Islandia – Salud y Consumidores

Los países candidatos entablan negociaciones con la Unión Europea (UE) para prepararse para la adhesión. El objetivo de dichas negociaciones es la adopción y la aplicación de la legislación europea (acervo), en concreto, las prioridades identificadas de forma conjunta por la Comisión y los países candidatos en el análisis del acervo político y legislativo de la UE. La Comisión examina anualmente los avances realizados por los candidatos para evaluar los esfuerzos que todavía hay que realizar antes de la adhesión. Este seguimiento es objeto de informes anuales presentados al Consejo y al Parlamento Europeo.

ACTO

Informe de la Comisión [COM(2011) 666 final – SEC(2011) 1202 final - no publicado en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

Aunque el nivel de alineación de Islandia es satisfactorio, el Informe 2011 destaca los progresos que es preciso efectuar en materia de política de los consumidores. El país es miembro del Espacio Económico Europeo (EEE).

ACERVO DE LA UNIÓN EUROPEA (en los términos de la Comisión)

El acervo abarca la protección de los intereses económicos de los consumidores en un determinado número de sectores específicos (relativos a publicidad engañosa y comparativa, indicaciones de precios, crédito al consumo, cláusulas contractuales abusivas, venta a distancia y a domicilio, viajes combinados, régimen de tiempo compartido, acciones de cesación en materia de protección de los intereses de los consumidores, determinados aspectos de la venta y las garantías de bienes de consumo), así como la seguridad general de los bienes de consumo (responsabilidad por productos defectuosos, imitaciones peligrosas y seguridad general de los productos, y venta a distancia de servicios financieros de consumo). Los Estados miembros de la Unión Europea (UE) deben transponer el acervo al ordenamiento jurídico nacional y crear estructuras administrativas y organismos de aplicación independientes que permitan una vigilancia real del mercado y la implementación efectiva del acervo. Asimismo, deben prever mecanismos adecuados, judiciales y extrajudiciales, de solución de diferencias. Por otra parte, deben velar por la información y la educación de los consumidores así como por la participación activa de las organizaciones de consumidores. Además, este capítulo contempla determinadas normas vinculantes en el ámbito de la salud pública.

EVALUACIÓN (en los términos de la Comisión)

Islandia ya ha alcanzado un buen nivel de armonización y de aplicación del acervo en el ámbito de la protección de los consumidores y de la salud. Sin embargo, es preciso realizar esfuerzos para lograr la armonización completa, sobre todo en materia de protección de los consumidores. Es esencial que se lleve a cabo una participación más activa en el sistema RAPEX.

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Última modificación: 13.10.2011