Estrategia para la ampliación e informe 2002 sobre los progresos de los países candidatos

1) OBJETIVO

Estudiar los progresos realizados por los países candidatos de cara a la adhesión a la Unión Europea y valorar en qué medida cumplirán los criterios de Copenhague en la fecha prevista para la misma.

2) ACTO

"Hacia la Unión ampliada". Documento de estrategia e informe de la Comisión Europea sobre los progresos realizados por cada uno de los países candidatos de cara a la adhesión [COM(2002) 700 final - no publicado en el Diario Oficial].

3) SÍNTESIS

Negociaciones de adhesión

La Comisión destaca que los compromisos adquiridos por los países candidatos en las negociaciones de adhesión se han respetado en gran medida, si bien se han hallado dificultades, en particular, en los sectores de la agricultura, el medio ambiente y la pesca. Se han adoptado medidas transitorias de inaplicación del acervo comunitario en el momento de la adhesión en los sectores en que su aplicación requiere importantes inversiones financieras. Dichas medidas se han limitado en el tiempo y en cuanto al ámbito de aplicación y se han supeditado a condiciones estrictas. El anexo 6 del informe recoge el estado actual de las negociaciones.

Criterios de Copenhague

El informe señala que, si bien es cierto que todos los países que están negociando la adhesión cumplen los criterios políticos desde 1999, en los últimos cinco años se han realizado progresos considerables. Se ha progresado en la modernización de la administración pública, la consolidación del sistema judicial, la lucha contra la corrupción, el marco legislativo destinado a garantizar la igualdad entre los sexos y las instituciones de acogida de niños en Rumania y se ha mejorado la situación de las minorías, en particular, de los romaníes. Turquía ha realizado progresos notorios, pero aún no cumple este criterio.

Chipre y Malta cumplen todos los criterios económicos, es decir, son economías de mercado viables y capaces de hacer frente a la presión de la competencia y a las fuerzas del mercado en la Unión. La República Checa, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania y Polonia también son economías de mercado viables y la prosecución de las reformas en curso debería permitirles hacer frente a la presión de la competencia y a las fuerzas de mercado en el momento de la adhesión. Bulgaria se ha convertido en una economía de mercado viable durante el año 2002 y a medio plazo debería poder hacer frente a las presiones de la competencia y a las fuerzas del mercado de la Unión. Rumania ha seguido avanzando hacia una economía de mercado viable y a medio plazo debería poder hacer frente a las presiones de la competencia y a las fuerzas del mercado. Turquía también progresa hacia una economía de mercado, lo cual debería incrementar su capacidad de hacer frente a dichas presiones, así como a las fuerzas del mercado.

Por lo que respecta a las demás obligaciones derivadas de la adhesión, la República Checa, Chipre, la República Eslovaca, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta y Polonia han alcanzado un elevado nivel de adaptación al acervo comunitario y han progresado en la creación de una capacidad administrativa y judicial adecuada. La Comisión considera que se ajustarán a este criterio en el momento de la adhesión. Bulgaria, Rumania y Turquía no cumplen plenamente dicho criterio.

Habida cuenta de la situación de la República Checa, Chipre, la República Eslovaca, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta y Polonia con relación a los criterios de adhesión, la Comisión concluye que estarán en condiciones de ser miembros de la Unión desde principios de 2004 y recomienda concluir las negociaciones con dichos países a finales de 2002, con el fin de poder firmar el Tratado de adhesión en el segundo trimestre de 2003.

Bulgaria y Rumania no cumplen plenamente el criterio económico ni el relativo al acervo. Turquía no cumple completamente ni los criterios políticos ni los económicos ni los relacionados con el acervo.

Estrategia de adhesión para Bulgaria y Rumania

La Comisión respalda firmemente a Bulgaria y Rumania para que logren su objetivo de convertirse en miembros de la Unión en 2007. A tal efecto, en el Consejo de Copenhague (12 y 13 de diciembre de 2002) se aprobará una nueva estrategia de adhesión para estos dos países, que implicaría un aumento considerable de la ayuda financiera de preadhesión, en particular, a partir de la primera tanda de adhesiones. En 2003, se revisarán las asociaciones para la adhesión de Bulgaria y Rumania.

Adhesión de Turquía

El informe propone incrementar el apoyo a los preparativos de la adhesión de Turquía por diversos medios:

Prosecución del proceso de adhesión

La redacción de los Tratados de adhesión, iniciada oficialmente en marzo de 2002, debe ultimarse tan pronto como sea posible tras la conclusión de las negociaciones. Una vez las Partes hayan aprobado el Tratado, la Comisión emitirá su dictamen sobre la solicitud de adhesión de cada país, el Parlamento dará su dictamen favorable y el Consejo adoptará una decisión sobre la adhesión de los países candidatos. La fase final será la firma del Tratado, prevista para la primavera de 2003, y la ratificación por los Estados miembros actuales y nuevos.

La Comisión seguirá presentando periódicamente al Consejo informes de seguimiento sobre los progresos realizados por los países candidatos de cara a la adhesión. Seis meses antes de la adhesión, se presentará un informe de seguimiento completo sobre los progresos realizados en la aplicación de las reformas necesarias y los compromisos relativos al acervo comunitario. Después de la adhesión, se llevará a cabo un control de la aplicación del acervo por los Estados miembros nuevos con los medios existentes para los miembros actuales.

Los Tratados de adhesión incluirán una cláusula de salvaguardia económica, que podrá aplicarse durante dos años desde la fecha de adhesión por iniciativa de los Estados miembros nuevos o actuales. La Comisión considera que este mecanismo de salvaguardia debe abarcar asimismo el mercado interior, la justicia y los asuntos de interior. Una cláusula de este tipo vendría a añadirse a los instrumentos de que dispone la Comisión para garantizar el respeto de la legislación comunitaria.

La Comisión propone instaurar, después de la adhesión, un mecanismo transitorio de refuerzo de las instituciones administrativas y judiciales. En este contexto, las intervenciones de refuerzo se limitarán a los ámbitos de la justicia y asuntos de interior, el mercado interior, el medio ambiente, los servicios veterinarios, la agricultura, la seguridad nuclear, la reforma general de la administración y la asistencia técnica horizontal.

4) medidas de aplicación

5) trabajos posteriores

Última modificación: 19.11.2002