COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Estrategia europea en favor de una Internet más adecuada para los niños /* COM/2012/0196 final */
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL
PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL
COMITÉ DE LAS REGIONES Estrategia europea en favor de una
Internet más adecuada para los niños Según subraya
la Agenda de la UE en pro de los Derechos del Niño[1], los efectos a
largo plazo de la falta de inversiones suficientes en las políticas que afectan
a los niños[2]
pueden tener una profunda repercusión en nuestras sociedades. Aun cuando la
Agenda Digital para Europa[3]
se propone familiarizar a todos los europeos con el mundo digital, las
necesidades particulares y los puntos vulnerables de los menores en Internet
merecen un tratamiento específico que permita que esta se convierta en un lugar
en el que los niños puedan acceder al conocimiento, comunicarse, desarrollar
sus aptitudes y mejorar sus perspectivas laborales y su empleabilidad[4]. Los menores
cada vez se hallan más expuestos a Internet, a través de un abanico creciente
de dispositivos y a edades progresivamente más tempranas. Por consiguiente, es
necesario elaborar una estrategia adecuada que integre sus necesidades. Es
preciso desarrollar contenidos y servicios nuevos y de más calidad orientados a
los niños. Es imprescindible garantizar la seguridad en línea de los menores.
Por su parte, los análisis demuestran que un uso mayor y mejor de Internet por
parte de los niños abre la puerta a un intenso desarrollo empresarial de
contenidos y servicios innovadores en línea. Beneficiándose de las dimensiones
del mercado interior, las empresas europeas pueden estar bien situadas para
aprovechar estas oportunidades de crecimiento y empleo. Según se subraya en las Conclusiones del
Consejo sobre la protección de los niños en el mundo digital, de 28 de
noviembre de 2011, hace falta una combinación de políticas para conseguir una
Internet más adecuada para los niños. Se están elaborando medidas a nivel
nacional, europeo y sectorial que es preciso incluir en una estrategia a nivel
de la UE, con vistas a establecer unos requisitos básicos y evitar la fragmentación.
Aunque la regulación sea siempre una posibilidad, cuando proceda sería
preferible favorecer instrumentos autorreguladores más adaptables, así como la
educación y la capacitación. La estrategia se articula en torno a
cuatro grandes «pilares» que se refuerzan mutuamente: 1) estimular los
contenidos en línea de calidad para los jóvenes; 2) intensificar la
sensibilización y la capacitación; 3) crear un entorno en línea seguro para los
niños; y 4) luchar contra los abusos sexuales y la explotación sexual de los
niños. Se propone una serie de acciones a cargo de la Comisión, los Estados
miembros y toda la cadena de valor del sector. 1. ¿Por qué es necesaria
ahora una estrategia europea? 1.1. Nuevas oportunidades
para los niños y para el desarrollo empresarial Aunque Internet no se creó teniendo en
mente a los niños, la utilizan, al decir de sus progenitores, el 75 % de
los de edad comprendida entre 6 y 17 años en Europa[5]. Los de 15 y 16
años manifiestan haberse conectado por vez primera a los 11. En comparación,
los de 9 y 10 años indican que, por término medio, comenzaron a utilizarla a
los 7. El 33 % de los niños de 9 a 16 años que usan Internet dicen hacerlo
desde un teléfono móvil u otro dispositivo portátil[6]. Los menores tienen necesidades y puntos
vulnerables particulares cuya especificidad es preciso reconocer. Internet y
las TIC les ofrecen una amplia gama de oportunidades para jugar, aprender,
innovar y ser creativos, comunicarse y expresarse, colaborar y participar en la
sociedad, ser más conscientes del mundo que les rodea, desarrollar aptitudes
esenciales y ejercer sus derechos[7].
Pero también es preciso protegerlos. Prestar atención a las demandas de los
niños abre un amplio abanico de oportunidades para las empresas. Se prevé que
el mercado mundial de contenidos digitales rebase los 113 000 millones EUR
en 2012[8].
El valor de mercado de las aplicaciones móviles asciende a 5 000 millones
EUR, y se espera que alcance los 27 000 millones en 2015, impulsado
principalmente por los juegos y con más de 5 000 millones de abonados a la
telefonía móvil en el mundo. En cuanto al mercado mundial de los juegos de
vídeo, se espera que sus ventas rebasen los 62 000 millones EUR[9]. Con la
proliferación de tabletas, teléfonos inteligentes y ordenadores portátiles que
los menores utilizan intensamente, existe un importante mercado potencial de
contenidos creativos y educativos en línea e interactivos para niños y
adolescentes. Las aplicaciones y los juegos móviles y en línea ofrecen
oportunidades de desarrollo empresarial sin precedentes, en particular para las
PYME y los creadores, ya que permiten un contacto directo con usuarios/clientes
potenciales. Los propios niños podrían convertirse en creadores en línea e
iniciar una actividad empresarial. 1.2. Lagunas y problemas
actuales 1.2.1. Fragmentación del mercado El informe de la Comisión[10] sobre la
aplicación en los Estados miembros de las recomendaciones existentes acerca de
la protección de los menores muestra que, en líneas generales, aunque dichos
Estados están redoblando los esfuerzos para responder a los desafíos digitales,
las medidas adoptadas son insuficientes. En ellos se aplican diferentes
medidas, reguladoras o de autorregulación, por ejemplo para control parental,
calificación de contenidos y denuncia de contenidos ilícitos y nocivos. En el Reino Unido los proveedores de
servicios de Internet (PSI) han adoptado un código de prácticas[11] que promueve la
«elección activa»[12]
y cuya implantación decide cada PSI; en Francia, los PSI están obligados a
facilitar gratuitamente programas informáticos de control parental; en Alemania
se puede utilizar un «programa informático de protección de los jóvenes» para
evitar que los menores accedan a sitios que ofrecen contenidos nocivos. En
otros países no existen disposiciones de este tipo. Alemania cuenta también con un marco de
autorregulación que permite a los proveedores calificar distintos tipos de
contenidos en línea, como vídeos, páginas o juegos. En el Reino Unido, una de
las recomendaciones del informe Bailey[13]
fue la de clasificar por edades los vídeos musicales. En otros países no
existen disposiciones sobre la clasificación de contenidos en línea. En Finlandia y Bélgica se han consensuado
también códigos de conducta sectoriales, para los medios de comunicación social
en el primer caso, y para una gama más amplia de proveedores en el segundo. En países como el Reino Unido, España,
Italia o la República Checa, se aplican distintos mecanismos de denuncia de
contenidos y comportamientos nocivos e ilícitos con el respaldo de partes
interesadas tales como la policía, las ONG o la industria. Aunque estas medidas pueden tener efectos
positivos sobre los mercados y usuarios nacionales, también podrían acentuar la
fragmentación del mercado y erigir barreras, especialmente para los proveedores
europeos, incluidas las PYME, que no cuentan con recursos para adaptarse a los
diferentes regímenes de cada país y no pueden beneficiarse del mercado único
digital. Al mismo tiempo, es evidente que no todos los menores de Europa tienen
las mismas posibilidades de capacitación y protección cuando se conectan a
Internet. 1.2.2. Fracaso del mercado a la
hora de ofrecer medidas de protección y contenidos de calidad en toda Europa Todavía no se ha cobrado conciencia de
que los niños constituyen una audiencia en la que merece la pena invertir. Es
frecuente que la integración en los dispositivos o servicios de herramientas
que les protejan y les den oportunidad de gestionar su propia presencia en
línea de manera segura y responsable (como el control parental) se considere un
coste añadido, y las empresas se muestran reacias a desarrollar e implantar
tales herramientas si no confían en la existencia de un mercado de envergadura
suficiente para justificar la inversión. La evaluación comparativa de las herramientas
de control parental[14]
demuestra que la mayoría solo son eficaces en inglés. Los nuevos dispositivos
plantean nuevos problemas, ya que no se dispone de muchas herramientas para las
consolas de juego, las tabletas y los teléfonos móviles –dispositivos que los
niños usan cada vez más para conectarse a Internet– ni de soluciones para los
usuarios que acceden a los contenidos desde móviles o tabletas utilizando una
aplicación en vez de un navegador. Por otra parte, no existen suficientes
contenidos de calidad. Según una encuesta paneuropea[15], solo el 32 %
de los niños de 9 a 12 años consideran que hay en línea suficientes «cosas
buenas para los niños» de su edad[16].
En sectores tales como las aplicaciones,
se utilizan sistemas de clasificación de contenidos que no fueron elaborados
para el mercado y los usuarios europeos. 1.2.3. Gestión de los riesgos a
fin de generar confianza en los servicios y los contenidos Los estudios demuestran que en toda
Europa, pese a las considerables diferencias entre países, la importancia
relativa de los riesgos experimentados es bastante similar[17]. En 2010, cuatro
de cada diez menores de Europa dijeron haber encontrado uno de los siguientes
riesgos: comunicación en línea con alguien a quien no conocían personalmente;
exposición a contenidos generados por usuarios en los que se promovía la
anorexia, la automutilación, el consumo de drogas o el suicidio; exposición a
imágenes sexuales en línea y uso indebido de los datos personales; encuentros
en el mundo real con personas conocidas en línea; y ser víctima de ciberacoso[18]. Surgen, además,
nuevas pautas de comportamiento, como la distribución de imágenes de agresiones
físicas a otros niños tomadas con la cámara de un móvil[19] o el
envío/recepción de imágenes/mensajes sexuales a/de compañeros[20]. Se popularizan servicios nuevos con
incidencia potencial sobre la intimidad, como la geolocalización. También
prospera la publicidad en línea, pese a que los niños no tienen desarrollado su
sentido crítico al respecto[21].
Además, se está expandiendo el uso de
Internet para la captación de víctimas de la trata de personas y la publicidad
de sus servicios, incluidos los menores[22].
Internet constituye también un vehículo para la fácil difusión de pornografía
infantil. Aun cuando no guarde relación con el uso de Internet por los niños,
es un problema que les afecta en calidad de víctimas. Según la Internet
Watch Foundation (IWF), más del 40 % de las URL con contenido de
pornografía infantil confirmado se encuentran (por la localización del
proveedor donde están alojadas) en Europa y Rusia. Este tipo de imágenes
también se distribuye ahora en línea a través de canales distintos de los
sitios web (por ejemplo, las redes de igual a igual o P2P). Dado que Internet
no conoce fronteras y que la pornografía infantil es ilegal en toda Europa, es
necesario actuar al respecto a nivel europeo. 1.2.4. Carencia de capacitación Mientras que se prevé que para 2015 el
90 % de los empleos en todos los sectores exijan aptitudes tecnológicas,
solo el 25 % de los jóvenes de la UE manifiestan poseer niveles «elevados»
de competencias básicas de Internet (tales como su uso para hacer llamadas
telefónicas, crear una página web o compartir archivos en P2P)[23]. Los
investigadores ponen de manifiesto la existencia de un grave déficit de
competencias digitales entre los niños de Europa, pese a que se les suela
considerar «nativos digitales». Por ejemplo, el 38 % de los niños de 9-12
años que utilizan Internet en Europa manifiestan disponer de un perfil personal
en una red social. Sin embargo, solamente el 56 % de los de 11-12 años
dice saber modificar sus parámetros de confidencialidad[24]. Los estudios
también revelan que existe un vínculo entre el abanico de competencias
digitales y las actividades en línea[25].
Por consiguiente, el desarrollo de las competencias digitales puede fomentar
otras competencias asociadas con otras actividades en línea. 2. Un nuevo ecosistema:
una estrategia europea en favor de una Internet más adecuada para los niños A lo largo de los años, se ha elaborado
una serie de políticas a nivel europeo en favor de los menores. No obstante, a
menudo tenían carácter específico, centrándose por ejemplo en los canales
mediáticos[26]
o las plataformas tecnológicas[27],
sin combinarse en un marco coherente. Las políticas de la UE no han reconocido
suficientemente hasta el momento que los menores constituyen una audiencia
específica en Internet que exige un nuevo ecosistema para atender sus
necesidades. Europa necesita una estrategia que evite la fragmentación del
mercado y cree un entorno en línea más seguro y enriquecedor para todos los
niños de la UE. Se propone combinar una serie de
instrumentos basados en la legislación, la autorregulación y el apoyo
financiero. Aunque la legislación no se descarta, se dará preferencia a la autorregulación,
que sigue siendo el marco más flexible para alcanzar resultados tangibles en
este ámbito. No obstante, debe tratarse de un proceso dinámico que responda a
nuevos retos tales como la convergencia tecnológica[28] y ofrezca
mecanismos apropiados de evaluación comparativa y supervisión independiente. La
Comisión financiará también acciones amparadas en la estrategia a través del
Programa «Una Internet más Segura»[29]
(2009-2013) y, a partir de 2014, del Mecanismo «Conectar Europa»[30] y de Horizonte
2020[31].
2.1. Contenidos en línea de
alta calidad para niños y jóvenes Estimular la producción de contenidos en
línea de alta calidad para niños y jóvenes resulta beneficioso tanto para ellos
como para el desarrollo del mercado único digital. Esta estrategia respalda dos
líneas de actuación que están claramente entrelazadas y solo producirán
resultados si se ejecutan en paralelo. 2.1.1. Estimular la producción
de contenidos creativos y educativos en línea para niños Los niños más pequeños necesitan «juegos
en línea» con los que jugar y aprender; los adolescentes pueden beneficiarse de
juegos creativos y educativos que estimulen su imaginación y refuercen su
utilización positiva de Internet. Al mismo tiempo, la tecnología se utilizará
cada vez más en las aulas a todas las edades. El aprendizaje interactivo a
través de la tecnología puede estimular la creatividad y el pensamiento
crítico. Para facilitarlo, es necesario fomentar la creación de contenidos que
favorezcan tanto el desarrollo de los niños como un mercado único digital
europeo. Algunos Estados miembros, como Alemania, han puesto en marcha
iniciativas para estimular la producción y visibilidad de contenidos de calidad
para niños con criterios y/o estándares específicos. 2.1.2. Promover las experiencias
positivas en línea para los más pequeños La mayoría de los jóvenes no crean en
línea, sino que «consumen». El objetivo es fomentar la creatividad y el uso
positivo de Internet, lo que no solo les ayudará a desarrollar sus competencias
digitales, sino que también les permitirá crecer y configurar su mundo de
manera segura y creativa, construir comunidades y desempeñar un papel activo en
una sociedad participativa. También podría dar nacimiento a innovaciones
tecnológicas y empresas de nueva creación que contribuyan al mercado único
digital. La Comisión: ·
apoyará las plataformas interoperables de
herramientas que garanticen el acceso a contenidos adaptados a la edad (tales
como listas blancas[32]
o navegadores fáciles de usar por los niños), teniendo en cuenta la cuestión
del control permanente de la calidad; ·
estimulará la innovación en los contenidos
creativos por y para los niños respaldando iniciativas y proyectos como el
concurso «Los mejores contenidos en línea para niños». La industria
debería: ·
desarrollar y ofrecer contenidos de calidad
para niños, focalizados e interactivos, así como herramientas fáciles de usar
que fomenten su creatividad y les ayuden a aprender; ·
apoyar financiera y/o técnicamente las
iniciativas en este ámbito procedentes de los propios niños, los centros
escolares o las ONG. Los Estados
miembros deberían: ·
apoyar en la misma medida que la Comisión las
iniciativas destinadas a crear contenidos en línea de alta calidad para niños y
promoverlas activamente; ·
coordinarse entre ellos en este ámbito, con el
apoyo de la Comisión, y aplicar normas de calidad a los contenidos en línea
para niños[33]. 2.2. Intensificar la
sensibilización y la capacitación Es necesario que los menores, así como
sus padres, cuidadores y profesores, conozcan los riesgos a que pueden
exponerse en línea, y también las herramientas y estrategias que les permitirán
afrontar dichos riesgos y protegerse de ellos. Los niños deben desarrollar su
pensamiento crítico y sus aptitudes de alfabetización digital y mediática para
poder tomar parte activa en una sociedad participativa. Necesitan acceder a
herramientas adaptadas a su edad que les ayuden a actuar en línea con seguridad
y responsabilidad, así como a consejos sobre cómo utilizarlas. Las acciones de
sensibilización y capacitación deben centrarse en desarrollar en los niños la
autoprotección y la autorresponsabilización en el entorno en línea. 2.2.1. Alfabetización digital y
mediática[34]
y enseñanza de la seguridad en línea en la escuela La alfabetización digital y mediática y
las correspondientes aptitudes son cruciales para el uso de Internet por los
niños. Como estos comienzan a usar Internet a edades muy tempranas, es
necesario que la educación sobre seguridad en línea comience en los primeros
años, adaptando sus estrategias de aplicación a las diferentes necesidades y
grados de autonomía de niños y adolescentes. Las escuelas están bien situadas
para llegar a la mayoría de los niños, independientemente de la edad, la renta
o el trasfondo familiar, así como a otros de los principales destinatarios de
los mensajes sobre la seguridad en Internet, como son los profesores y los
padres (indirectamente). La seguridad en línea está incluida actualmente, en
tanto que tema específico, en el programa escolar de 23 sistemas educativos en
Europa[35],
pero se aplica insuficientemente, por falta de recursos de enseñanza en línea
pertinentes. La enseñanza de la seguridad en línea en las escuelas es una
acción por la que también se aboga en la Agenda Digital para Europa. Los Estados
miembros deberían: ·
intensificar la aplicación de estrategias que
incluyan la enseñanza de la seguridad en línea en los programas escolares para
2013; ·
reforzar la educación informal sobre dicha
seguridad y prever políticas de «seguridad en línea» en las escuelas y una
formación adecuada del profesorado; ·
apoyar las asociaciones público-privadas para
alcanzar los objetivos precedentes. La Comisión: ·
apoyará la identificación y el intercambio de
las mejores prácticas entre los Estados miembros en los ámbitos de la educación
formal e informal sobre la seguridad en línea, la creación de contenidos
educativos pertinentes, y las asociaciones público-privadas destinadas a
sensibilizar a niños, padres, profesores y cuidadores; ·
elaborará un módulo específico sobre
competencias digitales dentro del Europass y mejorará los indicadores de uso y
de impacto de las TIC en la enseñanza. La industria
debería: ·
participar en asociaciones público-privadas
para apoyar el desarrollo de herramientas y plataformas interactivas que
ofrezcan materiales educativos y de sensibilización a profesores y niños,
basándose en las iniciativas existentes[36]. 2.2.2. Intensificación de las
actividades de sensibilización y participación de los jóvenes Es necesario potenciar las buenas
prácticas de manera que las campañas de sensibilización lleguen
sistemáticamente a todos los niños, padres, profesores y cuidadores en la UE[37]. Las estrategias
de sensibilización deben tener en cuenta los diferentes niveles de desarrollo
de los niños más pequeños y los adolescentes, prestando especial atención a los
más jóvenes y vulnerables, incluidos los que presentan discapacidades
intelectuales y de aprendizaje. Al mismo tiempo, la educación por iguales
constituye una estrategia valiosa para que niños de todas las edades conozcan
sus derechos y responsabilidades en línea. La Comisión: ·
financiará, a partir de 2014, la creación de
una infraestructura de servicios interoperables a escala de la UE en apoyo de
los Centros de Seguridad en Internet, que proporcione herramientas en línea de
información y sensibilización sobre la seguridad, así como plataformas para la
participación de los jóvenes; la plataforma también incluirá evaluaciones
comparativas para el intercambio de las mejores prácticas[38]; ·
renovará el Portal Europeo de la Juventud, en
consonancia con la estrategia de la UE sobre la juventud[39] de manera que
ofrezca un entorno virtual dinámico y seguro para que los jóvenes compartan
información; el objetivo es que se convierta en una referencia con información
de calidad para los jóvenes sobre estudios, trabajo, voluntariado, intercambios
juveniles, cultura, creatividad, salud y otros ámbitos de interés para los
jóvenes de toda Europa, así como para la participación juvenil en línea,
llegando a todos los jóvenes europeos, incluidos los que disfrutan de menos
oportunidades. Los Estados
miembros deberían: ·
apoyar en la misma medida que la Comisión las
campañas de sensibilización del público a nivel nacional; ·
implicar a los niños en el desarrollo de las
campañas nacionales y/o la legislación que repercuta sobre sus actividades en
línea; ·
apoyar en la misma medida que la Comisión a
los paneles nacionales de jóvenes. La industria
debería respaldar la intensificación de las actividades de sensibilización: ·
facilitando financiación y asistencia técnica
a las ONG y proveedores de educación para el desarrollo de recursos; ·
distribuyendo materiales de sensibilización a
sus clientes bien en el punto de venta, bien a través de sus canales en línea. 2.2.3. Herramientas de denuncia
sólidas y sencillas para los usuarios A fin de capacitar a los menores para
afrontar riesgos tales como el ciberacoso o la captación[40], es preciso contar
en toda la UE con sólidos mecanismos de denuncia de contenidos y contactos que
parezcan nocivos para ellos a través de servicios y dispositivos en línea. Estos mecanismos también complementarán
el objetivo de facilitar a los ciudadanos la denuncia de los ciberdelitos,
especialmente en el contexto del desarrollo de la red de plataformas nacionales
de alerta sobre la ciberdelincuencia y del futuro Centro Europeo sobre la
Ciberdelincuencia[41].
Al mismo tiempo, complementarán las
líneas directas 116 que ofrecen ayuda y asistencia para los niños desaparecidos
y sus padres[42],
ya que la violencia contra menores en línea puede ser causa de desaparición de niños
de su domicilio. La industria
debería: ·
establecer y desplegar en toda la UE, en
cooperación con las instancias nacionales pertinentes, un mecanismo que permita
a los menores utilizar sus servicios para denunciar contenidos y
comportamientos nocivos; debería ser visible, fácil de encontrar, reconocible,
accesible por todos y estar disponible en cualquier momento de la experiencia
en línea en que el menor lo pueda necesitar; debería asimismo contar con unas
categorías de denuncia claras y comunes y con una infraestructura
administrativa nítida que garantice una reacción rápida y adecuada; la
tramitación de las denuncias debería hacerse de acuerdo con la legislación
vigente en materia de protección de datos. La Comisión: ·
facilitará la cooperación entre la industria
que suscriba acuerdos de autorregulación paneuropeos y las líneas de ayuda de
los Centros de Seguridad en Internet; ·
estudiará medidas reguladoras si no se
obtienen los resultados esperados de la iniciativa de la industria; ·
seguirá garantizando la correcta aplicación de
la Directiva de servicio universal en lo que se refiere a la obligación de los
Estados miembros de poner en marcha las líneas directas 116000 y financiará la
creación y el funcionamiento de las líneas de notificación de desapariciones de
niños. Los Estados
miembros deberían: ·
proporcionar el apoyo necesario para el
establecimiento y la implantación de los mecanismos de denuncia, especialmente
en aquellos casos en que sea necesaria la cooperación con socios tales como las
líneas de ayuda y los organismos encargados de hacer aplicar la ley; ·
supervisar su buen funcionamiento a nivel
nacional; ·
hacer operativas las líneas directas 116000. 2.3. Crear un entorno en
línea seguro para los menores Aun cuando resulte necesario intensificar
la capacitación y la educación, también lo es complementarlas mediante la
protección. Esto se debe a que los niños no siempre ven los riesgos potenciales
que asumen en línea y/o son conscientes de las posibles consecuencias de sus
acciones. Y sin embargo, su exposición a contenidos o comportamientos nocivos
puede ser motivo tanto de experiencias angustiosas en línea como de riesgos en
el mundo fuera de línea. Por lo tanto, es preciso aplicar medidas que eviten
que los niños entren en contacto con tales contenidos o comportamientos. Las
acciones que se proponen van destinadas tanto a los niños más pequeños como a
los adolescentes, ya que los niños de edades diferentes utilizan las nuevas
tecnologías de maneras también diferentes y no es posible encontrar una solución
única válida para todos los menores o para su seguridad en línea. Cuando
procede, se señalan las diferencias de enfoque en función de la edad. 2.3.1. Parámetros de
confidencialidad ajustados a la edad Aunque existan riesgos para la privacidad
en relación con todos los usuarios, los menores constituyen un grupo
particularmente vulnerable. Los niños más pequeños, en particular, no saben
cómo modificar sus parámetros de confidencialidad y no entienden las posibles
consecuencias de sus acciones, tales como convertirse en presa fácil para la
captación o arriesgar su reputación en línea. Por tanto, es preciso gestionar
los parámetros de confidencialidad predefinidos para los niños de manera que se
garantice que sean lo más seguros posible. Se espera
que la industria: ·
aplique[43]
unos parámetros de confidencialidad predefinidos transparentes y adaptados a la
edad, con una información clara y advertencias a los menores sobre las posibles
consecuencias de las modificaciones que introduzcan en sus parámetros de confidencialidad
predefinidos e información contextual sobre el nivel de privacidad de cada
información exigida o sugerida para crear un perfil en línea; ·
aplique medios técnicos para la identificación
y la autenticación electrónicas. La Comisión: ·
ha propuesto un nuevo Reglamento sobre
protección de datos que tiene en cuenta específicamente la intimidad de los
niños e introduce el «derecho a ser olvidado»; ·
tiene la intención de proponer en 2012 un
marco comunitario para la autenticación electrónica que permita el uso de
atributos personales (la edad, en particular) para garantizar el cumplimiento
de las disposiciones relativas a las edades de la propuesta de Reglamento sobre
protección de datos; ·
apoyará la I+D encaminada al desarrollo de
medios técnicos de identificación y autenticación electrónicas en los servicios
pertinentes en toda la UE, así como su despliegue. Los Estados
miembros deberían: ·
velar por que se aplique a nivel nacional la
legislación de la UE en este ámbito; ·
fomentar la adopción de medidas de autorregulación
por parte de la industria, efectuando un seguimiento de su aplicación a nivel
nacional; ·
apoyar las actividades de sensibilización a
nivel nacional. 2.3.2. Mayor disponibilidad y
uso del control parental El 80 % de los padres cree que
mejorar la disponibilidad y el rendimiento de las herramientas de control
parental contribuiría a un uso más seguro y eficaz de Internet por parte de sus
hijos[44].
Sin embargo, por término medio, solo un 28 % de los padres de Europa
bloquea o filtra los sitios web visitados por sus hijos[45]. Con el debido
respeto a la libertad de expresión, el control parental es una medida
complementaria que contribuye a proteger a los niños más pequeños de los
contenidos en línea perjudiciales, ya que permite filtrar contenidos y vigilar
la actividad en línea. Es necesario garantizar la disponibilidad y el uso
generalizados de las herramientas de control parental en varias lenguas para
que los padres puedan decidir con conocimiento de causa si las utilizan o no. La industria
debería: ·
garantizar la disponibilidad de controles
parentales fáciles de configurar y utilizar y accesibles para todos en la
totalidad de los dispositivos con acceso a Internet disponibles en Europa; las
herramientas deberían ser eficientes en cualquier tipo de dispositivo y para
cualquier tipo de contenido, incluido el generado por los usuarios; deberían
ajustarse a las mejores prácticas para garantizar la responsabilidad y la
transparencia; y deberían ser objeto de promoción para que se conozca lo más
posible su existencia y se facilite su utilización. La Comisión: ·
apoyará la evaluación comparativa y el ensayo
de las herramientas de control parental y los servicios de apoyo pertinentes
para capacitar a padres y niños; ·
respaldará la I+D que examine cómo podría
interpretar los sistemas de clasificación por edad y por contenidos un control
parental eficaz capaz de aceptar un abanico más amplio de idiomas; ·
estudiará medidas legislativas si no se
obtienen los resultados esperados de la autorregulación de la industria. Se invita
a los Estados miembros a: ·
apoyar a la industria en sus esfuerzos en este
ámbito y efectuar un seguimiento de su aplicación en los dispositivos vendidos
en su territorio; ·
realizar ensayos y ciclos de certificación
para las herramientas de control parental; ·
promover su disponibilidad. 2.3.3. Uso más amplio de la
clasificación por edades y por contenidos Uno de los riesgos que acechan a los
menores en línea es el de contemplar contenidos inapropiados (tales como
pornografía o violencia). El objetivo es contar con un enfoque generalmente
aplicable, transparente y coherente con respecto a la clasificación por edades
y contenidos a escala de la UE para diversos contenidos o servicios (incluidos
los juegos en línea, las aplicaciones y los contenidos educativos y culturales
en general) y explorar soluciones innovadoras (por ejemplo, calificación por
los usuarios o automática). El sistema debería proporcionar a los padres unas
categorías de edad comprensibles, aun reconociendo que un mismo contenido puede
ser considerado adecuado para diferentes categorías de edad en distintos
países. Este enfoque debería aplicarse con coherencia en todos los sectores,
combatiendo así las discrepancias en la aplicación de los sistemas actuales
para los distintos medios de comunicación en beneficio de la competencia en el
mercado. La industria
debería: ·
establecer un enfoque común a la UE para la
clasificación por edades y contenidos aplicable en todos los servicios, según
lo descrito anteriormente, apoyándose en el éxito de iniciativas existentes
tales como PEGI; ·
estudiar cómo hacer que los sistemas de
control parental lo interpreten. La Comisión
respaldará: ·
la autorregulación en este ámbito, pero
estudiará también posibles medidas legislativas si no se obtienen los
resultados esperados de la autorregulación de la industria; ·
a partir de 2014, la implantación de
plataformas interoperables para la prestación de servicios adaptados a la edad. Se invita
a los Estados miembros a: ·
cooperar con arreglo a su propia normativa en
este ámbito e instar a las partes interesadas pertinentes a nivel nacional a
que contribuyan a la definición y aplicación de los sistemas de clasificación
por edades y por contenidos de la UE; ·
apoyar el proceso de reclamaciones que exige
el funcionamiento adecuado de tales sistemas. 2.3.4. Publicidad en línea y
gasto excesivo Los niños, especialmente los más jóvenes,
no han desarrollado aún la capacidad para asimilar críticamente los mensajes
publicitarios. En los mundos virtuales, a menudo los niños pueden pagar los bienes
virtuales a través de sus teléfonos móviles, con llamadas o mensajes, y, por
tanto, sin necesidad de autorización parental previa[46]. Los niños también
pueden tratar de acceder a sitios de apuestas o juegos de azar. Pueden
descargarse tonos para el teléfono móvil o acceder accidentalmente a Internet
desde el mismo. Todo ello podría traducirse en elevados gastos. Los objetivos son asegurarse de que las
normas sobre publicidad en sitios web para niños permitan un nivel de
protección comparable al de la publicidad en los servicios audiovisuales[47] y que, en cuanto a
la publicidad orientada a comportamientos, no se creen segmentos para niños,
así como garantizar que el gasto que efectúan los niños en línea o en su móvil
no genere elevados costes imprevistos. La industria
deberá observar la legislación en vigor[48],
en particular en lo que se refiere a los perfiles en línea y la publicidad
orientada a comportamientos. Debería: ·
proporcionar información transparente, clara y
adaptada a la edad sobre el coste de los servicios que pueden adquirirse en
línea y evitar los parámetros predefinidos que permitan a un menor acceder
fácilmente a servicios que exigen un pago adicional; ·
evitar dirigirse directamente a los menores
invitándoles a comprar bienes o créditos virtuales con su teléfono móvil o por
otro medio que no requiera un control parental previo; pensar en posibles
advertencias contextuales tempranas acerca de los costes adicionales en
beneficio de niños y padres; ·
basarse en normas de autorregulación, tales
como las definidas por la Alianza Europea por la Ética en la Publicidad para la
publicidad comportamental[49]
y aplicar de forma proactiva medidas que eviten la exposición de los menores a
publicidad inadecuada en cualquier tipo de medio en línea; ·
adoptar medidas encaminadas a impedir que los
menores accedan a sitios de juegos de azar en línea. La Comisión: ·
intensificará la vigilancia del respeto de las
normas vigentes en la UE y fomentará nuevas medidas de autorregulación a fin de
proteger mejor a los menores de la publicidad inadecuada y el gasto excesivo; ·
estudiará la adopción de legislación adicional
si no se obtienen los resultados esperados de la autorregulación; ·
abordará con más detenimiento la cuestión más
amplia de los menores en tanto que consumidores en la futura Agenda del
Consumidor; ·
estudiará la manera óptima de mejorar la
protección de los menores en una Comunicación sobre el juego de azar en línea
en el mercado interior que se presentará en 2012. Se invita
a los Estados miembros a: ·
velar por que las empresas activas a nivel
nacional observen la legislación en este ámbito; ·
apoyar a la industria en la elaboración de
códigos de conducta sobre publicidad en línea inapropiada y supervisar su
aplicación a nivel nacional. 2.4. Luchar contra los abusos
sexuales y la explotación sexual de los niños Internet se utiliza cada vez más para la
distribución de imágenes de abusos sexuales a menores. Hay una serie de
problemas que deben abordarse: es necesario identificar, rescatar y prestar
apoyo a las víctimas, adoptar medidas contra los autores y frenar la
circulación permanente de imágenes detectando y suprimiendo las imágenes de
abuso sexual infantil en Internet y evitando que vuelvan a subirse. 2.4.1. Identificación
sistemática y más rápida de la pornografía infantil difundida a través de
diversos canales en línea, denuncia y retirada de este material Es preciso reforzar la visibilidad de los
actuales puntos de notificación (líneas de denuncia) a los que los ciudadanos
pueden comunicar los contenidos ilícitos, incluyendo enlaces a eventuales
mecanismos de denuncia a escala de la UE y medidas para informar acerca de
ciberdelitos que puedan desarrollarse en el futuro. Son necesarias igualmente
mejoras en el proceso que lleva a detectar sistemáticamente las imágenes de pornografía
infantil, retirarlas e impedir que vuelvan a cargarse. Las acciones en este ámbito deben
ajustarse a la nueva Directiva sobre la lucha contra los abusos sexuales a
menores y la pornografía[50],
la Directiva sobre comercio electrónico[51],
la legislación sobre protección de datos en vigor y la Carta de los Derechos
Fundamentales de la UE. La Comisión:
·
apoyará la cooperación entre la industria, los
cuerpos policiales y las líneas de denuncia para mejorar el proceso y reducir
el plazo necesario para retirar las imágenes de pornografía infantil,
coordinará la puesta en común de herramientas y recursos y seguirá apoyando la
red INHOPE de líneas de denuncia para que los ciudadanos puedan notificar los
contenidos ilícitos, complementándola con medidas adecuadas que permitan seguir
reduciendo los plazos de retirada, y explorando la manera de aumentar su
visibilidad pública; ·
apoyará la I+D sobre el despliegue de
soluciones técnicas innovadoras para las investigaciones policiales,
concretamente para una identificación y cotejo más eficientes de los materiales
de pornografía infantil difundidos a través de diferentes canales en Internet,
y para suprimir dichas imágenes e impedir que vuelvan a la Red; ·
apoyará la formación con vistas a hacer
cumplir la ley; ·
adoptará una iniciativa horizontal sobre los
procedimientos de aviso y actuación; abordará, en particular, los obstáculos
que se oponen a un mecanismo eficaz de aviso y cierre para todas las categorías
de contenidos ilícitos, incluidas las imágenes de pornografía infantil[52]. Los Estados
miembros deberían: ·
incrementar los recursos de los cuerpos
policiales que luchan contra la pornografía infantil en línea; ·
garantizar, en consonancia con la Directiva
relativa a la lucha contra los abusos sexuales de los menores, la existencia de
instrumentos de investigación eficaces que potencien la capacidad de los
investigadores para identificar a las víctimas, acompañados de salvaguardias
eficaces para garantizar la responsabilidad democrática en el empleo de los
mismos; ·
prestar un apoyo equivalente para el
funcionamiento y visibilidad de las líneas nacionales de denuncia en las que la
población puede notificar los contenidos ilícitos que encuentra en línea; ·
apoyar la mejora de la cooperación entre las
líneas de denuncia y la industria para retirar el material sobre abuso
infantil. La
industria: ·
queda invitada a tomar medidas, incluidas
medidas anticipatorias, para eliminar el material de pornografía infantil de
Internet; ·
debería reforzar la cooperación con los
cuerpos policiales y las líneas de denuncia para afinar los procedimientos de
aviso y cierre y establecer referencias; ·
queda invitada a desarrollar y utilizar
herramientas para aumentar la eficacia de la identificación de las imágenes de
abusos sexuales a niños, los procedimientos de aviso y cierre y la prevención
de la reinserción de imágenes en la Red. 2.4.2. Cooperación con socios
internacionales para luchar contra los abusos sexuales y la explotación sexual
de los niños Internet no conoce fronteras, motivo por
el cual resulta esencial la cooperación internacional. Es necesario un enfoque
mundial para abordar estos problemas de modo más coordinado y sostenible. Es
posible que un material de pornografía infantil sea contemplado y denunciado en
un país, esté alojado en otro y haya sido subido a Internet desde un tercero:
se ha comprobado que más de la mitad del material de pornografía infantil
denunciado a la Internet Watch Foundation en 2011 se encontraba fuera de
Europa[53].
En el mismo informe se señala que los métodos de distribución y la manera en
que se accede al material se modifican constantemente, a medida que evoluciona
la tecnología: esto exige que las líneas de denuncia sigan desarrollando sus
estrategias y herramientas de manera que puedan identificar y combatir de forma
colectiva la presencia de pornografía infantil en sus cambiantes contextos en
línea. La Comisión: ·
instará a la red INHOPE de líneas de denuncia
a seguir sumando miembros en todo el mundo (ya forman parte de ella Rusia,
Japón, EE.UU., Australia, Sudáfrica o Corea del Sur); ·
apoyará la aplicación del Convenio sobre la
Ciberdelincuencia del Consejo de Europa y la promoción de sus principios
mediante medidas de protección técnica y jurídica; ·
trabajará con los interlocutores
internacionales a través de estructuras tales como el Grupo de Trabajo
UE-EE.UU. sobre Ciberseguridad y Ciberdelincuencia, en el que se establecen
prioridades comunes en este ámbito, incluida la cooperación para eliminar la
pornografía infantil de Internet y aumentar la capacitación de los menores en
línea; ·
coorganizará una conferencia UE-EE.UU. en
otoño de 2012; ·
tratará de entrar en contacto con otras
regiones del mundo y respaldar la cooperación a nivel mundial. Se invita
a los Estados miembros a: ·
apoyar a la Comisión en sus esfuerzos por
impulsar la cooperación con los interlocutores internacionales. Se invita
a la industria a: ·
intercambiar las mejores prácticas en este
ámbito y cooperar con socios de todo el mundo. 3. Conclusiones Aun cuando ni Internet, ni los
dispositivos utilizados para acceder a ella, ni los servicios disponibles hoy
en día hayan sido creados específicamente para los niños, la investigación pone
de manifiesto que estos ocupan un lugar cada vez más destacado entre sus
usuarios. Los niños, por tanto, constituyen un grupo específico que requiere
atención: la forma de comportarse hoy en línea de los niños contribuirá a
definir el mundo digital del mañana. Un esfuerzo europeo mancomunado en este
ámbito facilitará el desarrollo de infraestructuras interoperables y sostenibles
para proporcionar a los niños una Internet mejor e impulsará el crecimiento y
la innovación. Aumentar la sensibilización, las aptitudes digitales y la
alfabetización mediática de los niños mejorará sus perspectivas laborales y su
empleabilidad y les ayudará a confiar en el mundo digital. Estimular el
potencial de los contenidos interactivos para niños contribuirá al
establecimiento de un mercado único digital europeo dinámico. Es necesaria una
autorregulación eficaz del sector para la protección y capacitación de los
jóvenes, con una evaluación comparativa apropiada y unos sistemas de
seguimiento independientes, para generar confianza en un modelo de gobernanza
sostenible y responsable capaz de aportar unas soluciones más flexibles,
oportunas y adaptadas al mercado que eventuales iniciativas reguladoras. Al
mismo tiempo, la Comisión seguirá trabajando para incluir los temas
relacionados con la seguridad de los niños en línea en los órdenes del día de
acontecimientos como el Foro sobre la Gobernanza de Internet y para compartir
las mejores prácticas con otras organizaciones internacionales activas en este
ámbito. La Comisión seguirá instando a los proyectos financiados por la UE a
colaborar con los socios internacionales y organizando la conferencia internacional
del Foro «Una Internet más segura», que viene reuniendo desde 2004 a las partes
interesadas de todo el mundo para debatir la seguridad en línea de los niños. Se invita a las autoridades de los
Estados miembros, la industria y otras partes interesadas a avalar la
estrategia propuesta y adoptar las medidas necesarias para garantizar su
correcta aplicación, a través de la cooperación con los demás grupos
interesados. La Comisión establecerá una evaluación
comparativa de las políticas y medidas relacionadas con la seguridad en línea
de los menores en Europa, incluyendo un análisis de los recursos utilizados y
su desglose entre la Comisión, los Estados miembros, el sector privado y el del
voluntariado. Vigilará asimismo estrechamente la aplicación de los actuales
acuerdos de autorregulación suscritos por el sector. Resumen de las acciones Acción || Protagonistas || Calendario Pilar 1 — Contenidos en línea de alta calidad para niños y jóvenes Estimular la producción de contenidos creativos y educativos en línea para niños || Comisión, con el apoyo de los Estados miembros y la industria || Permanentemente a partir de 2012 Promover las experiencias positivas en línea para los más pequeños || Comisión, con el apoyo de los Estados miembros y la industria || Permanentemente a partir de 2012 Pilar 2 — Intensificar la sensibilización y la capacitación Alfabetización digital y mediática y enseñanza de la seguridad en línea en la escuela || Estados miembros, con el apoyo de la Comisión y la industria || A más tardar en 2013 Intensificación de las actividades de sensibilización y participación de los jóvenes || Comisión, con el apoyo de los Estados miembros y la industria || Permanentemente a partir de 2012 Herramientas de denuncia sólidas y sencillas para los usuarios || Industria, con el apoyo de la Comisión y los Estados miembros || Primeros resultados para finales de 2012. Plena aplicación en un plazo de 18 meses Pilar 3 — Crear un entorno en línea seguro para los niños Parámetros de confidencialidad ajustados a la edad || Industria, con el apoyo de la Comisión y los Estados miembros || Primeros resultados para finales de 2012. Plena aplicación en un plazo de 18 meses Mayor disponibilidad y uso del control parental || Industria, con el apoyo de la Comisión y los Estados miembros || Primeros resultados para finales de 2012. Plena aplicación en un plazo de 18 meses Uso más amplio de la clasificación por edades y por contenidos || Industria, con el apoyo de la Comisión y los Estados miembros || Primeros resultados para finales de 2012. Propuestas completas en un plazo de 18 meses Publicidad en línea y gasto excesivo || Industria, con el apoyo de la Comisión y los Estados miembros || Permanentemente a partir de 2012 Pilar 4 — Luchar contra los abusos sexuales y la explotación sexual de los niños Identificación sistemática y más rápida de la pornografía infantil difundida a través de diversos canales en línea, denuncia y retirada de este material || Comisión, con el apoyo de los Estados miembros y la industria || Permanentemente a partir de 2012, con los primeros resultados a finales de 2012 Cooperación con socios internacionales para luchar contra los abusos sexuales y la explotación sexual de los niños || Comisión, con el apoyo de los Estados miembros y la industria || Permanentemente a partir de 2012 [1] COM (2011) 60 final. [2] En este contexto, el término «niño» se refiere a todo
ser humano menor de 18 años de edad, según se define en la Convención de las
Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño. [3] COM(2010) 245 final/2. [4] Prioridades clave de la estrategia de la UE en la
materia, «Cibercapacidades para el siglo XXI», COM (2007) 496. [5] Encuesta «Flash» de Eurobarómetro nº 2008. [6] Fuente: Livingstone, S., Haddon, L., Görzig, A., &
Ólafsson, K: Risks and safety on the internet: The perspective of
European children. Full findings. (2011), elaborado dentro del
proyecto EUKidsOnline II. [7] La Agenda de la UE en pro de los Derechos del Niño (COM
(2011) 60 final) incluye unos principios generales encaminados a garantizar la
ejemplaridad de las acciones de la UE en cuanto al respeto de la Carta de los
Derechos Fundamentales de la Convención de las Naciones Unidas sobre los
Derechos del Niño. En el marco de la Agenda de la UE en pro de los Derechos del
Niño, la Comisión estableció su «zona infantil» (http://europa.eu/kids-corner/)
y puso en marcha el sitio web europeo sobre los derechos del niño (http://ec.europa.eu/0-18/). [8] http://www.tavess.com/DigitalContentDelivery_June11.php,
consultada el 20.3.2012. Todas las cifras expresadas en dólares se convirtieron
en euros el 20.3.2012. [9] The Economist, edición en línea, consultado el
20.3.2012. Todas las cifras expresadas en dólares se convirtieron en euros el
20.3.2012 (http://www.economist.com/node/21541164?frsc=dg%7Cb). [10] La protección de los menores en el mundo digital, COM
(2011) 556 final. [11] Code of Practice on Parental controls firmado por
BT, Talk Talk, Virgin Media y Sky
(http://www.productsandservices.bt.com/consumer/assets/downloads/BT_TalkTalk_Sky_Virgin_Code_of_Practice_28_Oct.pdf). [12] Esto significa que se pregunta a los clientes en el
momento de la compra si desean disponer de control parental y se les ofrece gratuitamente.
[13] http://www.education.gov.uk/inthenews/inthenews/a0077662/bailey-review-of-the-commercialisation-and-sexualisation-of-childhood-final-report-published
[14] La Comisión financia el estudio SIP Bench, que evalúa los
productos, herramientas y servicios que permiten a los usuarios controlar el
acceso en línea de los menores a contenidos inadecuados. [15] Véase la nota 6. [16] La Comisión organizó en 2011 un concurso paneuropeo de
contenidos de calidad en línea para niños junto con los Centros de Seguridad en
Internet de Alemania, Bélgica, República Checa, Eslovenia, España, Francia,
Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Países Bajos, Polonia y Portugal.
El concurso tenía dos apartados: contenidos creados por adultos y contenidos
creados por adolescentes para niños más pequeños. Los contenidos presentados al
apartado «creados por adultos» fueron muy dispares en los países participantes,
oscilando entre los 3 proveedores en Portugal, 6 en Italia y 7 en Eslovenia y
los 84 en Polonia, 92 en Alemania y 200 en los Países Bajos. [17] Fuente: Livingstone, S., & Haddon, L.: EU Kids Online Final Report
(2009), elaborado dentro del proyecto EUKidsOnline I. [18] Fuente: O'Neill, B., Livingstone, S., & McLaughlin, S:
Final recommendations for policy, methodology and research (2011),
elaborado dentro del proyecto EUKidsOnline II. [19] Agresiones filmadas denominadas en inglés «happy
slapping». [20] Habitualmente denominadas «sexteo» o «sexting». [21] OECD (2011), The protection of children online: Risks
faced by children online and policies to protect them, OECD Digital Economy
Papers, No 179, OECD Publishing. [22] Véanse el informe de Europol Organised Crime Threat
Assessment, de 2011, y el estudio del Consejo de Europa sobre el uso
ilícito de Internet para la captación de las víctimas de la trata de personas,
de 2007. [23] Ficha sobre las competencias electrónicas: http://eskills-week.ec.europa.eu/c/document_library/get_file?uuid=6f0a6d8e-49e7-42ac-8f2b-f5adba460afc&groupId=10136 [24] Fuente: Livingstone, S., Ólafsson, K. & Staksrud, E.: Social Networking, Age and
Privacy (2011), elaborado dentro del proyecto EUKidsOnline II. [25] Véase la nota 6. [26] Directiva 2010/13/UE del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 10 de marzo de 2010, sobre la coordinación de determinadas disposiciones
legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas a
la prestación de servicios de comunicación audiovisual (Directiva de servicios
de comunicación audiovisual); Recomendación 98/560/CE del Consejo, de 24 de septiembre
de 1998, relativa al desarrollo de la competitividad de la industria europea de
servicios audiovisuales y de información mediante la promoción de marcos
nacionales destinados a lograr un nivel de protección comparable y efectivo de
los menores y de la dignidad humana; Recomendación 2006/952/CE del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, relativa a la protección de
los menores y de la dignidad humana y al derecho de réplica en relación con la
competitividad de la industria europea de servicios audiovisuales y de
información en línea. [27] El «Marco europeo para un uso más seguro de los teléfonos
móviles por parte de niños y adolescentes», firmado por los operadores de
telefonía móvil, ilustra su empeño en proporcionar mecanismos de control del
acceso, aumentar la sensibilización y promover la educación, aplicar la
clasificación de los contenidos comerciales y hacer frente a los contenidos
ilícitos tanto en los productos móviles como en Internet; los «Principios de la
UE para unas redes sociales más seguras», firmados por los proveedores de
servicios de redes sociales, les comprometen a sensibilizar acerca de los
mensajes de educación en seguridad, garantizar unos servicios adaptados a la
edad, capacitar a los usuarios a través de herramientas y tecnología, facilitar
unos mecanismos de notificación de fácil uso, dar respuesta a las
notificaciones de contenidos y comportamientos ilícitos, favorecer y fomentar
un enfoque de seguridad con respecto a la intimidad y la información personal, y
evaluar los medios para revisar los contenidos/comportamientos ilícitos o
prohibidos; «PEGI» es un acuerdo paneuropeo de clasificación por edades de los
videojuegos y juegos de ordenador, que incluye a 30 países europeos. [28] La autorregulación se apoyará inicialmente en la
«Coalición para hacer de Internet un lugar mejor para los niños», impulsada por
la Comisión y que cuenta con el respaldo de grandes empresas activas en Europa,
pertenecientes a todos los sectores de la industria, que se han comprometido a trabajar
en favor de la aplicación de cinco medidas concretas para diciembre de 2012. [29] Decisión nº 1351/2008/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 16 de diciembre de 2008, por la que se establece un programa
comunitario plurianual sobre la protección de los niños en el uso de Internet y
de otras tecnologías de la comunicación. [30] Mecanismo «Conectar Europa» (MCE) creado en virtud del
Marco Financiero Plurianual —Un presupuesto para Europa 2020, COM(2011) 500,
partes I y II; Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por
el que se crea el Mecanismo «Conectar Europa» COM (2011) 665—, sin perjuicio de
la decisión final y los importes definitivos sobre las propuestas del MCE y el
Marco Financiero Plurianual de la UE, teniendo en cuenta el contexto político
más amplio de la estrategia Europa 2020. [31] Programa Marco de Investigación e Innovación de la UE, sin
perjuicio de la decisión final y los importes definitivos sobre la propuesta
relativa a Horizonte 2020 y el Marco Financiero Plurianual de la UE, teniendo
en cuenta el contexto político más amplio de la estrategia Europa 2020. [32] En este contexto, el término se refiere a una lista de
sitios web comprobados que ofrecen contenidos en línea de alta calidad para los
jóvenes. Las listas serían creadas y mantenidas por especialistas (públicos y/o
privados) en el ámbito de que se trate en respuesta a sugerencias de sitios
enviadas por los usuarios o a peticiones directas de inclusión en la lista
formuladas por las empresas, por ejemplo, la iniciativa alemana fragfinn. [33] En el marco del Programa «Una Internet más Segura» se
elaboraron en 2010 unas directrices para la producción y oferta de contenidos
en línea destinados a niños y jóvenes (http://ec.europa.eu/information_society/activities/sip/docs/competition/final_draft.pdf).
[34] La Comisión ha establecido un planteamiento europeo con
respecto a la alfabetización mediática en el entorno digital en su Comunicación
al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al
Comité de las Regiones – Un planteamiento europeo de la alfabetización
mediática en el entorno digital, COM(2007) 833, y en la Recomendación de la
Comisión, de 20 de agosto de 2009, sobre la alfabetización mediática en el
entorno digital para una industria audiovisual y de contenidos más competitiva
y una sociedad del conocimiento incluyente, C(2009) 6464. [35] http://eacea.ec.europa.eu/education/eurydice/documents/thematic_reports/121EN.pdf. [36] Tales como www.teachtoday.eu. [37] Apoyándose también en iniciativas ya existentes como la
Semana Europea de la Capacitación Digital. [38] A reserva de la adopción de la legislación necesaria. [39] COM(2009) 200 final y Resolución del Consejo de 27 de
noviembre de 2009 relativa a un marco renovado para la cooperación europea en
el ámbito de la juventud (2010-2018). [40] Por captación (grooming) se entienden las acciones
emprendidas deliberadamente con el objetivo de entablar amistad y crear un
vínculo emocional con un menor con fines de actividad sexual o explotación del
mismo. [41] COM (2012) 140 final. [42] Decisión 2007/116/CE de la Comisión, de 15 de febrero de
2007, relativa a la reserva del rango de numeración nacional que comienza por
«116» como números armonizados para los servicios armonizados de valor social.
Directiva 2002/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de
2002, relativa al servicio universal y los derechos de los usuarios en relación
con las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva
servicio universal). [43] La aplicación de las medidas relativas a la protección de
los datos y la intimidad deberá ajustarse a la legislación europea pertinente,
incluidos los resultados de la revisión en curso de la actual Directiva sobre
protección de datos: Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en
lo que con respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos. La Comisión ha presentado una propuesta de Reglamento
del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos, COM (2012) 11 final. [44] Véase la nota 5. [45] Véase la nota 6. [46] La fundación neerlandesa «Mi hijo en línea» publicó en
2011 el informe Pas op je Portemonnee, en el que se refleja un aumento
del número de denuncias relativas al dinero que gastan los niños en los mundos
virtuales. El informe británico Briefing on the internet, e-commerce,
children and young people presenta una panorámica de los problemas relacionados
con los niños y el comercio electrónico. [47] Según se indica en la Directiva sobre servicios
audiovisuales. [48] Incluidas las Directivas de protección de datos y de la
intimidad actualmente en vigor. La publicidad y las prácticas comerciales
dirigidas a los niños deben respetar la Directiva 2005/29/CE del Parlamento
Europeo y del Consejo sobre prácticas comerciales desleales. [49] http://www.easa-alliance.org/page.aspx/386. [50] Directiva 2011/93/UE del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 13 de diciembre de 2011, relativa a la lucha contra los abusos sexuales y la
explotación sexual de los menores y la pornografía infantil, que considera
delito la pornografía infantil, la captación de niños, el abuso sexual a través
de las cámaras web o la visualización de pornografía infantil sin descarga de
archivos. [51] Directiva 2000/31/CE del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 8 de junio de 2000, relativa a determinados aspectos jurídicos de los
servicios de la sociedad de la información, en particular el comercio
electrónico, en el mercado interior (Directiva sobre el comercio electrónico),
que sienta las bases de los procedimientos de notificación y supresión. [52] Anunciado en la Comunicación sobre un marco coherente para
aumentar la confianza en el mercado único digital del comercio electrónico y
los servicios en línea, COM(2011) 942. [53] Internet Watch Foundation (línea británica de denuncia): Annual
and Charity Report 2011.