El desarrollo social en el contexto de la mundialización

La Unión Europea tiende a fomentar el desarrollo social en el marco de la mundialización. La Comisión Europea incita a la promoción de las normas del trabajo fundamentales internacionalmente reconocidas y al desarrollo de un equilibrio entre la gobernanza de mercado y la gobernanza social.

ACTO

Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo y al Comité Económico y Social Europeo, de 18 de julio de 2001, «Promover las normas fundamentales del trabajo y mejorar la gobernanza social en el contexto de la mundialización» [COM (2001) 416 final - no publicada en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

Los ciudadanos son cada vez más conscientes de que la gobernanza de mercado se ha desarrollado más rápidamente a escala mundial que la gobernanza social, lo que ha provocado un desequilibrio de las normas y de las estructuras económicas y sociales.

Con el propósito de participar en la realización de un sistema económico mundial equitativo, la Unión Europea presenta una estrategia para promover el desarrollo social y las normas fundamentales del trabajo a escala mundial.

La interacción entre mundialización y promoción de las normas internacionales del trabajo resulta compleja. El comercio y las inversiones tienen un impacto evidente en el desarrollo social, y en una perspectiva más amplia, en el desarrollo sostenible. Con el fin de garantizar la eficacia de esta estrategia, se impone un enfoque global.

En la línea de las conclusiones del Consejo sobre comercio y trabajo de octubre de 1999, la Comisión Europea propone reafirmar la universalidad de las normas fundamentales del trabajo internacionalmente reconocidas (libertad de asociación y reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva, eliminación de todas las formas de trabajo forzado u obligatorio, abolición efectiva del trabajo infantil, eliminación de la discriminación en el ámbito del empleo y de la profesión). La Comisión reitera asimismo su apoyo a los trabajos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), así como a la colaboración de la OIT con otras organizaciones internacionales, en particular, la Organización Mundial del Comercio (OMC). Reafirma por otra parte su rechazo de enfoques basados en las normas fundamentales del trabajo con fines proteccionistas o de sanción.

La Comisión incita, por una parte, a la utilización y al refuerzo de los instrumentos existentes, y, por otra, a la adopción de instrumentos y medidas destinados a fomentar la aplicación universal de las normas fundamentales del trabajo en los distintos ámbitos de acción, tanto a nivel internacional como europeo.

Estrategia internacional

La Unión confirma el papel central de la OIT en la promoción del cumplimiento de las normas fundamentales del trabajo y afirma la necesidad de reforzar la eficacia de los instrumentos de la OIT. La Unión defiende en particular una mayor publicidad del mecanismo de control, un seguimiento más eficaz y una asistencia técnica más importante. Parece también necesario fomentar un debate sobre nuevos mecanismos de estímulo para promover el cumplimiento de las normas fundamentales del trabajo y un nuevo mecanismo de examen periódico de las políticas sociales nacionales.

La Unión propone por otra parte instaurar un debate y una reflexión internacionales en las organizaciones internacionales que operan en el área del desarrollo (OIT, OMC, etc.) Un diálogo de esta naturaleza permitiría definir las políticas que refuerzan efectivamente la contribución del comercio al desarrollo social y garantizar una cierta coherencia a las políticas.

Estrategia europea

La Unión propone promover las normas fundamentales del trabajo a través del sistema de preferencias generalizadas (SPG). El SPG garantiza facilidades de acceso a los mercados comunitarios a los países en desarrollo que aplican efectivamente las normas fundamentales del trabajo y les concede preferencias comerciales suplementarias. La Unión desea hacer el SPG más atractivo y más transparente. Su base debería extenderse a las cuatro normas fundamentales del trabajo definidas por la declaración de la OIT de 1998, lo que implica una retirada temporal siempre que una de estas normas sea objeto de infracción grave y sistemática. La Unión desea inclinar a otros países a adoptar regímenes de estímulo social similares.

La Unión dará mayor relieve a la promoción de las normas fundamentales del trabajo en su política global de desarrollo. A semejanza del enfoque aplicado en el marco del Acuerdo de Cotonú, en los futuros acuerdos comerciales y de cooperación se insertarán disposiciones específicas en materia de desarrollo social y de promoción de las normas fundamentales del trabajo.

La evaluación del impacto en el desarrollo sostenible se utilizará en el futuro en las negociaciones y acuerdos comerciales.

Iniciativas voluntarias de carácter privado

La Comisión reafirma la importancia de una actitud socialmente responsable por parte de las empresas en el mercado laboral mundial. Tal como la Unión había destacado ya en su Libro Verde sobre la responsabilidad social de las empresas, es necesario, en aras de la transparencia y de la eficacia, garantizar la coherencia del contenido de los códigos de conducta y de las etiquetas sociales y fundarlos en normas fundamentales comunes, es decir, en las normas de la OIT. Las Naciones Unidas emprendieron en 2000 la iniciativa «Global compact», que inducía a las empresas privadas a ceñirse a los principios fundamentales del trabajo digno y a integrarlos en sus prácticas empresariales.

Contexto

La Cumbre mundial sobre el desarrollo de Copenhague de 1995 y la declaración de la OIT relativa a los principios y a los derechos fundamentales del trabajo de 1998 suscitaron una amplia adhesión a la universalidad de las normas fundamentales del trabajo. La OMC participó también en el objetivo de promover estas normas, analizando la interacción entre mundialización, comercio y desarrollo social. Quedó claramente establecido, sin embargo, que el cumplimiento de estas normas no puede justificar abusos, traducidos en enfoques proteccionistas o basados en sanciones. Deben proseguir, no obstante, los esfuerzos de la comunidad internacional.

ACTOS CONEXOS

Informe de la Comisión Mundial de la OIT sobre la dimensión social de la globalización: «Por una globalización justa - crear oportunidades para todos», de 24 de febrero de 2004.

La Comisión Mundial sobre la dimensión social de la globalización indica que la mundialización puede y debe cambiar. Considera necesaria instaurar una mundialización equitativa sin excluidos. Un enfoque coherente a triple nivel económico, social y medioambiental y la introducción de una gobernanza más efectiva, tanto a nivel internacional como nacional, pueden contribuir a un mejor control de la mundialización.

La Comisión Europea, que participó activamente en los trabajos de la Comisión mundial, integra esta reflexión en las políticas exteriores e interiores de la Unión Europea.

Conclusiones del Consejo sobre la Comunicación de la Comisión: «Promover las normas fundamentales del trabajo». Consejo de Relaciones Exteriores - 21 de julio de 2003 [no publicadas en el Diario Oficial].

El Consejo apoya la actuación de la Comisión orientada a la promoción del desarrollo social a nivel internacional. Enuncia algunas prioridades en las que debe concentrarse la acción:

See also

Última modificación: 15.03.2004