Asociación para la Adhesión de Letonia

La Asociación para la Adhesión tiene por objeto ayudar a las autoridades del país candidato en su esfuerzo por cumplir los criterios de adhesión. Recoge detalladamente las prioridades de la preparación del país para la adhesión, en concreto la aplicación del acervo, y constituye el fundamento de la programación de la ayuda a la preadhesión proporcionada con cargo a fondos comunitarios como el programa Phare.La Asociación para la Adhesión se ha extinguido a raíz de la firma del Tratado de adhesión el 16 de abril de 2003 y de la incorporación oficial del país a la Unión Europea el 1 de mayo de 2004.

En su comunicación " Agenda 2000 ", la Comisión Europea formuló una serie de propuestas para fortalecer la estrategia de preadhesión de todos los países candidatos de Europa Central y Oriental (PECO). Esta estrategia tiene como objetivo general ofrecer un programa coherente para preparar a estos países para la adhesión a la Unión Europea y, en particular:

1) objetivo

La finalidad de la Asociación para la Adhesión (adoptada en marzo de 1998 y modificada en diciembre de 1999 y en enero de 2002), tiene por objetivo inscribir en un marco jurídico los ámbitos prioritarios de trabajo definidos en el dictamen de la Comisión a petición de adhesión de Letonia, los medios financieros disponibles para ayudar a Letonia a aplicar estas prioridades y las condiciones aplicables a esta ayuda. Esta asociación constituye el apoyo de una serie de instrumentos destinados a apoyar el esfuerzo de los países candidatos en su proceso de adhesión.

Estos instrumentos incluyen, entre otras cosas, un programa nacional para la incorporación del acervo comunitario (PNAA) (revisado en abril de 2002), la evaluación conjunta de las prioridades a medio plazo de la política económica, el pacto contra el crimen organizado, el plan de desarrollo nacional así como de otros programas sectoriales necesarios para la participación en los Fondos estructurales después de adhesión, y en la aplicación de ISPA y de SAPARD antes de la adhesión. En 2002, la asociación para la adhesión sirvió de punto de partida para la elaboración de un plan de acción para el refuerzo de la capacidad administrativa y judicial de Letonia.

Estos instrumentos no formarán parte integrante de la presente asociación, pero sus prioridades serán compatibles con éste.

La aplicación de la Asociación para la Adhesión se supervisará en el marco del Acuerdo Europeo entre la Unión Europea y Letonia.

2) prioridades

Se han dividido en dos grupos: a corto y medio plazo. Las cuestiones prioritarias del primer grupo son las que Letonia podía regular o hacer avanzar durante el año 2000. La regulación de las del segundo grupo debería haber concluido antes de final del año 2003.

Letonia ha respetado las prioridades correspondientes a los criterios económicos, la libre circulación de personas, la libre circulación de mercancías, la libre circulación de capitales y las estadísticas. En la mayoría de los casos, las prioridades se han realizado de forma parcial.

En diciembre de 1999 las prioridades de la asociación para la adhesión fueron objeto de una revisión (véase p. 3 del Anexo de la Decisión 1999/854/CE). En febrero de 2002 se publicó una última revisión (Decisión 2002/88/CE). Esta constituye la referencia sobre la que se ha basado el informe de la Comisión del año 2002.

Los ámbitos prioritarios son los siguientes:

(Para acceder a la información actualizada, consúltese el análisis de la asimilación del acervo comunitario)

3) marco financiero

PHARE

El programa PHARE 2001 para Letonia preveía 31,4 millones de euros para el programa nacional. Otros 3 millones adicionales estaban destinados al programa de cooperación transfronteriza en la región del Mar Báltico. Phare 2002 concedía a Letonia 27 millones de euros, más 5 millones en virtud del mecanismo de financiación complementaria para el refuerzo de las instituciones. Un complemento de 3 millones se destina al programa de cooperación transfronteriza en la región del Mar Báltico.

Las autoridades del país socio asumen la responsabilidad de los contratos y pagos vinculados a la ayuda. No obstante, el Reglamento financiero de las Comunidades Europeas obliga a la Comisión a supervisar el procedimiento de adjudicación de los contratos y a aprobar cualquier contrato financiado por PHARE y firmado por el país socio, previamente a su entrada en vigor.

Ayuda de preadhesión

A partir del año 2000 la ayuda financiera incluye una ayuda a la agricultura y al desarrollo rural (SAPARD) y un instrumento estructural (ISPA) que concede la prioridad a medidas adoptadas en los ámbitos de los transportes y del medio ambiente. El Reglamento por el que se coordina la ayuda de PHARE, SAPARD e ISPA, adoptado en junio de 1999, permite a la Comisión efectuar un control a posteriori de los contratos cuando juzgue insuficiente el control financiero efectuado por su país socio.

Durante el período 2000-2002, el total de la ayuda financiera disponible ascendía a 90 millones de euros para PHARE, 66 millones de euros para SAPARD y entre 105 y 165 millones de euros para IEPA. Los importes anuales eran de 35 millones de euros, 22,2 y entre 36,4 y 57,2 millones de euros procedentes, respectivamente, de PHARE, SAPARD e IEPA. La dotación indicativa Sapard 2002 para Letonia era de 22,9 millones de euros. La de ISPA se situaba entre 38,1 y 59,9 millones.

En 2002, para apoyar los esfuerzos del país en su negociación de la adhesión a la Unión, la Comisión movilizó una ayuda financiera especial por un valor de 250 millones de euros.

4) REFERENCIAS

Decisión 98/263/CE de 30.03.1998Diario Oficial L 121 de 23.04.1998

Decisión 1999/854/CE de 06.12.1999Diario Oficial L 335 de 28.12.1999

Dictamen de la Comisión COM(97) 2005 finalNo publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(98) 704 final.No publicado en el Diario Oficial.

Informe de la Comisión COM(1999) 506 finalNo publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(2000) 706 finalNo publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(2001) 700 final - SEC(2001) 1749No publicado en el Diario Oficial

Decisión 2002/88/CE de 28.01.2002Diario Oficial L 44 de 14.02.2002

Informe de la Comisión COM(2002) 700 final - SEC(2002) 1405No publicado en el Diario Oficial

Tratado de adhesión a la Unión Europea (Diario Oficial L 236 de 23.9.2003)

Última modificación: 19.11.2004