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ISSN 1977-0928 |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 306 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
59° año |
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Número de información |
Sumario |
Página |
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II Comunicaciones |
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COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2016/C 306/01 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto M.8111 — Ardian/Crédit Agricole Assurances/Indigo Infra) ( 1 ) |
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2016/C 306/02 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto M.7946 — PAI/Nestle/Froneri) ( 1 ) |
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2016/C 306/03 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto M.8139 — Onex/Paine & Partners/Wireco) ( 1 ) |
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IV Información |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2016/C 306/04 |
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2016/C 306/05 |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS |
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2016/C 306/06 |
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2016/C 306/07 |
Comunicación de la Comisión con arreglo al artículo 16, apartado 4, del Reglamento (CE) n.o 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad — Modificación de obligaciones de servicio público referentes a servicios aéreos regulares ( 1 ) |
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V Anuncios |
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PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA |
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Comisión Europea |
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2016/C 306/08 |
Notificación previa de una operación de concentración (Asunto M.8173 — CPPIB/OTPP/IDEAL/Arco Norte) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 ) |
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2016/C 306/09 |
Notificación previa de una operación de concentración (Asunto M.8068 — Bunge/Walter Rau Neusser Öl und Fett) ( 1 ) |
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(1) Texto pertinente a efectos del EEE |
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ES |
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II Comunicaciones
COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
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23.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 306/1 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto M.8111 — Ardian/Crédit Agricole Assurances/Indigo Infra)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2016/C 306/01)
El 16 de agosto de 2016, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en francés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
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en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
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en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32016M8111. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea. |
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.
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23.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 306/1 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto M.7946 — PAI/Nestle/Froneri)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2016/C 306/02)
El 14 de julio de 2016, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
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en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
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en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32016M7946. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea. |
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.
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23.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 306/2 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto M.8139 — Onex/Paine & Partners/Wireco)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2016/C 306/03)
El 16 de agosto de 2016, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
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— |
en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
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— |
en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32016M8139. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea. |
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.
IV Información
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
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23.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 306/3 |
Tipo de cambio del euro (1)
22 de agosto de 2016
(2016/C 306/04)
1 euro =
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Moneda |
Tipo de cambio |
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USD |
dólar estadounidense |
1,1306 |
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JPY |
yen japonés |
113,73 |
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DKK |
corona danesa |
7,4421 |
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GBP |
libra esterlina |
0,86240 |
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SEK |
corona sueca |
9,4825 |
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CHF |
franco suizo |
1,0886 |
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ISK |
corona islandesa |
|
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NOK |
corona noruega |
9,3281 |
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BGN |
leva búlgara |
1,9558 |
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CZK |
corona checa |
27,024 |
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HUF |
forinto húngaro |
310,15 |
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PLN |
esloti polaco |
4,3019 |
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RON |
leu rumano |
4,4583 |
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TRY |
lira turca |
3,3266 |
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AUD |
dólar australiano |
1,4856 |
|
CAD |
dólar canadiense |
1,4602 |
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HKD |
dólar de Hong Kong |
8,7656 |
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NZD |
dólar neozelandés |
1,5605 |
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SGD |
dólar de Singapur |
1,5276 |
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KRW |
won de Corea del Sur |
1 270,24 |
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ZAR |
rand sudafricano |
15,3625 |
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CNY |
yuan renminbi |
7,5195 |
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HRK |
kuna croata |
7,4890 |
|
IDR |
rupia indonesia |
14 955,58 |
|
MYR |
ringit malayo |
4,5598 |
|
PHP |
peso filipino |
52,641 |
|
RUB |
rublo ruso |
72,8855 |
|
THB |
bat tailandés |
39,194 |
|
BRL |
real brasileño |
3,6339 |
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MXN |
peso mexicano |
20,6901 |
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INR |
rupia india |
75,9920 |
(1) Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.
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23.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 306/4 |
DECISIÓN DE LA COMISIÓN
de 18 de agosto de 2016
por la que se designan los miembros del Grupo Consultivo Europeo de los Consumidores y sus suplentes
(2016/C 306/05)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la Decisión 2009/705/CE de la Comisión, de 14 de septiembre de 2009, por la que se crea un Grupo Consultivo Europeo de los Consumidores (1), y en particular su artículo 4,
Considerando lo siguiente:
El mandato de los actuales miembros del Grupo Consultivo Europeo de los Consumidores expira el 18 de julio de 2016.
Por consiguiente, es necesario designar a nuevos miembros y suplentes para un período de tres años, sobre la base de las propuestas presentadas por los Estados miembros y las organizaciones europeas de consumidores.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Se designa a las siguientes personas miembros o suplentes del Grupo Consultivo Europeo de los Consumidores para un mandato de tres años:
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Miembros |
Suplentes |
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Gabriele ZGUBIC-ENGLEDER (AT) |
Ulrike DOCEKAL (AT) |
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Joost VANDENBROUCKE (BE) |
Leen DE CORT (BE) |
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Bogomil NIKOLOV (BG) |
Daniela IVANOVA (BG) |
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Igor VUJOVIĆ (HR) |
Vlado BILJARSKI (HR) |
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Loucas ARISTODEMOU (CY) |
Eleni I. KAKOURI (CY) |
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Karel PAVLÍK (CZ) |
Libor DUPAL (CZ) |
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Benedicte FEDERSPIEL (DK) |
Lars PRAM (DK) |
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Isabelle Marie Charlotte BUSCKE (DE) |
Thomas Martin BOBINGER (DE) |
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Helle ARUNIIT (EE) |
Tiiu MÜÜRSEPP (EE) |
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Dermott JEWELL (IE) |
Raymond O’ROURKE (IE) |
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Celia K. TSEKERIS (EL) |
Sophia MAGGIOROU (EL) |
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Concepción MARTIN REY (ES) |
Carlos PUENTE MARTIN (ES) |
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Karine DE CRESCENZO (FR) |
Sandrine PERROIS (FR) |
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Mariano VOTTA (IT) |
Flavia CAVALERO (IT) |
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Andrejs VANAGS (LV) |
Baiba MILTOVIČA (LV) |
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Eglė KYBARTIENĖ (LT) |
Rūtenis PAUKŠTE (LT) |
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Bob SCHMITZ (LU) |
Guy FETTES (LU) |
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Anikó HARASZTI (HU) |
Alexandra BARAN (HU) |
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Evelyn CHETCUTI (MT) |
Pauline AZZOPARDI (MT) |
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Michiel KARSKENS (NL) |
Jacobus T. PETERS (NL) |
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Grażyna ROKICKA (PL) |
Kamil PLUSKWA-DĄBROWSKI (PL) |
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Luís Sieuve DE LIMA DA SILVEIRA RODRIGUES (PT) |
Mário AGOSTINHO REIS (PT) |
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Irina CHIRITOIU (RO) |
Sorin MIERLEA (RO) |
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Mojca STRUCL (SI) |
Breda KUTIN (SI) |
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Petra VARGOVÁ ČASKOVSKÁ (SK) |
Miroslav TULÁK (SK) |
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Juha BEURLING (FI) |
Ilkka SALMINEN (FI) |
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Jens HENRIKSSON (SE) |
Christin HOLM GATICA (SE) |
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Amber Elizabeth Joy BECHROURI (UK) |
Heidi RANSCOMBE (UK) |
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Chiara GIOVANNINI (ANEC) |
Stephen RUSSELL (ANEC) |
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Monique GOYENS (BEUC) |
Ursula PACHL (BEUC) |
Artículo 2
La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 18 de agosto de 2016.
Por la Comisión,
en nombre del Presidente,
Carlos MOEDAS
Miembro de la Comisión
(1) DO L 244 de 16.9.2009, p. 21.
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS
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23.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 306/6 |
Comunicación de la Comisión con arreglo al artículo 17, apartado 5, del Reglamento (CE) n.o 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad
Licitación para la explotación de servicios aéreos regulares de conformidad con las obligaciones de servicio público
(2016/C 306/06)
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Estado miembro |
Reino Unido |
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Ruta afectada |
Orkney Mainland (Kirkwall) y las islas de Papa Westray, North Ronaldsay, Westray, Sanday, Stronsay y Eday |
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Período de validez del contrato |
Del 1 de abril de 2017 al 31 de marzo de 2021 |
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Plazo de presentación de solicitudes y ofertas |
9 de noviembre de 2016 |
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Dirección en la que pueden obtenerse el texto de la convocatoria y cualquier otra información o documentación relacionada con la licitación y con la obligación de servicio público |
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23.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 306/7 |
Comunicación de la Comisión con arreglo al artículo 16, apartado 4, del Reglamento (CE) n.o 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad
Modificación de obligaciones de servicio público referentes a servicios aéreos regulares
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2016/C 306/07)
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Estado miembro |
Reino Unido |
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Ruta afectada |
Orkney Mainland (Kirkwall) y las islas de Papa Westray, North Ronaldsay, Westray, Sanday, Stronsay y Eday |
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Fecha inicial de entrada en vigor de las obligaciones de servicio público |
30 de diciembre de 1997 (de Kirkwall a North Ronaldsay y Papa Westray); 19 de diciembre de 2001 (de Kirkwall a Eday, Sanday, Stronsay yWestray). |
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Fecha de entrada en vigor de las modificaciones |
1 de abril de 2017 |
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Dirección en la que pueden obtenerse el texto y cualquier otra información o documentación relacionada con la obligación de servicio público |
Contacto para más información:
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V Anuncios
PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA
Comisión Europea
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23.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 306/8 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto M.8173 — CPPIB/OTPP/IDEAL/Arco Norte)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2016/C 306/08)
|
1. |
El 16 de agosto de 2016, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual las empresas Canada Pension Plan Investment Board (CPPIB, Canadá), Ontario Teachers’ Pension Plan Board (OTPP, Canadá) e Impulsora del Desarrollo y el Empleo en América Latina, S.A.B. de C.V. (IDEAL, México) adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, de la empresa Autopista Arco Norte, SA de C.V. (Arco Norte, México) mediante suscripción de acciones. En la actualidad, Arco Norte es controlada únicamente por IDEAL. |
|
2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes: — CPPIB: organismo de gestión de inversiones que invierte los fondos del Canada Pension Plan, principalmente en valores cotizados y no cotizados, bienes raíces, infraestructuras y renta fija; — OTPP: organismo de gestión de inversiones que invierte los activos del plan de pensiones por cuenta de profesores en activo y jubilados en la provincia canadiense de Ontario; — IDEAL: empresa pública que gestiona una cartera de activos estratégicos en varios sectores de infraestructuras que promueven el desarrollo social y el crecimiento económico mediante el diseño, el desarrollo, la financiación y la gestión de diferentes proyectos de infraestructura en México y en Panamá, así como la gestión a largo plazo, la prestación de servicios, el mantenimiento y la operación de las concesiones y proyectos en los que participa; — Arco Norte: titular de una concesión para la explotación, la operación y el mantenimiento de una carretera de peaje en México, conocida como «Libramiento Norte de la Ciudad de México». |
|
3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación. |
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4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del n.o de referencia M.8173 — CPPIB/OTPP/IDEAL/Arco Norte, a la siguiente dirección:
|
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («el Reglamento de concentraciones»).
(2) DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.
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23.8.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 306/9 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto M.8068 — Bunge/Walter Rau Neusser Öl und Fett)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2016/C 306/09)
|
1. |
El 16 de agosto de 2016, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual la empresa Bunge Deutschland GmbH (Alemania), filial de Bunge Limited («Bunge», EE. UU.), adquiere el control, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, de la totalidad de la empresa Walter Rau Neusser Öl und Fett AG («WRAG», Alemania), mediante adquisición de acciones. |
|
2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes: — Bunge: empresa agroalimentaria activa en la compra, almacenamiento y transformación de cereales y semillas oleaginosas, la producción y venta de azúcar y bioenergía y de aceites y grasas comestibles, la creación de productos molturados de trigo, maíz y arroz para los consumidores, y la producción, mezcla y distribución de productos fertilizantes para la agricultura. Bunge opera en unos cuarenta países en todo el mundo, — WRAG: transformación y mezcla de aceites y grasas vegetales, principalmente para los procesadores industriales de alimentos, y producción y comercialización de aceites comestibles. |
|
3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. |
|
4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo postal, con indicación del número de referencia M.8068 — Bunge/Walter Rau Neusser Öl und Fett, a la siguiente dirección:
|
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).