Leonardo da Vinci - Segunda etapa (2000-2006)

El objetivo del programa Leonardo da Vinci es contribuir a la realización de un espacio educativo europeo fomentando la educación y el aprendizaje permanente y garantizando el mantenimiento de la cooperación a nivel comunitario entre agentes de la formación profesional.

ACTO

Decisión 1999/382/CE del Consejo, de 26 de abril de 1999, por la que se establece la segunda fase del programa de acción comunitario en materia de formación profesional Leonardo da Vinci [Véanse los actos modificativos].

SÍNTESIS

Basándose en la experiencia de la primera fase del programa Leonardo da Vinci y teniendo en cuenta los objetivos definidos por la Comisión en su Comunicación « Por una Europa del conocimiento », por la presente Decisión se establece la segunda fase del programa de acción para la puesta en marcha de una política de formación profesional de la Comunidad «Leonardo da Vinci», que se aplicará del 1 de enero de 2000 al 31 de diciembre de 2006.

Los principales objetivos del programa son los siguientes:

La aplicación de estos objetivos a escala europea apoya y complementa las políticas de los Estados miembros. La Comisión velará por la coherencia de las acciones del programa con las demás acciones y políticas de la Comunidad.

Se prestará especial atención a las personas desfavorecidas en el mercado de trabajo, incluidas las personas con discapacidad, así como a las prácticas que faciliten su acceso a la formación, al fomento de la igualdad y a la lucha contra la discriminación.

Para alcanzar los objetivos del programa, se han contemplado las siguientes medidas:

Al aplicar estas medidas, la Decisión prevé un apoyo especial a las acciones transnacionales destinadas a fomentar y utilizar las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en la formación profesional.

Podrán acceder al programa todos los organismos e instituciones públicas y privadas que participen en las acciones de formación profesional, y en particular:

La Comisión garantizará la aplicación de las acciones comunitarias del programa. Los Estados miembros adoptan las medidas necesarias para garantizar el buen funcionamiento del programa a escala nacional. En particular, crean Agencias nacionales (EN) de gestión para la aplicación operativa de las acciones.

Los proyectos presentados por los promotores en respuesta a una convocatoria de propuestas se seleccionarán de acuerdo con uno de los procedimientos siguientes:

La Comisión estará asistida por un Comité compuesto de representantes de los Estados miembros y presidido por el representante de la Comisión.

En el marco de la aplicación del programa y en estrecha colaboración con los interlocutores sociales, la Comisión se esforzará por promover el diálogo social a escala comunitaria,

La Comisión contará con la ayuda del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional (Cedefop) y establecerá un proceso de coordinación con la Fundación Europea de Formación.

El programa está abierto a la participación de los Estados miembros de la Unión Europea (Bélgica, República Checa, Dinamarca, Alemania, Estonia, Grecia, España, Francia, Irlanda, Italia, Chipre, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Hungría, Malta, Países Bajos, Austria, Polonia, Portugal, Eslovenia, Eslovaquia, Finlandia, Suecia y Reino Unido), los tres países del Espacio Económico Europeo (EEE - Islandia, Liechtenstein y Noruega) y de los dos países candidatos a la adhesión (Bulgaria y Rumanía). Se espera que Turquía pueda participar en 2004.

La Comisión reforzará la cooperación con terceros países y con las organizaciones internacionales competentes.

El programa será objeto de un seguimiento periódico, realizado por la Comisión en cooperación con los Estados miembros. A partir de los informes que los Estados miembros transmitirán a más tardar el 31 de diciembre de 2003 y el 30 de junio de 2007, la Comisión presentará al Parlamento Europeo, al Consejo y al Comité Económico y Social:

Referencias

Acto

Entrada en vigor - Fecha de expiración

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Decisión n° 1999/382/CE

26.4.1999 - 31.12.2006

-

DO L 146 de 11.6.1999

Acto(s) modificativo(s)

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Reglamento (CE) n° 1882/2003

20.11.2003

-

DO L 284 de 31.10.2003

Reglamento (CE) n° 885/2004

1.5.2004

-

DO L 168 de 1.5.2004

ACTOS CONEXOS

Decisión nº 1720/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de noviembre de 2006, por la que se establece un programa de acción en el ámbito del aprendizaje permanente [Diario Oficial L 327 de 24.11.2006].

Informe de la Comisión - Informe provisional sobre la aplicación de la segunda fase del programa Leonardo da Vinci (2000-2006) [COM (2004) 152 final - no publicado en el Diario Oficial]. En general, los objetivos y las prioridades del programa Leonardo da Vinci II parecen cumplir las principales expectativas y las necesidades de los verdaderos promotores y beneficiarios. El informe destaca que en los cuatro primeros años más del 80 % del presupuesto se ha dedicado a las medidas «movilidad» y «proyectos piloto». Ello deja escaso margen presupuestario para las demás iniciativas, que probablemente deberían recibir más apoyo. Para 2000-2003, las cifras muestran con claridad la eficacia de las medidas «movilidad» y «proyectos piloto» y la debilidad de las otras medidas.

El informe destaca además que la descentralización, a través de las autoridades y las agencias nacionales, de una parte sustancial de las actividades del programa ha tenido un efecto positivo en su aplicación. Por último, concluye que la eficacia del programa está mejorando respecto a la década anterior.

Informe de la Comisión - Informe provisional de la Comisión Europea sobre la aplicación inicial operativa de la segunda fase del programa Leonardo da Vinci (2000-2006) [COM (2002) 315 final - no publicado en el Diario Oficial].

El Consejo Europeo de Lisboa, al confirmar que la educación y la formación continua desempeñan un papel importante para que Europa se convierta en la sociedad del conocimiento más competitiva y dinámica del mundo, dio una nueva perspectiva a la estrategia de la educación y la formación. La realización de un espacio europeo de la educación y el aprendizaje permanente se ha convertido en el principio rector de todas las actividades derivadas del programa. No obstante, todas las propuestas deberán estar relacionadas con una de las tres prioridades siguientes:

El paso de seis (véase la Decisión de la Comisión de 20 de enero de 2000) a los tres objetivos actuales corresponde al proceso de simplificación y racionalización del programa.

Por lo que respecta a la organización y la gestión del programa, el informe destaca el esfuerzo de descentralización en favor de las autoridades y las agencias nacionales (EN). En efecto, las agencias nacionales gestionan aproximadamente el 83 % del presupuesto del programa. La Comisión se encarga de la aplicación del programa de acuerdo con la Decisión del Consejo, con la ayuda del Comité Leonardo da Vinci, compuesto de representantes de cada Estado miembro, de los países candidatos y de los socios regionales. Esta descentralización ha aumentado la flexibilidad y reducido el plazo de selección de los proyectos, cuya media es actualmente de unos siete meses.

Visto el éxito que ha tenido el procedimiento A, relativo a los proyectos de movilidad --se ha alcanzado una participación de aproximadamente 75 500 personas con una financiación comunitaria de 141,2 millones de euros--, la Comisión ha decidido concederle más importancia. A este respecto, desea que se mejoren los instrumentos de reconocimiento de la experiencia adquirida en el extranjero, y especialmente del EUROPASS-Formación.

En el procedimiento B, los proyectos piloto reciben con diferencia el mayor presupuesto, a saber, el 36 % del presupuesto total. En 2000 y 2001, se seleccionaron 373 proyectos piloto, de los cuales 45 estaban relacionados con las competencias lingüísticas, y se crearon 27 redes. Dada la buena acogida que tienen los proyectos piloto, la Comisión ha decidido aumentar el presupuesto destinado a este tipo de proyectos. En cambio, la Comisión no aprecia tantos resultados positivos en el caso del procedimiento C. Sólo han obtenido financiación cinco proyectos temáticos, siete acciones conjuntas destinadas a favorecer la coordinación del programa Leonardo con otras iniciativas comunitarias y 27 proyectos de recopilación de datos comparables. A pesar de ello la Comisión ha decidido facilitar el acceso a estas herramientas y reforzar los aspectos de la educación y el aprendizaje permanente.

La red Euroguidance (DE) (EN) (FR), destinada principalmente a financiar proyectos de promoción de la movilidad en Europa y apoyar el intercambio de información sobre los sistemas de educación y formación y las cualificaciones en Europa, se compone en la actualidad de 50 centros ubicados en el conjunto de los países participantes. La red desempeña una importante función en la aplicación de la estrategia europea sobre la educación y el aprendizaje permanente y aportará una contribución en el foro europeo de la orientación.

Por lo que respecta a la participación de los grupos destinatarios en los proyectos de formación, la Comisión tiene previsto llevar a cabo una nueva simplificación de los procedimientos para facilitar la participación de las pequeñas y medianas empresas, favorecer la igualdad de oportunidades, a fin de lograr una participación más activa de las mujeres, e impulsar la participación de los países candidatos. Turquía es el único país que aún no participa en el programa.

La Comisión tiene previsto mejorar la difusión de los resultados del programa, mediante la creación de una base de datos en Internet y de un plan de acción para valorizar los resultados de los proyectos y garantizar una mayor complementariedad entre el programa Leonardo y los demás instrumentos financieros destinados a contribuir al desarrollo del potencial humano, en particular el Fondo Social Europeo (FSE) y la estrategia europea de empleo.

Última modificación: 21.02.2007