República Checa

1) REFERENCIAS

Dictamen de la Comisión [COM(97) 2009 final - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(98) 708 final - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(1999) 503 final - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(2000) 703 final - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(2001) 700 final - SEC(2001) 1746 - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(2002) 700 final - SEC(2002) 1402 - No publicado en el Diario Oficial]Informe de la Comisión [COM(2003) 675 final - SEC(2003) 1200 - No publicado en el Diario Oficial]Tratado de adhesión a la Unión Europea [Diario Oficial L 236 de 23.9.2003]

2) SÍNTESIS

El dictamen de julio de 1997 consideraba que la República Checa debía poder atenerse a la mayor parte de elementos de la reglamentación energética de la Comunidad Europea en los próximos años, siempre que continuara el esfuerzo desarrollado. Sin embargo, solicitaba que se prestara atención a determinados ámbitos como la adaptación de los monopolios. No se preveían mayores problemas para el cumplimiento de las disposiciones Euratom, aunque el dictamen consideraba necesario prestar la atención requerida a las normas en materia de seguridad nuclear, de manera que las instalaciones nucleares alcanzaran el nivel deseado. Se debía, por otra parte, encontrar una solución a largo plazo para los residuos.

El informe de noviembre de 1998 confirmaba, en general, esta primera evaluación, principalmente en lo que se refiere a la necesidad de un seguimiento especial y un mayor esfuerzo en sectores como la adaptación de los monopolios. También se llamaba la atención sobre el problema de la seguridad nuclear y la gestión de los residuos.

El informe de octubre de 1999 solicitaba esfuerzos suplementarios para mejorar la adaptación de la legislación al acervo. Por lo que respecta a la energía nuclear, la adaptación al acervo Euratom no debía plantear problemas. Por el contrario, se indicaba que conviene reforzar la autoridad de seguridad nuclear y encontrar soluciones a largo plazo para los residuos nucleares.

En el informe de noviembre de 2000 se observaba que, pese a algunos avances legislativos, eran aún necesarios esfuerzos significativos para conseguir la adaptación al acervo en materia de energía. Con todo, la política energética adoptada en enero de 2000, en la que se precisa la estrategia sectorial a largo plazo, creaba la base necesaria para una preparación más adecuada.

En su informe de noviembre de 2001 la Comisión afirmaba que la República Checa había registrado avances considerables desde el último informe, especialmente con la adopción de la nueva Ley sobre la energía, cuyo objetivo era adaptar la legislación checa al acervo comunitario y que representara un desarrollo importante en el sector de la energía. Entre otros puntos, establecía la liberalización progresiva del mercado de la electricidad y el gas. La República Checa también había creado varias agencias encargadas de velar por la aplicación de la legislación en este ámbito. Ahora bien, deberían realizarse más esfuerzos en materia de eficacia energética. En lo que se refiere a la energía nuclear, se habían registrado avances en la mejora de la seguridad, especialmente en la central de Temelin. La República Checa había llegado a un acuerdo al respecto con su vecina Austria, en la que la seguridad de esta central suscitó mucha preocupación. Deberían seguir mejorando las disposiciones adoptadas en este ámbito.

El informe de octubre de 2002 observaba avances considerables en la preparación al mercado interior de la energía. Los sectores del gas y de la electricidad se habían preparado adecuadamente al mercado interior de la energía y a la competencia: privatización de los principales protagonistas del mercado del gas, reestructuración de las compañías de distribución de electricidad, asunción de los costes de producción en las tarifas eléctricas.

El informe de 2003 subraya que la República Checa cumple la mayor parte de los compromisos y de los requisitos que se derivan de las negociaciones de adhesión en materia de energía. La República Checa debería ir constituyendo reservas de petróleo con arreglo al calendario adoptado en las negociaciones y concluir la adaptación de su legislación, adoptando las normas de aplicación necesarias en el sector del mercado del gas.

El Tratado de adhesión se firmó el 16 de abril de 2003, y la adhesión se produjo el 1 de mayo de 2004

ACERVO COMUNITARIO

Los elementos fundamentales del acervo en el ámbito energético están constituidos por las disposiciones del Tratado y del Derecho derivado relacionado concretamente con la competencia y las ayudas estatales, el mercado interior de la energía -en especial, las directivas sobre electricidad, transparencia de precios, tránsito de gas y electricidad, hidrocarburos, concesión de licencias, medidas de intervención en casos de emergencia y, en particular, las obligaciones en materia de reservas de seguridad, etc.- la energía nuclear, la eficiencia energética y las normas de respeto del medio ambiente.

En la actualidad, el acervo comunitario en el ámbito de la energía nuclear está constituido por un marco de instrumentos reglamentarios y políticos que incluyen los acuerdos internacionales. Abarca los problemas de salud y seguridad (en particular, la radioprotección), la seguridad de las instalaciones nucleares, la gestión de los residuos radiactivos, las inversiones, el fomento de la investigación, la creación de un mercado común en el ámbito nuclear, el abastecimiento, el control de seguridad y las relaciones internacionales

El Libro Blanco (Preparación de los Estados asociados de Europa Central y Oriental a su integración en el mercado interior de la Unión Europea) señala, en la parte consagrada a la energía, la necesidad de aplicar íntegramente las principales directivas sobre el mercado interior, así como las disposiciones conjuntas del derecho de competencia de la Comunidad Europea. Por lo que respecta al sector nuclear, el Libro Blanco menciona los problemas del abastecimiento, el control de seguridad y la transferencia de residuos nucleares.

EVALUACIÓN

La entrada en vigor, en enero de 2001, de la nueva Ley sobre la energía constituye una etapa importante hacia la adaptación al acervo en materia de mercado interior de la energía. Esta Ley define el marco legislativo para la regulación del mercado y cubre varios aspectos técnicos para los sectores de la electricidad y del gas, así como para el sector de la calefacción.

La República Checa ha incorporado gran parte del acervo actual en este sector y debe garantizar ahora la plena aplicación de esta legislación en los plazos estipulados. A este respecto, convendría reforzar la capacidad administrativa de los nuevos organismos.

Se registraron avances en lo que se refiere a la seguridad del suministro. La Ley sobre las reservas estratégicas de petróleo, adoptada en noviembre de 1999, prevé que se alcance en el año 2005 el nivel de reservas de petróleo de 90 días que requiere el acervo. La República Checa ha vuelto a aumentar sus reservas de petróleo, que ahora se aproximan al nivel exigido (80 días).

Asimismo, ha realizado progresos en lo que se refiere a la competitividad y el mercado interior. La Ley sobre la energía prevé una liberalización progresiva del mercado de la electricidad a partir del año 2002. La apertura completa debería producirse en el año 2006. Se han creado organismos encargados de garantizar el cumplimiento de las normas de competencia, de proteger a los consumidores y de velar por la aplicación de las Leyes sobre la energía y la gestión de la energía. Sin embargo, el aplazamiento de las fechas previstas para la privatización de las empresas estatales de gas y de electricidad, y de las correspondientes empresas de distribuidores regionales, podría comprometer las preparaciones de las empresas privatizadas con respecto a las medidas de liberalización del mercado que ya han sido programadas. El Ministerio de Industria y Comercio y la Oficina de regulación de la energía han promulgado un número considerable de textos de aplicación para la ejecución de la Ley sobre la energía.

En el año 2003, la República Checa introdujo las normas de aplicación de conformidad con el acervo. En el sector del gas, sólo procedió a una incorporación parcial de la legislación, que deberá culminar para preparar la apertura del mercado del gas. La apertura de los mercados en los sectores del gas y de la electricidad se efectuará cumpliendo los compromisos contraídos en las negociaciones.

En materia de energía nuclear, la Unión Europea ha subrayado en varias ocasiones, la importancia de un nivel elevado de seguridad operativa en los países candidatos. La República Checa prosigue las obras para completar la central de Temelin y aplica un amplio programa de modernización. Está en curso la modernización de la central de Dukovany. La realización de ensayos en la central de Temelin y los interrogantes sobre su diseño, suscitaron mucha preocupación en la opinión pública, sobre todo en Austria, el país vecino. En diciembre de 2000 la República Checa y Austria suscribieron un acuerdo por el que la República Checa ha emprendido, de forma voluntaria, una evaluación más extensa y completa de las repercusiones ambientales de la central de Temelin. Además, la Comisión dirigió una misión de expertos para evaluar la seguridad de la central. Desde entonces, los ensayos están sujetos a un mayor control. En junio de 2001 el Consejo de la Unión Europea aprobó un informe sobre la seguridad nuclear en el contexto de la ampliación. Además de las recomendaciones dirigidas a todos los países candidatos, el informe recomienda medidas específicas para las centrales de Dukovany y Temelin. En general, son comparables las prácticas reguladoras de la industria nuclear de la República Checa y de Europa occidental. Se adoptó una modificación de la Ley sobre la energía atómica que entró en vigor en el año 2002.

Con todo, la República Checa deberá garantizar la conformidad con los requisitos y procedimientos de Euratom, especialmente en lo que se refiere a los controles de seguridad de Euratom.

En lo que se refiere a los combustibles sólidos, la República Checa debe continuar los trabajos preliminares para la aplicación de los reglamentos comunitarios sobre ayudas estatales en el sector del carbón y deberá suprimir todas las restricciones aplicables a la importación del carbón tras la adhesión.

En materia de eficiencia energética, el Gobierno ha adoptado el primer programa de ayudas públicas para el ahorro de energía y la utilización de fuentes de energía renovables, basado en el programa nacional para la gestión racional de la energía y la utilización de fuentes de energía renovables. Se han creado las estructuras administrativas necesarias en este ámbito, si bien convendrá consolidarlas.

La República Checa participa en el programa comunitario de promoción de la eficacia energética - SAVE II (1).

(1) Decisión del Consejo de asociación entre la Comunidad Europea y los Estados miembros, por una parte, y la República Checa por otra, de 27 de noviembre de 1998, por la que se establecen las condiciones y la modalidad de la participación de la República Checa en el programa comunitario de promoción de la eficacia energética - SAVE II.

Última modificación: 08.03.2004