2.2.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 33/4 |
CONVOCATORIA ESPECÍFICA DE PROPUESTAS — EACEA/03/2017
Carta Erasmus de Educación Superior del período 2014-2020
(2017/C 33/04)
1. Introducción
Esta convocatoria de propuestas tiene su fundamento en el Reglamento (EU) n.o 1288/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de diciembre de 2013, por el que se crea Erasmus+, el programa de educación, formación, juventud y deporte de la Unión y por el que se derogan las Decisiones n.o 1719/2006/CE, n.o 1720/2006/CE y n.o 1298/2008/CE ( Diario Oficial de la Unión Europea L 347 de 20.12.2013, p. 50).
2. Objetivos y descripción
La Carta Erasmus de Educación Superior (ECHE) constituye un marco general de calidad de las actividades de colaboración europea e internacional que todo centro de educación superior podrá llevar a cabo en el marco del Programa Erasmus+. Los centros de educación superior sitos en uno de los países que se enumeran a continuación deberán contar con una Carta Erasmus de Educación Superior para solicitar y poder participar en la movilidad personal vinculada al aprendizaje y/o en la colaboración en materia de innovación y buenas prácticas en el marco del Programa. Los centros de educación superior sitos en otros países no necesitan la Carta Erasmus y el marco de calidad se establece mediante acuerdos interinstitucionales entre los centros de educación superior. La Carta se concede por toda la duración del Programa Erasmus+. La ejecución de la Carta será objeto de seguimiento y la vulneración de cualesquiera de sus principios y compromisos podrá dar lugar a su retirada por parte de la Comisión Europea.
3. Candidatos elegibles
Podrán solicitar una Carta Erasmus de Educación Superior los centros de educación superior sitos en alguno de los siguientes países:
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los Estados miembros de la Unión Europea, |
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los países de la AELC/EEE (Islandia, Liechtenstein, Noruega), la Antigua República Yugoslava de Macedonia y Turquía. |
Las autoridades nacionales designarán entre los solicitantes de sus territorios respectivos los centros de educación superior (1) que se consideren elegibles para participar en la movilidad personal vinculada al aprendizaje y en la colaboración en materia de innovación y buenas prácticas en el marco del Programa Erasmus+.
4. Plazo de presentación de las candidaturas y fecha indicativa de publicación de los resultados de los procedimientos de selección
El formulario de solicitud en línea, debidamente completado, debe presentarse en línea antes de las 12.00 horas (mediodía, hora de Bruselas, hora central europea) del 31 de marzo de 2017.
La fecha indicativa de publicación de los resultados de los procedimientos de selección es el 1 de octubre de 2017.
5. Más información
Puede consultarse la información sobre el Programa Erasmus+ en la siguiente dirección de internet: http://ec.europa.eu/erasmus-plus
Las candidaturas deberán presentarse con arreglo a las orientaciones proporcionadas por la Agencia Ejecutiva en el Ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural, que pueden obtenerse en la siguiente dirección:
https://eacea.ec.europa.eu/erasmus-plus/funding/erasmus-charter-for-higher-education-2014-2020-selection-2018_en
(1) Siguiendo lo establecido en el artículo 2 de la base legal del Programa Erasmus+, se entiende por «institución de educación superior»:
a) |
cualquier tipo de institución de educación superior que, conforme a la legislación o la práctica nacional, expida títulos reconocidos u otra cualificación reconocida de nivel terciario, cualquiera que sea su denominación; |
b) |
cualquier institución que, de conformidad con la legislación o a la práctica nacional, imparta educación o formación profesional de nivel terciario. |