Exposición a agentes carcinógenos, mutágenos o reprotóxicos durante el trabajo

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva 2004/37/CE relativa a la protección contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes carcinógenos o mutágenos durante el trabajo

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

PUNTOS CLAVE

Ámbito de aplicación

Determinación de la exposición y evaluación de los riesgos

Obligaciones de los empresarios

Información a la autoridad responsable

Exposición imprevisible

Exposición previsible

Acceso a las zonas de riesgo

Medidas de higiene y de protección individual

Información, formación y consulta de los trabajadores

Los empresarios deben garantizar que:

Los empresarios deben informar a los trabajadores sobre las instalaciones y sus recipientes anexos que contengan sustancias CMR y velar para que todos los recipientes, envases e instalaciones que contengan sustancias CMR estén etiquetados de manera clara y legible y que las señales de peligro sean claramente visibles.

Cuando se haya fijado un valor límite biológico* tal como se indica en el anexo IIIa, la vigilancia de la salud es un requisito obligatorio para trabajar con la sustancia CMR en cuestión, de conformidad con los procedimientos establecidos en dicho anexo. Se debe informar a los trabajadores de este requisito antes de que les sea asignada la tarea que entrañe riesgos de exposición a la sustancia CMR en cuestión.

Se deben tomar medidas para garantizar que los trabajadores o cualquier representante de los trabajadores:

Se deben tomar medidas para garantizar que:

Medidas varias

Vigilancia de la salud

Registro de historiales médicos

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?

ANTECEDENTES

Para más información, véanse:

La Directiva 2004/37/CE codifica y sustituye a la Directiva 90/394/CEE y sus sucesivas modificaciones, las Directivas 97/42/CE y 1999/38/CE.

TÉRMINOS CLAVE

Agentes carcinógenos. Sustancias que tienen el potencial de provocar cáncer en un organismo.
Agentes mutágenos. Sustancias que modifican el material genético de un organismo.
Agentes reprotóxicos. Sustancias que interfieren con la reproducción (por ejemplo, que provocan infertilidad, abortos y malformaciones del feto). En la presente Directiva, se establece una distinción entre las sustancias para las cuales se puede definir un valor límite de exposición, por debajo del cual no tiene efectos nocivos en la salud de los trabajadores (agente reprotóxico con umbral) y aquellas para las cuales no existe ningún límite seguro de exposición para la salud de los trabajadores (agente reprotóxico sin umbral). Ambos tipos figuran como tal en la columna de observaciones del anexo III de la Directiva.
Valor límite biológico. Límite de la concentración en el medio biológico adecuado del agente de que se trate, su metabolito u otro indicador de efecto.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva 2004/37/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa a la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes carcinógenos o mutágenos durante el trabajo (sexta Directiva específica con arreglo al apartado 1 del artículo 16 de la Directiva 89/391/CEE del Consejo) (Versión codificada) (DO L 158 de 30.4.2004, pp. 50-76). Corrección de errores (DO L 229 de 29.6.2004, pp. 23-34).

Las modificaciones sucesivas de la Directiva 2004/37/CE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Directiva 2009/148/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al amianto durante el trabajo (DO L 330 de 16.12.2009, pp. 28-36).

Véase la versión consolidada.

Reglamento (CE) n.o 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, y por el que se modifican y derogan las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE y se modifica el Reglamento (CE) n.o 1907/2006 (DO L 353 de 31.12.2008, pp. 1-1355).

Véase la versión consolidada.

Directiva 89/391/CEE del Consejo, de 12 de junio de 1989, relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo (DO L 183 de 29.6.1989, pp. 1-8).

Véase la versión consolidada.

última actualización 01.06.2022