21999D0729(02)

Decisión del Comité Mixto del EEE nº 101/98/COL, de 30 de octubre de 1998, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE

Diario Oficial n° L 197 de 29/07/1999 p. 0053 - 0053


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

N° 101/98/COL

de 30 de octubre de 1998

por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, adaptado por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en adelante denominado "el Acuerdo", y, en particular, su artículo 98,

Considerando que el anexo II del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n° 84/98, de 25 de septiembre de 1998(1);

Considerando que se debe incorporar al Acuerdo el Reglamento (CE) n° 211/97 de la Comisión, de 4 de febrero de 1997, por el que se modifica el anexo II del Reglamento (CEE) n° 2377/90 del Consejo por el que se establece un procedimiento comunitario de fijación de los límites máximos de residuos de medicamentos veterinarios en los alimentos de origen animal(2),

DECIDE:

Artículo 1

En el punto 14 [Reglamento (CEE) n° 2377/90 del Consejo] del capítulo XIII del anexo II del Acuerdo se añadirá el guión siguiente: "- 397 R 0211: Reglamento (CE) n° 211/97 de la Comisión, de 4 de febrero de 1997 (DO L 35 de 5.2.1997, p. 1).".

Artículo 2

Los textos del Reglamento (CE) n° 211/97 en lenguas islandesa y noruega, anejos a las respectivas versiones lingüísticas de la presente Decisión, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 31 de octubre de 1998, siempre que se hayan efectuado al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones establecidas en el apartado 1 del artículo 103 del Acuerdo.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Hecho en Bruselas, el 30 de octubre de 1998.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

N. v. LIECHTENSTEIN

(1) DO L 189 de 22.7.1999, p. 56.

(2) DO L 35 de 5.2.1997, p. 1.