21.10.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 389/28 |
Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre «El pilar digital del crecimiento: los e-seniors, un potencial del 25 % de la población europea»
(Dictamen de iniciativa)
(2016/C 389/04)
Ponente: |
Laure BATUT |
El 21 de enero de 2016, de conformidad con el artículo 29, apartado 2, de su Reglamento interno, el Comité Económico y Social Europeo decidió elaborar un dictamen de iniciativa sobre el tema:
El pilar digital del crecimiento: los e-seniors, un potencial del 25 % de la población europea.
(Dictamen de iniciativa)
La sección de Transportes, Energía, Infraestructuras y Sociedad de la Información, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su dictamen el 21 de junio de 2016.
En su 518.o pleno de los días 13 y 14 de julio de 2016 (sesión del 13 de julio de 2016), el Comité Económico y Social Europeo aprobó por 189 votos a favor y 1 abstención el presente dictamen.
1. Recomendaciones
Para maximizar el potencial económico del 25 % de los ciudadanos de edad de la Unión, el CESE considera que no es pertinente para el crecimiento considerarlos como una categoría de personas fuera de la vida corriente, sino que hay que reconocer tanto sus capacidades como sus expectativas e integrarlos como agentes económicos y sociales de la sociedad digital. El Comité recomienda proceder sin demora a:
1) |
cambiar el enfoque de la «economía plateada» (silver economy), considerando que la tecnología digital suprime la brecha de la edad y que las personas mayores son agentes de la cadena de valor y de sus propias vidas; |
2) |
con ocasión de la reunión de los ministros de la UE responsables de Empleo, Política Social, Sanidad y Consumidores celebrada en junio de 2016 y de la Cumbre de la UE de diciembre de 2016 sobre las personas de edad, fomentar la inclusión digital de las personas mayores para resolver las dos transiciones, digital y demográfica; |
3) |
desarrollar una gobernanza global, mediante la integración de las personas mayores en la vida digital desarrollando servicios públicos eficaces, dotados de medios a todos los niveles, también en la esfera territorial, y que no se contabilicen a efectos de los requisitos del Semestre Europeo; |
4) |
establecer una cláusula horizontal europea relativa a la «igualdad de las personas mayores», acompañada de incentivos para su aplicación por los ministerios responsables de la igualdad en los Estados miembros; |
5) |
hacer que las asociaciones representativas de las personas mayores y el CESE participen en las reflexiones del Grupo de partes interesadas en la economía colaborativa preconizado por el Parlamento Europeo; |
6) |
favorecer el acceso de las personas mayores al entorno digital y, a su vez, la accesibilidad de este mediante la adquisición de conocimientos y capacidades, y desarrollar sin demora para lograr su inclusión, enseñanza, formación a lo largo de la vida, adaptación de los materiales y del software, así como tutoría; |
7) |
elaborar indicadores para medir el impacto económico de las personas mayores, su calidad de vida y los beneficios derivados de las innovaciones; |
8) |
favorecer el acceso de las personas mayores a un programa europeo de intercambio de buenas prácticas por desarrollar que podría ser, por ejemplo, una plataforma denominada «Seneca — equivalente a Erasmus para personas mayores»; |
9) |
desarrollar la confianza y dar a conocer a los ciudadanos las normas europeas sobre la tecnología digital mediante su publicación en forma de código y una ventanilla única digital respetando el multilingüismo; |
10) |
reconocer en todos los Estados miembros el acceso a internet como un derecho a un servicio universal, sujeto al criterio de la asequibilidad, y, en caso de que los precios representen un obstáculo, fomentar el establecimiento de tarifas reguladas, o incluso el acceso libre y gratuito en determinados espacios, para las personas de edad avanzada sin recursos; |
11) |
fomentar las asociaciones público-privadas (APP), cuyo éxito depende del capital humano, mediante cursos gratuitos para las personas mayores a cargo de los gigantes de las TIC en el marco de su política de responsabilidad social de las empresas (RSE), y ello en todas las escuelas primarias de la UE, fuera del horario escolar; |
12) |
suprimir las barreras impuestas a las personas mayores para suscribir préstamos bancarios; |
13) |
promover un servicio cívico para combatir el analfabetismo digital. |
2. Observaciones generales
2.1. |
La Unión Europea afronta un desafío que nunca se había planteado a ningún colectivo humano, a saber, la concomitancia, por una parte, de la longevidad de la población, y, por otra, de la generalización de las tecnologías digitales, lo cual requiere adoptar un conjunto de auténticas estrategias tanto económicas como sociales. |
2.2. |
En 2060, tal como indican las proyecciones (The 2015 Ageing Report, Comisión Europea), contaremos con dos personas mayores por cada joven, con un número de personas de edad muy avanzada que excederá el número de niños menores de cinco años: según el criterio de la edad media (Eurostat), los primeros Estados afectados serán Suecia, Alemania, Polonia, Rumanía y Eslovaquia, seguidos, con un desfase de algunos años, de Bélgica, Dinamarca, Irlanda y, por último, el resto de los Estados miembros. |
2.3. |
Las personas y los trabajadores de edad son percibidos a la vez como una amenaza para los sistemas de protección social y como una oportunidad para el sector de bienes y servicios. En 2011, la UE se comprometió en favor de los «adultos» (1) y fijó cinco orientaciones estratégicas, con el objetivo de lograr una economía «generadora de empleo» y una mejora de la calidad y la eficacia de la oferta de enseñanza y formación para adultos. |
2.4. |
El Comité observa que no se abordaba directamente a las personas mayores. |
¿Qué se entiende por personas mayores?
2.5. |
La generación del «baby-boom» (término que designa a las numerosas generaciones nacidas justo después de la Segunda Guerra Mundial) es la primera que no ha conocido guerras en su territorio común y, junto con la de sus padres, también la más «europeísta» de la Historia. Actualmente, son considerados «personas mayores». En su documento de base que fundamenta el debate Growing the European Silver Economy (desarrollo de la economía plateada) de febrero de 2015, la Comisión Europea expresa su voluntad de satisfacer las necesidades de las personas mayores de 50 años. Este colectivo a veces se clasifica en tres subgrupos, según se trate de personas activas, frágiles o dependientes. El CESE hace suya esta definición que confirma su propuesta de cambio de enfoque respecto de las personas mayores: son agentes de crecimiento. |
2.6. |
El envejecimiento demográfico consiste en un aumento de la tasa de personas mayores en una población, debido a la disminución de la fertilidad y de la mortalidad. Los japoneses (Étude comparative du marché des seniors français et japonais — Opportunités croisées, David Barboni, Eurasiam, serie Management n.o 001, 2007) han anticipado el fenómeno del envejecimiento. Han creado una dinámica de consumo específica para las personas mayores en materia de bienestar, salud, finanzas, seguros, distribución y turismo. Por su parte, las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) se integran en los bienes de mercado que sirven para mejorar la calidad vida; están orientadas hacia personas mayores «consumidoras» de productos específicos en lugar de a personas mayores «agentes» de la sociedad digital, inscribiéndose así en la perspectiva de los beneficios a corto plazo para los productores. Pese a su importancia, resulta reductor. |
2.7. |
En la UE, los integrantes de la generación del «baby-boom» no solo se han convertido en personas mayores consumidoras de bienes. Son hombres y mujeres que ––por primera vez en la historia del continente–– han sido mayoritariamente estudiantes y a continuación ciudadanos «activos» y «productivos». Muchos de ellos pueden ahora escoger entre permanecer activos en la economía de mercado o en la economía social y solidaria. |
2.8. |
Su aprovechamiento de las TIC se percibe a veces como lento y difícil. Ahora bien, fueron a menudo los primeros en utilizarlas e incluso en crear novedades (véase «The Seven Myths of Population Aging», Julika Erfurt et al., en Accenture, febrero de 2012). En 2010, en Francia, más del 16 % de las empresas fueron creadas por personas de más de 50 años de las cuales, además, casi una de cada dos son autofinanciadas: se trata de ciudadanos mayores de 50 años empleados, solicitantes de empleo, empresarios que siguen en activo o, incluso, pensionistas (véase el artículo de Yann Le Galès, Le Figaro,27 de abril de 2012). |
Cambiar de enfoque
2.9. |
Solo desde la Declaración y el Plan de Acción Internacional sobre el envejecimiento de las Naciones Unidas (2002) y la Declaración del Consejo sobre el Año Europeo del Envejecimiento Activo y de la Solidaridad Intergeneracional (2012) se habla en la Unión Europea de la «economía plateada» (silver economy). Además, la Comisión considera necesario fomentar todo lo posible el «envejecimiento saludable», en particular mediante las TIC, y brindar así a la Unión la ocasión de desempeñar una función prominente: la economía de las personas mayores puede definirse como las perspectivas económicas abiertas por los gastos de consumo y los gastos públicos relacionados con el envejecimiento de la población y las necesidades de las personas mayores de 50 años (véase el sitio web Silver economy de la Comisión Europea). |
2.10. |
El Comité considera que han de tenerse en cuenta las cuestiones relativas al bienestar, la autonomía y la dependencia así como el mercado. No obstante, en Europa hay casi 125 millones de personas mayores; son operadores de su vida, de la economía y del crecimiento, y las tecnologías de la información deben formar parte de su vida como es el caso de los «activos». |
2.11. |
Por ello, el Comité hace hincapié en la necesidad de enfocar el envejecimiento como la continuidad de otras fases de la vida, sin compartimentaciones; todas las personas mayores con buena salud conservan su experiencia y sus capacidades digitales, de manera que no cabe disociarlos del conjunto de los agentes de la cadena de valor. Se trata de considerar a las mayores desde una perspectiva dinámica e integradora, en lugar de centrarse solo en la última etapa de su vida, y sin limitar la tecnología digital a un mero enfoque «asistencial técnico-médico». |
2.12. |
Ello no prejuzga en absoluto sus derechos de pensión (artículos 25 y 34 de la Carta de los Derechos Fundamentales; artículos 153 y 156 del TFUE) ni afecta a los sistemas de pensiones, que difieren en función de los Estados miembros. |
2.13. |
Un enfoque global e integrador podría otorgar a todos los ciudadanos europeos de edad la certeza de que la innovación digital les concierne. El Comité considera que la UE podría asumir el liderazgo al que aspira en el ámbito de la «economía plateada» mediante la asunción de responsabilidades a todos los niveles. |
3. Observaciones específicas
3.1. Europeos mayores de 50 años: es urgente que se conviertan todos en e-seniors
Las TIC y su control constituyen un imperativo, lo cual requiere voluntad política y medios. Todas las instituciones se han apropiado la transición digital; el CESE desea que se incluya a los 125 millones de personas mayores de 50 años.
3.1.1. |
Los miembros de la generación del «baby-boom», convertidos hoy en «papy-boomers», cuentan con una herramienta: la revolución de las nuevas tecnologías. Es urgente adoptar una visión más amplia y a más largo plazo que el «mercado» y no dejar a nadie al margen de los conocimientos y de la práctica de las tecnologías de la información, ya que la conectividad se ha generalizado. La UE tiene que compatibilizar la necesidad de interoperabilidad europea con la exigencia de protección en los Estados miembros que presentan contextos muy fragmentados; ahora bien, las comunicaciones de la Comisión de abril de 2016 [COM(2016) 176, 178 y 179 final] solo abordan cuestiones técnicas y no evocan los aspectos sociales. La Comunicación de la Comisión de junio de 2016 sobre «Una nueva agenda de capacidades para Europa» [COM(2016) 381/2] y su Propuesta de Recomendación de Consejo sobre el establecimiento de la Garantía de Capacidades [COM(2016) 382/2] tienen por objeto la empleabilidad y la productividad. En estos documentos no hay referencias a las personas mayores y muy pocas al mundo digital. El Comité confía en que la reunión de los ministros de la UE de junio y la Cumbre de diciembre de 2016, en las que deberá abordarse la cuestión de las personas mayores, podrán fomentar su inclusión digital y la mejora de sus condiciones de vida y de trabajo, lo cual es necesario para responder a las dos transiciones, a saber: la digital y la demográfica. |
3.1.2. |
Para impulsar la cohesión, difundir las tecnologías digitales y sensibilizar a las personas mayores y a todas las categorías de ciudadanos, el Comité desea que se publiquen en forma de «código» todos los textos adoptados hasta ahora por la UE sobre el entorno digital y que se considere la creación de una ventanilla única digital respetando el multilingüismo. |
3.2. Ser persona mayor en la sociedad digital (2)
3.2.1. |
La tecnología digital ofrece la posibilidad de aprender y de ser proactivo, en particular a una edad avanzada y cuando la movilidad se ve reducida. Permite evitar la formación de guetos y facilita la transmisión de conocimientos. Puede contribuir a invertir la tutoría generacional y a la supresión de la exclusión por razón de edad. |
3.3. Una de las maneras de amortiguar el choque del «papy-boom» consiste en situarse deliberadamente en el entorno digital
3.3.1. |
El Comité ha emitido numerosos dictámenes sobre los aspectos técnicos, económicos y sociales de los avances digitales: las infraestructuras, los derechos, los costes, la telemedicina, la salud en línea («e-health»), el envejecimiento activo, la ciberdelincuencia, las ciudades/la movilidad/las islas inteligentes, la neutralidad de internet, etc. |
3.3.2. |
La Comisión debería incluir a todas las generaciones, sin brecha geográfica, y hacer previsiones a largo plazo (2060), ya que la curva del envejecimiento (3) se acelerará en todos los Estados miembros, hasta culminar en 2060. |
3.3.3. |
En sus comunicaciones de 19 de abril de 2016 (4), la Comisión señala que va a abordar la normalización de las TIC, que considera un «elemento crucial del mercado único digital», la digitalización de las empresas y la computación en nube. |
3.3.4. |
Las presidencias neerlandesa y eslovaca solicitaron al Comité un dictamen exploratorio sobre las consecuencias sociales, a saber, sobre «La evolución de la naturaleza de las relaciones de trabajo y su impacto en el mantenimiento de un salario digno», así como la «Incidencia de la evolución tecnológica en el sistema de seguridad social y el derecho laboral», dictamen aprobado por el CESE el 26 de mayo de 2016. |
3.3.5. |
En su Resolución de 19 de enero de 2016«Hacia un Acta del Mercado Único Digital» (apartado 80), el Parlamento Europeo«alienta a la Comisión a que cree un grupo de interesados que se encargue de promocionar las mejores prácticas en el sector de la economía colaborativa», denominación que hace suya el CESE, y que no puede existir en gran medida sin la digitalización; representar la sociedad civil es una tarea que típicamente pueden desempeñar las personas mayores. El CESE desea participar en esta iniciativa. |
3.4. ¿Son los riesgos inducidos más graves en el caso de los e-seniors?
3.4.1. |
Con los macrodatos, la informática en nube, la internet de los objetos, la impresión tridimensional y otras técnicas que han surgido con la propagación muy súbita de internet en la vida contemporánea, siguen persistiendo algunos temores paralizadores; las personas mayores son más sensibles a ello que los jóvenes «nativos digitales» y afrontan los escollos siguientes:
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3.4.2. |
El Comité, al igual que el Parlamento Europeo, «considera que la confianza de los usuarios y de las empresas en el entorno digital es un elemento fundamental para el desarrollo pleno de la innovación y el crecimiento en la economía digital»; |
3.4.3. |
El contexto de crisis y las medidas propias de un estado de excepción refuerzan el sentimiento de que las libertades corren peligro y de necesidad de hipervigilancia, así como los temores ante los riesgos de la ciberdelincuencia. |
3.4.4. |
Los textos protectores vigentes en los Estados miembros y a escala de la UE son poco conocidos. Sensibilizar sin alarmar a estos colectivos para los cuales la escuela ya no es operativa, informar y enseñar, permitiría avanzar atenuando la asimetría informativa entre los grandes operadores, casi siempre extranjeros, y los usuarios particulares. |
3.5. Actuar en la esfera de la UE, las autoridades nacionales, las empresas y los servicios
3.5.1. En la esfera de la Unión Europea
La tecnología digital debería reducir el coste social del envejecimiento. Aproximadamente 58 millones de ciudadanos europeos de entre 16 y 74 años no han utilizado nunca internet (Bridging the digital divide in the EU, nota informativa del Parlamento Europeo). Según las estimaciones de una organización caritativa (Secours catholique, citado por el periódico Le Monde,6 de noviembre de 2014) en 2014 en Francia el porcentaje de personas asistidas de entre 50 y 59 años de edad aumentó desde el 13 % hasta el 17 % entre 2000 y 2013. Ello indica el aumento del desempleo entre las personas mayores y la creciente precariedad entre las personas mayores activas, y pone de relieve la urgencia de actuar porque frena el motor de crecimiento que debería constituir la tecnología digital para la economía.
3.5.1.1.
El CESE preconiza que la UE establezca una cláusula horizontal «personas mayores-igualdad» y anima a que los ministerios responsables de la igualdad en los Estados miembros la apliquen. Conectarse tiene un coste. El CESE considera que, ante los riesgos que acechan a las pensiones, las personas mayores deberían disponer en todos los Estados miembros de un acceso libre y gratuito a internet en determinados espacios. En caso de que los precios representen un obstáculo, deberá considerarse la posibilidad de establecer tarifas reguladas.
3.5.1.2.
3.5.1.2.1. |
Con arreglo a una visión de conjunto, una nueva gobernanza podría suscitar una solidaridad activa entre generaciones y la sostenibilidad del sector social:
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3.5.1.3.
Ya se aprecian cambios significativos (5) en la industria y los servicios en general.
3.5.1.3.1. |
Al desarrollo digital se destinan fondos específicos (investigación, banda ancha, inteligencia), así como Fondos Estructurales y programas especiales. Sin embargo, las inversiones necesarias para mantener la posición predominante de la UE no han sido cuantificadas, mientras que deberían evaluarse las necesidades de la población europea, desde la escuela primaria hasta las personas mayores, pasando por la formación permanente. Es importante garantizar que los fondos dedicados a ello no estén sujetos a las normas de austeridad presupuestaria. Por último, es urgente eliminar las barreras que limitan el acceso de las personas mayores a la financiación privada (préstamos bancarios) (6). |
3.5.1.3.2. |
La Comisión propone asociaciones público-privadas (APP). El Comité alberga dudas al respecto ya que el riesgo sigue siempre el mismo: el sector privado solo se compromete si considera posible obtener un beneficio económico, el coste de los intereses lastra el endeudamiento público y, en definitiva, parte del dominio público ha sido privatizado. |
3.6. En la esfera de las autoridades nacionales y regionales
3.6.1. |
Una auténtica política pública digital para las personas mayores
El CESE ya ha sugerido que el acceso a internet debe considerarse un derecho a la prestación de un servicio universal, insistiendo en su asequibilidad, para luchar contra las desigualdades sociales y geográficas. En este sentido deberían preverse espacios públicos para personas mayores con acceso libre a internet. Naturalmente, los demás servicios públicos deberán abordar los problemas relacionados con las personas mayores: transportes, sanidad, correo, servicios de interés general (SIG), servicios de interés económico general (SIEG), servicios sociales de interés general (SSIG), servicios sociales de interés económico general (SSIEG), etc. |
3.6.2. |
Las autoridades nacionales y regionales han de velar por que las personas mayores adquieran nuevos reflejos de protección y seguridad de los datos digitales. Convertir en indisociables la inclusión social y la inclusión digital es aún más necesario a medida que progresa la pérdida de autonomía. Por su proximidad, el nivel de gobernanza territorial favorece una evolución en este sentido. El CESE preconiza un servicio cívico para combatir el analfabetismo digital. |
3.6.3. |
Lanzar campañas nacionales de sensibilización |
3.6.4. |
La inclusión de las personas mayores: debería incumbir a los Estados miembros la responsabilidad de informar a sus ciudadanos sobre todas las oportunidades que ofrecen a las personas mayores para formarse en cuanto a la tecnología digital. Ello se podría lograr mediante campañas de sensibilización a través de los medios de comunicación. |
3.6.4.1.
3.6.4.2. |
Las personas mayores necesitan adquirir o mantener sus conocimientos digitales. La acción, importante, de las ONG, no basta, ya que las personas mayores necesitan ver reconocidas sus cualificaciones y proseguir su aprendizaje de por vida. En Eslovaquia, hay dieciocho universidades de la tercera edad y muchas academias para personas mayores menos cualificadas. |
3.6.4.3. |
Mediante la enseñanza y alfabetización digital: el Comité reitera su llamamiento en favor de la promoción de una enseñanza (7) sobre los medios de comunicación e internet destinada a todos los ciudadanos de la UE, en particular a las personas vulnerables, y celebra el establecimiento, a escala europea, de la «Gran Coalición para el Empleo Digital». Señala que numerosos agentes asisten a cursos de formación. |
3.6.4.4. |
El Comité considera que la Comisión debería trabajar con los Estados miembros y las universidades sobre las necesidades de competencias de las personas mayores y los medios para satisfacerlas, por ejemplo estableciendo vínculos institucionales con las universidades para facilitar el acceso de las personas a los cursos en línea (curso en línea masivo y abierto, COMA). |
3.6.5. |
Mediante la accesibilidad y la participación de todas las categorías de personas mayores |
3.6.5.1. |
Al igual que el Parlamento (8), el Comité reconoce la necesidad de «superar los estereotipos» y señala «el enorme potencial de las mujeres innovadoras y empresarias y el importante papel que pueden desempeñar en la transformación digital», y aspira a «su integración y participación en la sociedad de la información»; el CESE es consciente de que, a menudo, las mujeres mayores sufren las consecuencias de carreras fragmentadas y corren mayor riesgo que los hombres de caer en la pobreza tras su jubilación. Conviene tener en cuenta este aspecto en las medidas dirigidas a la inclusión de las mujeres en el entorno digital de las personas mayores. |
3.6.5.2. |
Asimismo, «reconoce el potencial del mercado único digital para asegurar la accesibilidad y participación de todos los ciudadanos, incluidas las personas con necesidades especiales, las personas de edad avanzada, las minorías y los demás ciudadanos que pertenecen a grupos vulnerables, en todos los aspectos de la economía digital» (9), pero preferiría que las «personas de edad avanzada» sigan siendo agentes económicos sin ser estigmatizadas y asimiladas todas a personas con «necesidades especiales». |
3.6.5.3. |
El Comité ha respaldado la propuesta de Directiva sobre la accesibilidad (10) pero lamenta su elaboración tardía y la no ratificación del Tratado de Marrakech. En materia digital, se entiende por accesibilidad tanto la de la componente físico (hardware) que la de los programas informáticos (software): desea que se facilite su manipulación por parte de las personas mayores, así como el desarrollo de programas informáticos más adecuados y multilingües. El vínculo social es vital para las personas vulnerables. |
3.6.6. |
El CESE recomienda que se incluya en el programa europeo Erasmus+ una faceta dedicada a las personas mayores que podría funcionar como una plataforma de intercambio de buenas prácticas y denominarse, por ejemplo, «Seneca — equivalente a Erasmus para personas mayores». |
3.6.7. |
Fomentar la creatividad y la innovación a todas las edades mediante la tecnología digital, ya que las personas mayores son las mejor situadas para conocer sus necesidades y apoyar a los cuidadores y los agentes asociativos. |
3.7. En las empresas y los servicios: actividad y empleo
— |
El CESE propone una asociación publico-privada cuyo éxito dependerá del capital humano mediante la organización de cursos gratuitos que deberán enmarcarse en la política de responsabilidad social de los propios gigantes de las TIC: patrocinando a los trabajadores que se jubilan e impartiendo estos cursos a todos los trabajadores de edad, en todas las escuelas públicas de los distintos Estados miembros, fuera del horario lectivo. |
— |
Faltan competencias digitales en la UE (900 000 empleos vacantes) (11). La recalificación de los trabajadores de más edad podría contribuir a mejorar la situación que debe evaluarse con respecto a la competencia mundial. Fomentar el emprendimiento digital, las formaciones y las empresas emergentes, así como el desarrollo de las competencias y del bienestar de todos requiere inversiones públicas significativas. |
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En una situación de desempleo masivo, la economía 4.0 permitirá a las personas mayores el establecimiento de redes y la creación de nuevas empresas emergentes (start-ups), así como de empleo sostenible de alto valor añadido y no deslocalizable, por ejemplo para la prestación de servicios a las personas o relativos a la salud, el apoyo a la autonomía y a las políticas de prevención (12). |
— |
La UE, respecto de las formas de economía colaborativa, no expone con claridad su posición de principio sobre los abusos de posición dominante y su compatibilidad con los objetivos de la «economía social de mercado», mientras que una proporción cada vez mayor de la mano de obra se encuentra de facto en situación ilegal respecto del Derecho laboral. Las personas mayores corren mayor riesgo de verse afectadas por las repercusiones de la digitalización en la cohesión social. |
3.8. Revoluciones
3.8.1. |
La tecnología digital permite, a la vez, un planteamiento descendente y ascendente de las relaciones sociales y, en particular, del «envejecimiento». |
3.8.2. |
La economía colaborativa puede acercar a las personas, mediante formas de aprendizaje que fomenten todas las formas de inteligencia, soluciones sanitarias innovadoras que permitan a las personas con discapacidad o de edad avanzada formar parte del cuerpo social y ser ágiles, aunque no puedan ser móviles («ubicuas»). |
3.8.3. |
Sin embargo, desestructura las relaciones laborales. Dado el envejecimiento, la tecnología digital altera lo que, desde la Segunda Guerra Mundial, constituyó la cohesión de las sociedades europeas: los sistemas de solidaridad, que actuaron como amortiguadores de crisis (por ejemplo, en 2008). |
3.8.4. |
La relación de subordinación de los trabajadores ha sido desestabilizada por la revolución 4.0, las actividades en red, la irrupción de las personas mayores y la atenuación de las «fronteras»; al mismo tiempo, aproximadamente el 10 % de los e-seniors están conectados aunque sean pobres, y podrían volver a ser «viejos», incapaces de subvenir a sus necesidades (familias nucleares) como en siglos anteriores. Por consiguiente, ¿son posibles las transiciones con transmisión de saberes? |
3.8.5. |
Para lograr una economía social de mercado digital e integradora (13) para todos, es esencial preservar los sistemas de pensiones. De aquí a 2060, será inevitable basarlos en elementos distintos del trabajo asalariado, evitando las vicisitudes de los fondos de pensiones: habrá que emprender una reflexión profunda sobre la base de las cotizaciones y la redistribución de la riqueza para preparar al cambio nuestro espíritu y nuestra mentalidad. |
Bruselas, 13 de julio de 2016.
El Presidente del Comité Económico y Social Europeo
Georges DASSIS
(1) DO C 372 de 20.12.2011, p. 1, Resolución del Consejo sobre un plan europeo renovado de aprendizaje de adultos.
(2) DO C 11 de 15.1.2013, p. 16.
(3) http://ec.europa.eu/eurostat/statistics-explained/index.php/Population_structure_and_ageing/fr
(4) COM(2016) 176 final.
(5) Véase DO C 13 de 15.1.2016, p. 161.
(6) Directiva 2013/36/UE (DO L 176 de 27.6.2013, p. 338).
(7) DO C 451 de 16.12.2014, p. 25.
(8) Parlamento Europeo, ibidem, apartado 113.
(9) Parlamento Europeo, ibidem, apartado 114.
(10) DO C 303 de 19.8.2016, p. 103.
(11) http://europa.eu/rapid/press-release_IP-14-518_en.htm
(12) DO C 21 de 21.1.2011, p. 39.
(13) DO C 318 de 29.10.2011, p. 9.