Propuesta de REGLAMENTO DEL CONSEJO por el que se amplía a los Estados miembros no participantes la aplicación del Reglamento (UE) nº …/2012 por el que se establece un programa en materia de intercambios, asistencia y formación para la protección del euro contra la falsificación de moneda (programa «Pericles 2020») /* COM/2011/0910 final - 2011/0446 (APP) */
EXPOSICIÓN
DE MOTIVOS
1.
CONTEXTO DE LA PROPUESTA
La presente propuesta deberá ampliar el programa Pericles a los Estados
miembros de la Unión Europea que todavía no utilizan el euro como moneda única. El programa Pericles
es un programa en materia de intercambios, asistencia y formación para la
protección del euro contra la falsificación. El programa fue creado por la
Decisión 2001/923/CE del Consejo,
de 17 de diciembre de 2001, y sus efectos se ampliaron a los Estados miembros
de la UE que no habían adoptado el euro como moneda por la Decisión 2001/924/CE
del Consejo, de 17 de diciembre de 2001. Posteriores modificaciones de estos
actos de base mediante las Decisiones 2006/75/CE, 2006/76/CE, 2006/849/CE y 2006/850/CE
del Consejo han prorrogado la duración del programa hasta el 31 de diciembre de
2013.
2.
ASPECTOS JURÍDICOS DE LA PROPUESTA
La ejecución del
programa Pericles se ampliará a los Estados miembros que no han adoptado el
euro como moneda única, mediante una propuesta de Reglamento paralelo basado en
el artículo 352 del TFUE. La base jurídica de
la presente propuesta es el artículo 133 del TFUE, en el que el Tratado refleja
la preocupación por la protección del euro estableciendo las medidas necesarias
para su utilización como moneda única. Dicho artículo es aplicable únicamente a
los Estados miembros que han adoptado el euro como moneda única.
3.
REPERCUSIONES PRESUPUESTARIAS
La «ficha financiera
legislativa» aneja a la presente Decisión establece las repercusiones
presupuestarias y los recursos administrativos y humanos necesarios. Esta ficha
financiera sobre repercusiones presupuestarias es idéntica, excepto por lo que
se refiere a la base jurídica, a la ficha financiera para la propuesta de
Reglamento (UE) nº …/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se
establece un programa en materia de intercambios, asistencia y formación para
la protección del euro contra la falsificación de moneda (programa «Pericles
2020»). 2011/0446 (APP) Propuesta de REGLAMENTO DEL CONSEJO por el que se amplía a los Estados
miembros no participantes la aplicación del Reglamento (UE) nº …/2012 por el
que se establece un programa en materia de intercambios, asistencia y formación
para la protección del euro contra la falsificación de moneda (programa
«Pericles 2020») EL CONSEJO
DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 352, Vista la propuesta de
la Comisión Europea, Previa transmisión
del proyecto de acto legislativo a los Parlamentos nacionales, Habiendo obtenido la
aprobación del Parlamento Europeo[1], De conformidad con un
procedimiento legislativo especial, Considerando lo
siguiente: (1)
Al adoptar el Reglamento (UE)
nº …/2012[2], el Parlamento Europeo y el Consejo
estipularon que este es aplicable en los Estados miembros con arreglo a los
Tratados. El artículo 139 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea
dispone que las medidas relativas a la utilización del euro mencionadas en el artículo 133 no se aplicarán a los Estados
miembros acogidos a una excepción. (2)
Sin embargo, los
intercambios de información y personal y las medidas de asistencia y formación
ejecutadas conforme al programa Pericles deben ser uniformes en toda la Unión,
y por tanto deben adoptarse las disposiciones necesarias para garantizar el
mismo nivel de protección para el euro en los Estados miembros en los que el
euro no es la moneda de curso legal. HA ADOPTADO EL
PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 La aplicación de la
Decisión (UE) nº …/2012 se ampliará a los Estados miembros distintos de los
Estados miembros participantes según lo definido en el artículo 1, letra a),
del Reglamento (CE) nº 974/1998 del Consejo[3]. Las autoridades
competentes de esos Estados miembros podrán acceder a la financiación con
arreglo al artículo 5 del Reglamento (UE) nº …/2012 por el que se establece el
programa «Pericles 2020». Artículo 2 El presente
Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario
Oficial de la Unión Europea. El presente
Reglamento será aplicable a partir del 1 de enero de 2014. El presente
Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en
cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el Por
el Consejo El
Presidente FICHA
FINANCIERA LEGISLATIVA 1. MARCO DE LA
PROPUESTA/INICIATIVA 1.1. Denominación de la
propuesta/iniciativa 1.2. Ámbito(s)
político(s) afectado(s) en la estructura GPA/PPA 1.3. Naturaleza
de la propuesta/iniciativa 1.4. Objetivo(s)
1.5. Justificación
de la propuesta/iniciativa 1.6. Duración
e incidencia financiera 1.7. Modo(s)
de gestión previsto(s) 2. MEDIDAS DE GESTIÓN 2.1. Disposiciones
en materia de seguimiento e informes 2.2. Sistema
de gestión y de control 2.3. Medidas
de prevención del fraude y de las irregularidades 3. INCIDENCIA FINANCIERA
ESTIMADA DE LA PROPUESTA/INICIATIVA 3.1. Rúbrica(s)
del Marco Financiero Plurianual y línea(s) presupuestaria(s) de gastos
afectada(s) 3.2. Incidencia
estimada en los gastos 3.2.1. Resumen
de la incidencia estimada en los gastos 3.2.2. Impacto
estimado en los créditos de operaciones 3.2.3. Incidencia
estimada en los créditos de carácter administrativo 3.2.4. Compatibilidad
con el Marco Financiero Plurianual vigente 3.2.5. Contribución
de terceros a la financiación 3.3. Incidencia
estimada en los ingresos FICHA FINANCIERA LEGISLATIVA
1.
MARCO DE LA PROPUESTA/INICIATIVA
Reglamento del Consejo por el que se
amplía a los Estados miembros no participantes la aplicación del Reglamento (UE)
nº …/2012, por el que se establece un programa de acción en materia de intercambios,
asistencia y formación para la protección del euro contra la falsificación de
moneda (programa «Pericles 2020»).
1.1.
Denominación de la propuesta/iniciativa
Propuesta
de Reglamento del Consejo por el que se amplía a los Estados miembros no
participantes la aplicación del Reglamento (UE) nº …/2012, por el que se
establece un programa de acción en materia de intercambios, asistencia y
formación para la protección del euro contra la falsificación de moneda
(programa «Pericles 2020»).
1.2.
Ámbito(s) políticos afectado(s)
en la estructura GBA/PPA[4]
Ámbito político 24: Lucha contra el fraude
1.3.
Naturaleza de la
propuesta/iniciativa
¨ La propuesta/iniciativa se refiere a una
acción nueva ¨ La propuesta/iniciativa se refiere a
una acción nueva a raíz de un proyecto piloto / una acción preparatoria[5]
X La propuesta/iniciativa se refiere a la
prolongación de una acción existente ¨ La propuesta/iniciativa se refiere a una
acción reorientada hacia una nueva acción
1.4.
Objetivos
1.4.1.
Objetivo(s) estratégico(s) plurianual(es) de
la Comisión contemplado(s) por la propuesta/iniciativa
La
presente propuesta es parte del paquete de la Comisión vinculado al próximo Marco
Financiero Plurianual (que cofinancia el programa de la UE en el contexto del Marco
Financiero Plurianual 2014-2020). El objetivo general del programa será apoyar y
complementar las medidas emprendidas por los Estados miembros para proteger los
billetes y monedas en euros contra la falsificación y los fraudes relacionados
con ella, ayudando así a las autoridades nacionales y europeas competentes en
sus esfuerzos para desarrollar entre ellas y con la Comisión Europea una
estrecha y periódica cooperación, que también incluye a terceros países y
organizaciones internacionales.
1.4.2.
Objetivo(s) específico(s)
y actividad(es) GBA/GPP afectadas [Actividad GBA/GPP nº 240202]
Los objetivos a corto plazo
del programa incluirán: (1)
incrementar la sensibilización de la dimensión
internacional y a nivel de la Unión del euro; propagar los conocimientos
generales relativos a la protección del euro; (2)
apoyar la prevención y
contribuir a la represión de la falsificación del euro y de los fraudes
relacionados con ella mediante formación especializada y asistencia en estos
ámbitos; (3)
promover la convergencia
de las actividades de formación de los formadores de alto nivel, respetando las
estrategias operativas nacionales; (4)
alentar una estrecha
cooperación entre las estructuras y el personal afectados, desarrollar la mutua
confianza e intercambiar información, entre otras cosas sobre métodos de
actuación, experiencia y prácticas de trabajo; (5)
apoyar el desarrollo de la
protección jurídica y judicial del euro; (6)
incrementar el nivel de
protección del euro en los países que se considera corren peligro apoyando la
compra de equipos específicos.
1.4.3.
Resultado(s) e incidencia
esperados
Especifíquense
los efectos que la propuesta/iniciativa debería tener sobre los beneficiarios /
los grupos destinatarios. Los beneficiarios
destinatarios de la propuesta son exclusivamente las autoridades competentes de
los Estados miembros para la protección del euro. La totalidad del personal del
sector público y privado relacionado con la protección del euro son grupos
destinatarios de la acción del programa. Sus efectos incluirán: (1)
una incidencia positiva sobre las acciones
nacionales y transfronterizas para la prevención y la represión de la
falsificación y el fraude relacionados con el euro; (2)
la posibilidad de que las
autoridades competentes de los Estados miembros obtengan apoyo en sus esfuerzos
para conseguir y mantener un nivel elevado y equivalente de protección de los
billetes y monedas en euros; (3)
el acceso del personal
pertinente a una divulgación adecuada de conocimientos generales y específicos
y al desarrollo de redes especializadas para la protección de los billetes y
monedas en euros; (4)
la asistencia a los
Estados miembros y terceros países para que su marco institucional y jurídico
alcance un alto nivel de armonización para la protección contra la
falsificación de la moneda y los fraudes relacionados con ella.
1.4.4.
Indicadores de resultados
e impactos
Especifíquense
los indicadores que permiten realizar el seguimiento de la ejecución de la
propuesta/iniciativa. Principales indicadores para el seguimiento de la ejecución
del objetivo específico: –
nivel de billetes y
monedas en euros falsificados; –
número de talleres de
falsificación desmantelados; –
personas arrestadas y –
sanciones impuestas. Los
programas de trabajo precisarán objetivos específicos e hitos para la ejecución
del programa.
1.5.
Justificación de la
propuesta/iniciativa
La ejecución del programa Pericles se ampliará a los
Estados miembros que no han adoptado el euro como moneda única, mediante una
propuesta de Reglamento paralelo basado en el artículo 352 del TFUE. La base jurídica de la presente propuesta es el artículo
133 del TFUE, en el que el Tratado refleja la preocupación por la protección
del euro estableciendo las medidas necesarias para su utilización como moneda
única. Dicho artículo es aplicable únicamente a los Estados miembros que han
adoptado el euro como moneda única.
1.5.1.
Necesidad(es) que debe(n) cubrirse a corto o
largo plazo
Teniendo
en cuenta la experiencia y los resultados anteriores obtenidos en la ejecución
de Pericles, Pericles 2020 abordará varios retos para proteger el euro contra
la falsificación: –
nuevas amenazas como
consecuencia de que los billetes y monedas en euros siguen siendo de interés
para las bandas delictivas en un número creciente de terceros países. Pericles
2020 deberá poder ofrecer un apoyo adecuado a las autoridades de estos países,
para que puedan hacer frente a la situación; –
la introducción de las
nuevas series de billetes en euros en los próximos años incrementará
probablemente la demanda de sensibilización, así como de formación
especializada; –
nuevos países se adherirán
a la UE y, potencialmente, a la zona euro, lo que incrementará las necesidades
de formación; –
la demanda de apoyo de
Pericles debe también considerarse a la luz de la austeridad y la disminución
de recursos en los Estados miembros.
1.5.2.
Valor añadido de la
intervención de la UE
Se espera que el programa
Pericles 2020 contribuya a mantener e incrementar el nivel de protección del
euro mediante acciones de sensibilización y formación especializada del
personal pertinente; de este modo, los intercambios de personal promoverán la
cooperación y la creación de redes entre los servicios competentes de los
Estados miembros y con terceros países; también facilitará asistencia técnica a
las autoridades que participan en la protección del euro. Se espera que estas
acciones incrementen la efectividad de la prevención y la represión de la
falsificación del euro y los fraudes relacionados con ella
1.5.3.
Conclusiones extraídas de
experiencias similares
El programa Pericles fue evaluado en dos ocasiones, en 2004
y 2011. Las evaluaciones indicaron que el programa consiguió sus objetivos y
todos los beneficiarios opinaron que el programa debía proseguir. Las evaluaciones también indicaron ámbitos en los que debía
mejorarse el programa, a saber, la necesidad de simplificar los procedimientos,
la utilización racional de la subvención y una mayor posibilidad de ayuda a las
autoridades de terceros países en su esfuerzo por proteger la moneda única
europea,
1.5.4.
Compatibilidad y posibles
sinergias con otros instrumentos financieros
La evaluación de impacto indicó que el programa Pericles es
el único programa de la UE especialmente dedicado a la protección del euro
contra la falsificación. Pericles deberá seguir apoyando, para el período
contemplado (2014-2020), un conjunto de actividades complementarias de las actividades
contempladas por otros programas. A tal fin, seguirá organizándose un diálogo a
nivel nacional y de la UE para evitar posibles solapamientos y garantizar la
coherencia global.
1.6.
Duración e incidencia
financiera
X Propuesta/iniciativa de duración limitada
(7 años: 2014-2020) – X Propuesta/iniciativa en vigor desde el
1.1.2014 hasta el 31.12.2020 – X Incidencia financiera desde 2014 hasta 2023
(desde 2021 hasta 2023 para los créditos de pago únicamente) ¨ Propuesta/iniciativa de duración ilimitada – Ejecución con una fase de puesta en marcha
desde [AAAA] hasta [AAAA], – y pleno funcionamiento a partir de esa fecha.
1.7.
Modo(s) de gestión
previsto(s)[6]
X Gestión centralizada
directa a cargo de la Comisión ¨ Gestión centralizada indirecta mediante delegación de las tareas de
ejecución a: – ¨ agencias ejecutivas – ¨ organismos creados por las Comunidades[7]
– ¨ organismos nacionales del sector público/organismos
con misión de servicio público – ¨ personas a quienes se haya encomendado la
ejecución de acciones específicas de conformidad con el título V del Tratado de
la Unión Europea, definidas en el acto de base correspondiente a efectos del
artículo 49 del Reglamento Financiero ¨ Gestión compartida con los Estados miembros ¨ Gestión descentralizada con terceros países ¨ Gestión conjunta con organizaciones internacionales (especifíquense) Si se
marca más de un modo de gestión, facilítense los detalles en el recuadro
«Observaciones». Observaciones El procedimiento para determinar los costes con los que
correrán el beneficiario y la Comisión, respectivamente, se ha simplificado en
comparación con las versiones anteriores del programa.
2.
MEDIDAS DE GESTIÓN
2.1.
Disposiciones en materia de seguimiento e
informes
Precísense la
frecuencia y las condiciones de esas disposiciones. Véase el artículo 12 de la propuesta, con arreglo al cual: - se facilitará información anual al Parlamento Europeo y
al Consejo sobre los resultados, incluida la coherencia y la complementariedad
con los otros programas de la UE; - se prevé una evaluación de la ejecución de los objetivos
del programa (a más tardar el 31 de diciembre de 2017); - por otra parte, se transmitirá un informe final a la
autoridad presupuestaria sobre la realización de los objetivos del programa
para finales de 2021.
2.2.
Sistema de gestión y
control
2.2.1.
Riesgo(s) definido(s)
El nivel
del riesgo se considera bajo para los acuerdos de subvención, dado que en el
90 % de los casos los beneficiarios son administraciones públicas o
servicios con funciones coercitivas de los Estados miembros. Los riesgos se reducen en los contratos adjudicados tras un
proceso de contratación, dado que una parte importante del gasto está cubierta
jurídica y financieramente por un contrato marco celebrado por un año con la
posibilidad de prorrogarlo tres veces. Con arreglo a los requisitos de la Comisión, se realizará
cada año un ejercicio de evaluación del riesgo.Un riesgo importante detectado
en los expedientes de subvención es: - una interpretación demasiado favorable por parte del
beneficiario de las condiciones de subvención relativas a la subvencionabilidad
de los costes incurridos en la ejecución de la acción. - unos gastos declarados por el beneficiario que no entran
en el ámbito de aplicación del acuerdo de subvención. - unos costes de personal insuficientemente justificados.
2.2.2.
Medio(s) de control
previsto(s)
Los procedimientos de control para las dos secciones del programa (subvenciones y contrataciones) se atienen al Reglamento Financiero. Verificaciones ex ante (compromisos y pagos) La Comisión/OLAF ha elegido un plan de gestión financiera que es un modelo parcialmente descentralizado para el que la totalidad de la verificación ex ante se realiza en la Unidad presupuestaria central. Todos los expedientes son verificados por tres agentes como mínimo (el gestor de expedientes y el agente verificador financiero en la Unidad presupuestaria, y el agente verificador operativo en la Unidad responsable del gasto) antes de que sean aceptados por el ordenador de pagos por subdelegación. Cada jefe de Unidad ha recibido una subdelegación del Director General, por lo que es responsable de la ejecución de su parte del programa. - El agente verificador financiero realiza controles ex ante para cada transacción que requiera la aprobación del ordenador de pagos por subdelegación. - Se realizan controles de las variables sensibles tras los resultados de la evaluación de riesgo realizada en el contexto del informe de calidad contable (como LE y BA, contabilidad G/L, líneas presupuestarias, importes y cálculos, etc.). En todos los expedientes Pericles está presente un agente de la OLAF en el día de la acción a fin de supervisar la adecuada ejecución de los fondos (es decir, conferencias y formación). Subvenciones - El acuerdo de subvención firmado por los beneficiarios define las condiciones que se aplican a la financiación y a las actividades acogidas a la subvención, incluido un capítulo dedicado a los métodos de control. -Dependiendo de diversas variables (el importe del contrato, la complejidad del expediente), los agentes de expedientes financieros y operativos realizan in situ controles ex post. Durante estos controles se evalúan tanto la calidad como el impacto financiero del resultado. La Comisión/OLAF tiene intención de realizar aproximadamente diez controles diarios in situ. Contratación - Se elabora un pliego de condiciones pormenorizado que forma la base del contrato específico. Se prevén medidas contra el fraude en todos los contratos celebrados entre la OLAF y la parte externa. - La OLAF realiza controles de todos los resultados y supervisa todas las operaciones y servicios realizados por nuestro contratista marco. Por otra parte, con arreglo al artículo 13 de
la propuesta de Reglamento del Consejo del Parlamento Europeo y del Consejo por
el que se establece un programa en materia de intercambios, asistencia y
formación para la protección del euro contra la falsificación de moneda
(programa «Pericles 2020»), se prevén medidas a nivel de los beneficiarios (se
pondrán documentos justificativos a disposición de la Comisión). Podrán
efectuarse auditorías durante el contrato o el acuerdo, por un período de cinco
años a partir del último pago, a fin de que la Comisión, cuando así proceda,
tome decisiones de recuperación. Los derechos de acceso del personal de la
Comisión y los del personal externo autorizado están definidos, y el Tribunal
de Cuentas y la OLAF gozarán de los mismos derechos. Los controles establecidos permiten a la OLAF
disponer de una garantía suficiente en cuanto a la calidad y regularidad del
gasto y reducir el riesgo de incumplimiento. La profundidad de la evaluación
alcanza generalmente el nivel 3 y en algunos casos el nivel 4 cuando se ha
realizado un control in situ[8].
Los controles antes mencionados reducen el riesgo potencial prácticamente a
cero y alcanzan al 100 % de los beneficiarios. Los gastos ocasionados por la ejecución de la
estrategia de control antes mencionada representan el 1,15 % del
presupuesto. Esta estimación se basa en las medidas de control ya establecidas
para el programa Pericles II. La estrategia de control del programa se
considera eficiente para limitar el riesgo de incumplimiento y es proporcionada
al riesgo ocasionado, dado el escaso presupuesto asignado.
2.3.
Medidas de prevención del
fraude y de las irregularidades
Especifíquense
las medidas de prevención y protección existentes o previstas. Véase el artículo 13, apartado 2, de la propuesta. La
Comisión efectuará controles e inspecciones in situ con arreglo a este
programa de conformidad con el Reglamento (Euratom, CE) nº 2185/96 del Consejo
y, cuando así proceda, la OLAF efectuará investigaciones con arreglo al
Reglamento (CE) nº 1073/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo.
3.
INCIDENCIA FINANCIERA ESTIMADA DE LA
PROPUESTA/INICIATIVA
3.1.
Rúbrica(s) del Marco Financiero Plurianual y
línea(s) presupuestaria(s) de gastos afectada(s)
· Líneas presupuestarias de gasto existentes En el orden de las rúbricas y líneas presupuestarias del
Marco Financiero Plurianual Rúbrica del Marco Financiero Plurianual || Línea presupuestaria || Tipo de gasto || Contribución Número [Descripción…...…] || Disoc./no disoc.([9]) || de países de la AELC[10] || de países candidatos[11] || de terceros países || a efectos del artículo 18.1.a bis), del Reglamento Financiero [1A] || 24.0202 Programa de la Unión en materia de intercambios, asistencia y formación para la protección del euro contra la falsificación de moneda. || Disociado || SÍ || SÍ || NO || NO
3.2.
Incidencia estimada en los
gastos
3.2.1.
Resumen de la incidencia estimada en los gastos
millones EUR (al tercer decimal) Rúbrica del Marco Financiero Plurianual: || Número || 1A Crecimiento inteligente e integrador DG: OLAF || || || Año 2014[12] || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 || Años 2021-2023 || TOTAL Créditos de operaciones || || || || || || || || || 24 02 02 || Compromisos || (1) || 1,0 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,2 || || 7,7 Pagos || (2) || 0,9 || 1 || 1 || 1 || 1 || 1 || 1 || 0,8 || 7,7 || || || || || || || || || || || || || || || || || || || || || Créditos de carácter administrativo financiados con la dotación de programas específicos[13] || || || || || || || || || Número de la línea presupuestaria || || (3) || || || || || || || || || TOTAL de créditos para la DG OLAF || Compromisos || =1+1a +3 || 1,0 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,2 || || 7,7 Pagos || =2+2a +3 || 0,9 || 1 || 1 || 1 || 1 || 1 || 1 || 0,8 || 7,7 TOTAL de los créditos de operaciones || Compromisos || (4) || 1,0 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,2 || || 7,7 Pagos || (5) || 0,9 || 1 || 1 || 1 || 1 || 1 || 1 || 0,8 || 7,7 TOTAL de los créditos de carácter administrativo financiados con la dotación de programas específicos || (6) || || || || || || || || || TOTAL de créditos para la RÚBRICA 1 A del Marco Financiero Plurianual || Compromisos || =4+ 6 || 1,0 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,2 || || 7,7 Pagos || =5+ 6 || 0,9 || 1 || 1 || 1 || 1 || 1 || 1 || 0,8 || 7,7
Si la
propuesta/iniciativa afecta a varias rúbricas: TOTAL de los créditos de operaciones || Compromisos || (4) || || || || || || || || || Pagos || (5) || || || || || || || || || TOTAL de los créditos de carácter administrativo financiados con la dotación de programas específicos || (6) || || || || || || || || || TOTAL de créditos para las RÚBRICAS 1 a 4 del Marco Financiero Plurianual (Importe de referencia) || Compromisos || =4+ 6 || 1,0 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,1 || 1,2 || || 7,7 Pagos || =5+ 6 || 0,9 || 1 || 1 || 1 || 1 || 1 || 1 || 0,8 || 7,7 Rúbrica del Marco Financiero Plurianual: || 5 || «Gastos administrativos» millones EUR (al tercer decimal) || || || Año 2014[14] || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 || Años 2021-2023: || TOTAL DG: OLAF || Recursos humanos || 0,191 || 0,191 || 0,191 || 0,191 || 0,191 || 0,191 || 0,191 || 0 || 1,337 Otros gastos administrativos || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0 || 0,105 TOTAL DG OLAF || Créditos || || || || || || || || || TOTAL de créditos para la RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual || Total compromisos = Total pagos) || 0,206 || 0,206 || 0,206 || 0,206 || 0,206 || 0,206 || 0,206 || 0 || 1,442 || || || Año 2014[15] || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 || Años 2021-2023 || TOTAL TOTAL de créditos para las RÚBRICAS 1 a 5 del Marco Financiero Plurianual || Compromisos || 1,206 || 1,306 || 1,306 || 1,306 || 1,306 || 1,306 || 1,406 || 0 || 9,142 Pagos || 1,106 || 1,206 || 1,206 || 1,206 || 1,206 || 1,206 || 1,206 || 0,800 || 9,142
3.2.2.
Incidencia estimada en los
créditos de operaciones
– ¨ La propuesta/iniciativa no exige la
utilización de créditos de operaciones – X La propuesta/iniciativa exige la
utilización de créditos de operaciones, tal como se explica a continuación: millones EUR (al
tercer decimal) Indíquense los objetivos y los resultados ò || || || Año 2014[16] || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 || TOTAL RESULTADO Tipo de resultado || Coste medio del resultado || Número resultados || Coste || Número resultados || Coste || Número resultados || Coste || Número resultados || Coste || Número resultados || Coste || Número resultados || Coste || Número resultados || Coste || Número total resultados || Coste OBJETIVO ESPECÍFICO n° 1 || || || || || || || || || || || || || Mantenimiento del nivel global actual de formación y asistencia técnica || || || || || || || || || || || || || || || || || || Acción 1 : Programa de subvenciones Pericles || || || 12 || 0,700 || 12 || 0,770 || 13 || 0,770 || 13 || 0,770 || 14 || 0,770 || 14 || 0,770 || 14 || 0,840 || 96 || 5,390 Resultado 1: Seminario || || || 7 || || 6 || || 6 || || 6 || || 7 || || 6 || || 7 || || 45 || Resultado 2: Intercambio de personal || || || 4 || || 6 || || 7 || || 7 || || 7 || || 8 || || 6 || || 45 || Resultado 3: Estudios || || || 1 || || || || || || || || || || || || 1 || || 2 || Resultado 4: Adquisición de equipo || || || 1 || || 1 || || || || 1 || || 1 || || || || || || 4 || Acción 2: Contratación || || || || 0,30 || || 0,330 || || 0,330 || || 0,330 || || 0,330 || || 0,330 || || 0,360 || 27 || 2,310 Resultado 1: Seminarios || || || 4 || || 4 || || 4 || || 3 || || 3 || || 3 || || 3 || || 24 || Resultado 2: Intercambio de personal || || || || || || || || || || || || || || || || || || Resultado 3: Estudios || || || || || || || 1 || || || || || || 1 || || 1 || || 3 || || || || || || || || || || || || || || || || || || || Subtotal objetivo específico 1 || || 1,000 || || 1,100 || || 1,100 || || 1,100 || || 1,100 || || 1,100 || || 1,200 || 123 || 7,700 COSTE TOTAL || || 1,000 || || 1,100 || || 1,100 || || 1,100 || || 1,100 || || 1,100 || || 1,200 || 7,700
3.2.3.
Incidencia estimada en los
créditos de carácter administrativo
3.2.3.1.
Resumen
–
¨ La propuesta/iniciativa no exige la utilización de créditos de
carácter administrativo – X La propuesta/iniciativa exige la
utilización de créditos de carácter administrativo, tal como se explica a
continuación: millones
EUR (al tercer decimal) || Año 2014[17] || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 y después || TOTAL RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual || || || || || || || || Recursos humanos || 0,191 || 0,191 || 0,191 || 0,191 || 0,191 || 0,191 || 0,191 || 1,337 Otros gastos administrativos || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,105 Subtotal RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual || || || || || || || || Fuera de la RÚBRICA 5[18] del Marco Financiero Plurianual || || || || || || || || Recursos humanos || || || || || || || || Otros gastos de naturaleza administrativa || || || || || || || || Subtotal fuera de la RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual || || || || || || || || TOTAL || 0,206 || 0,206 || 0,206 || 0,206 || 0,206 || 0,206 || 0,206 || 1,442
3.2.3.2.
Necesidades estimadas de
recursos humanos
– ¨ La propuesta/iniciativa no exige la
utilización de recursos humanos – X La propuesta/iniciativa exige la
utilización de recursos humanos, tal como se explica a continuación: Estimaciones
expresadas en unidades de equivalente a jornada completa || Año 2014[19] || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 y después Empleos de plantilla (puestos de funcionarios y agentes temporales) || 24 01 06 – A3 01 01 (en la sede y en las oficinas de representación de la Comisión) || 1,5 || 1,5 || 1,5 || 1,5 || 1,5 || 1,5 || 1,5 XX 01 01 02 (Delegaciones) || || || || || || || XX 01 05 01 (Investigación indirecta) || || || || || || || XX 01 05 01 (Investigación directa) || || || || || || || Personal externo (en unidades de equivalente a jornada completa: EJC)[20] || 24 01 02 01 (AC, INT, ENCS de la «dotación global») || || || || || || || XX 01 02 02 (AC, INT, JED, AL y ENCS en las Delegaciones) || || || || || || || XX 01 04 aa[21] || - en la sede[22] || || || || || || || en las Delegaciones || || || || || || || 01 05 02 (AC, INT, ENCS – Investigación indirecta) || || || || || || || 10 01 05 02 (AC, INT, ENCS – Investigación directa) || || || || || || || Otras líneas presupuestarias (especifíquense) || || || || || || || TOTAL || 1.5 || 1.5 || 1.5 || 1.5 || 1.5 || 1.5 || 1.5 XX es la política o título presupuestario en
cuestión. Las
necesidades en materia de recursos humanos las cubrirá el personal de la DG ya
destinado a la gestión de la acción y/o reasignado dentro de la DG, que se
complementará en caso necesario con cualquier dotación adicional que pudiera
asignarse a la DG gestora en el marco del procedimiento de asignación anual y a
la luz de los imperativos presupuestarios existentes. Descripción
de las tareas que deben llevarse a cabo: Funcionarios y agentes temporales || 1,5 funcionarios (0,75 AD, 0,75 AST ) 1,5 x 127 000 EUR =190 500 EUR Personal externo ||
3.2.4.
Compatibilidad con el Marco
Financiero Plurianual vigente
– X La propuesta/iniciativa es compatible con
el Marco Financiero Plurianual vigente. – ¨ La propuesta/iniciativa implicará la
reprogramación de la rúbrica correspondiente del Marco Financiero Plurianual[23]. Explíquese la reprogramación
requerida, precisando las líneas presupuestarias afectadas y los importes
correspondientes. – ¨ La propuesta/iniciativa exige recurrir al
Instrumento de Flexibilidad o revisar el Marco Financiero Plurianual. Explíquese lo que se
requiere, precisando las rúbricas y líneas presupuestarias afectadas y los
importes correspondientes.
3.2.5.
Contribución de terceros
– X La propuesta/iniciativa no prevé la
cofinanciación por terceros – La propuesta/iniciativa prevé la
cofinanciación que se estima a continuación: Créditos en millones EUR (al tercer
decimal) || Año N || Año N+1 || Año N+2 || Año N+3 || … insértense tantos años como sea necesario para reflejar la duración del impacto (véase el punto 1.6) || Total Especifíquese el organismo de cofinanciación || || || || || || || || TOTAL de los créditos cofinanciados || || || || || || || ||
3.3.
Incidencia estimada en los
ingresos
– X La propuesta/iniciativa no tiene incidencia
financiera en los ingresos. – ¨ La propuesta/iniciativa tiene la incidencia
financiera que se indica a continuación: –
¨en los recursos propios –
¨ en ingresos varios millones EUR (al tercer decimal) Línea presupuestaria de ingresos || Créditos disponibles para el ejercicio presupuestario en curso || Incidencia de la propuesta/iniciativa[24] Año N || Año N+1 || Año N+2 || Año N+3 || … insértense tantas columnas como sea necesario para reflejar la duración del impacto (véase el punto 1.6) Artículo… || || || || || || || || En el
caso de los ingresos varios que se verán «afectados», precísense la línea o
líneas presupuestarias de gastos afectadas. Precísese
el método de cálculo de la incidencia sobre los ingresos. ANEXO de la
FICHA FINANCIERA LEGISLATIVA Naturaleza de la propuesta/iniciativa: Propuesta de Reglamento DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL
CONSEJO sobre el programa Pericles, el programa de la Unión en materia de
intercambios, asistencia y formación para la protección del euro contra la
falsificación de moneda (1)
NÚMERO y COSTE de los RECURSOS HUMANOS QUE SE
CONSIDERAN NECESARIOS (2)
COSTE de OTROS GASTOS de
CARÁCTER ADMINISTRATIVO (3)
MÉTODOS utilizados para el
CÁLCULO de los COSTES Relativos
a los recursos humanos Relativos
a otros gastos administrativos El presente anexo acompañará
a la ficha financiera legislativa durante la consulta interservicios. Los cuadros incluidos en el
presente anexo sirven para rellenar los cuadros de la ficha financiera
legislativa. El presente anexo es un
documento interno que deberán conservar los servicios de la Comisión. (1)
Número y coste de los recursos humanos que se
consideran necesarios X La
propuesta/iniciativa exige la utilización de recursos humanos, tal como se explica
a continuación: millones EUR (al tercer decimal) RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual || Año 2014 || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 || TOTAL EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || Empleos de plantilla (puestos de funcionarios y agentes temporales) || 24 01 06 – A3 01 01 (en la sede y en las oficinas de representación de la Comisión en los Estados miembros) || AD || 0,75 || 0,0953 || 0,75 || 0,0953 || 0,75 || 0,0953 || 0,75 || 0,0953 || 0,75 || 0,0953 || 0,75 || 0,0953 || 0,75 || 0,0953 || 5,25 || 0,667 || AST || 0,75 || 0,0953 || 0,75 || 0,0953 || 0,75 || 0,0953 || 0,75 || 0,0953 || 0,75 || 0,0953 || 0,75 || 0,0953 || 0,75 || 0,0953 || 5,25 || 0,667 || XX 01 01 02 (en las Delegaciones) || AD || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || AST || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || Personal externo[25] || 24 01 06 00 (dotación global) || AC || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || INT || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || AT || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || ENCS || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || XX 01 02 02 (en las Delegaciones) || AC || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || INT || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || JED || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || AL || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || ENCS || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || Otras líneas presupuestarias (especifíquense) || || || || || || || || || || || || || || || || || || Subtotal - RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual || || 1,5 || 0,191 || 1,5 || 0,191 || 1,5 || 0,191 || 1,5 || 0,191 || 1,5 || 0,191 || 1,5 || 0,191 || 1,5 || 0,191 || 10,5 || 1,337 || 24
es la
política o título presupuestario en cuestión. Fuera de la RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual || Año 2014 || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 || TOTAL EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos Empleos de plantilla (puestos de funcionarios y agentes temporales) XX 01 05 01 (Investigación indirecta) || AD || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. AST || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. XX 01 05 01 (Investigación directa) || AD || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. AST || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. Personal externo[26] XX 01 04 aa Créditos para personal externo autorizados en las antiguas líneas «BA» || En la sede || AC || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. INT || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. ENCS || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. En las Delegaciones || AC || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. INT || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. JED || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. AL || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. ENCS || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. XX 01 05 02 (Investigación indirecta) || AC || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. INT || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. ENCS || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. XX 01 05 02 (Investigación directa) || AC || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. INT || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. Subtotal - RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual || || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. millones EUR (al tercer decimal) || Año 2014 || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 || TOTAL || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos || EJC || Créditos TOTAL RÚBRICA 5 y fuera de la RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual || 1,5 || 0,191 || 1,5 || 0,191 || 1,5 || 0,191 || 1,5 || 0,191 || 1,5 || 0,191 || 1,5 || 0,191 || 1,5 || 0,191 || 10,5 || 1,337 Las
necesidades en materia de recursos humanos las cubrirá el personal de la DG ya
destinado a la gestión de la acción y/o reasignado, que se complementará en
caso necesario con cualquier dotación adicional que pudiera asignarse a la DG
gestora en el marco del procedimiento de asignación anual y a la luz de los
imperativos presupuestarios existentes. (2)
Coste de otros gastos de
carácter administrativo X La
propuesta/iniciativa exige la utilización de créditos administrativos, tal como
se explica a continuación: millones EUR (al tercer decimal) || Año 2014 || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 || TOTAL RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual || || || || || || || || En la sede || || || || || || || || 24 01 06 - A3 01 02 11 - Misiones y costes de representación || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,105 24 01 06 00 - Conferencias y reuniones || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. 24 01 06 00 - Reuniones de comités [27] || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. 24 01 06 00 − Estudios y asesoramiento || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. 24 01 06 00 - Sistemas TI de gestión e información || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. 24 01 06 00 - Nueva formación || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. 24 01 06 00 - Equipo y mobiliario || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. 24 01 06 00 04 - Servicios y otros gastos operativos || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. En las Delegaciones || || || || || || || || 24 01 06 - A3 01 02 11 - Misiones, conferencias y costes de representación || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. 24 01 06 00 - Nueva formación del personal || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. 24 01 06 00 — Adquisición y arrendamiento de bienes inmuebles y gastos conexos || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. 24 01 06 00 — Equipo, mobiliario, suministros y prestación de servicios || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. Subtotal - RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,105 24 es la política o título
presupuestario en cuestión. millones EUR (al tercer
decimal) || Año 2014 || Año 2015 || Año 2016 || Año 2017 || Año 2018 || Año 2019 || Año 2020 || TOTAL Fuera de la RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual || || || || || || || || 24 01 06 aa - Asistencia administrativa y técnica (excluido el personal externo), financiada por créditos de operaciones (antiguas líneas «BA») || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. - en la sede || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. - en las Delegaciones || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. 24 01 06 00 - Otros gastos de gestión en materia de investigación || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. 24 01 06 00 - Otros gastos de gestión en materia de investigación || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. Subtotal - RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. || p.m. 24 es la política o título presupuestario en
cuestión. TOTAL RÚBRICA 5 y fuera de la RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,015 || 0,105 Las necesidades en materia de
créditos administrativos las cubrirán los créditos ya destinados a la gestión
de la acción y/o reasignados, que se complementarán en caso necesario con
cualquier dotación adicional que pudiera asignarse a la DG gestora en el marco
del procedimiento de asignación anual y a la luz de los imperativos
presupuestarios existentes. (3)
Métodos de cálculo
utilizados para estimar los costes Relativos
a los recursos humanos Dense detalles del método de
cálculo utilizado para cada categoría de personal (previsiones, costes medios,
etc.) RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual Recordatorio: Los costes medios para cada categoría de personal están disponibles en la página BudgWeb: http://www.cc.cec/budg/pre/legalbasis/pre-040-020_preparation_en.html#forms relativos a empleos de plantilla (funcionarios y agentes temporales) – Gestores y asistentes financieros y gestores y asistentes de expedientes operativos – Apoyo administrativo: 0,25 AD + 0,25 AST – Gestión del programa: 0,50AD + 0,50 AST Se han utilizado los tipos medios actuales para los funcionarios y los agentes temporales: – Funcionarios: 127 000 EUR/año – Agentes temporales: 127 000 EUR/año relativos al personal externo No procede Se han utilizado los tipos medios actuales para los funcionarios y los agentes temporales: – Agentes contractuales 64 000 EUR/año – Asistencia técnica: 160 000 EUR/año – Expertos nacionales en comisión de servicios: 73 000 EUR/año Fuera de la RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual relativos a empleos de plantilla (funcionarios dedicados a investigación y agentes temporales) n.p. relativos a personal externo n.p. Relativos
a los gastos de carácter administrativo Dense detalles del método de
cálculo utilizado para cada línea presupuestaria, previsiones subyacentes (p.
ej. número de reuniones anuales, costes medios, etc.) RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual (Misión): previsión de 15 misiones anuales con un coste medio de 1 000 EUR por misión Fuera de la RÚBRICA 5 del Marco Financiero Plurianual n.p. [1] DO C … de… , p. … [2] Véase la página … del presente
Diario Oficial. [3] DO L
139 de 11.5.1998, p. 1. [4] GPA:
Gestión por actividades – PPA: Presupuestación por actividades. [5] Tal
como se contemplan en el artículo 49, apartado 6, letras a) o b), del
Reglamento Financiero. [6] Las
explicaciones sobre los modos de gestión y las referencias al Reglamento
Financiero pueden consultarse en el sitio BudgWeb:
http://www.cc.cec/budg/man/budgmanag/budmanag_fr.html. [7] Tal
como se contemplan en el artículo 185 del Reglamento Financiero. [8] Control con referencia y acceso
a la documentación subyacente disponible en la fase del proceso en cuestión. [9] CD = créditos disociados / CND
= créditos no disociados. [10] CD = créditos disociados / CND = créditos no
disociados. [11] CD = créditos disociados / CND = créditos no
disociados. [12] El año N es el año de comienzo de
la ejecución de la propuesta/iniciativa. [13] Asistencia
técnica o administrativa y gastos de apoyo a la ejecución de programas o
acciones de la UE (antiguas líneas «BA», investigación indirecta, investigación
directa. [14] El año N es el año de comienzo de
la ejecución de la propuesta/iniciativa. [15] El año N es el año de comienzo de
la ejecución de la propuesta/iniciativa. [16] El año N es el año de comienzo de
la ejecución de la propuesta/iniciativa. [17] El año N es el año de comienzo de
la ejecución de la propuesta/iniciativa. [18] El año N es el año de comienzo de la ejecución
de la propuesta/iniciativa. [19] El año N es el año de comienzo de
la ejecución de la propuesta/iniciativa. [20] AC= agente contractual; INT=
personal de agencia («interinos»); JED= joven experto en delegación; AL =
agente local; ENCS = experto nacional en comisión de servicio. [21] Por debajo del techo para personal externo con
cargo a créditos de operaciones (antiguas líneas «BA») [22] Esencialmente para los Fondos
Estructurales, Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y Fondo
Europeo de Pesca (FEP). [23] Véanse
los puntos 19 y 24 del Acuerdo Interinstitucional. [24] Por
lo que se refiere a los recursos propios tradicionales (derechos de aduana,
cotizaciones sobre el azúcar), los importes indicados deben ser importes netos,
es decir, importes brutos tras la deducción del 25 % por gastos de
recaudación. [25] AC= agente contractual; INT= personal de
agencia («interinos»); JED= joven experto en delegación; AL = agente local; ENCS
= experto nacional en comisión de servicio. [26] AC= agente contractual; INT= personal de
agencia («interinos»); JED= joven experto en delegación; AL= agente local; ENCS
= experto nacional en comisión de servicio. [27] Especifíquese el tipo de comité y el grupo afectado.