Comité Permanente

El Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos asiste a la Comisión en la aplicación de la presente Directiva.

Modificación

El Reglamento (UE) 2017/625 sobre la aplicación de las normas de la UE relativas a la cadena agroalimentaria (véase la síntesis) introdujo ligeras modificaciones al Reglamento (CE) n.o 1/2005. El Reglamento de modificación pone bajo el mismo marco jurídico los controles oficiales en todos los segmentos de la cadena de suministro (incluido el bienestar animal). También prevé la creación de nuevos centros de referencia de la UE para el bienestar animal. Estos centros realizarán estudios científicos y técnicos, impartirán cursos de formación, darán a conocer los resultados de las investigaciones y proporcionarán asesoramiento científico y técnico a los Estados miembros. Un acto de ejecución, el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1685 de la Comisión, designó un centro de referencia de la UE para las aves de corral y otros animales pequeños de granja.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?

Lleva en vigor desde el 1 de agosto de 2007 y debía convertirse en ley en los Estados miembros a más tardar el 30 de junio de 2010.

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

TÉRMINOS CLAVE

Instalación de incubación. Un edificio donde se incuban los huevos de aves de corral, a menudo en condiciones artificiales utilizando incubadoras.
Densidad de población. El peso total en vivo de los pollos por metro cuadrado de zona utilizable que están presentes de forma simultánea en un gallinero.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva 2007/43/CE del Consejo, de 28 de junio de 2007, por la que se establecen las disposiciones mínimas para la protección de los pollos destinados a la producción de carne (DO L 182 de 12.7.2007, pp. 19–28).

Las sucesivas modificaciones de la Directiva 2007/43/CE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1685 de la Comisión de 4 de octubre de 2019 por el que se designa un centro de referencia de la Unión Europea para el bienestar de los animales en lo que respecta a las aves de corral y otros animales pequeños de granja (DO L 258 de 9.10.2019, pp. 11–12).

Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la aplicación de la Directiva 2007/43/CE y su influencia para el bienestar de los pollos destinados a la producción de carne, así como sobre el desarrollo de indicadores del bienestar (COM(2018) 181 final de 13.4.2018).

Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre la incidencia de la selección genética en el bienestar de los pollos destinados a la producción de carne (COM(2016) 182 final de 7.4.2016).

última actualización 09.11.2021