Legislación de la Unión Europea contra los delitos contra el medio ambiente

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva 2008/99/CE: protección del medio ambiente mediante el Derecho penal

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

PUNTOS CLAVE

Los comportamientos ilícitos* con efectos negativos sobre la salud humana o el medio ambiente que están sujetos a sanciones incluyen:

Sanciones

Revisión

En la actualidad, la Directiva está siendo revisada.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?

Está en vigor desde el 26 de diciembre de 2008 y debía convertirse en ley en los Estados miembros a más tardar el 26 de diciembre de 2010.

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

TÉRMINOS CLAVE

Ilícito. En este contexto, se refiere al incumplimiento de las leyes de la UE o nacionales que dan efecto a la legislación de la UE a la que se refieren los anexos de la Directiva 2008/99/CE.
Persona jurídica. Toda entidad no humana, por ejemplo una empresa, a la que se dispensa el mismo tratamiento que a una persona física para una serie de fines jurídicos concretos. Una persona jurídica puede demandar y ser demandada, poseer bienes y celebrar contratos.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva 2008/99/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de noviembre de 2008, relativa a la protección del medio ambiente mediante el Derecho penal (DO L 328 de 6.12.2008, pp. 28-37).

DOCUMENTOS CONEXOS

Directiva 2004/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, sobre responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y reparación de daños medioambientales (DO L 143 de 30.4.2004, pp. 56-75).

Las modificaciones sucesivas de la Directiva 2004/35/CE se han incorporado al documento original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

última actualización 14.02.2022