ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 254

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

59° año
13 de julio de 2016


Número de información

Sumario

Página

 

II   Comunicaciones

 

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Comisión Europea

2016/C 254/01

No oposición a una concentración notificada (Asunto M.8065 — Verizon Communications/Hearst Corporation/Complex Media Holdings) ( 1 )

1

2016/C 254/02

No oposición a una concentración notificada (Asunto M.8034 — Verizon/Hearst/Dreamworks/Awesomeness TV) ( 1 )

1


 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Consejo

2016/C 254/03

Anuncio dirigido a las personas, grupos y entidades incluidos en la lista contemplada en el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 2580/2001 del Consejo sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo [véase el anexo del Reglamento (UE) 2016/1127 del Consejo]

2

 

Comisión Europea

2016/C 254/04

Tipo de cambio del euro

3

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

2016/C 254/05

Información comunicada por los Estados miembros en relación con el cierre de pesquerías

4

2016/C 254/06

Información comunicada por los estados miembros en relación con el cierre de pesquerías

4

2016/C 254/07

Información comunicada por los Estados miembros en relación con el cierre de pesquerías

5

2016/C 254/08

Información comunicada por los estados miembros en relación con el cierre de pesquerías

5

2016/C 254/09

Información comunicada por los estados miembros en relación con el cierre de pesquerías

6

2016/C 254/10

Información comunicada por los Estados miembros en relación con el cierre de pesquerías

6

2016/C 254/11

Información comunicada por los estados miembros en relación con el cierre de pesquerías

7


 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

 

Comisión Europea

2016/C 254/12

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto M.8127 — Volvo Car Corporation/Volverk/Volvofinans Bank) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

8


 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE

ES

 


II Comunicaciones

COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Comisión Europea

13.7.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 254/1


No oposición a una concentración notificada

(Asunto M.8065 — Verizon Communications/Hearst Corporation/Complex Media Holdings)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2016/C 254/01)

El 4 de julio de 2016, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32016M8065. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea.


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


13.7.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 254/1


No oposición a una concentración notificada

(Asunto M.8034 — Verizon/Hearst/Dreamworks/Awesomeness TV)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2016/C 254/02)

El 4 de julio de 2016, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:

en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32016M8034. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea.


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Consejo

13.7.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 254/2


Anuncio dirigido a las personas, grupos y entidades incluidos en la lista contemplada en el artículo 2, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 2580/2001 del Consejo sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo

[véase el anexo del Reglamento (UE) 2016/1127 del Consejo]

(2016/C 254/03)

Se comunica la siguiente información a las personas, grupos y entidades incluidos en la lista del Reglamento (UE) n.o 2016/1127 del Consejo (1).

El Consejo de la Unión Europea ha resuelto que los motivos para incluir a las personas, grupos y entidades que figuran en la citada lista de personas, grupos y entidades sujetos a las medidas restrictivas dispuestas en virtud del Reglamento (CE) n.o 2580/2001 del Consejo, de 27 de diciembre de 2001, sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo (2), siguen siendo válidos. Por consiguiente, el Consejo ha decidido mantener a dichas personas, grupos y entidades en la lista.

El Reglamento (CE) n.o 2580/2001 del Consejo dispone que sean inmovilizados todos los capitales, otros activos financieros y recursos económicos pertenecientes a las personas, entidades y organismos afectados, y que estos no puedan disponer, ni directa ni indirectamente, de capitales, otros activos financieros y recursos económicos.

Se señala a las personas, grupos y entidades afectados la posibilidad de presentar a las autoridades y organismos competentes de los Estados miembros correspondientes, enumerados en el anexo del Reglamento, una solicitud para obtener la autorización de utilizar los fondos congelados para satisfacer necesidades esenciales o efectuar pagos específicos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5, apartado 2, de dicho Reglamento.

Las personas, grupos y entidades afectados podrán presentar una solicitud para obtener la exposición de motivos del Consejo sobre la decisión de mantenerlos en la citada lista (a menos que la exposición de motivos ya les haya sido comunicada). Dicha solicitud se enviará a la siguiente dirección:

Consejo de la Unión Europea (a la atención de: CP 931 designations)

Rue de la Loi, 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Dirección de correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu

Las personas, grupos y entidades afectados podrán cursar en cualquier momento a la mencionada dirección del Consejo una solicitud, junto con la documentación probatoria correspondiente, para que se reconsidere la decisión de mantenerlos en la citada lista. Las solicitudes se examinarán en el momento de recibirse. En este sentido, se advierte a las personas, grupos y entidades afectados de que el Consejo revisa periódicamente la lista, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1, apartado 6, de la Posición Común 2001/931/PESC (3). Para que las solicitudes se estudien en la próxima revisión, deberán presentarse a más tardar el 2 de septiembre de 2016.

Se advierte a las personas, grupos y entidades afectados de la posibilidad de interponer recurso contra el Reglamento del Consejo ante el Tribunal General de la Unión Europea, con arreglo a las condiciones establecidas en el artículo 263, párrafos cuarto y sexto, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.


(1)  DO L 188 de 13.7.2016, p. 1.

(2)  DO L 344 de 28.12.2001, p. 70.

(3)  DO L 344 de 28.12.2001, p. 93.


Comisión Europea

13.7.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 254/3


Tipo de cambio del euro (1)

12 de julio de 2016

(2016/C 254/04)

1 euro =


 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,1092

JPY

yen japonés

115,29

DKK

corona danesa

7,4378

GBP

libra esterlina

0,84275

SEK

corona sueca

9,4470

CHF

franco suizo

1,0904

ISK

corona islandesa

 

NOK

corona noruega

9,3499

BGN

leva búlgara

1,9558

CZK

corona checa

27,034

HUF

forinto húngaro

313,94

PLN

esloti polaco

4,4171

RON

leu rumano

4,4942

TRY

lira turca

3,2028

AUD

dólar australiano

1,4532

CAD

dólar canadiense

1,4452

HKD

dólar de Hong Kong

8,6051

NZD

dólar neozelandés

1,5184

SGD

dólar de Singapur

1,4939

KRW

won de Corea del Sur

1 271,30

ZAR

rand sudafricano

15,8657

CNY

yuan renminbi

7,4148

HRK

kuna croata

7,4928

IDR

rupia indonesia

14 555,48

MYR

ringit malayo

4,3964

PHP

peso filipino

52,534

RUB

rublo ruso

70,8144

THB

bat tailandés

39,011

BRL

real brasileño

3,6414

MXN

peso mexicano

20,2867

INR

rupia india

74,4220


(1)  Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS

13.7.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 254/4


Información comunicada por los Estados miembros en relación con el cierre de pesquerías

(2016/C 254/05)

De conformidad con el artículo 35, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común (1), se ha decidido el cierre de la pesquería contemplada en el cuadro siguiente:

Fecha y hora del cierre

9.6.2016

Duración

9.6.2016 a 31.12.2016

Estado miembro

Letonia

Población o grupo de poblaciones

RED/51214D

Especie

Gallineta nórdica (Sebastes spp.)

Zona

Aguas de la Unión y aguas internacionales de la zona V; aguas internacionales de las zonas XII y XIV.

Tipos de buques pesqueros

Número de referencia

12/TQ72


(1)  DO L 343 de 22.12.2009, p. 1.


13.7.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 254/4


Información comunicada por los estados miembros en relación con el cierre de pesquerías

(2016/C 254/06)

De conformidad con el artículo 35, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común (1), se ha decidido el cierre de la pesquería contemplada en el cuadro siguiente:

Fecha y hora del cierre

9.6.2016

Duración

9.6.2016-31.12.2016

Estado miembro

Bélgica

Población o grupo de poblaciones

SOL/7HJK.

Especie

Lenguado común (Solea solea)

Zona

VIIh, VIIj y VIIk

Tipos de buques pesqueros

Número de referencia

11/TQ72


(1)  DO L 343 de 22.12.2009, p. 1.


13.7.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 254/5


Información comunicada por los Estados miembros en relación con el cierre de pesquerías

(2016/C 254/07)

De conformidad con el artículo 35, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común (1), se ha decidido el cierre de la pesquería contemplada en el cuadro siguiente:

Fecha y hora del cierre

9.6.2016

Duración

9.6.2016 a 31.12.2016

Estado miembro

Bélgica

Población o grupo de poblaciones

PLE/7HJK.

Especie

Solla (Pleuronectes platessa)

Zona

VIIh, VIIj y VIIk

Tipos de buques pesqueros

Número de referencia

10/TQ72


(1)  DO L 343 de 22.12.2009, p. 1.


13.7.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 254/5


Información comunicada por los estados miembros en relación con el cierre de pesquerías

(2016/C 254/08)

De conformidad con el artículo 35, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común (1), se ha decidido el cierre de la pesquería contemplada en el cuadro siguiente:

Fecha y hora del cierre

9.6.2016

Duración

9.6.2016-31.12.2016

Estado miembro

Bélgica

Población o grupo de poblaciones

WHG/07A

Especie

Merlán (Merlangius merlangus)

Zona

VIIa

Tipos de buques pesqueros

Número de referencia

09/TQ72


(1)  DO L 343 de 22.12.2009, p. 1.


13.7.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 254/6


Información comunicada por los estados miembros en relación con el cierre de pesquerías

(2016/C 254/09)

De conformidad con el artículo 35, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común (1), se ha decidido el cierre de la pesquería contemplada en el cuadro siguiente:

Fecha y hora del cierre

9.6.2016

Duración

9.6.2016-31.12.2016

Estado miembro

Bélgica

Población o grupo de poblaciones

COD/07A.

Especie

Bacalao (Gadus morhua)

Zona

VIIa

Tipos de buques pesqueros

Número de referencia

08/TQ72


(1)  DO L 343 de 22.12.2009, p. 1.


13.7.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 254/6


Información comunicada por los Estados miembros en relación con el cierre de pesquerías

(2016/C 254/10)

De conformidad con el artículo 35, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común (1), se ha decidido el cierre de la pesquería contemplada en el cuadro siguiente:

Fecha y hora del cierre

2.6.2016

Duración

2.6.2016-31.12.2016

Estado miembro

España

Población o grupo de poblaciones

POK/56-14

Especie

Carbonero (Pollachius virens)

Zona

VI, aguas de la Unión e internacionales de las zonas Vb, XII y XIV

Tipos de buques pesqueros

Número de referencia

07/TQ72


(1)  DO L 343 de 22.12.2009, p. 1.


13.7.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 254/7


Información comunicada por los estados miembros en relación con el cierre de pesquerías

(2016/C 254/11)

De conformidad con el artículo 35, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen comunitario de control para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común (1), se ha decidido el cierre de la pesquería contemplada en el cuadro siguiente:

Fecha y hora del cierre

2.6.2016

Duración

2.6.2016-31.12.2016

Estado miembro

España

Población o grupo de poblaciones

USK/567EI.

Especie

Brosmio (Brosme brosme)

Zona

Aguas de la Unión e internacionales de las zonas V, VI y VII

Tipos de buques pesqueros

Número de referencia

06/TQ72


(1)  DO L 343 de 22.12.2009, p. 1.


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA

Comisión Europea

13.7.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 254/8


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto M.8127 — Volvo Car Corporation/Volverk/Volvofinans Bank)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2016/C 254/12)

1.

El 29 de junio de 2016, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual las empresas Volvo Car Corporation («VCC», Suecia) y AB Volverkinvest («Volverk», Suecia) adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, de Volvofinans Bank AB («Volvofinans», Suecia) mediante adquisición de acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

—   VCC: diseño, desarrollo, fabricación, comercialización y venta mayorista de vehículos de pasajeros y sus piezas.

—   Volverk: asociación de concesionarios que representa a la red sueca de concesionarios Volvo y que actualmente controla Volvofinans en solitario.

—   Volvofinans: presta servicios financieros en el sector del automóvil, servicios de gestión de flotas, servicios de tarjetas de crédito y financiación de concesionarios.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del n.o de referencia M.8127 — Volvo Car Corporation/Volverk/Volvofinans Bank, a la siguiente dirección:

European Commission

Directorate-General for Competition

Merger Registry

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («el Reglamento de concentraciones»).

(2)  DO C 366 de 14.12.2013, p. 5.