19.10.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 282/42


REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/1845 DE LA COMISIÓN

de 18 de octubre de 2016

por el que se fija el coeficiente de asignación aplicable a las solicitudes de ayuda para la reducción de la producción lechera con arreglo al Reglamento Delegado (UE) 2016/1612

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (1),

Visto el Reglamento Delegado (UE) 2016/1612 de la Comisión, de 8 de septiembre de 2016, por el que se establece una ayuda para la reducción de la producción lechera (2), y, en particular, su artículo 4, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento Delegado (UE) 2016/1612 ha establecido una ayuda para los productores de leche que se comprometan a reducir sus entregas de leche de vaca durante un período de tres meses. La ayuda se concede sobre la base de solicitudes. En caso de que el volumen agregado objeto de las solicitudes de ayuda admisibles y verosímiles notificadas sobrepase el volumen total máximo contemplado en el artículo 1, apartado 1, del citado Reglamento, los Estados miembros deben aplicar un coeficiente de asignación a la cantidad objeto de cada una de las solicitudes de ayuda.

(2)

Las cantidades objeto de las solicitudes de ayuda presentadas para el período de noviembre y diciembre de 2016 y enero de 2017 sobrepasa el volumen total máximo. Así pues, debe fijarse un coeficiente de asignación.

(3)

En aras de una aplicación rápida del Reglamento Delegado (UE) 2016/1612, es preciso que el presente Reglamento entre en vigor al día siguiente de su publicación.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se aplicará un coeficiente de asignación de 0,12462762 a las cantidades objeto de solicitudes de ayuda para la reducción de las entregas de leche de vaca en los meses de noviembre y diciembre de 2016 y enero de 2017 con arreglo al Reglamento Delegado (UE) 2016/1612.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 18 de octubre de 2016.

Por la Comisión,

en nombre del Presidente,

Jerzy PLEWA

Director General de Agricultura y Desarrollo Rural


(1)  DO L 347 de 20.12.2013, p. 671.

(2)  DO L 242 de 9.9.2016, p. 4.