52011PC0910

Propuesta de REGLAMENTO DEL CONSEJO por el que se amplía a los Estados miembros no participantes la aplicación del Reglamento (UE) nº …/2012 por el que se establece un programa en materia de intercambios, asistencia y formación para la protección del euro contra la falsificación de moneda (programa «Pericles 2020») /* COM/2011/0910 final - 2011/0446 (APP) */


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1. CONTEXTO DE LA PROPUESTA

La presente propuesta deberá ampliar el programa Pericles a los Estados miembros de la Unión Europea que todavía no utilizan el euro como moneda única.

El programa Pericles es un programa en materia de intercambios, asistencia y formación para la protección del euro contra la falsificación. El programa fue creado por la Decisión 2001/923/CE del Consejo, de 17 de diciembre de 2001, y sus efectos se ampliaron a los Estados miembros de la UE que no habían adoptado el euro como moneda por la Decisión 2001/924/CE del Consejo, de 17 de diciembre de 2001. Posteriores modificaciones de estos actos de base mediante las Decisiones 2006/75/CE, 2006/76/CE, 2006/849/CE y 2006/850/CE del Consejo han prorrogado la duración del programa hasta el 31 de diciembre de 2013.

2. ASPECTOS JURÍDICOS DE LA PROPUESTA

La ejecución del programa Pericles se ampliará a los Estados miembros que no han adoptado el euro como moneda única, mediante una propuesta de Reglamento paralelo basado en el artículo 352 del TFUE.

La base jurídica de la presente propuesta es el artículo 133 del TFUE, en el que el Tratado refleja la preocupación por la protección del euro estableciendo las medidas necesarias para su utilización como moneda única. Dicho artículo es aplicable únicamente a los Estados miembros que han adoptado el euro como moneda única.

3. REPERCUSIONES PRESUPUESTARIAS

La «ficha financiera legislativa» aneja a la presente Decisión establece las repercusiones presupuestarias y los recursos administrativos y humanos necesarios. Esta ficha financiera sobre repercusiones presupuestarias es idéntica, excepto por lo que se refiere a la base jurídica, a la ficha financiera para la propuesta de Reglamento (UE) nº …/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece un programa en materia de intercambios, asistencia y formación para la protección del euro contra la falsificación de moneda (programa «Pericles 2020»).

2011/0446 (APP)

Propuesta de

REGLAMENTO DEL CONSEJO

por el que se amplía a los Estados miembros no participantes la aplicación del Reglamento (UE) nº …/2012 por el que se establece un programa en materia de intercambios, asistencia y formación para la protección del euro contra la falsificación de moneda (programa «Pericles 2020»)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 352,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Previa transmisión del proyecto de acto legislativo a los Parlamentos nacionales,

Habiendo obtenido la aprobación del Parlamento Europeo[1],

De conformidad con un procedimiento legislativo especial,

Considerando lo siguiente:

(1) Al adoptar el Reglamento (UE) nº …/2012[2], el Parlamento Europeo y el Consejo estipularon que este es aplicable en los Estados miembros con arreglo a los Tratados. El artículo 139 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea dispone que las medidas relativas a la utilización del euro mencionadas en el artículo 133 no se aplicarán a los Estados miembros acogidos a una excepción.

(2) Sin embargo, los intercambios de información y personal y las medidas de asistencia y formación ejecutadas conforme al programa Pericles deben ser uniformes en toda la Unión, y por tanto deben adoptarse las disposiciones necesarias para garantizar el mismo nivel de protección para el euro en los Estados miembros en los que el euro no es la moneda de curso legal.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

La aplicación de la Decisión (UE) nº …/2012 se ampliará a los Estados miembros distintos de los Estados miembros participantes según lo definido en el artículo 1, letra a), del Reglamento (CE) nº 974/1998 del Consejo[3].

Las autoridades competentes de esos Estados miembros podrán acceder a la financiación con arreglo al artículo 5 del Reglamento (UE) nº …/2012 por el que se establece el programa «Pericles 2020».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será aplicable a partir del 1 de enero de 2014.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el

                                                                       Por el Consejo

                                                                       El Presidente

FICHA FINANCIERA LEGISLATIVA

1.           MARCO DE LA PROPUESTA/INICIATIVA

              1.1.    Denominación de la propuesta/iniciativa

              1.2.    Ámbito(s) político(s) afectado(s) en la estructura GPA/PPA

              1.3.    Naturaleza de la propuesta/iniciativa

              1.4.    Objetivo(s)

              1.5.    Justificación de la propuesta/iniciativa

              1.6.    Duración e incidencia financiera

              1.7.    Modo(s) de gestión previsto(s)

2.           MEDIDAS DE GESTIÓN

              2.1.    Disposiciones en materia de seguimiento e informes

              2.2.    Sistema de gestión y de control

              2.3.    Medidas de prevención del fraude y de las irregularidades

3.           INCIDENCIA FINANCIERA ESTIMADA DE LA PROPUESTA/INICIATIVA

              3.1.    Rúbrica(s) del Marco Financiero Plurianual y línea(s) presupuestaria(s) de gastos afectada(s)

              3.2.    Incidencia estimada en los gastos

              3.2.1. Resumen de la incidencia estimada en los gastos

              3.2.2. Impacto estimado en los créditos de operaciones

              3.2.3. Incidencia estimada en los créditos de carácter administrativo

              3.2.4. Compatibilidad con el Marco Financiero Plurianual vigente

              3.2.5. Contribución de terceros a la financiación

              3.3.    Incidencia estimada en los ingresos

FICHA FINANCIERA LEGISLATIVA

1. MARCO DE LA PROPUESTA/INICIATIVA

Reglamento del Consejo por el que se amplía a los Estados miembros no participantes la aplicación del Reglamento (UE) nº …/2012, por el que se establece un programa de acción en materia de intercambios, asistencia y formación para la protección del euro contra la falsificación de moneda (programa «Pericles 2020»).

1.1. Denominación de la propuesta/iniciativa

Propuesta de Reglamento del Consejo por el que se amplía a los Estados miembros no participantes la aplicación del Reglamento (UE) nº …/2012, por el que se establece un programa de acción en materia de intercambios, asistencia y formación para la protección del euro contra la falsificación de moneda (programa «Pericles 2020»).

1.2. Ámbito(s) políticos afectado(s) en la estructura GBA/PPA[4]

Ámbito político 24: Lucha contra el fraude

1.3. Naturaleza de la propuesta/iniciativa

¨ La propuesta/iniciativa se refiere a una acción nueva

¨ La propuesta/iniciativa se refiere a una acción nueva a raíz de un proyecto piloto / una acción preparatoria[5]

X La propuesta/iniciativa se refiere a la prolongación de una acción existente

¨ La propuesta/iniciativa se refiere a una acción reorientada hacia una nueva acción

1.4. Objetivos 1.4.1. Objetivo(s) estratégico(s) plurianual(es) de la Comisión contemplado(s) por la propuesta/iniciativa

La presente propuesta es parte del paquete de la Comisión vinculado al próximo Marco Financiero Plurianual (que cofinancia el programa de la UE en el contexto del Marco Financiero Plurianual 2014-2020).

El objetivo general del programa será apoyar y complementar las medidas emprendidas por los Estados miembros para proteger los billetes y monedas en euros contra la falsificación y los fraudes relacionados con ella, ayudando así a las autoridades nacionales y europeas competentes en sus esfuerzos para desarrollar entre ellas y con la Comisión Europea una estrecha y periódica cooperación, que también incluye a terceros países y organizaciones internacionales.

1.4.2. Objetivo(s) específico(s) y actividad(es) GBA/GPP afectadas [Actividad GBA/GPP nº 240202]

Los objetivos a corto plazo del programa incluirán:

(1) incrementar la sensibilización de la dimensión internacional y a nivel de la Unión del euro; propagar los conocimientos generales relativos a la protección del euro;

(2) apoyar la prevención y contribuir a la represión de la falsificación del euro y de los fraudes relacionados con ella mediante formación especializada y asistencia en estos ámbitos;

(3) promover la convergencia de las actividades de formación de los formadores de alto nivel, respetando las estrategias operativas nacionales;

(4) alentar una estrecha cooperación entre las estructuras y el personal afectados, desarrollar la mutua confianza e intercambiar información, entre otras cosas sobre métodos de actuación, experiencia y prácticas de trabajo;

(5) apoyar el desarrollo de la protección jurídica y judicial del euro;

(6) incrementar el nivel de protección del euro en los países que se considera corren peligro apoyando la compra de equipos específicos.

1.4.3.  Resultado(s) e incidencia esperados

Especifíquense los efectos que la propuesta/iniciativa debería tener sobre los beneficiarios / los grupos destinatarios.

Los beneficiarios destinatarios de la propuesta son exclusivamente las autoridades competentes de los Estados miembros para la protección del euro. La totalidad del personal del sector público y privado relacionado con la protección del euro son grupos destinatarios de la acción del programa.

Sus efectos incluirán:

(1) una incidencia positiva sobre las acciones nacionales y transfronterizas para la prevención y la represión de la falsificación y el fraude relacionados con el euro;

(2) la posibilidad de que las autoridades competentes de los Estados miembros obtengan apoyo en sus esfuerzos para conseguir y mantener un nivel elevado y equivalente de protección de los billetes y monedas en euros;

(3) el acceso del personal pertinente a una divulgación adecuada de conocimientos generales y específicos y al desarrollo de redes especializadas para la protección de los billetes y monedas en euros;

(4) la asistencia a los Estados miembros y terceros países para que su marco institucional y jurídico alcance un alto nivel de armonización para la protección contra la falsificación de la moneda y los fraudes relacionados con ella.

1.4.4. Indicadores de resultados e impactos

Especifíquense los indicadores que permiten realizar el seguimiento de la ejecución de la propuesta/iniciativa.

Principales indicadores para el seguimiento de la ejecución del objetivo específico:

– nivel de billetes y monedas en euros falsificados;

– número de talleres de falsificación desmantelados;

– personas arrestadas y

– sanciones impuestas.

Los programas de trabajo precisarán objetivos específicos e hitos para la ejecución del programa.

1.5. Justificación de la propuesta/iniciativa

La ejecución del programa Pericles se ampliará a los Estados miembros que no han adoptado el euro como moneda única, mediante una propuesta de Reglamento paralelo basado en el artículo 352 del TFUE.

La base jurídica de la presente propuesta es el artículo 133 del TFUE, en el que el Tratado refleja la preocupación por la protección del euro estableciendo las medidas necesarias para su utilización como moneda única. Dicho artículo es aplicable únicamente a los Estados miembros que han adoptado el euro como moneda única.

1.5.1. Necesidad(es) que debe(n) cubrirse a corto o largo plazo

Teniendo en cuenta la experiencia y los resultados anteriores obtenidos en la ejecución de Pericles, Pericles 2020 abordará varios retos para proteger el euro contra la falsificación:

– nuevas amenazas como consecuencia de que los billetes y monedas en euros siguen siendo de interés para las bandas delictivas en un número creciente de terceros países. Pericles 2020 deberá poder ofrecer un apoyo adecuado a las autoridades de estos países, para que puedan hacer frente a la situación;

– la introducción de las nuevas series de billetes en euros en los próximos años incrementará probablemente la demanda de sensibilización, así como de formación especializada;

– nuevos países se adherirán a la UE y, potencialmente, a la zona euro, lo que incrementará las necesidades de formación;

– la demanda de apoyo de Pericles debe también considerarse a la luz de la austeridad y la disminución de recursos en los Estados miembros.

1.5.2. Valor añadido de la intervención de la UE

Se espera que el programa Pericles 2020 contribuya a mantener e incrementar el nivel de protección del euro mediante acciones de sensibilización y formación especializada del personal pertinente; de este modo, los intercambios de personal promoverán la cooperación y la creación de redes entre los servicios competentes de los Estados miembros y con terceros países; también facilitará asistencia técnica a las autoridades que participan en la protección del euro.

Se espera que estas acciones incrementen la efectividad de la prevención y la represión de la falsificación del euro y los fraudes relacionados con ella

1.5.3. Conclusiones extraídas de experiencias similares

El programa Pericles fue evaluado en dos ocasiones, en 2004 y 2011. Las evaluaciones indicaron que el programa consiguió sus objetivos y todos los beneficiarios opinaron que el programa debía proseguir.

Las evaluaciones también indicaron ámbitos en los que debía mejorarse el programa, a saber, la necesidad de simplificar los procedimientos, la utilización racional de la subvención y una mayor posibilidad de ayuda a las autoridades de terceros países en su esfuerzo por proteger la moneda única europea,

1.5.4. Compatibilidad y posibles sinergias con otros instrumentos financieros

La evaluación de impacto indicó que el programa Pericles es el único programa de la UE especialmente dedicado a la protección del euro contra la falsificación. Pericles deberá seguir apoyando, para el período contemplado (2014-2020), un conjunto de actividades complementarias de las actividades contempladas por otros programas. A tal fin, seguirá organizándose un diálogo a nivel nacional y de la UE para evitar posibles solapamientos y garantizar la coherencia global.

1.6. Duración e incidencia financiera

X Propuesta/iniciativa de duración limitada (7 años: 2014-2020)

– X  Propuesta/iniciativa en vigor desde el 1.1.2014 hasta el 31.12.2020

– X  Incidencia financiera desde 2014 hasta 2023 (desde 2021 hasta 2023 para los créditos de pago únicamente)

¨ Propuesta/iniciativa de duración ilimitada

– Ejecución con una fase de puesta en marcha desde [AAAA] hasta [AAAA],

– y pleno funcionamiento a partir de esa fecha.

1.7. Modo(s) de gestión previsto(s)[6]

X Gestión centralizada directa a cargo de la Comisión

¨ Gestión centralizada indirecta mediante delegación de las tareas de ejecución a:

– ¨  agencias ejecutivas

– ¨  organismos creados por las Comunidades[7]

– ¨  organismos nacionales del sector público/organismos con misión de servicio público

– ¨  personas a quienes se haya encomendado la ejecución de acciones específicas de conformidad con el título V del Tratado de la Unión Europea, definidas en el acto de base correspondiente a efectos del artículo 49 del Reglamento Financiero

¨ Gestión compartida con los Estados miembros

¨ Gestión descentralizada con terceros países

¨ Gestión conjunta con organizaciones internacionales (especifíquense)

Si se marca más de un modo de gestión, facilítense los detalles en el recuadro «Observaciones».

Observaciones

El procedimiento para determinar los costes con los que correrán el beneficiario y la Comisión, respectivamente, se ha simplificado en comparación con las versiones anteriores del programa.

2. MEDIDAS DE GESTIÓN 2.1. Disposiciones en materia de seguimiento e informes

Precísense la frecuencia y las condiciones de esas disposiciones.

Véase el artículo 12 de la propuesta, con arreglo al cual:

- se facilitará información anual al Parlamento Europeo y al Consejo sobre los resultados, incluida la coherencia y la complementariedad con los otros programas de la UE;

- se prevé una evaluación de la ejecución de los objetivos del programa (a más tardar el 31 de diciembre de 2017);

- por otra parte, se transmitirá un informe final a la autoridad presupuestaria sobre la realización de los objetivos del programa para finales de 2021.

2.2. Sistema de gestión y control 2.2.1. Riesgo(s) definido(s)

El nivel del riesgo se considera bajo para los acuerdos de subvención, dado que en el 90 % de los casos los beneficiarios son administraciones públicas o servicios con funciones coercitivas de los Estados miembros.

Los riesgos se reducen en los contratos adjudicados tras un proceso de contratación, dado que una parte importante del gasto está cubierta jurídica y financieramente por un contrato marco celebrado por un año con la posibilidad de prorrogarlo tres veces.

Con arreglo a los requisitos de la Comisión, se realizará cada año un ejercicio de evaluación del riesgo.Un riesgo importante detectado en los expedientes de subvención es:

- una interpretación demasiado favorable por parte del beneficiario de las condiciones de subvención relativas a la subvencionabilidad de los costes incurridos en la ejecución de la acción.

- unos gastos declarados por el beneficiario que no entran en el ámbito de aplicación del acuerdo de subvención.

- unos costes de personal insuficientemente justificados.

2.2.2. Medio(s) de control previsto(s)

Los procedimientos de control para las dos secciones del programa (subvenciones y contrataciones) se atienen al Reglamento Financiero. Verificaciones ex ante (compromisos y pagos) La Comisión/OLAF ha elegido un plan de gestión financiera que es un modelo parcialmente descentralizado para el que la totalidad de la verificación ex ante se realiza en la Unidad presupuestaria central. Todos los expedientes son verificados por tres agentes como mínimo (el gestor de expedientes y el agente verificador financiero en la Unidad presupuestaria, y el agente verificador operativo en la Unidad responsable del gasto) antes de que sean aceptados por el ordenador de pagos por subdelegación. Cada jefe de Unidad ha recibido una subdelegación del Director General, por lo que es responsable de la ejecución de su parte del programa.

- El agente verificador financiero realiza controles ex ante para cada transacción que requiera la aprobación del ordenador de pagos por subdelegación. - Se realizan controles de las variables sensibles tras los resultados de la evaluación de riesgo realizada en el contexto del informe de calidad contable (como LE y BA, contabilidad G/L, líneas presupuestarias, importes y cálculos, etc.). En todos los expedientes Pericles está presente un agente de la OLAF en el día de la acción a fin de supervisar la adecuada ejecución de los fondos (es decir, conferencias y formación). Subvenciones - El acuerdo de subvención firmado por los beneficiarios define las condiciones que se aplican a la financiación y a las actividades acogidas a la subvención, incluido un capítulo dedicado a los métodos de control. -Dependiendo de diversas variables (el importe del contrato, la complejidad del expediente), los agentes de expedientes financieros y operativos realizan in situ controles ex post. Durante estos controles se evalúan tanto la calidad como el impacto financiero del resultado. La Comisión/OLAF tiene intención de realizar aproximadamente diez controles diarios in situ. Contratación - Se elabora un pliego de condiciones pormenorizado que forma la base del contrato específico. Se prevén medidas contra el fraude en todos los contratos celebrados entre la OLAF y la parte externa. - La OLAF realiza controles de todos los resultados y supervisa todas las operaciones y servicios realizados por nuestro contratista marco.

Por otra parte, con arreglo al artículo 13 de la propuesta de Reglamento del Consejo del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un programa en materia de intercambios, asistencia y formación para la protección del euro contra la falsificación de moneda (programa «Pericles 2020»), se prevén medidas a nivel de los beneficiarios (se pondrán documentos justificativos a disposición de la Comisión). Podrán efectuarse auditorías durante el contrato o el acuerdo, por un período de cinco años a partir del último pago, a fin de que la Comisión, cuando así proceda, tome decisiones de recuperación. Los derechos de acceso del personal de la Comisión y los del personal externo autorizado están definidos, y el Tribunal de Cuentas y la OLAF gozarán de los mismos derechos.

Los controles establecidos permiten a la OLAF disponer de una garantía suficiente en cuanto a la calidad y regularidad del gasto y reducir el riesgo de incumplimiento. La profundidad de la evaluación alcanza generalmente el nivel 3 y en algunos casos el nivel 4 cuando se ha realizado un control in situ[8]. Los controles antes mencionados reducen el riesgo potencial prácticamente a cero y alcanzan al 100 % de los beneficiarios.

Los gastos ocasionados por la ejecución de la estrategia de control antes mencionada representan el 1,15 % del presupuesto. Esta estimación se basa en las medidas de control ya establecidas para el programa Pericles II.

La estrategia de control del programa se considera eficiente para limitar el riesgo de incumplimiento y es proporcionada al riesgo ocasionado, dado el escaso presupuesto asignado.

2.3. Medidas de prevención del fraude y de las irregularidades

Especifíquense las medidas de prevención y protección existentes o previstas.

Véase el artículo 13, apartado 2, de la propuesta. La Comisión efectuará controles e inspecciones in situ con arreglo a este programa de conformidad con el Reglamento (Euratom, CE) nº 2185/96 del Consejo y, cuando así proceda, la OLAF efectuará investigaciones con arreglo al Reglamento (CE) nº 1073/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo.

3. INCIDENCIA FINANCIERA ESTIMADA DE LA PROPUESTA/INICIATIVA 3.1. Rúbrica(s) del Marco Financiero Plurianual y línea(s) presupuestaria(s) de gastos afectada(s)

· Líneas presupuestarias de gasto existentes

En el orden de las rúbricas y líneas presupuestarias del Marco Financiero Plurianual

Rúbrica del Marco Financiero Plurianual || Línea presupuestaria || Tipo de gasto || Contribución

Número [Descripción…...…] || Disoc./no disoc.([9]) || de países de la AELC[10] || de países candidatos[11] || de terceros países || a efectos del artículo 18.1.a bis), del Reglamento Financiero

[1A] || 24.0202 Programa de la Unión en materia de intercambios, asistencia y formación para la protección del euro contra la falsificación de moneda. || Disociado || SÍ || SÍ || NO || NO

3.2. Incidencia estimada en los gastos 3.2.1. Resumen de la incidencia estimada en los gastos

millones EUR (al tercer decimal)

Rúbrica del Marco Financiero Plurianual: || Número || 1A Crecimiento inteligente e integrador

DG: OLAF || || || Año 2014[12] || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 || Años 2021-2023 || TOTAL

Ÿ Créditos de operaciones || || || || || || || || ||

24 02 02 || Compromisos || (1) || 1,0 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,2 || || 7,7

Pagos || (2) || 0,9 || 1 || 1 || 1 || 1 || 1 || 1 || 0,8 || 7,7

|| || || || || || || || || || ||

|| || || || || || || || || ||

Créditos de carácter administrativo financiados con la dotación de programas específicos[13] || || || || || || || || ||

Número de la línea presupuestaria || || (3) || || || || || || || || ||

TOTAL de créditos para la DG OLAF || Compromisos || =1+1a +3 || 1,0 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,2 || || 7,7

Pagos || =2+2a +3 || 0,9 || 1 || 1 || 1 || 1 || 1 || 1 || 0,8 || 7,7

Ÿ TOTAL de los créditos de operaciones || Compromisos || (4) || 1,0 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,2 || || 7,7

Pagos || (5) || 0,9 || 1 || 1 || 1 || 1 || 1 || 1 || 0,8 || 7,7

Ÿ TOTAL de los créditos de carácter administrativo financiados con la dotación de programas específicos || (6) || || || || || || || || ||

TOTAL de créditos para la RÚBRICA 1 A del Marco Financiero Plurianual || Compromisos || =4+ 6 || 1,0 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,2 || || 7,7

Pagos || =5+ 6 || 0,9 || 1 || 1 || 1 || 1 || 1 || 1 || 0,8 || 7,7

Si la propuesta/iniciativa afecta a varias rúbricas:

Ÿ TOTAL de los créditos de operaciones || Compromisos || (4) || || || || || || || || ||

Pagos || (5) || || || || || || || || ||

Ÿ TOTAL de los créditos de carácter administrativo financiados con la dotación de programas específicos || (6) || || || || || || || || ||

TOTAL de créditos para las RÚBRICAS 1 a 4 del Marco Financiero Plurianual (Importe de referencia) || Compromisos || =4+ 6 || 1,0 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,2 || || 7,7

Pagos || =5+ 6 || 0,9 || 1 || 1 || 1 || 1 || 1 || 1 || 0,8 || 7,7

Rúbrica del Marco Financiero Plurianual: || 5 || «Gastos administrativos»

millones EUR (al tercer decimal)

|| || || Año 2014[14] || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 || Años 2021-2023: || TOTAL

DG: OLAF ||

Ÿ Recursos humanos || 0,191 || 0,191 || 0,191 || 0,191 || 0,191 || 0,191 || 0,191 || 0 || 1,337

Ÿ Otros gastos administrativos || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0 || 0,105

TOTAL DG OLAF || Créditos || || || || || || || || ||

TOTAL de créditos para la RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual || Total compromisos = Total pagos) || 0,206 || 0,206 || 0,206 || 0,206 || 0,206 || 0,206 || 0,206 || 0 || 1,442

|| || || Año 2014[15] || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 || Años 2021-2023 || TOTAL

TOTAL de créditos para las RÚBRICAS 1 a 5 del Marco Financiero Plurianual || Compromisos || 1,206 || 1,306 || 1,306 || 1,306 || 1,306 || 1,306 || 1,406 || 0 || 9,142

Pagos || 1,106 || 1,206 || 1,206 || 1,206 || 1,206 || 1,206 || 1,206 || 0,800 || 9,142

3.2.2. Incidencia estimada en los créditos de operaciones

– ¨  La propuesta/iniciativa no exige la utilización de créditos de operaciones

– X  La propuesta/iniciativa exige la utilización de créditos de operaciones, tal como se explica a continuación:

millones EUR (al tercer decimal)

Indíquense los objetivos y los resultados ò || || || Año 2014[16] || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 || TOTAL

RESULTADO

Tipo de resultado || Coste medio del resultado || Número resultados || Coste || Número resultados || Coste || Número resultados || Coste || Número resultados || Coste || Número resultados || Coste || Número resultados || Coste || Número resultados || Coste || Número total resultados || Coste

OBJETIVO ESPECÍFICO n° 1 || || || || || || || || || || || || ||

Mantenimiento del nivel global actual de formación y asistencia técnica || || || || || || || || || || || || || || || || || ||

Acción 1 : Programa de subvenciones Pericles || || || 12 || 0,700 || 12 || 0,770 || 13 || 0,770 || 13 || 0,770 || 14 || 0,770 || 14 || 0,770 || 14 || 0,840 || 96 || 5,390

Resultado 1: Seminario || || || 7 || || 6 || || 6 || || 6 || || 7 || || 6 || || 7 || || 45 ||

Resultado 2: Intercambio de personal || || || 4 || || 6 || || 7 || || 7 || || 7 || || 8 || || 6 || || 45 ||

Resultado 3: Estudios || || || 1 || || || || || || || || || || || || 1 || || 2 ||

Resultado 4: Adquisición de equipo || || || 1 || || 1 || || || || 1 || || 1 || || || || || || 4 ||

Acción 2: Contratación || || || || 0,30 || || 0,330 || || 0,330 || || 0,330 || || 0,330 || || 0,330 || || 0,360 || 27 || 2,310

Resultado 1: Seminarios || || || 4 || || 4 || || 4 || || 3 || || 3 || || 3 || || 3 || || 24 ||

Resultado 2: Intercambio de personal || || || || || || || || || || || || || || || || || ||

Resultado 3: Estudios || || || || || || || 1 || || || || || || 1 || || 1 || || 3 ||

|| || || || || || || || || || || || || || || || || ||

Subtotal objetivo específico 1 || || 1,000 || || 1,100 || || 1,100 || || 1,100 || || 1,100 || || 1,100 || || 1,200 || 123 || 7,700

COSTE TOTAL || || 1,000 || || 1,100 || || 1,100 || || 1,100 || || 1,100 || || 1,100 || || 1,200 || 7,700

3.2.3. Incidencia estimada en los créditos de carácter administrativo 3.2.3.1. Resumen

– ¨  La propuesta/iniciativa no exige la utilización de créditos de carácter administrativo

– X  La propuesta/iniciativa exige la utilización de créditos de carácter administrativo, tal como se explica a continuación:

millones EUR (al tercer decimal)

|| Año 2014[17] || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 y después || TOTAL

RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual || || || || || || || ||

Recursos humanos || 0,191 || 0,191 || 0,191 || 0,191 || 0,191 || 0,191 || 0,191 || 1,337

Otros gastos administrativos || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,105

Subtotal RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual || || || || || || || ||

Fuera de la RÚBRICA 5[18] del Marco Financiero Plurianual || || || || || || || ||

Recursos humanos || || || || || || || ||

Otros gastos de naturaleza administrativa || || || || || || || ||

Subtotal fuera de la RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual || || || || || || || ||

TOTAL || 0,206 || 0,206 || 0,206 || 0,206 || 0,206 || 0,206 || 0,206 || 1,442

3.2.3.2.  Necesidades estimadas de recursos humanos

– ¨  La propuesta/iniciativa no exige la utilización de recursos humanos

– X  La propuesta/iniciativa exige la utilización de recursos humanos, tal como se explica a continuación:

Estimaciones expresadas en unidades de equivalente a jornada completa

|| Año 2014[19] || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 y después

Ÿ Empleos de plantilla (puestos de funcionarios y agentes temporales) ||

24 01 06 – A3 01 01 (en la sede y en las oficinas de representación de la Comisión) || 1,5 || 1,5 || 1,5 || 1,5 || 1,5 || 1,5 || 1,5

XX 01 01 02 (Delegaciones) || || || || || || ||

XX 01 05 01 (Investigación indirecta) || || || || || || ||

XX 01 05 01 (Investigación directa) || || || || || || ||

Ÿ Personal externo (en unidades de equivalente a jornada completa: EJC)[20] ||

24 01 02 01 (AC, INT, ENCS de la «dotación global») || || || || || || ||

XX 01 02 02 (AC, INT, JED, AL y ENCS en las Delegaciones) || || || || || || ||

XX 01 04 aa[21] || - en la sede[22] || || || || || || ||

en las Delegaciones || || || || || || ||

 01 05 02 (AC, INT, ENCS – Investigación indirecta) || || || || || || ||

10 01 05 02 (AC, INT, ENCS – Investigación directa) || || || || || || ||

Otras líneas presupuestarias (especifíquense) || || || || || || ||

TOTAL || 1.5 || 1.5 || 1.5 || 1.5 || 1.5 || 1.5 || 1.5

XX es la política o título presupuestario en cuestión.

Las necesidades en materia de recursos humanos las cubrirá el personal de la DG ya destinado a la gestión de la acción y/o reasignado dentro de la DG, que se complementará en caso necesario con cualquier dotación adicional que pudiera asignarse a la DG gestora en el marco del procedimiento de asignación anual y a la luz de los imperativos presupuestarios existentes.

Descripción de las tareas que deben llevarse a cabo:

Funcionarios y agentes temporales || 1,5 funcionarios (0,75 AD, 0,75 AST ) 1,5 x 127 000 EUR =190 500 EUR

Personal externo ||

3.2.4. Compatibilidad con el Marco Financiero Plurianual vigente

– X  La propuesta/iniciativa es compatible con el Marco Financiero Plurianual vigente.

– ¨  La propuesta/iniciativa implicará la reprogramación de la rúbrica correspondiente del Marco Financiero Plurianual[23].

Explíquese la reprogramación requerida, precisando las líneas presupuestarias afectadas y los importes correspondientes.

– ¨  La propuesta/iniciativa exige recurrir al Instrumento de Flexibilidad o revisar el Marco Financiero Plurianual.

Explíquese lo que se requiere, precisando las rúbricas y líneas presupuestarias afectadas y los importes correspondientes.

3.2.5. Contribución de terceros

– X La propuesta/iniciativa no prevé la cofinanciación por terceros

– La propuesta/iniciativa prevé la cofinanciación que se estima a continuación:

Créditos en millones EUR (al tercer decimal)

|| Año N || Año N+1 || Año N+2 || Año N+3 || … insértense tantos años como sea necesario para reflejar la duración del impacto (véase el punto 1.6) || Total

Especifíquese el organismo de cofinanciación || || || || || || || ||

TOTAL de los créditos cofinanciados || || || || || || || ||

3.3. Incidencia estimada en los ingresos

– X  La propuesta/iniciativa no tiene incidencia financiera en los ingresos.

– ¨  La propuesta/iniciativa tiene la incidencia financiera que se indica a continuación:

– ¨en los recursos propios

– ¨         en ingresos varios

millones EUR (al tercer decimal)

Línea presupuestaria de ingresos || Créditos disponibles para el ejercicio presupuestario en curso || Incidencia de la propuesta/iniciativa[24]

Año N || Año N+1 || Año N+2 || Año N+3 || … insértense tantas columnas como sea necesario para reflejar la duración del impacto (véase el punto 1.6)

Artículo… || || || || || || || ||

En el caso de los ingresos varios que se verán «afectados», precísense la línea o líneas presupuestarias de gastos afectadas.

Precísese el método de cálculo de la incidencia sobre los ingresos.

ANEXO de la FICHA FINANCIERA LEGISLATIVA

Naturaleza de la propuesta/iniciativa:

Propuesta de Reglamento DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO sobre el programa Pericles, el programa de la Unión en materia de intercambios, asistencia y formación para la protección del euro contra la falsificación de moneda

(1) NÚMERO y COSTE de los RECURSOS HUMANOS QUE SE CONSIDERAN NECESARIOS

(2) COSTE de OTROS GASTOS de CARÁCTER ADMINISTRATIVO

(3) MÉTODOS utilizados para el CÁLCULO de los COSTES

Relativos a los recursos humanos

Relativos a otros gastos administrativos

El presente anexo acompañará a la ficha financiera legislativa durante la consulta interservicios.

Los cuadros incluidos en el presente anexo sirven para rellenar los cuadros de la ficha financiera legislativa.

El presente anexo es un documento interno que deberán conservar los servicios de la Comisión.

(1) Número y coste de los recursos humanos que se consideran necesarios

X       La propuesta/iniciativa exige la utilización de recursos humanos, tal como se explica a continuación:

millones EUR (al tercer decimal)

RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual || Año 2014 || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 || TOTAL

EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos ||

Ÿ Empleos de plantilla (puestos de funcionarios y agentes temporales) ||

24 01 06 – A3 01 01 (en la sede y en las oficinas de representación de la Comisión en los Estados miembros) || AD || 0,75 || 0,0953 || 0,75 || 0,0953 || 0,75 || 0,0953 || 0,75 || 0,0953 || 0,75 || 0,0953 || 0,75 || 0,0953 || 0,75 || 0,0953 || 5,25 || 0,667 ||

AST || 0,75 || 0,0953 || 0,75 || 0,0953 || 0,75 || 0,0953 || 0,75 || 0,0953 || 0,75 || 0,0953 || 0,75 || 0,0953 || 0,75 || 0,0953 || 5,25 || 0,667 ||

XX 01 01 02 (en las Delegaciones) || AD || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. ||

AST || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. ||

Ÿ Personal externo[25] ||

24 01 06 00 (dotación global) || AC || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. ||

INT || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. ||

AT || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. ||

ENCS || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. ||

XX 01 02 02 (en las Delegaciones) || AC || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. ||

INT || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. ||

JED || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. ||

AL || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. ||

ENCS || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. ||

Otras líneas presupuestarias (especifíquense) || || || || || || || || || || || || || || || || || ||

Subtotal - RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual || || 1,5 || 0,191 || 1,5 || 0,191 || 1,5 || 0,191 || 1,5 || 0,191 || 1,5 || 0,191 || 1,5 || 0,191 || 1,5 || 0,191 || 10,5 || 1,337 ||

24 es la política o título presupuestario en cuestión.

Fuera de la RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual || Año 2014 || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 || TOTAL

EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos

Ÿ Empleos de plantilla (puestos de funcionarios y agentes temporales)

XX 01 05 01 (Investigación indirecta) || AD || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

AST || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

XX 01 05 01 (Investigación directa) || AD || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

AST || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

Ÿ Personal externo[26]

XX 01 04 aa Créditos para personal externo autorizados en las antiguas líneas «BA» || En la sede || AC || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

INT || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

ENCS || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

En las Delegaciones || AC || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

INT || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

JED || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

AL || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

ENCS || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

XX 01 05 02 (Investigación indirecta) || AC || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

INT || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

ENCS || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

XX 01 05 02 (Investigación directa) || AC || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

INT || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

Subtotal - RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual || || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

millones EUR (al tercer decimal)

        || Año 2014 || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 || TOTAL

|| EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos

TOTAL RÚBRICA 5 y fuera de la RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual || 1,5 || 0,191 || 1,5 || 0,191 || 1,5 || 0,191 || 1,5 || 0,191 || 1,5 || 0,191 || 1,5 || 0,191 || 1,5 || 0,191 || 10,5 || 1,337

Las necesidades en materia de recursos humanos las cubrirá el personal de la DG ya destinado a la gestión de la acción y/o reasignado, que se complementará en caso necesario con cualquier dotación adicional que pudiera asignarse a la DG gestora en el marco del procedimiento de asignación anual y a la luz de los imperativos presupuestarios existentes.

(2) Coste de otros gastos de carácter administrativo

X       La propuesta/iniciativa exige la utilización de créditos administrativos, tal como se explica a continuación:

millones EUR (al tercer decimal)

|| Año 2014 || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 || TOTAL

RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual || || || || || || || ||

                En la sede || || || || || || || ||

24 01 06 - A3 01 02 11 - Misiones y costes de representación || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,105

24 01 06 00 - Conferencias y reuniones || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

24 01 06 00 - Reuniones de comités [27] || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

24 01 06 00 − Estudios y asesoramiento || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

24 01 06 00 - Sistemas TI de gestión e información || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

24 01 06 00 - Nueva formación || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

24 01 06 00 - Equipo y mobiliario || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

24 01 06 00 04 - Servicios y otros gastos operativos || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

                En las Delegaciones || || || || || || || ||

24 01 06 - A3 01 02 11 - Misiones, conferencias y costes de representación || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

24 01 06 00 - Nueva formación del personal || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

24 01 06 00 — Adquisición y arrendamiento de bienes inmuebles y gastos conexos || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

24 01 06 00 — Equipo, mobiliario, suministros y prestación de servicios || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

Subtotal - RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,105

24 es la política o título presupuestario en cuestión.

millones EUR (al tercer decimal)

|| Año 2014 || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 || TOTAL

Fuera de la RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual || || || || || || || ||

24 01 06 aa - Asistencia administrativa y técnica (excluido el personal externo), financiada por créditos de operaciones (antiguas líneas «BA») || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

- en la sede || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

- en las Delegaciones || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

24 01 06 00 - Otros gastos de gestión en materia de investigación || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

24 01 06 00 - Otros gastos de gestión en materia de investigación || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

Subtotal - RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m.

24 es la política o título presupuestario en cuestión.

TOTAL RÚBRICA 5 y fuera de la RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,105

Las necesidades en materia de créditos administrativos las cubrirán los créditos ya destinados a la gestión de la acción y/o reasignados, que se complementarán en caso necesario con cualquier dotación adicional que pudiera asignarse a la DG gestora en el marco del procedimiento de asignación anual y a la luz de los imperativos presupuestarios existentes.

(3) Métodos de cálculo utilizados para estimar los costes

Relativos a los recursos humanos

Dense detalles del método de cálculo utilizado para cada categoría de personal (previsiones, costes medios, etc.)

RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual

Recordatorio: Los costes medios para cada categoría de personal están disponibles en la página BudgWeb: http://www.cc.cec/budg/pre/legalbasis/pre-040-020_preparation_en.html#forms

Ÿ relativos a empleos de plantilla (funcionarios y agentes temporales) – Gestores y asistentes financieros y gestores y asistentes de expedientes operativos – Apoyo administrativo: 0,25 AD + 0,25 AST – Gestión del programa: 0,50AD + 0,50 AST Se han utilizado los tipos medios actuales para los funcionarios y los agentes temporales: – Funcionarios: 127 000 EUR/año – Agentes temporales: 127 000 EUR/año

Ÿ relativos al personal externo No procede Se han utilizado los tipos medios actuales para los funcionarios y los agentes temporales: – Agentes contractuales 64 000 EUR/año – Asistencia técnica: 160 000 EUR/año – Expertos nacionales en comisión de servicios: 73 000 EUR/año

Fuera de la RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual

Ÿ relativos a empleos de plantilla (funcionarios dedicados a investigación y agentes temporales) n.p.

Ÿ relativos a personal externo n.p.

Relativos a los gastos de carácter administrativo

Dense detalles del método de cálculo utilizado para cada línea presupuestaria,

previsiones subyacentes (p. ej. número de reuniones anuales, costes medios, etc.)

RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual

(Misión): previsión de 15 misiones anuales con un coste medio de 1 000 EUR por misión

Fuera de la RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual

n.p.

[1]               DO C … de… , p. …

[2]               Véase la página … del presente Diario Oficial.

[3]               DO L 139 de 11.5.1998, p. 1.

[4]               GPA: Gestión por actividades – PPA: Presupuestación por actividades.

[5]               Tal como se contemplan en el artículo 49, apartado 6, letras a) o b), del Reglamento Financiero.

[6]               Las explicaciones sobre los modos de gestión y las referencias al Reglamento Financiero pueden consultarse en el sitio BudgWeb: http://www.cc.cec/budg/man/budgmanag/budmanag_fr.html.

[7]               Tal como se contemplan en el artículo 185 del Reglamento Financiero.

[8]               Control con referencia y acceso a la documentación subyacente disponible en la fase del proceso en cuestión.

[9]               CD = créditos disociados / CND = créditos no disociados.

[10]             CD = créditos disociados / CND = créditos no disociados.

[11]             CD = créditos disociados / CND = créditos no disociados.

[12]             El año N es el año de comienzo de la ejecución de la propuesta/iniciativa.

[13]             Asistencia técnica o administrativa y gastos de apoyo a la ejecución de programas o acciones de la UE (antiguas líneas «BA», investigación indirecta, investigación directa.

[14]             El año N es el año de comienzo de la ejecución de la propuesta/iniciativa.

[15]             El año N es el año de comienzo de la ejecución de la propuesta/iniciativa.

[16]             El año N es el año de comienzo de la ejecución de la propuesta/iniciativa.

[17]             El año N es el año de comienzo de la ejecución de la propuesta/iniciativa.

[18]             El año N es el año de comienzo de la ejecución de la propuesta/iniciativa.

[19]             El año N es el año de comienzo de la ejecución de la propuesta/iniciativa.

[20]             AC= agente contractual; INT= personal de agencia («interinos»); JED= joven experto en delegación; AL = agente local; ENCS = experto nacional en comisión de servicio.

[21]             Por debajo del techo para personal externo con cargo a créditos de operaciones (antiguas líneas «BA»)

[22]             Esencialmente para los Fondos Estructurales, Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y Fondo Europeo de Pesca (FEP).

[23]             Véanse los puntos 19 y 24 del Acuerdo Interinstitucional.

[24]             Por lo que se refiere a los recursos propios tradicionales (derechos de aduana, cotizaciones sobre el azúcar), los importes indicados deben ser importes netos, es decir, importes brutos tras la deducción del 25 % por gastos de recaudación.

[25]             AC= agente contractual; INT= personal de agencia («interinos»); JED= joven experto en delegación; AL = agente local; ENCS = experto nacional en comisión de servicio.

[26]             AC= agente contractual; INT= personal de agencia («interinos»); JED= joven experto en delegación; AL= agente local; ENCS = experto nacional en comisión de servicio.

[27]             Especifíquese el tipo de comité y el grupo afectado.