COMISIÓN EUROPEA
Bruselas, 26.2.2016
COM(2016) 91 final
2016/0055(NLE)
Propuesta de
DECISIÓN DEL CONSEJO
relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea y de sus Estados miembros, del Protocolo del Acuerdo de Colaboración y Cooperación por el que se establece una colaboración entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Tayikistán, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La propuesta adjunta constituye el instrumento jurídico para la celebración de un Protocolo del Acuerdo de Colaboración y Cooperación por el que se establece una colaboración entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Tayikistán, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea (en lo sucesivo, «el Protocolo»).
De conformidad con su Acta relativa a las condiciones de adhesión, Croacia se adherirá a los Acuerdos internacionales firmados o celebrados por la Unión Europea y sus Estados miembros mediante la celebración de un protocolo de dichos Acuerdos.
El Acuerdo de Colaboración y Cooperación por el que se establece una colaboración entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Tayikistán, por otra (en lo sucesivo, «el Acuerdo»), se firmó en Bruselas el 11 de octubre de 2004 y entró en vigor el 1 de octubre de 2010.
A raíz de la Decisión del Consejo de ... relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea y de sus Estados miembros, y a la aplicación provisional del Protocolo del Acuerdo de Colaboración y Cooperación por el que se establece una colaboración entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Tayikistán, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea, se firmó el Protocolo en ... el ...
La propuesta de Protocolo incluye a la República de Croacia como parte contratante en el Acuerdo y compromete a la UE a facilitar la versión auténtica del Acuerdo en lengua croata.
La Comisión solicita al Consejo que celebre el Protocolo, en nombre de la Unión Europea y de sus Estados miembros.
Se invitará al Parlamento Europeo a que dé su aprobación al Protocolo.
2016/0055 (NLE)
Propuesta de
DECISIÓN DEL CONSEJO
relativa a la celebración, en nombre de la Unión Europea y de sus Estados miembros, del Protocolo del Acuerdo de Colaboración y Cooperación por el que se establece una colaboración entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Tayikistán, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular sus artículos 207 y 209, leídos en relación con su artículo 218, apartado 6, letra a),
Vista el Acta relativa a las condiciones de adhesión de la República de Croacia, y en particular su artículo 6, apartado 2,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Vista la aprobación del Parlamento Europeo,
Considerando lo siguiente:
(1)De conformidad con la Decisión ... / ... /UE del Consejo, se ha firmado, a reserva de su celebración, el Protocolo del Acuerdo de Colaboración y Cooperación por el que se establece una colaboración entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Tayikistán, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea (en lo sucesivo, «el Protocolo»).
(2)La celebración del Protocolo es objeto de un procedimiento separado en lo que respecta a las materias que entran en el ámbito de competencia de la Comunidad Europea de la Energía Atómica.
(3)Procede aprobar el Protocolo.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Queda aprobado, en nombre de la Unión Europea y de sus Estados miembros, el Protocolo del Acuerdo de Colaboración y Cooperación por el que se establece una colaboración entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Tayikistán, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea.
Artículo 2
El Presidente del Consejo designará a la persona facultada para efectuar, en nombre de la Unión Europea y de sus Estados miembros, la notificación establecida en el artículo 4, apartado 1, del Protocolo.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el
Por el Consejo
El Presidente