Un compromiso reforzado en favor de la igualdad entre mujeres y hombres: una Carta de la Mujer

La Comisión ha aprobado una Carta de la Mujer para promover de forma más eficaz la igualdad entre mujeres y hombres en Europa y en el mundo. Las desigualdades por motivo de género afectan directamente a la cohesión económica y social, así como al crecimiento sostenible, la competitividad y el desarrollo demográfico.

ACTO

Comunicación de la Comisión de 5 de marzo de 2010 titulada «Un compromiso reforzado en favor de la igualdad entre mujeres y hombres - Una Carta de la Mujer: Declaración de la Comisión Europea con motivo del Día Internacional de la Mujer 2010 en conmemoración del 15º aniversario de la adopción de la Declaración y la Plataforma de Acción de la Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre la Mujer celebrada en Pekín, y del 30º aniversario de la Convención de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer» [COM(2010) 78 final - no publicada en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

La presente Declaración política refuerza el compromiso de la Comisión en favor de la igualdad entre mujeres y hombres en la Unión Europea (UE) y también en el resto del mundo.

La Comisión subraya la necesidad de contemplar la igualdad de género en el conjunto de sus políticas. Por consiguiente, la Carta propone cinco ámbitos de actuación específicos.

Ámbitos de actuación en favor de la igualdad entre mujeres y hombres

La independencia económica, que debe alcanzarse especialmente luchando contra la discriminación, los estereotipos en materia de educación, la segregación en el mercado laboral, el empleo precario, el trabajo a tiempo parcial involuntario y la distribución desequilibrada de las obligaciones familiares entre hombres y mujeres. La Comisión se compromete a garantizar la plena realización del potencial de la mujer y la utilización de todas sus competencias. Sus iniciativas deberán facilitar una distribución más equitativa de hombres y mujeres en el mercado laboral y permitir un aumento del empleo de calidad para las mujeres.

Igualdad en el salario de hombres y mujeres (por el mismo trabajo o un trabajo del mismo valor), que no se cumple en la UE. La Comisión se compromete a luchar contra las diferencias salariales haciendo uso de todos los instrumentos disponibles, incluidos los legislativos.

La representación de las mujeres en la toma de decisiones y en los puestos de responsabilidad, ámbitos en los que siguen estando infrarrepresentadas respecto a los hombres, tanto en el sector público como en el privado. La Comisión se compromete a trabajar por una representación más equitativa de las mujeres, especialmente mediante incentivos a nivel comunitario.

El respeto de la dignidad e integridad de las mujeres, así como la erradicación de la violencia de género, incluidas las costumbres y tradiciones dañinas. Efectivamente, la Carta reafirma el compromiso de la Comisión con los derechos fundamentales. Sus iniciativas deberán ir encaminadas principalmente a eliminar las desigualdades en el acceso a la atención sanitaria y a erradicar toda forma de violencia de género. Podrá hacer uso de los recursos penales, dentro de los límites de sus competencias.

La acción exterior de la UE en materia de igualdad entre mujeres y hombres debe permitir el apoyo al desarrollo de las sociedades sostenibles y democráticas. La Comisión se compromete a defender la igualdad entre mujeres y hombres en el marco de sus relaciones con terceros países. Deberá emprender acciones de sensibilización, cooperación con las organizaciones internacionales y regionales competentes, y apoyo a los agentes estatales y no estatales.

Contexto

La Carta fue aprobada en 2010 con motivo del Día Internacional de la Mujer y del 15º aniversario de la conferencia mundial sobre la mujer.

En septiembre de 2010 la Comisión aprobó una estrategia para el periodo 2010-2015 en materia de igualdad entre mujeres y hombres. Esta estrategia deberá servir como marco para la coordinación de las iniciativas en todos los ámbitos de actividad de la UE.

Última modificación: 08.07.2010