52011DC0681

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Estrategia renovada de la UE para 2011-2014 sobre la responsabilidad social de las empresas /* COM/2011/0681 final */


ÍNDICE

1........... Introducción................................................................................................................... 4

1.1........ Abordar la responsabilidad social de las empresas redunda en interés de las empresas…. 4

1.2........ … y en interés de la sociedad en su conjunto................................................................... 4

1.3........ ¿Por qué presenta la Comisión ahora esta nueva estrategia?............................................. 5

2........... Evaluación del impacto de la política europea sobre la RSE............................................. 5

3........... Una interpretación moderna de la responsabilidad social de las empresas......................... 7

3.1........ Una nueva definición....................................................................................................... 7

3.2........ Principios y directrices reconocidos internacionalmente.................................................... 8

3.3........ La naturaleza pluridimensional de la RSE......................................................................... 8

3.4........ El papel de los poderes públicos y otras partes interesadas.............................................. 9

3.5........ La RSE y la iniciativa de empresa social.......................................................................... 9

3.6........ La RSE y el diálogo social.............................................................................................. 9

4........... Un programa de acción para el periodo 2011-2014...................................................... 10

4.1........ Mejora de la visibilidad de la RSE y difusión de buenas prácticas................................... 10

4.2........ Mejora y seguimiento de la confianza en las empresas.................................................... 11

4.3........ Mejora de los procesos de autorregulación y corregulación........................................... 11

4.4........ Mejora de la recompensa que supone la RSE en el mercado......................................... 12

4.4.1..... Consumo...................................................................................................................... 12

4.4.2..... Contratación pública..................................................................................................... 12

4.4.3..... Inversión...................................................................................................................... 13

4.5........ Mejora de la divulgación de información de carácter social y medioambiental por parte de las empresas           13

4.6........ Mayor integración de la RSE en la educación, la formación y la investigación................. 14

4.7........ Insistencia en la importancia de las políticas nacionales y subnacionales sobre RSE......... 15

4.8........ Mejora de la armonización de los enfoques europeo y mundial sobre RSE..................... 15

4.8.1..... Mayor atención a los principios y directrices sobre RSE reconocidos internacionalmente 15

4.8.2..... Aplicación de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos  16

4.8.3..... Puesta de relieve de la RSE en las relaciones con otros países y regiones del mundo.................................................................................................................... 17

5........... Conclusión................................................................................................................... 18

1. Introducción

La Comisión Europea definió, en su momento, el concepto de la responsabilidad social de las empresas (RSE) como «la integración voluntaria, por parte de las empresas, de las preocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones comerciales y sus relaciones con sus interlocutores»[1].

La RSE se refiere a las acciones de las empresas que van más allá de sus obligaciones jurídicas hacia la sociedad y el medio ambiente. Algunas medidas reguladoras crean un entorno más propicio para que las empresas asuman voluntariamente su responsabilidad social.

1.1. Abordar la responsabilidad social de las empresas redunda en interés de las empresas…

Para la competitividad de las empresas es cada vez más importante un enfoque estratégico sobre RSE. Este puede reportar beneficios en cuanto a gestión de riesgos, ahorro de costes, acceso al capital, relaciones con los clientes, gestión de los recursos humanos y capacidad de innovación[2].

Dado que la RSE requiere un compromiso con las partes interesadas internas y externas, permite a las empresas anticipar y aprovechar mejor expectativas sociales y condiciones de funcionamiento que cambian rápidamente. Por tanto, puede impulsar el desarrollo de nuevos mercados y generar oportunidades de crecimiento.

Al asumir su responsabilidad social, las empresas pueden granjearse una confianza duradera de los trabajadores, los consumidores y los ciudadanos que sirva de base para modelos empresariales sostenibles. Una mayor confianza contribuye, a su vez, a crear un entorno en el que las empresas pueden innovar y crecer.

1.2. … y en interés de la sociedad en su conjunto

La RSE puede contribuir de manera significativa a la consecución de los objetivos del Tratado de la Unión Europea de alcanzar un desarrollo sostenible y una economía social de mercado altamente competitiva. Asimismo, contribuye a lograr los objetivos de la Estrategia Europa 2020 para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, incluido el de una tasa de empleo del 75 %[3]. El comportamiento responsable de las empresas es especialmente importante cuando agentes del sector privado ofrecen servicios públicos. Ayudar a reducir los efectos sociales de la actual crisis económica, como la pérdida de puestos de trabajo, forma parte de la RSE. Esta conlleva un conjunto de valores sobre el que debe construirá una sociedad más cohesiva y en el que se basará la transición a un sistema económico sostenible.

1.3. ¿Por qué presenta la Comisión ahora esta nueva estrategia?

Tanto el Consejo como el Parlamento Europeo han pedido a la Comisión que desarrolle aún más su política en materia de RSE[4]. En la Estrategia Europa 2020, la Comisión se comprometió a renovar la estrategia de la UE para promover la RSE. Asimismo, en su Comunicación de 2010 sobre una política industrial, afirmó que presentaría una nueva iniciativa sobre la RSE[5]. Por último, en el Acta del Mercado Único anunció que adoptaría una nueva comunicación sobre RSE antes de finales de 2011[6].

La crisis económica y sus consecuencias sociales han dañado en cierta medida la confianza de los consumidores en las empresas. En efecto, han focalizado la opinión pública en el comportamiento social y ético de estas últimas. Al renovar ahora el esfuerzo por promover la RSE, la Comisión desea crear condiciones favorables para un crecimiento sostenible, un comportamiento responsable de las empresas y la creación de empleo duradero a medio y largo plazo.

2. Evaluación del impacto de la política europea sobre la RSE

Desde la publicación de su Libro Verde[7] de 2001 y el establecimiento del Foro Multilateral Europeo sobre la RSE, la Comisión ha sido pionera en el desarrollo de políticas públicas para promover la RSE. En 2006, anunció una nueva política cuyo elemento central consistía en apoyar firmemente una iniciativa impulsada por las empresas denominada Alianza Europea para la RSE[8]. En esta política se determinaron también ocho ámbitos de acción prioritarios de la UE: aumento de la sensibilización e intercambio de las mejores prácticas; apoyo a iniciativas multilaterales; cooperación con los Estados miembros; información de los consumidores y transparencia; investigación; educación; pequeñas y medianas empresas; y dimensión internacional de la RSE.

Esta política ha contribuido a los avances realizados en el ámbito de la RSE. Entre los indicadores de progreso figuran los siguientes:

– el número de empresas de la UE que han suscrito los diez principios de RSE del Pacto Mundial de las Naciones Unidas ha aumentado de 600, en 2006, a más de 1 900, en 2011;

– el número de organizaciones que tienen sitios registrados en el marco del Sistema de Gestión y Auditoría Medioambientales (EMAS) ha aumentado de 3 300, en 2006, a más de 4 600, en 2011[9];

– el número de empresas de la UE que han suscrito acuerdos de empresa transnacionales con organizaciones de trabajadores europeas o mundiales, que abarcan asuntos como las normas laborales, ha aumentado de 79, en 2006, a más de 140, en 2011;

– la adhesión a la Iniciativa de Cumplimiento Social de las Empresas, impulsada por las empresas para mejorar las condiciones de trabajo en sus cadenas de suministro, ha aumentado de 69, en 2007, a más de 700, en 2011;

– el número de empresas europeas que publican informes sobre la sostenibilidad siguiendo las directrices de la Iniciativa Global de Presentación de Informes ha aumentado de 270, en 2006, a más de 850, en 2011.

A través de la Alianza Europea para la RSE, las principales empresas han desarrollado una serie de herramientas prácticas sobre cuestiones clave[10]. En torno a ciento ochenta empresas han manifestado su apoyo a la Alianza. Las asociaciones nacionales de empleadores también han apoyado la Alianza y han emprendido una serie de acciones para promover la RSE.

A pesar de estos avances, sigue habiendo importantes retos pendientes. Muchas empresas de la UE aún no han integrado plenamente las preocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones y su estrategia de base. Se sigue acusando a una pequeña minoría de empresas europeas de vulnerar los derechos humanos y de incumplir normas laborales básicas. Solo quince de los veintisiete Estados miembros de la UE cuentan con políticas nacionales para promover la RSE[11].

La Comisión ha determinado diversos factores que contribuirán a aumentar el impacto de la política en materia de RSE, en particular la necesidad de:

– adoptar un planteamiento multilateral equilibrado que tome en consideración la opinión de las empresas, las partes interesadas no empresariales y los Estados miembros;

– establecer más claramente qué se espera de las empresas y adoptar una definición europea de la RSE coherente con los principios y directrices internacionales nuevos y actualizados;

– promover la recompensa que tiene en el mercado una conducta responsable de las empresas, por ejemplo a través de la política de inversión y la contratación pública;

– tomar en consideración los sistemas de autorregulación y corregulación, que constituyen importantes medios por los que las empresas intentan asumir su responsabilidad social;

– abordar la transparencia de las empresas sobre las cuestiones sociales y medioambientales desde el punto de vista de todas las partes interesadas, incluidas las propias empresas;

– prestar mayor atención a los derechos humanos, que se han convertido en un aspecto mucho más destacado de la RSE;

– reconocer el papel que desempeña la regulación complementaria en la creación de un entorno más propicio para que las empresas asuman voluntariamente su responsabilidad social.

En el resto de la presente Comunicación se presenta una moderna interpretación de la RSE, con una definición actualizada, y un nuevo programa de acción. Para ello, se basa en la política de 2006 e introduce nuevos elementos importantes que pueden contribuir a su vez a aumentar el impacto de esta política. Se busca reafirmar la influencia mundial de la UE en este ámbito, para que pueda promover mejor sus intereses y valores en sus relaciones con otros países y otras regiones. Contribuirá también a orientar y coordinar las políticas de los Estados miembros de la UE y, de este modo, reducir el riesgo de planteamientos divergentes que podrían originar costes adicionales para las empresas que operen en más de un Estado miembro.

3. Una interpretación moderna de la responsabilidad social de las empresas 3.1. Una nueva definición

La Comisión presenta una nueva definición de la RSE, a saber, «la responsabilidad de las empresas por su impacto en la sociedad». El respeto de la legislación aplicable y de los convenios colectivos entre los interlocutores sociales es un requisito previo al cumplimiento de dicha responsabilidad. Para asumir plenamente su responsabilidad social, las empresas deben aplicar, en estrecha colaboración con las partes interesadas, un proceso destinado a integrar las preocupaciones sociales, medioambientales y éticas, el respeto de los derechos humanos y las preocupaciones de los consumidores en sus operaciones empresariales y su estrategia básica, a fin de:

– maximizar la creación de valor compartido para sus propietarios/accionistas y para las demás partes interesadas y la sociedad en sentido amplio;

– identificar, prevenir y atenuar sus posibles consecuencias adversas.

La complejidad de este proceso dependerá de factores como el tamaño de la empresa y la naturaleza de sus operaciones. Para la mayoría de las pequeñas y medianas empresas, especialmente las microempresas, es probable que el proceso de RSE siga siendo informal e intuitivo.

Con el fin de maximizar la creación de valor compartido, se anima a las empresas a adoptar un planteamiento estratégico a largo plazo sobre la RSE, y a estudiar las oportunidades de desarrollar productos, servicios y modelos empresariales innovadores, que contribuyan al bienestar social y la creación de empleos de mayor calidad y más productivos.

Para identificar, prevenir y atenuar sus posibles efectos adversos, se anima a las grandes empresas y a aquellas que presenten un riesgo particular de producir tales efectos a llevar a cabo medidas de diligencia debida basadas en el riesgo, también en sus cadenas de suministro.

Algunos tipos de empresas, como las cooperativas, las mutuas y las empresas familiares, tienen estructuras de propiedad y de gobernanza que pueden ser especialmente propicias para una gestión empresarial responsable.

3.2. Principios y directrices reconocidos internacionalmente

Las empresas que buscan un planteamiento formal sobre la RSE, especialmente las grandes empresas, pueden encontrar orientación autorizada en los principios y directrices reconocidos internacionalmente, en particular las Líneas Directrices de la OCDE para las empresas multinacionales, los diez principios de la iniciativa del Pacto Mundial de las Naciones Unidas, la norma de orientación ISO 26000 sobre responsabilidad social, la Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social de la OIT y los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos. Este conjunto básico de principios y directrices reconocidos internacionalmente representa un marco global evolutivo para la RSE que ha sido reforzado recientemente. La política Europea para promover la RSE debe ser totalmente coherente con este marco.

3.3. La naturaleza pluridimensional de la RSE

Según estos principios y directrices, la RSE abarca, como mínimo, los derechos humanos, las prácticas de trabajo y de empleo (como la formación, la diversidad, la igualdad de género y la salud y el bienestar de los trabajadores), las cuestiones medioambientales (como la biodiversidad, el cambio climático, el uso eficiente de los recursos, la evaluación del ciclo de vida y la prevención de la contaminación) y la lucha contra el fraude y la corrupción. La participación de las comunidades locales y el desarrollo, la integración de las personas con discapacidad y los intereses de los consumidores, incluida la intimidad, forman parte también de la agenda sobre la RSE. Se admite que la promoción de la responsabilidad social y medioambiental en la cadena de suministro y la divulgación de información no financiera son aspectos transversales importantes. La Comisión ha adoptado una Comunicación sobre las políticas de la UE y el voluntariado en la que reconoce el voluntariado, entre los trabajadores como una expresión de la RSE[12].

Además, la Comisión promueve los tres principios de buena gobernanza fiscal en las relaciones entre los Estados, a saber, transparencia, intercambio de información y competencia leal en materia fiscal. Se anima también a las empresas, en su caso, a que trabajen por la implementación de estos principios.

3.4. El papel de los poderes públicos y otras partes interesadas

El desarrollo de la RSE deben liderarlo las propias empresas. Los poderes públicos deben desempeñar un papel de apoyo ofreciendo una combinación inteligente de medidas voluntarias y, en caso necesario, de acciones reguladoras, por ejemplo para promover la transparencia, incentivar en el mercado un comportamiento responsable de las empresas y asegurarse de que estas deben rendir cuentas.

Las empresas deben gozar de cierta flexibilidad para innovar y desarrollar un enfoque de la RSE adecuado a sus circunstancias. Ahora bien, muchas empresas valoran la existencia de principios y directrices respaldados por los poderes públicos para calibrar sus propias políticas y su actuación y promover una situación más equitativa.

Los sindicatos y las organizaciones de la sociedad civil detectan los problemas, ejercen presión por una mejora de la situación y pueden ofrecer una cooperación constructiva a las empresas para la búsqueda conjunta de soluciones. Mediante sus decisiones sobre consumo e inversión, los consumidores y los inversores están en condiciones de mejorar la recompensa que tienen en el mercado las empresas que adoptan un comportamiento socialmente responsable. Los medios de comunicación pueden sensibilizar acerca de los efectos positivos y negativos de las empresas. Los poderes públicos y otras partes interesadas deben demostrar responsabilidad social, por ejemplo en sus relaciones con las empresas.

3.5. La RSE y la iniciativa de empresa social

La RSE es aplicable a todas las empresas. La presente Comunicación se adopta junto con una iniciativa de empresa social (IES) que apoya un tipo específico de empresas, a saber, aquellas cuya primera finalidad es explícitamente de orden social o medioambiental, cuyos beneficios son reinvertidos en esa finalidad y cuya organización interna refleja los objetivos sociales[13]. La IES tiene como finalidad un ecosistema que permita el desarrollo de las empresas sociales y la innovación social y su contribución a la economía de mercado social europea.

3.6. La RSE y el diálogo social

En los últimos años varios comités de diálogo social sectorial han promovido buenas prácticas de RSE y establecido directrices[14]. La Comisión facilita este tipo de iniciativas y reconoce que la RSE contribuye al diálogo social y lo complementa. También se han desarrollado políticas innovadoras y eficaces sobre la RSE a través de los acuerdos de empresa transnacionales celebrados entre empresas y organizaciones de trabajadores europeas o mundiales[15]. La UE apoya activamente los acuerdos de empresa transnacionales y pondrá en marcha una base de datos de dichos acuerdos con función de búsqueda.

4. Un programa de acción para el periodo 2011-2014

Este programa contiene compromisos de la propia Comisión, así como sugerencias para las empresas, los Estados miembros y otros grupos de partes interesadas. Al aplicar este programa, la Comisión tendrá en cuenta en todo momento las características particulares de las PYME, especialmente sus limitados recursos, y evitará la creación de cargas administrativas innecesarias.

4.1. Mejora de la visibilidad de la RSE y difusión de buenas prácticas

Mediante el reconocimiento público de las acciones de las empresas en el ámbito de la RSE, la UE puede ayudar a difundir las buenas prácticas, estimular el aprendizaje entre pares y animar a más empresas a desarrollar sus propios planteamientos estratégicos sobre la RSE. A partir de las enseñanzas derivadas de las iniciativas llevadas a cabo en diferentes Estados miembros, la Comisión apoyará el desarrollo de capacidades de las organizaciones intermediarias de las PYME a fin de mejorar la calidad y disponibilidad de asesoramiento sobre la RSE para estas empresas.

La Comisión ha puesto en marcha una amplia serie de programas para colaborar con las empresas y otras partes interesadas sobre cuestiones sociales y medioambientales esenciales[16]. Será importante reforzar el compromiso con las empresas para aplicar con éxito la Estrategia Europa 2020. A este respecto, la Comisión promoverá el diálogo con las empresas y otras partes interesadas sobre cuestiones como la empleabilidad, el cambio demográfico y el envejecimiento activo[17], y sobre los retos en el lugar de trabajo (por ejemplo, la gestión de la diversidad, la igualdad de género, la educación y la formación y la salud y el bienestar de los trabajadores). Prestará especial atención a los planteamientos sectoriales y la promoción de una conducta empresarial responsable a través de la cadena de suministro.

La iniciativa «Enterprise 2020» de CSR Europe es un ejemplo de liderazgo empresarial en el ámbito de la RSE especialmente pertinente para los objetivos de las políticas de la UE. La Comisión ayudará a examinar los primeros resultados de esta iniciativa, antes de finales de 2012, y a definir sus próximas etapas.

La Comisión se propone:

1. crear, en 2013, plataformas multilaterales sobre RSE en diversos sectores industriales pertinentes, para las empresas, sus trabajadores y otras partes interesadas, a fin de alcanzar compromisos públicos sobre cuestiones de RSE de interés para cada sector y hacer un seguimiento conjunto de los avances;

2. poner en marcha, a partir de 2012, un sistema de premio europeo para asociaciones sobre RSE entre empresas y otras partes interesadas.

4.2. Mejora y seguimiento de la confianza en las empresas

Como todas las organizaciones, incluidos los gobiernos y la propia UE, las empresas necesitan tener la confianza de los ciudadanos. La comunidad empresarial europea debe aspirar a ser uno de los grupos de organizaciones de más confianza para la sociedad. Existe a menudo un desfase entre las expectativas de los ciudadanos y la percepción que estos tienen de la realidad del comportamiento de las empresas. Este desfase se debe en parte a ejemplos de comportamientos irresponsables por parte de algunas empresas y casos de empresas que exageran sus logros en los ámbitos medioambiental o social. Esta situación se debe a veces a que algunas empresas no comprenden suficientemente unas expectativas sociales que evolucionan rápidamente y los ciudadanos no son plenamente conscientes de los logros de las empresas y de las limitaciones con las que estas trabajan.

La Comisión se propone:

3. tratar el problema del marketing engañoso en relación con las consecuencias medioambientales de los productos (el denominado green-washing, que consiste en atribuir falsas virtudes ecológicas a un producto) en el contexto del informe sobre la aplicación de la Directiva relativa a las prácticas comerciales desleales[18], previsto para 2012, y estudiar la necesidad de adoptar medidas específicas sobre esta cuestión;

4. iniciar un debate abierto con los ciudadanos, las empresas y otras partes interesadas sobre el papel y el potencial de las empresas en el siglo XXI, a fin de fomentar una interpretación común de las expectativas y realizar encuestas periódicas sobre la confianza de los ciudadanos en las empresas y las actitudes hacia la RSE.

4.3. Mejora de los procesos de autorregulación y corregulación

Las empresas participan a menudo en procesos de autorregulación o corregulación, por ejemplo con códigos de conducta sectoriales sobre cuestiones sociales pertinentes para el sector en cuestión. Si estos procesos están diseñados adecuadamente pueden ganarse el apoyo de las partes interesadas y convertirse en un medio eficaz para lograr una conducta responsable de las empresas. La UE reconoce la autorregulación y la corregulación como parte de la agenda «Legislar mejor»[19].

La experiencia pone de manifiesto que los procesos de autorregulación y corregulación son más eficaces cuando: están basados en un primer análisis abierto de las cuestiones con todas las partes interesadas, en presencia de poderes públicos como la Comisión Europea y, si es preciso, solicitado por estos; dan lugar, en una fase ulterior, a compromisos claros de todas las partes interesadas, con indicadores de rendimiento; prevén mecanismos de seguimiento objetivos, la revisión del rendimiento y la posibilidad de mejorar los compromisos en función de las necesidades; incluyen un mecanismo de asunción de responsabilidades para tratar las denuncias por incumplimiento.

La Comisión se propone:

5. poner en marcha un proceso, en 2012, con las empresas y otras partes interesadas para elaborar un código de buenas prácticas sobre autorregulación y corregulación que, en principio, debe mejorar la eficacia del proceso de RSE.

4.4. Mejora de la recompensa que supone la RSE en el mercado

Está cada vez más admitido que la RSE tiene consecuencias positivas en la competitividad, pero las empresas siguen enfrentándose a un dilema cuando la vía de actuación socialmente más responsable puede no ser la más beneficiosa desde el punto de vista económico, al menos a corto plazo. La UE debe impulsar políticas en el ámbito del consumo, la contratación pública y la inversión para incentivar más la RSE en el mercado.

4.4.1. Consumo

En los últimos años ha aumentado la atención de los consumidores a cuestiones relacionadas con la RSE, pero persisten importantes obstáculos, como una sensibilidad insuficiente sobre esta cuestión, la necesidad de pagar a veces precios más altos y la falta de acceso fácil a la información necesaria para elegir con conocimiento de causa. Algunas empresas desempeñan un papel pionero en la ayuda a los consumidores a elegir opciones más sostenibles. La revisión del Plan de Acción sobre Consumo y Producción Sostenibles puede ofrecer la oportunidad de establecer nuevas medidas para facilitar un consumo más responsable.

4.4.2. Contratación pública

La Comisión establece el objetivo indicativo de que en 2010 el 50 % de toda la contratación pública en la UE cumpla criterios medioambientales acordados. En 2011, la Comisión publicó una guía sobre una contratación pública socialmente responsable (CPSR), en la que se explica cómo integrar consideraciones sociales en la contratación pública, respetando al mismo tiempo el marco jurídico vigente de la UE[20]. La CPSR puede incluir acciones positivas por parte de los poderes públicos para ayudar a las empresas subrepresentadas, como las PYME, a acceder al mercado de la contratación pública.

Se invita a los Estados miembros y los poderes públicos a todos los niveles a aprovechar plenamente todas las posibilidades que ofrece el actual marco jurídico sobre contratación pública. La integración de criterios medioambientales y sociales en la contratación pública debe realizarse, en particular, de forma que no se discrimine a las PYME y se respeten las disposiciones del Tratado sobre no discriminación, igualdad de trato y transparencia.

La Comisión se propone:

6. facilitar una mejor integración de las consideraciones sociales y medioambientales en la contratación pública como parte de la revisión de 2011 de las Directivas sobre contratación pública, sin añadir cargas administrativas para los poderes adjudicadores o las empresas ni cuestionar el principio de la adjudicación de los contratos a las propuestas económicamente más rentables.

4.4.3. Inversión

En respuesta a la crisis financiera, la Comisión está realizando una serie de propuestas reguladoras para garantizar un sistema financiero más responsable y transparente. Los inversores, si tienen debidamente en cuenta la información no financiera pertinente, pueden contribuir a una utilización del capital más eficiente y a alcanzar mejor los objetivos de inversión a largo plazo. La Comisión apoya el desarrollo de capacidades de los inversores sobre la forma de integrar información no financiera en las decisiones de inversión. En este contexto, anima a las empresas a divulgar información relativa a la implementación de normas sobre buena gobernanza fiscal.

Se invita a los gestores y titulares europeos de activos, especialmente los fondos de pensión, a suscribir los Principios de las Naciones Unidas para la inversión responsable. Los poderes públicos tienen la responsabilidad particular de fomentar la RSE en las empresas que son propiedad suya o las empresas en las que invierten.

La Comisión se propone:

7. estudiar el requisito de que todos los fondos de inversión e instituciones financieras informen a sus clientes (ciudadanos, empresas, poderes públicos, etc.) sobre cualquier criterio de inversión ético o responsable que apliquen o cualquier norma o código al que se adhieran.

4.5. Mejora de la divulgación de información de carácter social y medioambiental por parte de las empresas

La divulgación de información de carácter social y medioambiental, incluida la información relacionada con el clima, puede facilitar el compromiso con las partes interesadas y la determinación de los riesgos para la sostenibilidad material. Constituye también un elemento importante de asunción de responsabilidades y puede contribuir al aumento de la confianza del público en las empresas. Para responder a las necesidades de las empresas y otras partes interesadas, la información debe ser significativa y su recopilación debe ser rentable.

Algunos Estados miembros han introducido requisitos de divulgación de información no financiera más estrictos que los que establece la legislación vigente de la UE[21]. Existe el riesgo de que la diversidad de requisitos nacionales ocasione costes adicionales a las empresas que operan en más de un Estado miembro.

Un número creciente de empresas publican información de carácter social y medioambiental. Las PYME comunican a menudo esta información de manera informal y voluntaria. Una fuente calcula que aproximadamente 2 500 empresas europeas publican informes sobre la RSE o la sostenibilidad, lo que sitúa a la UE en una posición de liderazgo mundial[22]. Sin embargo, esa cifra representa solo una pequeña proporción de las 42 000 grandes empresas que operan en la UE.

Existe una serie de marcos internacionales para la publicación de información social y medioambiental, incluida la Iniciativa Global de Presentación de Informes. La presentación integrada de información financiera y no financiera representa un importante objetivo a medio y largo plazo, y la Comisión sigue con interés los trabajos del Comité Internacional sobre el Informe Integrado.

Para garantizar una situación equitativa, tal como se anuncia en el Acta del Mercado Único, la Comisión presentará una propuesta legislativa sobre la transparencia de la información social y medioambiental que dan las empresas en todos los sectores. Se está efectuando una evaluación de impacto de las posibles opciones para esta propuesta, que incluirá también una prueba de competitividad y un test para PYME. Asimismo, la Comisión está desarrollando una política para animar a las empresas a medir y hacer una evaluación comparativa de su rendimiento medioambiental utilizando una metodología basada en un ciclo de vida común, que también podría utilizarse a efectos de la publicación de información.

Se anima a todas las organizaciones, en particular las organizaciones de la sociedad civil y los poderes públicos, a adoptar medidas para mejorar la divulgación de su propio rendimiento social y medioambiental.

4.6. Mayor integración de la RSE en la educación, la formación y la investigación

El desarrollo de la RSE exige nuevas capacidades y cambios en los valores y los comportamientos. Los Estados miembros pueden desempeñar un importante papel animando a los centros educativos a integrar la responsabilidad social de las empresas, el desarrollo sostenible y la ciudadanía responsable en los programas educativos pertinentes, en particular en la educación secundaria y la enseñanza universitaria. Se anima a los centros europeos de enseñanza empresarial a suscribir los Principios de las Naciones Unidas para una Educación Responsable en Gestión.

Una investigación universitaria de calidad contribuye al desarrollo de las prácticas empresariales y las políticas públicas en el ámbito de la RSE. Las futuras investigaciones deben basarse en los resultados de proyectos financiados en el marco de los Sexto y Séptimo Programas Marco de la UE. La Comisión estudiará las posibilidades de financiar nuevas acciones de investigación sobre la RSE y de apoyar los principios y las directrices sobre RSE en la investigación que aún se financia en el marco del Séptimo Programa Marco —y de su sucesor, Horizonte 2020— y en la construcción del Espacio Europeo de Investigación.

La Comisión se propone:

8. ofrecer más apoyo financiero a proyectos de educación y formación sobre RSE en el marco de los programas de la UE «Aprendizaje Permanente» y «Juventud en Acción», y poner en marcha una acción en 2012 para sensibilizar a los profesionales de la educación y las empresas sobre la importancia de la cooperación en el ámbito de la RSE.

4.7. Insistencia en la importancia de las políticas nacionales y subnacionales sobre RSE

Muchas medidas de políticas públicas destinadas a apoyar la RSE se aplican mejor a nivel nacional, regional y local. Se anima a las autoridades locales y regionales a hacer un uso inteligente de los Fondos Estructurales de la UE para contribuir al desarrollo de la RSE, especialmente entre las PYME, y a colaborar con las empresas para afrontar mejor problemas como la pobreza y la inclusión social.

La Comisión se propone:

9. crear en 2012, con los Estados miembros, un mecanismo de revisión por pares de las políticas nacionales en materia de RSE.

La Comisión invita:

A            a los Estados miembros a elaborar, o actualizar, para mediados de 2012, sus propios planes o listas nacionales de acciones prioritarias para promover la RSE en apoyo de la Estrategia Europa 2020, con respecto a principios y directrices de RSE reconocidos internacionalmente y en cooperación con las empresas y otras partes interesadas, teniendo en cuenta las cuestiones planteadas en la presente Comunicación.

4.8. Mejora de la armonización de los enfoques europeo y mundial sobre RSE

La UE debe promover los intereses europeos en los cambios de las políticas internacionales sobre RSE y, al mismo tiempo, promover la integración de los principios y directrices reconocidos internacionalmente en sus propias políticas sobre RSE.

4.8.1. Mayor atención a los principios y directrices sobre RSE reconocidos internacionalmente

A fin de lograr una situación internacional más equitativa, la Comisión intensificará su cooperación con los Estados miembros, los países socios y los foros internacionales pertinentes para promover el respeto de los principios y directrices reconocidos internacionalmente y fomentar la coherencia entre ellos. Este enfoque requiere también que las empresas de la UE hagan un mayor esfuerzo por respetar esos principios y directrices.

Las Líneas Directrices de la OCDE son recomendaciones que los gobiernos dan a las empresas multinacionales. La Comisión celebra la adhesión de países no miembros de la OCDE a las Líneas Directrices. Además del respaldo de los gobiernos, las Líneas Directrices disponen de un mecanismo distintivo de implementación y reclamación, la red de Puntos Nacionales de Contacto formada por todos los países que se adhieren, que puede ayudar a las empresas y sus partes interesadas a resolver problemas prácticos, incluso mediante la mediación y conciliación.

La Comisión se propone:

10. hacer un seguimiento del compromiso adquirido por las empresas europeas con más de 1 000 trabajadores de tomar en consideración los principios y directrices sobre RSE y la norma de orientación ISO 26000 sobre responsabilidad social en sus operaciones.

La Comisión invita:

B            a todas las grandes empresas europeas a comprometerme de aquí a 2014 a tomar en consideración al menos uno de los siguientes conjuntos de principios y directrices al elaborar su planteamiento sobre la RSE: el Pacto Mundial de las Naciones Unidas, las Líneas Directrices de la OCDE para las empresas multinacionales o la norma guía ISO 26000 sobre responsabilidad social;

C            a todas las empresas europeas multinacionales a comprometerse de aquí a 2014 a respetar la Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social de la OIT.

4.8.2. Aplicación de los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos[23]

La mejora de la coherencia de las políticas de la UE pertinentes para las empresas y los derechos humanos es un reto fundamental. Una mejor implementación de los Principios Rectores de las Naciones Unidas contribuirá a alcanzar los objetivos de la UE sobre cuestiones específicas en materia de derechos humanos y normas laborales básicas, como el trabajo infantil, el trabajo forzoso en las cárceles, la trata de seres humanos, la igualdad de género, la no discriminación, la libertad de asociación y el derecho a la negociación colectiva. Un proceso en el que participen las empresas, las delegaciones de la UE en los países socios y los agentes locales de la sociedad civil mejorará la comprensión de los retos que afrontan las empresas cuando operan en países en los que el Estado no cumple su deber de protección de los derechos humanos.

La Comisión se propone:

11. trabajar, en 2012, con las empresas y las partes interesadas en la elaboración de orientaciones sobre los derechos humanos para un número limitado de sectores industriales pertinentes, así como de orientaciones para las pequeñas y medianas empresas, sobre la base de los Principios Rectores de las Naciones Unidas;

12. publicar, para finales de 2012, un informe sobre las prioridades de la UE en la aplicación de los Principios Rectores de las Naciones Unidas y, posteriormente, emitir informes de situación periódicos[24].

Asimismo, la Comisión:

D            espera que todas las empresas europeas asuman su responsabilidad de respetar los derechos humanos, tal como se definen en los Principios Rectores de las Naciones Unidas;

E            invita a los Estados miembros de la UE a elaborar, para finales de 2012, planes nacionales para la implementación de los Principios Rectores de las Naciones Unidas.

4.8.3. Puesta de relieve de la RSE en las relaciones con otros países y regiones del mundo

Los principios y directrices sobre RSE reconocidos internacionalmente representan valores que deben adoptar todos los países que deseen integrarse en la Unión Europea y, en consecuencia, la Comisión seguirá teniéndolos en cuenta en el proceso de adhesión.

La Comisión fomenta la RSE a través de sus políticas exteriores. Mediante una combinación de promoción a escala mundial y legislación complementaria, seguirá impulsando una mayor difusión de los principios y directrices sobre RSE internacionalmente reconocidos y un impacto positivo de las empresas de la UE en las economías y las sociedades extranjeras. La Comisión hará también propuestas pertinentes en el ámbito del comercio y el desarrollo. Asimismo, cuando proceda, propondrá que se aborde la RSE al entablar diálogos con regiones y países socios.

En la política de desarrollo de la UE se reconoce la necesidad de apoyar la RSE[25]. Al promover el respeto de las normas sociales y medioambientales, las empresas de la UE pueden fomentar una mejor gobernanza y un crecimiento inclusivo en los países en desarrollo. Los modelos empresariales que se dirigen a los pobres como consumidores, productores y distribuidores contribuyen a maximizar el efecto en el desarrollo. La búsqueda de sinergias con el sector privado será un aspecto cada vez más importante en la cooperación al desarrollo de la UE y las respuestas de esta última a los desastres naturales y de origen humano. A este respecto, las empresas pueden desempeñar un importante papel mediante el voluntariado entre los trabajadores. El futuro Cuerpo Voluntario Europeo de Ayuda Humanitaria puede ofrecer una forma de aprovechar mejor las sinergias con el sector privado.

La Comisión se propone:

13. determinar formas de promover el comportamiento responsable de las empresas en sus futuras iniciativas destinadas a favorecer una recuperación y un crecimiento más inclusivos y sostenibles en terceros países.

5. Conclusión

La Comisión trabajará con los Estados miembros, las empresas y otras partes interesadas para hacer un seguimiento periódico de los avances y preparar conjuntamente una reunión de revisión, que se celebrará a más tardar a mediados de 2014. Para la preparación de esta reunión, la Comisión publicará un informe sobre la puesta en práctica del programa de acción establecido en la presente Comunicación. Ello requerirá métodos de trabajo más coordinados entre el Foro Multilateral Europeo sobre la RSE y el Grupo de alto nivel de representantes de la RSE de los Estados miembros. La Comisión presentará una propuesta operativa al respecto de aquí a finales de 2011.

Sobre la base de la presente Comunicación, la Comisión Europea desearía entablar un debate con el Consejo, el Parlamento Europeo, el Comité Económico y Social Europeo, el Comité de las Regiones, las empresas y otras partes interesadas, y contar con su compromiso.

La Comisión pide a los líderes empresariales europeos, incluidos los del sector financiero, que suscriban, antes de mediados de 2012, un compromiso abierto, y del que den cuenta, de promover, en estrecha cooperación con los poderes públicos y otras partes interesadas, la adopción de una gestión empresarial responsable por parte de un mayor número de empresas de la UE, con objetivos claros para 2015 y 2020.

[1]               COM(2001) 366.

[2]               Informe de 2008 sobre la Competitividad en Europa [COM(2008) 774] y documento de trabajo SEC(2008) 2853.

[3]               Una serie de iniciativas emblemáticas de Europa 2020 hacen referencia a la RSE: «Una política industrial integrada para la era de la globalización» [COM(2010) 614], la «Plataforma Europea contra la Pobreza y la Exclusión Social» [COM(2010) 758], la «Agenda de Nuevas Cualificaciones y Empleos» [COM(2010) 682], la «Juventud en Movimiento» [COM(2010) 477] y el «Acta del Mercado Único» [COM(2011) 206]. Además, la «Unión por la Innovación» [COM(2010) 546] tiene por objeto reforzar la capacidad de las empresas para hacer frente a los retos sociales mediante la innovación, y la contribución de estas últimas es fundamental para alcanzar los objetivos de la iniciativa emblemática «Una Europa que utilice eficazmente los recursos» [COM(2011) 21 y COM(2011) 571].

[4]               Consejo de Medio Ambiente de 5 de diciembre de 2008, Consejo de Medio Ambiente de 20 de diciembre de 2010, Consejo de Asuntos Exteriores de 14 de junio de 2010, Resolución del Parlamento Europeo de 13 de marzo de 2007 [P6_TA(2007)0062] y Resolución del Parlamento Europeo de 8 de junio de 2011 [P7_TA(2011)0260].

[5]               Una política industrial integrada para la era de la globalización, COM(2010) 614.

[6]               COM(2011) 206.

[7]               COM(2001) 366.

[8]               COM(2006) 136.

[9]               Se calcula que el 80 % de estas organizaciones son empresas.

[10]             Por ejemplo: la igualdad de género, la gestión responsable de la cadena de suministro y la mejora del diálogo con los inversores sobre el rendimiento no financiero de las empresas. Véase la dirección www.csreurope.org/pages/en/toolbox.html.

[11]             «Responsabilidad Social de las Empresas: Políticas Públicas Nacionales en la UE», Comisión Europea, 2011.

[12]             «Comunicación sobre políticas de la UE y voluntariado: Reconocimiento y fomento de actividades voluntarias transfronterizas en la UE», COM(2011) 568.

[13]             COM(2011) 682.

[14]             Relaciones laborales en Europa 2010, punto 6.3.4, Comisión Europea, DG Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión, 2011.

[15]             The role of transnational company agreements in the context of increasing international integration (El papel de los acuerdos de empresas transnacionales en el contexto de una creciente integración internacional), COM(2008) 419 final.

[16]             Por ejemplo: el Foro de Minoristas para la Sostenibilidad; la Plataforma Europea de Acción sobre Alimentación, Actividad Física y Salud; la Campaña Empresa y Biodiversidad; el proceso sobre la responsabilidad de las empresas en la industria farmacéutica; la Mesa redonda europea sobre alimentación y producción sostenible; el Foro Universidad-Empresa; la Mesa redonda sobre publicidad; y el Pacto Europeo por la Salud y el Bienestar Mentales.

[17]             2012 será el Año Europeo del Envejecimiento Activo.

[18]             Directiva 2005/29/CE.

[19]             Véase el Acuerdo interinstitucional «Legislar mejor», (DO C 321 de 31.12.2003, p. 1), y la Comunicación de la Comisión «Legislar mejor para potenciar el crecimiento y el empleo en la Unión Europea», COM(2005) 97.

[20]             Buying social: a Guide to Taking Account of Social Considerations in public procurement (Compras socialmente responsables: guía para tomar en consideración los aspectos sociales en la contratación pública), Comisión Europea, 2011.

[21]             La cuarta Directiva sobre cuentas anuales (2003/51/CE) exige a las empresas que en sus informes anuales publiquen suficiente información sobre el medio ambiente y los trabajadores para poder valorar el desarrollo, el rendimiento o la situación de la empresa. Todos los Estados miembros han optado por eximir a las PYME de este requisito.

[22]             CorporateRegister.com

[23]             Los Principios rectores de las Naciones Unidas abarcan tres pilares: el deber estatal de respetar los derechos humanos; la responsabilidad de las empresas de respetar los derechos humanos; y el acceso a medidas correctoras eficaces.

[24]             En este contexto, se tendrán en cuenta los informes publicados por la Comisión Europea sobre el marco jurídico para los derechos humanos y el medio ambiente aplicables a las empresas de la UE que operan fuera de la UE (2010) y sobre la gestión responsable de la cadena de suministro (2011).

[25]             Consenso europeo sobre desarrollo, 2005.